'La Sección Sexta de la Sala III del Tribunal Supremo, a la que corresponde el control de los actos emanados del CGPJ, ha dictado sentencia que aborda el alcance del principio de transparencia en cuanto afecta al control ciudadano de la actuación del CGPJ, cuando dicho derecho es hecho valer por una asociación judicial y un grupo de magistrados.
Básicamente los hechos enjuiciados parten de la publicación en fecha
16 de enero de 2020 en la página Web del Consejo General del Poder
Judicial una nota de prensa titulada “El CGPJ decide paralizar
temporalmente el nombramiento de cargos judiciales en la confianza de
una pronta renovación de la institución”. Dicha nota se refería al acuerdo del siguiente tenor: