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miércoles, 18 de diciembre de 2024

[Asociación de Abogados Fiscales Sustitutos] Propuesta de consolidación ante la Ley Orgánica de medidas de Justicia y su mandato para que el gobierno articule una solución a la temporalidad también de Abogados Fiscales Sustitutos respetuosa con la normativa europea

'El Proyecto de Ley Orgánica de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público y de Justicia, que se va a debatir en el pleno del próximo jueves 19 de diciembre, en el que se incluye en la disposición adicional decimonovena nonies, que dispone que con el fin acabar con la temporalidad de nuestro colectivo, Fiscales Sustitutos, así como el de Jueces sustitutos y Magistrados suplentes, en el plazo de tres meses el Gobierno presentará un proyecto de ley para su desarrollo y aprobación.

Dicha Disposición Adicional establece un mandato para que el gobierno articule, la solución del problema que Abogados Fiscales Sustitutos, que venimos arrastrando desde décadas, y que radica en que España no ha traspuesto la Directiva 1999/70 sobre contratos temporales en el plazo establecido, sin que se hayan tomado las medidas necesarias para su aplicación correctamente.

Las cláusulas 4 y 5 del Acuerdo Marco sobre el Trabajo de Duración Determinada, celebrado el 18 de marzo de 1999 (en lo sucesivo, «Acuerdo Marco»), que figura en el anexo de la Directiva 1999/70/CE del Consejo, de 28 de junio de 1999, relativa al Acuerdo Marco de la CES, la UNICE y el CEEP sobre el Trabajo de Duración Determinada:

viernes, 13 de diciembre de 2024

Recordatorio. La Comisión Europea informa oficialmente del curso de la denuncia múltiple abierta desde 2018 -y vinculada a un procedimiento de infracción contra España- sobre el abuso de duración de temporalidad en empleados públicos españoles: ha visto las sentencias del Tribunal de Justicia de la UE de 22/02/2024 y 13/06/2024 y ha enviado una carta adicional a España en el procedimiento de infracción abierto

 [Recordatorio de entrada publicada el 19/11/2024]

La Comisión Europea acaba de publicar en su página web sobre procedimientos de denuncia múltiple un nuevo documento oficial , de fecha 13/11/2023, de "Información sobre el seguimiento de las denuncias registradas con la referencia CPLT (2013)01917 - Ausencia de medidas destinadas a evitar utilización sucesiva de contratos o relaciones laborales de duración determinada en el sector público español", es decir, teniendo en cuenta que  "el prefijo de la referencia de denuncia múltiple se ha cambiado de CHAP a CPLT debido a cambios en  sistema interno de registro de denuncias",  la denuncia múltiple en la Comisión Europea que unificaba en 2018 (¡no en 2013!) a partir de una de las denuncias de 2013 y el gran número de denuncias recibidas sobre abuso en duración de la temporalidad de empleados públicos españoles principalmente en torno a 2017 y 2018 contra la solución de 2017 y 2018 del Gobierno del Estado y sindicatos de procesos selectivos de libre concurrencia con los puestos sin ni indemnización al personal de larga temporalidad que fuera cesado que le habían llegado de las campañas como las del abogado Martos en su asociación de interinos ANIL, la  campaña masiva de la Plataforma de Interinos Pi, la del grupo de clientes del Abogado de Araúz de sus denuncias pioneras de 2016 solicitando cuestiones prejudiciales, y muchos otros . Desde entonces, la Comisión Europea acumula en esta denuncia múltiple cualquier denuncia sobre el tema recibida de un particular u organización.

lunes, 9 de diciembre de 2024

Recordatorio. [CEPPT] Portavoces de temporales de varias CCAA y de la CEEPT se reunieron con Economía de la Comisión Europea en Madrid

 [Recordatorio de entrada publicada el 07/11/2024

Portavoces de temporales de varias CCAA y de la CEEPT se reunieron con técnicos responsables de economía de la Comisión Europea en Madrid.

