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martes, 5 de agosto de 2025

[Poder Judicial] 'El TSXG declara compatible el permiso acumulado de lactancia con la posterior solicitud de excedencia por cuidado de hijo menor La sección primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo reconoce a una enfermera las 150 horas que le corresponden, en lugar de las 95 que le había concedido el Sergas'

 'El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha reconocido el derecho de una enfermera del Hospital Universitario Lucus Augusti a las 150 horas de permiso acumulado de lactancia que le corresponden, declarándolo compatible con la posterior solicitud de excedencia por cuidado de hijo menor. De esta forma, ha anulado la resolución del Servizo Galego de Saúde (Sergas) en la que le otorgó un total de 95 horas, en lugar de 150.

La sección primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo explica en la sentencia que la cuestión que se debate se centra en determinar “si resulta procedente reducir ese número total de horas del permiso por lactancia acumulada -150- si no se prestaron la totalidad de los servicios debido a que antes de que el menor alcance el año de edad la persona trabajadora solicita la excedencia para cuidado de hijo menor”.

lunes, 4 de agosto de 2025

[SATSE] 'Europa multa a España por incumplir la Directiva de conciliación familiar y laboral. La sanción por el retraso asciende a casi 7 millones de euros, mientras se aprueban nuevos permisos para cuidadores y progenitores.' [Por una sentencia de un recurso de incumplimiento puesto por la Comisión Europea como paso final de un procedimiento de infracción]

'El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha condenado a España a pagar una multa de 6.832.000 euros por no haber adaptado su legislación interna a la directiva europea sobre la conciliación de la vida familiar y laboral. La sentencia, que llega en un contexto de importantes avances legislativos en España sobre esta materia, subraya la lentitud del país a la hora de implementar normativas comunitarias esenciales para los trabajadores.

La decisión del tribunal europeo se basa en el incumplimiento de la Directiva (UE) 2019/1158, que busca garantizar la conciliación de la vida familiar y profesional para los progenitores y cuidadores en toda la Unión. Los jueces concluyeron que, al expirar el plazo establecido por la Comisión Europea, España no había adoptado las medidas necesarias para incorporar esta normativa a su ordenamiento jurídico. Este retraso ha motivado una sanción económica de más de seis millones de euros, a la que se suman más posibles sanciones de 19.700 euros diarios si España persiste en su incumplimiento.

miércoles, 30 de julio de 2025

[Gob. Estado/Consejo de Ministros] 'Ampliación en tres semanas de los permisos de nacimiento y cuidado de menores hasta los ocho años' [REAL DECRETO-LEY por el que se amplía el permiso de nacimiento y cuidado, mediante la modificación de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y la Ley General de la Seguridad Social, para completar la transposición de la Directiva (UE) 2019/1158 , relativa a la conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores]

 'El Consejo de Ministros ha aprobado, a propuesta del Ministerio de Trabajo y Economía Social, del Ministerio de Hacienda, del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones y del Ministerio para la Transformación Digital y la Función Pública, el Real Decreto-ley por el que se amplía el permiso de nacimiento y cuidado.

La norma traspone la directiva la Directiva (UE) 2019/1158 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, relativa a la conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores.

Como principales novedades, el permiso por nacimiento y cuidados se incrementa en tres semanas, de las 16 actuales hasta las 19 para cada progenitor e intransferibles. Dos de ellas podrán disfrutarse hasta que el menor cumpla ocho años. Las familias monoparentales podrán disfrutar de 32 semanas de permiso por nacimiento, cuatro de ellas hasta que el menor cumpla ocho años. Las dos semanas, cuatro en el caso de monoparentalidad, del permiso por nacimiento y cuidado de menor que se pueden disfrutar hasta que el menor cumpla los ocho años de edad, serán de aplicación a los nacimientos o adopciones producidos a partir del 2 de agosto de 2024. Las dos semanas de permiso parental retribuido pueden disfrutarse de manera flexible, en los periodos o jornadas parciales de trabajo que elijan las familias.

martes, 25 de febrero de 2025

EL PSOE propone modificaciones al Estatuto Básico del Empleado Público -para todas las AAPP- vía enmiendas al Proyecto de Ley de Función Pública de la Administración del Estado para trasladar acuerdos sindicales, cumplir con una sentencia del Tribunal de Justicia de la UE y con doctrina del Supremo

 El pasado 19/02/2025 finalizó el plazo de la última ampliación de enmiendas parciales,  tras una larga serie de ampliaciones, al Proyecto de Ley de la Función Pública de la Administración del Estado (nº Expediente 121/31), con lo que , tal y como avanzó el Ministro de Función Pública en sus recientes comparecencias en el Congreso y en el Senado, continúa la tramitación de esta ley -en principio sólo para las AAPP del Estado, pero que tiene carácter de norma supletoria para muchas otras- siendo uno de los compromisos con la Comisión Europea en el Plan de Transformación, Recuperación y Resiliencia español de 2021.

