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miércoles, 5 de agosto de 2026

Recordatorio. La Sala de lo Social del Tribunal Supremo publica varias sentencias de los recursos de casación que deliberaba entre el 7 y el 14 de Julio , algunas de fijeza (laboral), aplicando su nueva doctrina ante el abuso de temporalidad del empleado público laboral: matiza que la fijeza también corresponde si la requerida superación de las pruebas de un proceso selectivo para ser fijo se produce durante el abuso de temporalidad (y antes de la demanda de fijeza). Primera fijeza laboral del Supremo entrando en el fondo por lo Social , tras una irregularidad de una "contratación administrativa" temporal y teniendo en cuenta el tener aprobado oposición de un proceso para ser funcionario fijo. Utiliza la vieja sentencia Rossato del TJUE para afirmar que sólo si se ha obtenido la fijeza mediante un "reconocimiento directo no sometido a circunstancias inciertas e imprevisibles" queda exonerada la AAPP del pago de una indemnización por abuso, y "el vigente sistema de consolidación del empleo público no cumple con tales exigencias"

 [Recordatorio de entrada publicada el 27/07/2026 en este blog]

Acaban de publicarse en el CENDOJ más sentencias  de los asuntos que la Sala de lo Social del Tribunal Supremo debatió el  día de San Fermín 7/7/2026 así como una buena parte delas que deliberaba  el 14/07/2026 , asuntos todos sobre si debía conceder la fijeza laboral a empleados públicos laborales por abuso de temporalidad, naturalmente, aplicando al caso su nueva doctrina fijada primero en su sentencia de 11/07/2026, y segundo en la   sentencia de 30/06/2026 , ambas del Pleno de la Sala , un  cambio de criterio ante el abuso de temporalidad del empleado publico laboralt ras la sentencia del de 14/04/2026 en el asunto Obadal  del Tribunal de Justicia de la UE.

En concreto, las sentencias publicadas de las varias decenas de asuntos que abordó esos días, y que se suman a otras publicadas antes (y de las que ya nos habíamos echo aquí), son:

viernes, 31 de julio de 2026

[Poder Judicial] 'El TSJ de Asturias desestima la demanda de una paciente por una supuesta negligencia en una cirugía de columna El tribunal concluye que no hubo mala praxis en la primera intervención, avalado por el testimonio de un segundo cirujano privado, y recuerda que las posibles complicaciones estaban expresamente recogidas en el consentimiento firmado'

 'El Tribunal Superior de Justicia de Asturias ha desestimado el recurso presentado por una paciente contra la Consejería de Salud en la que reclamaba una indemnización por responsabilidad patrimonial alegando una supuesta negligencia médica tras someterse a una cirugía de columna lumbar.

Los antecedentes son los siguientes: la paciente, de 43 años en 2018, tiene discopatía L5-S1 y es sometida a una artrodesis en 2019 tras fracasar el tratamiento conservador. En el postoperatorio evoluciona con ciática crónica debido a fibrosis postquirúrgica y a un tornillo que sobresale del sacro, siendo tratada con analgésicos potentes e infiltraciones en la Unidad del Dolor. En 2021, las pruebas muestran falta de consolidación ósea y nuevas protrusiones discales.

jueves, 30 de julio de 2026

[Law & Trends] Opinión de Javier Araúz ante la situación de los empleados públicos en abuso de temporalidad y la inacción de los gobiernos públicos en atender sus obligaciones por el derecho de la UE

 Publica el medio jurídico especializado Law & Trends este 29/07/2026   una tribuna de opinión del conocido abogado Javier Araúz sobre la contradicción por parte de los gobiernos a la que se ven sometidos los empleados públicos que "han sufrido situaciones prolongadas de abuso en la contratación temporal": por una parte se les exige paciencia y sacrificio mientras que por otra la AAPP "mira hacia otro lado" en cuanto a las obligaciones jurídicas concretas del derecho de la UE sobre estos trabajadores, que obligan a una reparación del  abuso de temporalidad

El abogado pide a los gobiernos que dejen "ya de convertir la precariedad en una herramienta de gestión" y de "pedir resignación a quienes llevan años esperando una solución justa".