Se les entregó informe con datos actualizados de temporalidad en el sesctor publico español sacados de cifras oficiales: 1millon temporales, 40% media, imposible reducir la temporalidad al 8%.

No vale tampoco reducir la temporalidad ilícita mediante ceses ilegales de EP, cosa que sucede en muchas administraciones públicas.

Estimación de miles de millones en indemnizaciones inasumibles tanto por el Reino de España como por Europa 

Recordatorio [Araúz] 'Reunión con la Comisión Europea' [ Traslada que la CE considera que España sigue sin cumplir la normativa UE y sentencias del TJUE sobre abuso de temporalidad en el empleo público, la carta de emplazamiento enviada a España es "insuficiente y excesivamente condescendiente", la fijeza es la única forma de garantizar el cumplimiento]

 [Recordatorio de entrada publicada el 19/0/2024]

'Junto a los representantes de una asociación de funcionarios interinos de la Junta de Andalucía, ARAUZ la semana pasada se reunió con miembros de la Comisión Europea.

De dicha reunión podemos extraer algunas conclusiones:

  1. La Comisión Europea sigue considerando que las medidas contenidas en la Ley 20/2021, no garantizan el cumplimiento de los objetivos del Acuerdo Marco, y esta ciertamente enfadada porque el Reino de España sigue sin cumplir con la Directiva 1999/70/CE y con las sentencias del TJUE, especialmente las de 2024.

 

  1. Fruto de este enfado es la reciente carta de emplazamiento que la Comisión Europea envío al Gobierno de España, respecto de la cual le manifestamos que era insuficiente y excesivamente condescendiente, pues el incumplimiento de la Directiva por parte del Reino de España es total y radical.

 

miércoles, 4 de diciembre de 2024

Recordatorio: IMPORTANTE [Comisión Europea] Paquete de procedimientos de infracción de octubre: Cartas de emplazamiento. 'La Comisión insta a ESPAÑA a que impida el uso abusivo de las relaciones laborales de duración determinada y las condiciones laborales discriminatorias en el sector público' [ "Las nuevas normas nacionales" -ley 20/2021- "siguen sin abordar suficientemente los problemas detectados, en particular por lo que se refiere a la eficacia de las medidas sancionadoras" ; plazo de dos meses a España para responder]

 [Recordatorio de entrada publicada el 03/10/2024]  'La Comisión Europea ha decidido hoy enviar una carta de emplazamiento complementaria a España [INFR(2014)4334] por no brindar una protección suficiente contra el uso abusivo de contratos sucesivos de duración determinada a los trabajadores del sector público. Esta situación contraviene las normas de la UE (Directiva 1999/70/CE del Consejo), que exigen que los Estados miembros introduzcan en sus legislaciones nacionales respectivas medidas destinadas a evitar y, en su caso, sancionar los abusos como consecuencia de la utilización sucesiva de contratos de duración determinada. La Comisión considera que la legislación española no incluye tales medidas para determinados tipos de contratos temporales en el sector público. Por ejemplo, con independencia de que un trabajador con un contrato temporal haya sido contratado durante veinte o treinta años, la indemnización es la misma. Y en caso de que un trabajador, tras haber ejercido su actividad durante veinte años en el marco de una sucesión de contratos temporales, dimita por cualquier motivo, como por cambiar de puesto de trabajo o cuidar a un familiar, no tiene derecho a indemnización alguna, aunque un tribunal declare abusiva la sucesión de contratos de duración determinada. 