 EL PSOE ha publicado en su página web  un borrador  con su lista de enmiendas que va a presenter a este proyecto de ley y  entre las  que está incluida el Borrador de Enmienda nº 34 donde propone una Disposición final (nueva) con una Modificación del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, es decir, del propio EBEP -de aplicación a todos los empleados públicos de todas las AAPP, no sólo las del Estado también las de las CCAA y la sentidades locales,  en materia de permisos de nacimiento, adopción, parental y lactancia (Artículo 48 del EBEP ), vacaciones (artículo 50) , jubilación parcial ( artículo 67), ...

lunes, 22 de enero de 2024

[Tribunal de Justicia de la UE ] 'Sentencia en el asunto C-218/22 | Comune di Copertino. El trabajador que no haya podido disfrutar de todos los días de sus vacaciones anuales retribuidas antes de dimitir tiene derecho a una compensación económica. Los Estados miembros no pueden limitar este derecho por motivos relacionados con el control del gasto público'

'Un empleado público trabajó como Director gerente para el Ayuntamiento de Copertino (Italia) desde febrero de 1992 hasta octubre de 2016. Dimitió para acogerse a la jubilación anticipada y solicitó una compensación económica por los 79 días de vacaciones anuales retribuidas no disfrutados durante su relación laboral. El Ayuntamiento de Copertino, invocando la norma establecida en la legislación italiana según la cual los empleados públicos no tienen derecho en ningún caso a una compensación económica en lugar de los días de vacaciones anuales retribuidas no disfrutados al término de la relación laboral, se opuso a dicha pretensión. 

El órgano jurisdiccional italiano que conoce del litigio entre el empleado público y el Ayuntamiento de Copertino alberga dudas acerca de la compatibilidad de esta norma con el Derecho de la Unión. Según la Directiva sobre el tiempo de trabajo, 1 el trabajador que no haya tenido la posibilidad de disfrutar de todos sus derechos a vacaciones anuales retribuidas antes de que finalice su relación laboral tendrá derecho a una compensación económica en concepto de vacaciones anuales retribuidas no disfrutadas.


En su sentencia, el Tribunal de Justicia confirma que el Derecho de la Unión se opone a una normativa nacional que prohíbe el pago a un trabajador de una compensación económica por los días de vacaciones anuales retribuidas no disfrutados cuando dicho trabajador pone fin voluntariamente a su relación laboral.

miércoles, 27 de septiembre de 2023

[CSIT UP/CCOO y UGT Sanidad Madrid] 'CCOO, CSIT UNIÓN PROFESIONAL y UGT plantean su propuesta de permisos para la formación del personal del SERMAS'

'Las Áreas de Sanidad de los sindicatos CCOO, CSIT UNIÓN PROFESIONAL y UGT, presentes en la Mesa Sectorial de Sanidad, han registrado formalmente su propuesta conjunta para mejorar los permisos de formación de los más de 70.000 profesionales estatutarios dependientes del Servicio Madrileño de Salud, SERMAS.

Las tres organizaciones sindicales insisten en la necesidad de actualizar el acuerdo de permisos de formación que rige para el personal estatutario del SERMAS y apelan al reiterado compromiso de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del SERMAS, para que se incluya este punto en el orden del día de la próxima reunión ordinaria de Mesa Sectorial de Sanidad.

jueves, 24 de agosto de 2023

[CSIT-UP Sanidad] 'Publicamos la actualización de la guía de permisos y excedencias para personal estatutario del SERMAS (agosto 2023)'

 'Ya puedes consultar la Guía rápida que ha elaborado CSIT UNIÓN PROFESIONAL atendiendo a la normativa básica y específica, actualizada a agosto de 2023, sobre los permisos y excedencias a los que tiene derecho el personal estatutario del SERMAS, normas que regulan estos permisos, etc. Descarga la Guía y tenla a mano en tu dispositivo para consultarla en cualquier momento.

Actualización a 22.08.2023:

domingo, 15 de julio de 2012

'El Gobierno solo devolverá la extra a los funcionarios si cumple el déficit de 2015'. Publicado en el BOE el Real Decreto-Ley. [Paga Navidad y canosos suprimidos, 3 días de libre disposición al año, reducción de sueldo los 3 primeros días de baja de enfermedad]

[El País 15/07] 'Los funcionarios se han convertido en uno de los eslabones más débiles de la cadena de la que tira el Gobierno para tratar salir de la crisis financieras. El colectivo acumula recortes en sus nóminas y mermas en sus derechos laborales.


El disgusto de este sector se ha multiplicado esta semana tras el anuncio del Gobierno de que suspenderá la paga extraordinaria de Navidad y reducirá los días libres a los funcionarios, según anunció el ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, Cristóbal Montoro, el pasado viernes tras el Consejo de Ministros. Pero el real decreto de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad publicado ayer en el Boletín Oficial del Estado contenía más malas noticias para los 2,7 millones de funcionarios, personal laboral, eventuales e interinos de la administración. La paga de Navidad, que el Gobierno se había comprometido a compensarla en 2015 mediante un ingreso en el fondo de pensiones, queda ahora en el aire. Es decir, el decreto sostiene que la extra de diciembre solo se devolverá si el Gobierno cumple los objetivos fijados en la Ley de estabilidad. Y no hace alusión a ninguna fecha. Es decir si el Gobierno logra llevar a cabo el ajuste de 65.000 millones en las las cuentas públicas y consigue controlar la desviación presupuestaria. “Las cantidades derivadas de esta supresión podrán destinarse en ejercicios futuros a realizar aportaciones a planes de pensiones o contratos de seguro colectivo que incluyan la contingencia de jubilación, siempre que se prevea el cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria”, señala el decreto. La medida afectará a todos los trabajadores contratados por la administración pública.