miércoles, 29 de julio de 2026

Recordatorio. La Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo declara nula, por no contabilizar plazas que ha quedado demostrado cumplían los requisitos, la OPE de estabilización por concurso de méritos en la AGE según el art. 217 del RDL 5/2023, "escoba" de la D.A. 8ª de la Ley 20/2021, en cuanto a plazas de la Administración de Justicia en la CCAA de Andalucía. Afirma que el artículo 217 del RDL 5/2023 era un mandato obligado para todas las AAPP y que la D.A.8ª de la ley 20/201 obligaba a las AAPP a incluir en el concurso de méritos de estabilización TODAS las plazas estructurales ocupadas 31/12/2021 por temporales en la AAPP desde antes de 2016 (sin más)

 [Recordatorio de entrada publicada en en este blog el 22/0772026] Acaba de publicarse en el CENDOJ  el texto íntegro de la  sentencia de la Sala de lo Contenciso del Tribnal Supremo de 02/07/2026, publicitada en el BOE de este 20/07/2026, por la que se estima en parte el el recurso contencioso-administrativo nº 174/2024, del sindicato  Interinos de Justicia en Acción y dos particulares recurrentes, contra el Real Decreto 1227/2023, de 27 de diciembre, publicado en el BOE de este 28/12/2023, por el que se aprobó  la oferta de empleo público correspondiente a la tasa adicional de estabilización en la Administración General del Estado prevista en el artículo 217 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio- , el Real Decreto_ley  publicado el 29/06/2023,ratificado posteriormente  por el Congreso, que contenía el "mandato"  para que las AAPP cumplieran la Disposición Adicional 8ª de la Ley 20/2021 y se hiciera un proceso "escoba" de concurso de méritos en número de plazas igual al de todas las plazas de personal a 30/12/2021 temporal desde antes de 2016 que no hubiera "superado" un proceso de estabilización convocado, distinto del concurso de méritos excepcional de la ley 20/2021. 

La Disposición adicional  8ª de la Ley 20/2021  , llamada "Identificación de las plazas , estipulaba, a nuestro juicio, la obligación para todas las AaPP de  incluir en las convocatorias de estabilización por el sistema excepcional de concursos de méritos TODAS las plazas vacantes que estuvieran ocupadas  por temporales que hubieran sido temporales (en la actual vacante o en otro puesto) en la misma Administración Pública desde antes de 01/01/2016,  sin indicar la disposición  a diferencia de la D.A. 6ª, que le fue ra de aplicación la restricción del artículo 2.1. de la ley, , es decir, que no fueran plazas ya convocadas y no resueltas por una OPE de estabilización de las leyes anteriores. 

El texto literal de esta D.A. 8ª de la ley 20/2021,que entró en vigor el 31/12/2021, era: "Adicionalmente, los procesos de estabilización contenidos en la disposición adicional sexta incluirán en sus convocatorias las plazas vacantes de naturaleza estructural ocupadas de forma temporal por personal con una relación, de esta naturaleza, anterior al 1 de enero de 2016.".  La inmensa mayor parte de las AAPP interpretaron que no debían contabilizar plazas para el concurso de méritos por la D.A.8ª si estaban ya convocadas en otros procesos, aunque fueran de un temporal de antes de 2016, y que el artículo 217 del rDL 5/2023 no contenía ninguna obligación sino una habilitación , que era opcional utilizar o no, para ampliar los concursos de méritos.

lunes, 27 de julio de 2026

La Sala de lo Social del Tribunal Supremo publica varias sentencias de los recursos de casación que deliberaba entre el 7 y el 14 de Julio , algunas de fijeza (laboral), aplicando su nueva doctrina ante el abuso de temporalidad del empleado público laboral: matiza que la fijeza también corresponde si la requerida superación de las pruebas de un proceso selectivo para ser fijo se produce durante el abuso de temporalidad (y antes de la demanda de fijeza). Primera fijeza laboral del Supremo entrando en el fondo por lo Social , tras una irregularidad de una "contratación administrativa" temporal y teniendo en cuenta el tener aprobado oposición de un proceso para ser funcionario fijo. Utiliza la vieja sentencia Rossato del TJUE para afirmar que sólo si se ha obtenido la fijeza mediante un "reconocimiento directo no sometido a circunstancias inciertas e imprevisibles" queda exonerada la AAPP del pago de una indemnización por abuso, y "el vigente sistema de consolidación del empleo público no cumple con tales exigencias"

Acaban de publicarse en el CENDOJ más sentencias  de los asuntos que la Sala de lo Social del Tribunal Supremo debatió el  día de San Fermín 7/7/2026 así como una buena parte delas que deliberaba  el 14/07/2026 , asuntos todos sobre si debía conceder la fijeza laboral a empleados públicos laborales por abuso de temporalidad, naturalmente, aplicando al caso su nueva doctrina fijada primero en su sentencia de 11/07/2026, y segundo en la   sentencia de 30/06/2026 , ambas del Pleno de la Sala , un  cambio de criterio ante el abuso de temporalidad del empleado publico laboralt ras la sentencia del de 14/04/2026 en el asunto Obadal  del Tribunal de Justicia de la UE.