Esta carta de emplazamiento complementaria tiene en cuenta las enmiendas a las normas nacionales que España adoptó a raíz de que la Comisión incoara el procedimiento de infracción en 2015. La Comisión considera que las nuevas normas nacionales siguen sin abordar suficientemente los problemas detectados, en particular por lo que se refiere a la eficacia de las medidas sancionadoras. Por consiguiente, la Comisión va a enviar una carta de emplazamiento complementaria a España, que dispone ahora de dos meses para responder y subsanar las deficiencias que ha señalado la Comisión. De no recibirse una respuesta satisfactoria, la Comisión podrá optar por emitir un dictamen motivado.'

jueves, 28 de noviembre de 2024

Recordatorio. La Comisión Europea informa oficialmente del curso de la denuncia múltiple abierta desde 2018 -y vinculada a un procedimiento de infracción contra España- sobre el abuso de duración de temporalidad en empleados públicos españoles: ha visto las sentencias del Tribunal de Justicia de la UE de 22/02/2024 y 13/06/2024 y ha enviado una carta adicional a España en el procedimiento de infracción abierto

 [Recordatorio de entrada publicada el 19/11/2024] La Comisión Europea acaba de publicar en su página web sobre procedimientos de denuncia múltiple un nuevo documento oficial , de fecha 13/11/2023, de "Información sobre el seguimiento de las denuncias registradas con la referencia CPLT (2013)01917 - Ausencia de medidas destinadas a evitar utilización sucesiva de contratos o relaciones laborales de duración determinada en el sector público español", es decir, teniendo en cuenta que  "el prefijo de la referencia de denuncia múltiple se ha cambiado de CHAP a CPLT debido a cambios en  sistema interno de registro de denuncias",  la denuncia múltiple en la Comisión Europea que unificaba en 2018 (¡no en 2013!) a partir de una de las denuncias de 2013 y el gran número de denuncias recibidas sobre abuso en duración de la temporalidad de empleados públicos españoles principalmente en torno a 2017 y 2018 contra la solución de 2017 y 2018 del Gobierno del Estado y sindicatos de procesos selectivos de libre concurrencia con los puestos sin ni indemnización al personal de larga temporalidad que fuera cesado que le habían llegado de las campañas como las del abogado Martos en su asociación de interinos ANIL, la  campaña masiva de la Plataforma de Interinos Pi, la del grupo de clientes del Abogado de Araúz de sus denuncias pioneras de 2016 solicitando cuestiones prejudiciales, y muchos otros . Desde entonces, la Comisión Europea acumula en esta denuncia múltiple cualquier denuncia sobre el tema recibida de un particular u organización.

martes, 26 de noviembre de 2024

[Asociación de Abogados Fiscales Sustitutos] La Ley Orgánica aprobada por el Congreso establece un mandato para que el gobierno articule una solución a la temporalidad también de Abogados Fiscales Sustitutos respetuosa con la normativa europea. La sentencia del TJUE de 13 de junio de 2024 viene a resolver que ante la falta de eficacia de los métodos empleados procedería la consolidación directa de los empleados de las AAPP españolas en abuso de temporalidad

'La Asociación de Fiscales Sustitutos, asociación que es la única de este colectivo de España, muestra su satisfacción, pero también su preocupación, ante el Proyecto de Ley de Eficiencia Organizativa, aprobada por el Congreso de los Diputados, en el que se ha incluido en la disposición adicional decimonovena nonies, que dispone que con el fin acabar con la temporalidad de nuestro colectivo, así como el de Jueces sustitutos y Magistrados suplentes, el plazo de tres meses el Gobierno presentará un proyecto de ley para su desarrollo y aprobación.

Hasta ahora, el acceso a la Fiscalía de las personas que integran nuestro colectivo se realiza a través de un concurso público de méritos y un riguroso baremo, que entendemos que no se aleja de los principios de igualdad, mérito y capacidad recogidos en el artículo 23 CE, y una vez que desempeñamos nuestra función, se nos realizan los correspondientes controles periódicos a través de los informes semestrales de las Jefaturas, que aseguran el desempeño de la función fiscal en condiciones propias de la idónea capacitación profesional que el cargo exige, debemos tener en cuenta que hablamos de un colectivo integrado por profesionales que llevamos décadas desempeñando esta profesión con total dedicación y entrega. De esta manera, la Fiscalía ha sido capaz de organizar el servicio público que tiene encomendado, pudiendo cubrir las necesidades existentes y permitiendo una respuesta razonable a las necesidades de la sociedad. Esta organización hubiera quebrado sin los Abogados Fiscales Sustitutos, colectivo que está altamente feminizado al estar integrado por una plantilla de aproximadamente 77% de mujeres y ser más del 70% mayores de 50 años.
 

