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miércoles, 15 de enero de 2025

[Gobierno de Canarias] 'El Servicio Canario de Salud continúa avanzando en el proceso de estabilización del empleo temporal' [Aclaraciones sobre los plazos, tras la respuesta de la Secretaría de Estado de Función Pública]

 'El Servicio Canario de la Salud (SCS) sigue avanzando en la resolución del proceso selectivo extraordinario de estabilización del empleo temporal, con el objetivo de reducir la temporalidad en la plantilla y garantizar la estabilidad laboral del personal sanitario y de gestión.

El SCS publicó en su página web y en el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica del Gobierno de Canarias la Resolución de la Dirección General de Recursos Humanos del SCS que aprueba el requerimiento de méritos para el personal estatutario de las siguientes categorías del Grupo C/C2 de Gestión y Servicios: conductor/a, albañil, calefactor/a, carpintero/a, conductor/a de instalaciones, costurera/o, electricista, fontanera/o, gobernanta, grupo auxiliar administrativo de la función administrativa, jardinera/o, mecánica/o, monitor, peluquera/o, pintor/a y telefonista.

Durante los próximos veinte días hábiles, las personas aspirantes deberán incluir su expediente curricular en una aplicación informática habilitada para tal fin en la página web del SCS. Esta plataforma permitirá a los interesados registrar su autobaremo de méritos, así como adjuntar la documentación necesaria para justificar los méritos alegados y el título requerido como acceso a la convocatoria.

Aclaraciones sobre los plazos

En relación con los plazos establecidos para la resolución de los procesos selectivos, el 26 de diciembre de 2024, la Secretaría de Estado de Función Pública publicó en el Boletín de Consultas en materia de Recursos Humanos (BODECO) una respuesta que aclara la aplicación de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, sobre medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.

miércoles, 18 de diciembre de 2024

[Poder Judicial] 'La jueza ve fraude de ley en el caso de una médico del Servicio Canario de Salud contratada temporalmente durante 18 años. La sentencia declara una situación real de abuso en la contratación porque la facultativa estuvo 6.500 días encadenando contratos temporales en el HUNSC de Tenerife. “Ninguna temporalidad o coyuntura puede atribuirse a mantener el puesto de trabajo 18 años”, dice el fallo. El juzgado reconoce a la demandante la condición de personal fijo ' [ La sentencia de fijeza por abuso de temporalidad de juzgado de lo Contencioso a estatutaria del Servicio Canario de Salud tras la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de 13/06/2024]]

 'El Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 3 de Santa Cruz de Tenerife ha reconocido la condición de personal estatutario fijo del Servicio Canario de Salud a una médico internista que estuvo 18 años trabajando en el Hospital Universitario Nuestra Señora de la Candelaria de Santa Cruz de Tenerife con contatos temporales, incluso tras aprobar la oposición a Facultativo Especialista de Área (FEA).

La autoridad judicial aprecia en el caso “una situación real de abuso en la contratación y por tanto de fraude de ley durante toda la concatenación de nombramientos, sin solución de continuidad, desde el 21 de diciembre de 2006 hasta la actualidad, y durante casi 18 años”.

La sentencia proclama que, dado que no existe norna sancionadora de ese abuso en el ordenamiento interno, “procede, conforme a la jurisprudencia más reciente del TJUE y al haber superado la actora un proceso selectivo bajo los principios de publicidad, igualdad, mérito y capacidad, esta “ha adquirido la condición de personal estatutaria fija en la administración demanda”.

viernes, 6 de diciembre de 2024

Recordatorio. [Economist&Jurist] Primera sentencia del orden de lo Contencioso, a una estatutaria en Canarias, concediendo la fijeza por abuso de temporalidad en aplicación de la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de 13/06/2024

[Recordatorio de entrada publicada el 28/11/2024

Informaba Economist&Jurist el pasado 23/11/2024 de la sentencia de fijeza por abuso de temporalidad que ha dictado el juzgado de lo Contencioso número 3 de Santa Cruz de Tenerife a una estatutaria del Servicio Canario de Salud, defendida por el conocido abogado y profesor de Derecho Constitucional Gerardo Pérez Sánchez,.