En concreto, las sentencias publicadas de las varias decenas de asuntos que abordó esos días, y que se suman a otras publicadadas antes (y de las que ya nos habíamos echo aquí), son:

  •  sentencias en las que la Sala de lo Social Tribunal Supremo entra en el fondo concede la fijeza laboral por tener el empleado público laboral en abuso de temporalidad aprobadas las pruebas de un n proceso selectivo para fijo sin obtener plaza:

    • Sentencia de la Sala de lo Social del TS de 15 de julio de 2026 (Nº Recurso: 4997/2022) contra la STSJ, Sala de lo Social, Castilla y León, 26-09-2022 (rec. 284/2022), demanda de conductor del servicio de limpieza contra el ayuntamiento de Valladolid, laboral temporal desde 1997 que obtuvo por sentencia la condición de indefinido no fijo en 2019 , aprobó la fase de oposición de un proceso selectivo para fijo sin obtener plaza en agosto 2021, presentando la demanda de fijeza por abuso de temporalidad poco después en Octubre de 2021

      En esta sentencia, como en otras siguientes, la Sala de lo Social matiza su doctrina de las dos sentencias del Pleno citadas, sobre si el abuso de temporalidad se debe producir empezando a contar o no después de la superación del proceso selectivo para fijo:

      "El hecho de que el proceso selectivo se sitúe en el tiempo más de veinte años después desde que iniciara su contratación como interino por vacante no debe impedir la calificación de fijeza, ya que estamos ante una acción declarativa sin que conste la extinción del vínculo, pues la superación de todas las pruebas del proceso selectivo no paralizó el abuso de la contratación temporal,, ya que se ha declarado probado que, por el Subdirector de Recursos Humanos del demandado se ha certificado, a fecha 8 de octubre de 2021, que el demandante ocupó el puesto número NUM000 de Conductor del Servicio de Limpieza, esto es, que ocupó un puesto de trabajo (temporal) con posterioridad a la Resolución de 2 de agosto de 2021 del Tribunal Calificador por la que consta aprobado sin plaza"
       

 

miércoles, 22 de julio de 2026

La Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo declara nula, por no contabilizar plazas que ha quedado demostrado cumplían los requisitos, la OPE de estabilización por concurso de méritos en la AGE según el art. 217 del RDL 5/2023, "escoba" de la D.A. 8ª de la Ley 20/2021, en cuanto a plazas de la Administración de Justicia en la CCAA de Andalucía. Afirma que el artículo 217 del RDL 5/2023 era un mandato obligado para todas las AAPP y que la D.A.8ª de la ley 20/201 obligaba a las AAPP a incluir en el concurso de méritos de estabilización TODAS las plazas estructurales ocupadas 31/12/2021 por temporales en la AAPP desde antes de 2016 (sin más)

Acaba de publicarse en el CENDOJ  el texto íntegro de la  sentencia de la Sala de lo Contenciso del Tribnal Supremo de 02/07/2026, publicitada en el BOE de este 20/07/2026, por la que se estima en parte el el recurso contencioso-administrativo nº 174/2024, del sindicato  Interinos de Justicia en Acción y dos particulares recurrentes, contra el Real Decreto 1227/2023, de 27 de diciembre, publicado en el BOE de este 28/12/2023, por el que se aprobó  la oferta de empleo público correspondiente a la tasa adicional de estabilización en la Administración General del Estado prevista en el artículo 217 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio- , el Real Decreto_ley  publicado el 29/06/2023,ratificado posteriormente  por el Congreso, que contenía el "mandato"  para que las AAPP cumplieran la Disposición Adicional 8ª de la Ley 20/2021 y se hiciera un proceso "escoba" de concurso de méritos en número de plazas igual al de todas las plazas de personal a 30/12/2021 temporal desde antes de 2016 que no hubiera "superado" un proceso de estabilización convocado, distinto del concurso de méritos excepcional de la ley 20/2021. 