La Disposición Adicional que, por vía de enmienda, se ha añadido en la futura Ley Orgánica de Eficiencia Organizativa de las Administraciones Públicas establece, un mandato para que el gobierno articule, la solución del problema que Abogados Fiscales Sustitutos, y Jueces Sustitutos y Magistrados Suplentes, venimos arrastrando desde décadas, y que radica en que España no ha traspuesto la Directiva 1999/70 sobre contratos temporales en el plazo establecido, sin que se hayan tomado las medidas necesarias para su aplicación correctamente. Regulación cuyo objeto es corregir dichas deficiencias, y que deberá contar con el visto bueno de la Comisión Europea y respetar el marco constitucional español.

[Confilegal] Resumen del debate en el ICAM del viernes 22 entre asociaciones judiciales y juristas sobre la regularización de los jueces sustitutos y magistrados suplentes comprometida por el Congreso tras sentencias del Tribunal de Justicia de la UE. Soluciones propuesta: concurso-oposición, indemnización o fijeza en figura especial o en la carrera judicial

Informaba Confilegal el pasado 24/11/2024 del encuentro que tuvo lugar en la sede del Colegio de la Abogacía de Madrid este viernes 22 de Noviembre  "Justicia interina: reformas, perspectivas futuras y el aval europeo" en la sede del Colegio de la Abogacía de Madrid , organizado por la Asociación Pro Dignidad de jueces/as sustitutos/as y magistrados/as suplentes  y la Asociación de Jueces "Concepción Arenal" al calor de la aprobación en el Congreso de una Ley Orgánica de "medidas de eficiencia del Servicio Público de Justicia" que incluye una Disposición Final con el compromiso de nueva normativa sobre jueces sustitutos y magistrados suplentes de cumplimento de la Directiva Europea 1999/70 y sentencias del Tribunal de Justicia de la UE sobre temporalidad -muy en especial la sentencia  de 27/06/2024 el Tribunal de Justicia de la UE  del asunto "Peigli" en una cuestión prejudicial del propio tribunal administrativo superior italiano sobre los equivalentes magistrados honorarios italianos- así cómo de una regulación de su régimen retributivo y de seguridad social.

 El medio resume lo dicho con la afirmación del magistrado de la Audiencia Nacional y ex juez del Tribunal europeo Santiago Soldevila "La justicia interina ha muerto tal como la conocemos. No es posible seguir así", afirmando el medio que el Gobierno también lo "ve así" y urge una solución para los 1.010 jueces y magistrados sustitutos que dictan el 20 % del total de las sentencias de la justicia española.

lunes, 25 de noviembre de 2024

[Economist&Jurist] Resumen del debate en el ICAM del viernes 22 entre asociaciones judiciales y juristas sobre la regularización de los jueces sustitutos y magistrados suplentes comprometida por el Congreso tras sentencias del Tribunal de Justicia de la UE

 Informa ampliamente este 25/11/2024 Economist&Jurist del encuentro que tuvo lugar en la sede del Colegio de la Abogacía de Madrid este viernes 22 de Noviembre  "Justicia interina: reformas, perspectivas futuras y el aval europeo" en la sede del Colegio de la Abogacía de Madrid , organizado por lAsociación Pro Dignidad de jueces/as sustitutos/as y magistrados/as suplentes  y la Asociación de Jueces "Concepción Arenal" al calor de la aprobación en el Congreso de una Ley Orgánica de "medidas de eficiencia del Servicio Público de Justicia" que incluye una Disposición Final con el compromiso de nueva normativa sobre jueces sustitutos y magistrados suplentes de cumplimento de la Directiva Europea 1999/70 y sentencias del Tribunal de Justicia de la UE sobre temporalidad -muy en especial la sentencia  de 27/06/2024 el Tribunal de Justicia de la UE  del asunto "Peigli" en una cuestión prejudicial del propio tribunal administrativo superior italiano sobre los equivalentes magistrados honorarios italianos- así cómo de una regulación de su régimen retributivo y de seguridad social

