[Recordatorio de entrada publicada el 27 de septiembre de 2022]
En el B.O.C,M, del 21/07/2022 nº 122 se publicó el Decreto 623/2022 , de 20 de julio, del Consejo de Gobierno, de la Comunidad de Madrid, por el que "se establece y regula el canal interno para el tratamiento de las informaciones sobre posibles infracciones.
Es
decir, se trataría el buzón en la Comunidad de Madrid al que obliga la
Directiva (UE) 2019/1937, del Parlamento Europeo y del Consejo, de
23 de octubre de 2019, relativa a la protección de personas que informen
sobre infracciones del Derecho de la Unión, más conocida como
"directiva
Whistleblowers". Así en el propio Decreto se afirma que este "Decreto
supone la incorporación parcial al ordenamiento autonómico de la
Directiva (UE) 2019/1937, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de
octubre de 2019, relativa a la protección de personas que informen
sobre infracciones del Derecho de la Unión".
Así, recordemos que esta directiva europea obliga a que las empresas privadas y entes públicos de más de 50 empleados cuenten con buzones internos donde poder realizar denuncias formales anónimas de corrupción o fraudes y violaciones de las leyes de la Unión Europea, así como a proteger a dichos denunciantes y sus familias.
Así, la Comunidad de Madrid asegura en su introducción que "la puesta en marcha de un canal interno específico para dar un tratamiento adecuado a las informaciones sobre posibles infracciones en el ámbito de la Administración pública, constituye una medida esencial dentro del referido proceso de mejora interna", indicando que "se dota a uno de los principales grupos de interés de la Administración pública —sus propios trabajadores y aquellos que estén o hayan estado en contacto con ella por motivo de su actividad laboral—, de un canal confidencial a través del cual puedan informar sobre las posibles infracciones detectadas en la propia Administración pública"
Y con el decreto crea el espacio denominado Canal del Informante" dentro del Portal de Transparencia de la Comunidad de Madrid,
que
será gestionado por la Dirección general competente en materia de
transparencia y buen gobierno , junto con "los correspondientes centros
directivos, órganos o unidades que, por razón de la materia, puedan
ponerse en funcionamiento para el conocimiento de informaciones sobre
posibles infracciones en sus correspondientes ámbitos competenciales" y
"en su caso, resolverán, la gestión interna que se inicie para el
tratamiento de las informaciones sobre posibles infracciones en el
ámbito de la Administración pública de la Comunidad de Madrid". Por otro
lado "el correspondiente centro directivo con competencia en materia de
inspección, así como los órganos y unidades puestos en funcionamiento
para el conocimiento de informaciones sobre posibles infracciones en sus
correspondientes ámbitos, podrán mantener una comunicación con el
informante, , garantizándose la confidencialidad de su identidad".
El Decreto como posible informante "informante":
- "Toda persona que sea o haya sido empleado público de la Administración pública de la Comunidad de Madrid, a quien se aplicarán medidas de confidencialidad y privacidad.
- "Toda persona que esté o haya estado en contacto con ella por motivo de su actividad laboral, entendiéndose por tal aquella cuya actividad laboral o profesional, presente o pasada, haya permitido obtener información sobre posibles infracciones en el ámbito de la Administración pública de la Comunidad de Madrid, a quien se aplicarán medidas de confidencialidad y privacidad.
Siendo el "afectado por la información" la persona física o jurídica a la que se atribuye la infracción o con la que se asocia la infracción, a quien se aplicará medidas de confidencialidad y privacidad igualmente.
En cuanto al
sistmea "instrucciones" se da un plazo de 6 meses para que las dicten
los "centros directivos competentes en materia de inspección, así como
los órganos y unidades puestos en funcionamiento para el conocimiento de
informaciones sobre posibles infracciones en sus correspondientes
ámbitos".
Entradas relacionadas:
- [|3/08/2010] Whistleblowers- nueva palabra protegida por ley. [¿ La persona critica es una persona molesta.?]
- [12/11/2020] [Somos Sindicalistas] "I Jornada sobre Derecho y Directivas europeas" - 13 de Noviembre de 2020 en Murcia
- [14/07/2022] [Jover/CGT AAPP nacional] 'Interinos: el Tribunal Superior de Justicia de Aragón ha admitido a tramite una demanda para la suspensión de todas las oposiciones de la comunidad por no adaptarse a la normativa europea'
- [23/09/2022] [CGT Aragón-La Rioja] El Tribunal Superior de Justicia de Aragón admite a trámite por primera vez una demanda de las personas interinas de Aragón por infraccion de la normativa europea al no respetar las administraciones las resoluciones del TJUE en los concursos y oposiciones y en base a la aplicación de la directiva 1937/2019 de proteccion a denunciantes de corrupción o fraudes y violaciones de leyes de la ue a los trabajadores publicos en abuso de temporalidad
- [26/09/2022] [CGT nacional] 'Conferencia destinada a todas aquellas personas que quieran conocer que es un “Buzón externo de denunciantes” soportado por la Directiva 2019/1937 la cual venció el plazo de transposición el 17.12.21, donde , a día de hoy, tiene pendiente su inclusión al ordenamiento jurídico nacional.'
- [26/09/2022] [Gob. nacional/Min. de Justicia] 'El Gobierno aprueba el Proyecto de Ley para proteger a las personas que informen sobre corrupción. Traspone la Directiva europea cuyo objeto es proteger a todas aquellas personas que informen sobre corrupción o fraudes y violaciones del Derecho de la Unión Europea y del ordenamiento jurídico interno. El nuevo proyecto de ley, conocido como Whistleblowers, establece una protección que incluye tanto al sector público como al privado.''
No hay comentarios:
Publicar un comentario