La Disposición adicional  8ª de la Ley 20/2021  , llamada "Identificación de las plazas , estipulaba, a nuestro juicio, la obligación para todas las AaPP de  incluir en las convocatorias de estabilización por el sistema excepcional de concursos de méritos TODAS las plazas vacantes que estuvieran ocupadas  por temporales que hubieran sido temporales (en la actual vacante o en otro puesto) en la misma Administración Pública desde antes de 01/01/2016,  sin indicar la disposición  a diferencia de la D.A. 6ª, que le fue ra de aplicación la restricción del artículo 2.1. de la ley, , es decir, que no fueran plazas ya convocadas y no resueltas por una OPE de estabilización de las leyes anteriores. 

El texto literal de esta D.A. 8ª de la ley 20/2021,que entró en vigor el 31/12/2021, era: "Adicionalmente, los procesos de estabilización contenidos en la disposición adicional sexta incluirán en sus convocatorias las plazas vacantes de naturaleza estructural ocupadas de forma temporal por personal con una relación, de esta naturaleza, anterior al 1 de enero de 2016.".  La inmensa mayor parte de las AAPP interpretaron que no debían contabilizar plazas para el concurso de méritos por la D.A.8ª si estaban ya convocadas en otros procesos, aunque fueran de un temporal de antes de 2016, y que el artículo 217 del rDL 5/2023 no contenía ninguna obligación sino una habilitación , que era opcional utilizar o no, para ampliar los concursos de méritos.

martes, 21 de julio de 2026

[Comisión Europea] 'El Informe sobre el Estado de Derecho de 2026 refuerza la prosperidad, la seguridad y la resiliencia democrática de Europa' [ Publicado el séptimo informe anual de la Comisión Europea sobre el Estado de Derecho de la UE]

 'La Comisión Europea ha publicado hoy su séptimo informe anual sobre el Estado de Derecho , en el que evalúa la situación del Estado de Derecho en todos los Estados miembros de la UE, así como en cuatro países candidatos: Albania, Macedonia del Norte, Montenegro y Serbia.

El Estado de Derecho sustenta la prosperidad, la democracia y la seguridad de Europa. Los sistemas judiciales independientes, los marcos eficaces de lucha contra la corrupción, los medios de comunicación libres y pluralistas y sólidos mecanismos de control y equilibrio protegen los derechos de los ciudadanos y mantienen la confianza en las instituciones públicas y en la democracia. Aportan la seguridad jurídica que respalda la inversión, la competitividad y el crecimiento económico.

viernes, 17 de julio de 2026

La Sala de lo Social del Tribunal Supremo dicta varias sentencias de fijeza en los recursos de casación contra sentencias de fijeza del TSJ del País Vasco a empleados públicos laborales: tiene en cuenta su nueva doctrina tras las sentencia del TJUE Obadal -fijeza para aprobados de proceso selectivo para fijo que sufren después abuso de temporaldad- para no admitir los recursos de casación del Gobierno Vasco

 Acaban de publicarse en el CENDOJ varias de las sentencias de los asuntos que la Sala de lo Social del Tribunal Supremo debatió el  día de San Fermín , 7/7/2026, sobre si debía conceder la fijeza laboral a empleados públicos laborales por abuso de temporalidad, naturalmente, aplicando al caso su nueva doctrina fijada primero en su sentencia de 11/07/2026, y segundo en la   sentencia de 30/06/2026 , ambas del Pleno de la Sala , un  cambio de criterio ante el abuso de temporalidad del empleado publico laboraltras la sentencia del de 14/04/2026 en el asunto Obadal  del Tribunal de Justicia de la UE.

En concreto, las sentencias publicadas de la docena de asuntos que abordó ese día son:

  • sentencia de 07/07/2026 al recurso de  casación nº 879/2023 contra la sentencia de fijeza laboral de la Sala de lo Social  del TSJ del País Vasco  de 13/12/2022 (nº rec 2075/2022): se declara a varias trabajadoras fijas, dado que  " superaron la fase de oposición sin plaza en un proceso selectivo para personal fijo y accedieron a la bolsa de trabajo para acceder a contrataciones de interinidad por vacante de duración superior a tres años".