 

viernes, 22 de noviembre de 2024

[Comisión Europea] 'Información sobre el seguimiento de la denuncia múltiple acerca de la incompatibilidad potencial de las condiciones de trabajo de los jueces honorarios en Italia con diversas disposiciones del Derecho laboral de la UE [denuncia CPLT(2015)01071], actualización'

'La Comisión Europea ha recibido un gran número de denuncias sobre la incompatibilidad potencial de las condiciones de trabajo de los jueces honorarios en Italia con diversas disposiciones del Derecho laboral de la UE.

La Comisión ha inscrito estas denuncias en el registro central correspondiente con el número de referencia CPLT(2015)01071.


El 16 de julio de 2020, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea se pronunció, en el asunto C-658/18 UX  , en el sentido de que estos jueces honorarios debían tener la condición de trabajadores. El 7 de abril de 2022, en el asunto C-236/20  , el Tribunal de Justicia de la Unión Europea hizo referencia a su sentencia anterior y dictaminó que, si los jueces honorarios se encuentran en una situación comparable a la de los jueces de carrera, deben tener derecho a la igualdad de trato en lo referente a beneficiarse de unas vacaciones anuales retribuidas y de estar amparados por la seguridad social. El 27 de junio de 2024, en el asunto C-41/23  , el Tribunal confirmó que no puede excluirse a los jueces honorarios del disfrute de vacaciones retribuidas o de estar amparados por la seguridad social obligatoria, y recordó que deben existir unas medidas eficaces y disuasorias para evitar y sancionar el uso indebido de relaciones laborales temporales sucesivas en el caso de los estos jueces.

jueves, 21 de noviembre de 2024

Encuentro este viernes 22 de Noviembre por la tarde "Justicia interina: reformas, perspectivas futuras y el aval europeo" en la sede del Colegio de la Abogacía de Madrid , organizada por las asociaciones de jueces sustitutos y magistrados suplentes. El Congreso acaba de publicar uuna ley de compromiso de su regularización,

Este viernes 22 de noviembre por la tarde desde las 17:30  tendrá lugar en la sede  del Colegio de la Abogacía de Madrid  el encuentro "Justicia interina: reformas, perspectivas futuras y el aval europeo" , jornada destinada a juristas tras inscripción previa (ver los datos de  contactos en el cartel), medios de comunicación e invitados, organizada por la Asociación Pro Dignidad de jueces/as sustitutos/as y magistrados/as suplentes  y de la Asociación de Jueces "Concepción Arenal"., con el objetivo de "dar visibilidad a la desconocida problemática de la judicatura interina en España y su tratamiento conforme a la normativa europea y la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE)".




miércoles, 20 de noviembre de 2024

[Economist&Jurist] El gobierno regularizarála situación de los jueces sustitutos. Jornada del colectivo con juristas y polítcos este viernes 22 de noviembre en el ICAM sobre esta regularizaciön.

Informaba ampliamente este 18/11/2024 Economist&Jurist de una de las medidas incluidas en la Ley Orgánica de medidas de eficiencia del Servicio Público de Justicia aprobada en el Congreso de los Diputados el pasado jueves 14: la disposición final que conlleva un compromiso de regularización de la situación  de jueces sustitutos  y magistrados suplentes  en concreto, nueva normativa futura de  cumplimento de la Directiva Europea 1999/70 y sentencias del Tribunal de Justicia de la UE ante su situación de abuso de temporalidad así como de acabar con la discriminación que sufren en el régimen  de seguridad social. 