El medio traslada declaraciones del abogado quien señala que el juzgado ha  aplicado  las últimas sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea , especialemnte la  sentencia del 13 de Juniohaber superado la recurrente un proceso selectivo bajo los principios de publicidad, igualdad, mérito y capacidad en el año 2020,

martes, 3 de diciembre de 2024

Recordatorio [Gerardo Pérez Sánchez] Sentencia de fijeza por abuso de temporalidad de juzgado de lo Contencioso a estatutaria del Servicio Canario de Salud tras la sentencia reciente del Tribunal de Justicia de la UE

 [Recordatorio de entrada publicada el 22/11/2024] Informa el conocido Profesor de Derecho Constitucional de la Universidad de La Laguna y Abogado, Gerardo Pérez Sánchez en su cuenta de X este 22/11/2024, que el juzgado de lo Contencioso Administrativo nº3 de Santa Cruz de Tenerife ha dictado sentencia de fijeza como sanción al abuso de temporalidad de una empleada pública estatutaria interina del Servicio Canario de Salud , conforme a la reciente jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la UE, "al no existir norma sancionadora en el ordenamiento interno" y "haber superado un proceso selectivo bajo los principios de publicidad, igualdad,mérito y capacidad".

jueves, 28 de noviembre de 2024

[Economist&Jurist] Primera sentencia del orden de lo Contencioso, a una estatutaria en Canarias, concediendo la fijeza por abuso de temporalidad en aplicación de la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de 13/06/2024

Informaba Economist&Jurist el pasado 23/11/2024 de la sentencia de fijeza por abuso de temporalidad que ha dictado el juzgado de lo Contencioso número 3 de Santa Cruz de Tenerife a una estatutaria del Servicio Canario de Salud, defendida por el conocido abogado y profesor de Derecho Constitucional Gerardo Pérez Sánchez,.

El medio traslada declaraciones del abogado quien señala que el juzgado ha  aplicado  las últimas sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea , especialemnte la  sentencia del 13 de Juniohaber superado la recurrente un proceso selectivo bajo los principios de publicidad, igualdad, mérito y capacidad en el año 2020,

viernes, 22 de noviembre de 2024

[Gerardo Pérez Sánchez] Sentencia de fijeza por abuso de temporalidad de juzgado de lo Contencioso a estatutaria del Servicio Canario de Salud tras la sentencia reciente del Tribunal de Justicia de la UE

Informa el conocido Profesor de Derecho Constitucional de la Universidad de La Laguna y Abogado, Gerardo Pérez Sánchez en su cuenta de X este 22/11/2024, que el juzgado de lo Contencioso Administrativo nº3 de Santa Cruz de Tenerife ha dictado sentencia de fijeza como sanción al abuso de temporalidad de una empleada pública estatutaria interina del Servicio Canario de Salud , conforme a la reciente jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la UE, "al no existir norma sancionadora en el ordenamiento interno" y "haber superado un proceso selectivo bajo los principios de publicidad, igualdad,mérito y capacidad".

sábado, 15 de junio de 2024

[La Provincia] El ministro de Función Pública, Escrivá, convoca a las CCAA a reunión de urgencia este lunes para analizar el alcance de la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE del 13 de Junio [ reunión de la Comisión de Coordinación de Empleo Público este lunes 17 a las 9.30]

 Informa La Provincia en la sección de Canarias de su edición impresa  este 15/06/2024 que el ministro de Función Pública, José Luis Escrivá, ha  convocado "de urgencia"  a las CCAA este lunes a una reunión telemática para "analizar el alcance de la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de 13/06/2023. El medio traslada que la Dir. General de Función Pública de la CCAA de Canarias "considera" que la sentencia "no invalida por sí misma  los procedimientos de estabilización" pero sí "viene a determinar" que no son suficientes, siendo necesarias otra medidas, entre las que la sentencia señala podria estar la conversion de temporal en fijo.

lunes, 10 de junio de 2024

[ANPE Canarias] 'ANPE Canarias presenta un paquete de medidas para defender al profesorado interino y favorecer su estabilización' [Necesario exigir al Gobierno del Estado que cumpla con las sentencias europeas]

 'Este miércoles hemos presentado a la Consejería de Educación un paquete de medidas para defender al profesorado interino que presta servicios en el Archipiélago y afrontar el futuro de la estabilización docente con garantías para el colectivo.

Para ANPE Canarias, el objetivo debe ser doble: por un lado, asegurar que quienes tienen experiencia docente en centros públicos de las Islas y no obtengan plaza en los procedimientos de estabilización que están actualmente en marcha puedan continuar trabajando; por otro, impulsar la estabilización real del profesorado interino teniendo en cuenta las especificidades de la Comunidad Autónoma.

viernes, 3 de mayo de 2024

[STEC] 'El STEC-IC considera muy preocupantes los nefastos resultados provisionales del Concurso de Estabilización por méritos' ["el 53% de las plazas las han obtenidos docentes que no forman parte de las lista de interinos de Canarias"]

'Tal y como preveíamos, el resultado del Concurso de Estabilización por Méritos ha sido pésimo para los docentes canarios, ya que el 53% de las plazas las han obtenidos docentes que no forman parte de las lista de interinos de Canarias, y especialmente para el Cuerpo de Maestros el resultado es alarmante, sólo el 38% son para docentes de nuestra Comunidad.