    Se trata de dos empleadas públicas laborales, cocinera y de limpieza, temporales desde 2009 y 2010 respectivamente, asistidas por el abogado Javier García de Vicuña, y bajo contratos laborales  de interinidad  de vacante, que superaron en sus respectivas categorías el proceso selectivo para la provisión de plazas de  personal laboral fijo convocada en 2001, ambas con el resultado de haber superado la fase de oposición, pero no obtuvieron plaza, pasando a integrar la bolsa de trabajo temporal, desde la que accedieron a los empleos temporales.

lunes, 13 de julio de 2026

La Sala de lo Social del Tribunal Supremo debatirá para sentencia este 14/7/2026 media docena de asuntos más sobre si debe conceder la fijeza laboral a empleados públicos laborales por abuso de temporalidad

 Según la agenda de señalamientos TS del 13 al 17 de julio de 2026 la  Sala de lo Social del Tribunal Supremo volverá a a bordar, ya no en Pleno, este 14/0/7/2026 para sentencia otra media docena de asuntos sobre  fijeza laboral como sanción al abuso de temporalidad y lo hará tras  haber decidido primero en su sentencia de 11/07/2026, y segundo en la  reciente sentencia de 30/06/2026 , ambas del Pleno de la Sala , un  cambio de criterio ante el abuso de temporalidad del empleado publico laboral , a su vez  tras la sentencia del de 14/04/2026 en el asunto Obadal  del Tribunal de Justicia de la UE.

Recordemos que  en  estas sentencia de Pleno ha pasado  a conceder la fijeza si el empleado publico laboral está en abuso de temporalidad y tiene superada fase de oposición de un proceso selectivo para fijo sin obtener plaza antes del abuso, concediendo para el resto el derecho a una nueva indemnización presuntiva por daños morales de entre mil y 10 mil euros, incluso si el empleado acabó siendo fijo por un proceso selectivo, , además del habitual derecho a  20 días por año trabajado con tope de 12 mensualidades si hay cese por cobertura o amortización, y además de  una  indemnización por daños demostrables, en la práctica imposible.

En concreto este 14/07/2026 abordará los recursos, que se suman a los que ya debatió el martes pasado 7/7/2026:

jueves, 9 de julio de 2026

[Comisión Europea] Paquete de procedimientos de infracción de Julio. 'La Comisión insta a Italia a que adapte su legislación sobre las condiciones laborales de los jueces honorarios al Derecho de la UE' [en reacción a la Sentencia del TJUE en el asunto Pelavi]

[08/07/2026]  'Hoy, la Comisión Europea decidió enviar un dictamen motivado a Italia (INFR(2025)2159) en relación con los jueces honorarios que ya estaban en servicio el 15 de agosto de 2017.

 La legislación italiana exige que estos jueces honorarios renuncien a los derechos derivados de su anterior servicio honorario —incluidos los derechos basados ​​en el Derecho de la UE— para obtener la condición de empleado permanente. Sin embargo, el Tribunal de Justicia (asunto C-253/24, Pelavi) dictaminó que dichas renuncias infringen el Derecho de la UE.  

Además, la Comisión ha detectado un trato discriminatorio hacia estos jueces en función de sus derechos laborales a tiempo parcial o con contrato de duración determinada. La respuesta de Italia a la notificación formal de la Comisión no ha resuelto estas quejas.  

martes, 7 de julio de 2026

Recordatorio. La Sala de lo Social del Tribunal Supremo debatirá para sentencia el 7/7/2026 más de una decena de asuntos sobre si debe conceder la fijeza laboral a empleados públicos laborales por abuso de temporalidad

 [Recordatorio de entrada publicada el 02/07/2026 en este blog]

 Según la agenda de señalamientos TS del 06 al 10 de julio de 2026 la  Sala de lo Social del Tribunal Supremo abordará  , ya no en Pleno, el 07/0/7/2026 para sentencia más de uan decena de asuntos sobre  fijeza laboral como sanción al abuso de temporalidad y lo hará tras  haber decidido recientemente  en su sentencia de 11/05/2026 del Pleno un   cambio de criterio ante el abuso de temporalidad del empleado publico laboral  tras la sentencia del de 14/04/2026 en el asunto Obadal  del Tribunal de Justicia de la UE,  y tras haberabordado también en Pleno para sentencia el pasado 24/06/2026 otro asunto (cuya sentencia sigue pendiente de publicación en el CENDOJ).