martes, 19 de noviembre de 2024

La Comisión Europea informa oficialmente del curso de la denuncia múltiple abierta desde 2018 -y vinculada a un procedimiento de infracción contra España- sobre el abuso de duración de temporalidad en empleados públicos españoles: ha visto las sentencias del Tribunal de Justicia de la UE de 22/02/2024 y 13/06/2024 y ha enviado una carta adicional a España en el procedimiento de infracción abierto

La Comisión Europea acaba de publicar en su página web sobre procedimientos de denuncia múltiple un nuevo documento oficial , de fecha 13/11/2023, de "Información sobre el seguimiento de las denuncias registradas con la referencia CPLT (2013)01917 - Ausencia de medidas destinadas a evitar utilización sucesiva de contratos o relaciones laborales de duración determinada en el sector público español", es decir, teniendo en cuenta que  "el prefijo de la referencia de denuncia múltiple se ha cambiado de CHAP a CPLT debido a cambios en  sistema interno de registro de denuncias",  la denuncia múltiple en la Comisión Europea que unificaba en 2018 (¡no en 2013!) a partir de una de las denuncias de 2013 y el gran número de denuncias recibidas sobre abuso en duración de la temporalidad de empleados públicos españoles principalmente en torno a 2017 y 2018 contra la solución de 2017 y 2018 del Gobierno del Estado y sindicatos de procesos selectivos de libre concurrencia con los puestos sin ni indemnización al personal de larga temporalidad que fuera cesado que le habían llegado de las campañas como las del abogado Martos en su asociación de interinos ANIL, la  campaña masiva de la Plataforma de Interinos Pi, la del grupo de clientes del Abogado de Araúz de sus denuncias pioneras de 2016 solicitando cuestiones prejudiciales, y muchos otros . Desde entonces, la Comisión Europea acumula en esta denuncia múltiple cualquier denuncia sobre el tema recibida de un particular u organización.


La anterior información oficial de la Comisión Europea  en su página web sobre esta denuncia múltiple CHAP(2013)01917 databa de hace más de un año, indicando entonces  la Comisión Europea que aplazaba cualquier acción por su parte hasta que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea sentenciara en las cuestiones prejudiciales de los 5 asuntos pendientes de España sobre abuso de temporalidad en empleo público, en concreto los

  • los tres asuntos  de decisión prejudicial elevadas por la sección 2ª de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid al Tribunal de Justicia Europeo, que ya tuvieron sentencia acumulada del TJUE el 22/02/2024
  • los asuntos C-331/22  y  o C-332/22 ,  acumulados como "Generalitat de Catalunya" , elevado por un juzgados de lo Contencioso de Barceona, y que ya tuvieron la sentencia del TJUE el 13/06/2024

 

Ahora la nueva actualización de información oficial sobre la denuncia múltiple CPLT o CHAP(2013)0916 , la Comisión Europea dice literalmente (traducción de Google  y nuestra, expandiendo las notas a pie de página y con resaltados en negrita cursiva nuestros):

lunes, 18 de noviembre de 2024

Aprobada en el Congreso de los Diputados Ley Orgánica de "medidas de eficiencia del Servicio Público de Justicia". Incluye una Disposición Final con el compromiso de nueva normativa sobre jueces sustitutos y magistrados suplentes de cumplimento de la Directiva Europea 1999/70 y sentencias del Tribunal de Justicia de la UE sobre temporalidad. Este colectivo de personal de servicio públicos quedó fuera de la Ley 20/2021

Este pasado jueves 14/11/2024 el Congreso de los Diputados  aprobó el "Proyecto de Ley Orgánica de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia" (núm expdte 121/000016), texto que incluye la siguiente Disposición final decimonovena nonies:

"Magistrados y magistradas suplentes y juezas y jueces sustitutos.