Este proceso se planificó muy mal desde el inicio. No han protegido a los docentes que durante años han obtenidos contratos y nombramientos temporales, no han estabilizado a las personas más vulnerables sino que han estabilizados las plazas y el profesorado interino ha tenido que acceder a ellas por concurso de méritos. Han desoído y mal interpretado a propósito las sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) cuyas sentencias, vinculantes y de obligatorio cumplimiento, han venido a decir que había que estabilizar personas en abuso de temporalidad.

jueves, 29 de febrero de 2024

[Gob. de Canarias] La Consejera de Presidencia y AAPP del Gobierno de Canarias , Nieves Lady Barreto pide al ministro Escrivá la convocatoria de la Comisión del Empleo Público "a la mayor brevedad" por la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de 22/02/2024

'La consejera de Presidencia, Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad del Gobierno de Canarias, Nieves Lady Barreto, ha solicitado al ministro para la Transformación Digital y de la Función Pública, José Luis Escrivá, la convocatoria de la Comisión de Coordinación del Empleo Público, a la mayor brevedad, al efecto de conocer la interpretación y el posicionamiento del Gobierno de España sobre la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 22 de febrero de 2024 que afecta a los trabajadores interinos de larga duración.

Al respecto, Nieves Lady Barreto reclama un pronunciamiento expreso de la Administración General del Estado (AGE) para que las comunidades autónomas puedan continuar con su labor con seguridad jurídica y ofrecer confianza de la ciudadanía.

[Cadena SER] Consejera de AAPP de Canarias: "Lo que Europa dice es que esos interinos son fijos y no hay que hacer estabilización porque ya son fijos" . La sentencia del TJUE lo único que requiere es que el Gobierno estatal diga cómo

Informa la Cadena SER este 29/02/2024 que la consejera de Presidencia, Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad del Gobierno de Canarias, Nieves Lady Barreto,  cree que  la importante sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de 22/02/2024, "dice que esos interinos son fijos y no hay que hacer estabilización porque ya son fijos" , quedando ver la forma de cómo se les hace fijos, ahora que ya se ha pronunciado el Tribunal. europeo sobre que la forma actual no es válida, correspondiéndole al Gobierno estatal que diga cómo.

martes, 5 de diciembre de 2023

[Araúz] Tribunal Superior de Justicia de Canarias reconoce abuso de temporalidad a 6 empleados estatutarios temporales del Servicio Canario de Salud y su derecho a no ser discriminados con respecto al persomnal estatutario fijo en retribuciones y antigüedad

'Poco a poco vamos torciendo la voluntad de los Tribunales españoles en relación con la Directiva 1999/70, y obteniendo por primera vez éxitos trascendentes para el personal temporal.


En este sentido, el Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha dictado sentencia del 3 de noviembre de 2023, referida a 6 empleados estatutarios temporales del Servicio Canario de Salud, respecto los cuales:

  •  1. Por un lado, reconoce que se encuentran objetivamente en una situación de abuso en su contratación temporal;
 
  • 2. Por otro lado, les reconoce el derecho a no ser discriminados respecto al personal estatutario fijo en materia de retribuciones, régimen de la seguridad social, vacaciones, permisos y posibilidades de formación profesional y carrera horizontal, y en cuanto a la antigüedad, que le sea reconocida si en el futuro llegaran a adquirir la condicion de personal estatutario fijo.
 

martes, 14 de noviembre de 2023

Recordatorio. El Tribunal Supremo desestima el recurso de 68 profesores de música canarios contra el Real Decreto del Estado de baremo de los procesos de estabilización Ley 20/2021 para docentes: no es discriminatorio puntuar oposiciones aprobadas en otras CCAA aunque en Canarias no se hubiera realizado ninguna. El Supremo matiza que "no es técnicamente transposición" de la Directiva de la UE sobre abuso de temporalidad

 [Recordatorio de entrada publicada el 31/10/2023Se ha publicado en el CENDOJ la sentencia de la sección 4ª de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo de 05/10/2023 al recurso ordinario nº 588/2022  que había interpuesto 68 profesores de música de los dos conservatorios existentes en la CCAA de Canarias contra el Real Decreto del Estado 270/2022  que fijaba las bases de forma uniforme en todo el Estado para los procesos de estabilización de la Ley 20/2021  de personal docente no universitario que debían convocar luego cada CCAA .