 

Recordemos que  en la sentencia de Pleno de 11/05/2026 pasó  a conceder la fijeza si el empleado publico laboral está en abuso de temporalidad y tiene superada fase de oposición de un proceso selectivo para fijo sin obtener plaza antes del abuso, concediendo para el resto una nueva indemnización presuntiva por daños morales de entre mil y 10 mil euros , además de la habitual de 20 días por año trabajado con tope de 12 mensualidades si hay cese por cobertura o amortización, y además de  la  en práctica imposible indemnización por daños demostrables.


En concreto abordará los recursos:

viernes, 3 de julio de 2026

[Arauz] Dos juzgados de lo Social de Madrid declaran improcedente el despido de dos trabajadores de la Comunidad de Madrid

'Acabamos de recibir dos sentencias de Secciones de lo Social de Madrid, Plazas núms. 12 y 30, que declaran improcedente el despido de dos trabajadores públicos y condenan a la Comunidad de Madrid a que opte en el plazo  de cinco días por readmitir al trabajador, o, en caso contrario, indemnizarle en cuantías de 63.241,27 euros y de 61.384,97 euros .'

Fuente: Nota del gabinete de Araúz de  03/7/2026 recibida en APISCAM


[TJUE] 'Sentencia del Tribunal de Justicia en el asunto C-738/22 P Google y Alphabet/Comisión. Google Android: el Tribunal de Justicia confirma la multa de unos 4 100 millones de euros impuesta a Google'

'En 2018, la Comisión Europea adoptó una Decisión en la que concluyó [1] que Google había abusado de su posición dominante al imponer, en particular mediante acuerdos de preinstalación y condiciones de concesión de licencias de determinadas aplicaciones, la preeminencia de su motor de búsqueda Google Search y de su navegador Chrome en los dispositivos móviles que funcionaban con el sistema operativo Android, que también ofrece Google [2]-

jueves, 2 de julio de 2026

La Sala de lo Social del Tribunal Supremo debatirá para sentencia el 7/7/2026 más de una decena de asuntos sobre si debe conceder la fijeza laboral a empleados públicos laborales por abuso de temporalidad s

Según la agenda de señalamientos TS del 06 al 10 de julio de 2026 la  Sala de lo Social del Tribunal Supremo abordará  , ya no en Pleno, el 07/0/7/2026 para sentencia más de uan decena de asuntos sobre  fijeza laboral como sanción al abuso de temporalidad y lo hará tras  haber decidido recientemente  en su sentencia de 11/05/2026 del Pleno un   cambio de criterio ante el abuso de temporalidad del empleado publico laboral  tras la sentencia del de 14/04/2026 en el asunto Obadal  del Tribunal de Justicia de la UE,  y tras haberabordado también en Pleno para sentencia el pasado 24/06/2026 otro asunto (cuya sentencia sigue pendiente de publicación en el CENDOJ).

Recordemos que  en la sentencia de Pleno de 11/05/2026 pasó  a conceder la fijeza si el empleado publico laboral está en abuso de temporalidad y tiene superada fase de oposición de un proceso selectivo para fijo sin obtener plaza antes del abuso, concediendo para el resto una nueva indemnización presuntiva por daños morales de entre mil y 10 mil euros , además de la habitual de 20 días por año trabajado con tope de 12 mensualidades si hay cese por cobertura o amortización, y además de  la  en práctica imposible indemnización por daños demostrables.

En concreto abordará los recursos:

miércoles, 1 de julio de 2026

[Poder Judicial] 'El Tribunal Supremo da plazo a las partes para que informen sobre la procedencia de formular una cuestión prejudicial al TJUE sobre el Real Decreto de regularización de extranjeros La Sala Tercera dicta dos providencias sobre medidas cautelares solicitadas por la Comunidad Valenciana y Aragón'

 'La Sección Quinta de la Sala Tercera del Tribunal Supremo ha dictado dos providencias en los recursos interpuestos por la Comunidad Autónoma de Valencia y por la de Aragón en contra de determinados aspectos del Real Decreto 316/2026, de 14 de abril, conocido como “Real Decreto de regularización de extranjeros”, por el que se modifica el Real Decreto 1155/2024, de 19 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social. 