1. Con el fin de acabar con la temporalidad, aumentar el número de efectivos y fortalecer la Carreras judicial y fiscal, el Gobierno presentará a las Cortes Generales, en el plazo de tres meses desde la entrada en vigor de esta ley, un proyecto de ley orgánica para garantizar el cumplimiento de los estándares europeos fijados en la Directiva 1999/70/CE del Consejo, de 28 de junio de 1999, relativa al Acuerdo marco de la CES, la UNICE y el CEEP sobre el trabajo de duración determinada, conforme a la interpretación realizada por la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

2. Este proyecto de ley orgánica acomodará el régimen retributivo y de seguridad social de magistrados y magistradas suplentes y juezas y jueces sustitutos a los principios de independencia económica y protección durante el servicio activo y la jubilación, conforme a lo dispuesto en el artículo 402 de la ley Orgánica del Poder Judicial."

 

El colectivo de en torno a mil jueces sustitutos y magistrados suplentes había quedado fuera  de la Ley 20/2021 de "reducción extraordinaria de la temporalidad" al ser un colectivo regulado por ley orgánica de justicia, pese a ser en su gran mayoría personal con enorme antigüedad acumulada, 30 años en algunos casos, sufriendo por tanto una discriminación en comparativa con el resto de colectivos de empleados que prestan servicios públicos. Además se siguen encontrando en una situación de falta de protección adecuada en el régimen de seguridad social.

Nótese que esta disposición final no iba en el texto del proyecto de ley orgánica inicialmente presentado por el Gobierno en Marzo de 2024, sino que fue introducida ya en la fase del "Informe de la Ponencia" de la Comisión de Justicia a raíz de una propuesta inicial de enmienda del grupo parlamentario SUMAR (defendida por Enrique Santiago )  atendiendo la solicitud de la  Asociación Pro Dignidad de jueces/as sustitutos/as y magistrados/as suplentes  y de la Asociación de Jueces "Concepción Arenal". Esta enmienda  fue aceptada, ya recientemente y en una forma "transaccionada",  por el grupo del PSOE en la Comisión de Justicia, que es la forma - con posposición de los detalles a futura ley orgánica por redactar- que finalmente ha quedado en el texto aprobado por el Pleno este pasado jueves

Hay que señalar que, en ese tiempo intermedio, tuvieron lugar varios acontecimientos de relevancia:

viernes, 15 de noviembre de 2024

[Gob. País Vasco] 'Información sobre la ejecución de la Sentencia 415/2024 del TSJ del País Vasco, en relación con la valoración de servicios prestados en la OPE de Osakidetza'

'Osakidetza convocó en diciembre de 2022, de manera conjunta, los procesos selectivos derivados de las ofertas públicas de empleo: OPE de Estabilización de empleo temporal y OPE 2020, 2021 y 2022, lo que determinó la aplicación en todas las categorías convocadas en el proceso selectivo 2020/2021/2022/Estabilización, de la misma puntuación de servicios prestados.

Este proceso fue recurrido por SATSE y, en fecha 7 de octubre de 2024 se notifica a Osakidetza la Sentencia n.º 415/2024, dictada por el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en la que se ratifica el fallo de la Sentencia de Instancia, determinando, en lo que respecta al proceso de OPE ordinaria 2020/2021/2022, que se «puntúe igual el mérito de servicios prestados en las organizaciones de servicios sanitarios de Osakidetza, de la Seguridad Social o de los servicios de salud de las Comunidades Autónomas, así como en cualquier Administración Pública y en los servicios sanitarios de la red pública de los demás Estados miembros de la Unión Europea, tanto en el turno libre como en el de promoción interna, y a que actúe como proceda para llevarlo a efectivo cumplimiento.».

jueves, 7 de noviembre de 2024

[STEPA] 'Gerardo Pérez, profesor de derecho constitucional: “la estabilización del personal público en abuso es constitucional y la única solución que existe en estos momentos”. ' [Entrevista previa a su conferencia de este 07/11 "Solución legal para el personal publico temporal en abuso conforme a la Directiva 1999/70/CE y al derecho interno"]

