'El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha reconocido el derecho de una enfermera del Hospital Universitario Lucus Augusti a las 150 horas de permiso acumulado de lactancia que le corresponden, declarándolo compatible con la posterior solicitud de excedencia por cuidado de hijo menor. De esta forma, ha anulado la resolución del Servizo Galego de Saúde (Sergas) en la que le otorgó un total de 95 horas, en lugar de 150.
La sección primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo explica en la sentencia que la cuestión que se debate se centra en determinar “si resulta procedente reducir ese número total de horas del permiso por lactancia acumulada -150- si no se prestaron la totalidad de los servicios debido a que antes de que el menor alcance el año de edad la persona trabajadora solicita la excedencia para cuidado de hijo menor”.