En dichas providencias se confiere traslado a las partes para que, en el plazo común e improrrogable de cinco días, puedan expresar su parecer acerca de la procedencia de formular ante el TJUE cuestión prejudicial interpretativa en relación con una serie de extremos del Real Decreto que, en su caso, podrían entrar en conflicto con el Derecho de la Unión Europea.

martes, 30 de junio de 2026

Recordatorio. La Sala de lo Social del Tribunal Supremo abordará este 30 de junio para sentencia un nuevo asunto de unificación de doctrina sobre la competencia de los juzgados y tribunales de lo Social, en lugar de lo Contencioso-Administrativo, en casos de fraude de excesivos nombramientos temporales de carácter administrativo: caso de "contratada administrativa" del Servicio Navarro de Salud ya interina de vacante

 [Recordatorio de entrada publicada el 26/06/2026]

Según la agenda de señalamientos TS del 29 de junio al 03 de julio de 2026  la Sala de lo Social del Tribunal Supremo abordará este martes 30 de Juno para sentencia un nuevo asunto de unificación de doctrina sobre la competencia de los juzgados y tribunales de lo Social, en lugar de lo Contencioso-Administrativo,  en casos de fraude en nombramientos temporales de carácter administrativoel recurso de casación nº 508/2025 de una empleada pública del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea [SNS-O], temporal durante 7 años seguidos en la misma categoría, contra la sentencia de 06/11/2024 del Tribunal Superior de Justicia de Navarra  (recurso nº 268/2024) que había confirmado la incompetencia del Orden Social dictada por el Juzgado Social nº2 de Navarra por tratarse de personal con contratación administrativa del Servicio Navarro de Salud..

Recordemos que la Sala de lo Social del Tribunal Supremo , en sus recientes sentencias de  03/12/2025 y 27/05/2026  ha reiterado que sí es posible la competencia de lo Social ante ciertas "irregularidades" en el uso de la contratación administrativa y además en dichas sentencias ha considerado que el exceso o "abuso de temporalidad" en la concatenación de modalidades administrativas sin plaza de plantilla puede ser una de esas irregularidades o fraudes que permitan la competencia del orden de lo Social, o al menos, así lo sentenció en el recurso de casaciones de dichas sentencia, en ambos casos profesores de secundaria de Navarra, contratados por cursos durante más de 10 años, con contratos administrativos cada curso por "necesidades de personal docente existentes en el Departamento de Educación debidamente justificadas" (pero no bajo una contratación administrativa de interino de vacante).

viernes, 26 de junio de 2026

La Sala de lo Social del Tribunal Supremo abordará este 30 de junio para sentencia un nuevo asunto de unificación de doctrina sobre la competencia de los juzgados y tribunales de lo Social, en lugar de lo Contencioso-Administrativo, en casos de fraude de excesivos nombramientos temporales de carácter administrativo: caso de "contratada administrativa" del Servicio Navarro de Salud ya interina de vacante

Según la agenda de señalamientos TS del 29 de junio al 03 de julio de 2026  la Sala de lo Social del Tribunal Supremo abordará este martes 30 de Juno para sentencia un nuevo asunto de unificación de doctrina sobre la competencia de los juzgados y tribunales de lo Social, en lugar de lo Contencioso-Administrativo,  en casos de fraude en nombramientos temporales de carácter administrativoel recurso de casación nº 508/2025 de una empleada pública del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea [SNS-O], temporal durante 7 años seguidos en la misma categoría, contra la sentencia de 06/11/2024 del Tribunal Superior de Justicia de Navarra  (recurso nº 268/2024) que había confirmado la incompetencia del Orden Social dictada por el Juzgado Social nº2 de Navarra por tratarse de personal con contratación administrativa del Servicio Navarro de Salud..

Recordemos que la Sala de lo Social del Tribunal Supremo , en sus recientes sentencias de  03/12/2025 y 27/05/2026  ha reiterado que sí es posible la competencia de lo Social ante ciertas "irregularidades" en el uso de la contratación administrativa y además en dichas sentencias ha considerado que el exceso o "abuso de temporalidad" en la concatenación de modalidades administrativas sin plaza de plantilla puede ser una de esas irregularidades o fraudes que permitan la competencia del orden de lo Social, o al menos, así lo sentenció en el recurso de casaciones de dichas sentencia, en ambos casos profesores de secundaria de Navarra, contratados por cursos durante más de 10 años, con contratos administrativos cada curso por "necesidades de personal docente existentes en el Departamento de Educación debidamente justificadas" (pero no bajo una contratación administrativa de interino de vacante).

martes, 23 de junio de 2026

[Poder Judicial] 'El Tribunal Supremo condena al exministro José Luis Ábalos y a su exasesor Koldo García a 24 años y 19 años de prisión, respectivamente, por delitos de organización criminal, cohecho, malversación y tráfico de influencias La sentencia ha sido dictada por unanimidad'

 'La Sala Segunda del Tribunal Supremo ha notificado hoy la sentencia del llamado 'caso mascarillas', por la que condena al exministro José Luis Ábalos a 24 años y 3 meses de prisión y a su exasesor Koldo García a 19 años, ocho meses y un día de prisión por delitos de organización criminal, cohecho, malversación y tráfico de influencias. 