 'El profesor de Derecho Constitucional de la Universidad de La Laguna y abogado Gerardo Pérez Sánchez, uno de los principales expertos en la Carta Magna, es rotundo al afirmar que España incumple la Directiva Europea que obliga a garantizar que las Administraciones Públicas cubran sus puestos permanentes con contratos fijos y que “la única solución posible” para los afectados por el abuso de temporalidad es reconocer su derecho a la fijeza. También asegura que estos trabajadores cumplen con los principios que exige la Constitución para acceder a la función pública al haber superado pruebas selectivas. Por ello concluye que Administraciones como la aragonesa han “desnaturalizado” el intento de la Ley 20/21 de acabar con este problema. 

 

[CEPPT] Portavoces de temporales de varias CCAA y de la CEEPT se reunieron con Economía de la Comisión Europea en Madrid

 'Portavoces de temporales de varias CCAA y de la CEEPT se reunieron con técnicos responsables de economía de la Comisión Europea en Madrid.

Se les entregó informe con datos actualizados de temporalidad en el sesctor publico español sacados de cifras oficiales: 1millon temporales, 40% media, imposible reducir la temporalidad al 8%.

No vale tampoco reducir la temporalidad ilícita mediante ceses ilegales de EP, cosa que sucede en muchas administraciones públicas.

Estimación de miles de millones en indemnizaciones inasumibles tanto por el Reino de España como por Europa 

martes, 29 de octubre de 2024

[Araúz] 'Reunión con la Comisión Europea' [ Traslada que la CE considera que España sigue sin cumplir la normativa UE y sentencias del TJUE sobre abuso de temporalidad en el empleo público, la carta de emplazamiento enviada a España es "insuficiente y excesivamente condescendiente", la fijeza es la única forma de garantizar el cumplimiento]

 'Junto a los representantes de una asociación de funcionarios interinos de la Junta de Andalucía, ARAUZ la semana pasada se reunió con miembros de la Comisión Europea.

De dicha reunión podemos extraer algunas conclusiones:

  1. La Comisión Europea sigue considerando que las medidas contenidas en la Ley 20/2021, no garantizan el cumplimiento de los objetivos del Acuerdo Marco, y esta ciertamente enfadada porque el Reino de España sigue sin cumplir con la Directiva 1999/70/CE y con las sentencias del TJUE, especialmente las de 2024.

 

  1. Fruto de este enfado es la reciente carta de emplazamiento que la Comisión Europea envío al Gobierno de España, respecto de la cual le manifestamos que era insuficiente y excesivamente condescendiente, pues el incumplimiento de la Directiva por parte del Reino de España es total y radical.

 

martes, 22 de octubre de 2024

Recordatorio. El Gobierno responde la pregunta de la Chunta en el Congreso sobre las medidas qué va a adoptar para dar cumplimiento a la sentencia del Tribunal de justicia de la UE de 22 de Febrero: "está estudiando las implicaciones" de las sentencias europeas de 22 de Febrero y 13 de Junio así como de la Carta de emplazamiento recibida de la Comisión Europea [por el procedimiento de infracción abierto contra España por la falta de sanciones al abuso de temporalidad público]

 [Recordatorio de entrada publicada el 10/10/2024 ] Ha trascendido en redes la respuesta del Gobierno a la pregunta por escrito  en el Congreso 184/013053 l que presentó la Chunta Aragonesista, vía su diputado en el Grupo Plurinacional SUMAR, Jorge Pueyo, sobre "las medidas que va a adoptar el Gobierno para dar cumplimiento a la sentencia de 22/02/2024 del Tribunal de Justicia  de la UE [TJUE] , que rechaza el concepto de indefinido no fijo", cuyo plazo de contestación acababa ayer [enlaces sobre el texto nuestros]

 

 "El Gobierno está estudiando las implicaciones de las sentencias europeas del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 22 de Febrero y de 13 de Junio, así como de la Carta de emplazamiento de 3 de Octubre de 2024 recibida de la Comisión Europea (ref C(2024) 6214 final)."