El empresario Víctor de Aldama, al que se aplica la atenuante muy cualificada de colaboración con la Justicia, ha sido condenado a 4 años y 6 meses de prisión por delitos de organización criminal y cohecho. El tribunal ha acordado suspender la ejecución de la pena por su aportación al descubrimiento de los delitos y a condición de no delinquir, presentar un informe semestral de actividades y realizar trabajos en beneficio de la comunidad durante un año. 

miércoles, 17 de junio de 2026

El Pleno de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo vuelve a debatir el 24/06/2026 si debe conceder la fijeza laboral a una empleada del Gobierno Vasco temporal durante 30 años y que tiene aprobado un proceso selectivo para ser fijo. Es uno de los casos en los que el TSJ del Pais Vasco tenía el criterio de conceder la fijeza como sanción al abuso por normativa y sentencias europeas.

 Según la Agenda de señalamientos TS del 22 al 26 de junio de 2026 el Pleno de la  Sala de lo Social del Tribunal Supremo abordará  el 24/06/2026 para sentencia un nuevo asunto sobre  fijeza laboral como sanción al abuso de temporalidad el recurso de casación nº  1685/2023 contra la sentencia de 31/03/2023 (recurso 2585/2022) de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, por el caso de una empleada de limpieza, temporal desde 1995, y desde 2009 en el mismo centro,  que tiene aprobada, sin obtener plaza, una prueba selectiva para ser fija  en 2001 y que demandaba la fijeza laboral , subsidiariamente indefinido no fija, como sanción al abuso de temporalidad.

El Juzgado de lo Social le había desestimado la fijeza y le concedió el carácter de indefinida no fija,  pero la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, estimó su recurso, y decidió concederle la fijeza laboral teniendo en cuenta que tenía aprobado un proceso selectivo

Se trata de uno de los casos  en los que el TSJ del Pais Vasco sentenció la fijeza laboral  bajo  criterio propio, a diferencia del criterio mantenido por el Supremo entonces), de conceder la fijeza como sanción al abuso por normativa y sentencias europeas, en casos de tener superado un proceso selectivo.

 

lunes, 15 de junio de 2026

Publicada en el BOE la convocatoria por oposición de 375 plazas de Juez y 200 de Fiscal sin que se haya realizado ni siquiera aprobado el proceso de estabilización de jueces y fiscales sustitutos de larga duración

Se ha publicado en el BOE de este 15/06/2026  la  convocatoria del Consejo General del Poder Judicial de pruebas selectivas por oposición en turno libre de  

  • 375 plazas  para su posterior acceso a la Carrera Judicial por la categoría de Juez  (tras el preceptivo curso en la Escuela Judicial)
  • y de 200 plazas para su posterior ingreso en la Carrera Fiscal  (tras el preceptivo curso en el Centro de Estudios Jurídicos)


También se han publicado en el mismo BOE las convocatorias de 125 plazas para ser Magistrados de los diferentes órdenes jurisdiccionales, restringidos a juristas de especial reconocimiento con 10 años de antigüedad mínima en la profesión y por el sistema especial habitual de oposición por la realización de un dictamen y méritos (el denominado "cuarto turno").

 Se da la circunstancia de que sigue pendent la publicación del "procedimiento de estabilización" de jueces y fiscales sustitutos  (por concurso-oposición eliminatoria pero sin la oposición habitual y abierto sólo a profesionales con más de 5 años de antigüedad) en más de mil plazas que fue comprometido por el Ministerio de Justicia y cuya regulación de hecho sigue pendiente de ser aprobada, al estar incluida en un principio como una disposición adicional del proyecto de ley "urgente" de  reforma de la carrera judicial que sigue  en tramitación en el Congreso "(proyecto de ley de nº expdte 121/59) Ese proyecto  de ley siguen en el mismo paso desde hace casi just un año: a la  espera al Informe de la Ponencia que designe la Comisión de Justicia.