Recordemos que en cuanto al concurso de méritos excepcional al que obligaba en todo el sector público la citada ley 20/2021 de reducción de la temporalidad, dicho Decreto estatal imponía como bases a todas las CCAA para sus procesos para docentes que la antigüedad en cualquier CCAA puntuar igual, el 46% del total y en un máximo de 10 años, valorándose hasta en un 33% haber superado la fase de oposición en convocatorias para fijo de la especialidad pero sólo desde 2012 y en cualquier CCAA.

martes, 31 de octubre de 2023

El Tribunal Supremo desestima el recurso de 68 profesores de música canarios contra el Real Decreto del Estado de baremo de los procesos de estabilización Ley 20/2021 para docentes: no es discriminatorio puntuar oposiciones aprobadas en otras CCAA aunque en Canarias no se hubiera realizado ninguna. El Supremo matiza que "no es técnicamente transposición" de la Directiva de la UE sobre abuso de temporalidad

Se ha publicado en el CENDOJ la sentencia de la sección 4ª de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo de 05/10/2023 al recurso ordinario nº 588/2022  que había interpuesto 68 profesores de música de los dos conservatorios existentes en la CCAA de Canarias contra el Real Decreto del Estado 270/2022  que fijaba las bases de forma uniforme en todo el Estado para los procesos de estabilización de la Ley 20/2021  de personal docente no universitario que debían convocar luego cada CCAA .

Recordemos que en cuanto al concurso de méritos excepcional al que obligaba en todo el sector público la citada ley 20/2021 de reducción de la temporalidad, dicho Decreto estatal imponía como bases a todas las CCAA para sus procesos para docentes que la antigüedad en cualquier CCAA puntuar igual, el 46% del total y en un máximo de 10 años, valorándose hasta en un 33% haber superado la fase de oposición en convocatorias para fijo de la especialidad pero sólo desde 2012 y en cualquier CCAA.

Tal y como se señala en la sentencia, "en la Comunidad Autónoma de Canarias nunca se habían convocado ni celebrado procesos selectivos para la cobertura permanente de plazas de profesores de música en ninguno de los dos conservatorios allí existentes". Así, los recurrentes argumentaban que, el Real Decreto no dejaba margen a las CCAA para la regulación de las particularidades y  "vulneraba el principio de igualdad ante la ley"  al "discriminar a los docentes temporales de Canarias en relación con los posibles competidores provenientes de otras  Comunidades Autónomas donde se hayan celebrado oposiciones en el pasado", ya que estos podrían invocar  haber aprobado una oposición sin obtener luego plaza que los canarios no podrían invocar en igualdad de condiciones.

lunes, 21 de agosto de 2023

Recordatorio. Publicada la modificación del Gobierno de Canarias de la OPE extraordinaria de 2022 del Servicio Canario de Salud según la ley 20/2021 para incorporar más plazas al concurso de méritos al aplicar la disposición adicional 8ª de la Ley y estimar varios recursos planteados por personal de unidades administrativas, entre ellos informáticos, superando las 10 mil plazas en total a concurso de méritos

 [Recordatorio de entrada publicada el 20/07/2023]

Se ha publicado en el Boletín Oficial de Canarias del 12/07/2023 el  DECRETO 119/2023 de 6 de julio de 2023 del (anterior) Gobierno de la CCAA de Canarias que modifica su Decreto 145/2022 por el que aprobó la OPE extraordinaria de estabilización según la nueva Ley estatal 20/2021 de reducción de temporalidad pública y donde había computado , mencionando sólo que por la Disposición Adicional 6ª de la citada ley, que 7 mil plazas fueran al concurso de méritos  excepcional, incluyendo las plazas no convocadas de las OPEs de estabilización anteriores derivadas de las leyes  estatales de 2017 y 2018.

La propia publicación en el Boletín de ahora reconoce:

  1. que "se ha advertido un error en el Decreto 145/2022 ... al haberse omitido la referencia legal a la disposición adicional octava,debiendo procederse a su inclusión y la correcta contabilización de las plazas, sumándose las plazas que traen causa en la disposición adicional octava".

    Recordemos que dicha disposición adicional 8ª de la Ley 20/2021, a nuestro entender, regula que también  se debían incluir en los concursos de méritos excepcionales las plazas vacantes que estuvieran ocupadas a día de  30/12/2021 [día de entrada en vigor de la ley, al no mencionar fecha explícita esta disposición] por temporales que hubieran sido temporales (en la actual plazas o en otro puesto, pudiendo ser diferentes) en la misma Administración Pública   desde antes de 01/01/2016 . Es decir, va destinada al personal en abuso de temporalidad con temporalidad anterior al 01/01/2016 cuya plaza no haya sido computada ya por la Disposición Adicional 6ª, para que sea  computada como una plaza que se debe ofertar al concurso de méritos (y sin entrar si su plaza actual está o no ya convocada en un proceso de estabilización de las leyes anteriores).


  2. que tras recursos de reposición interpuestos por empleados públicos de las unidades administrativas centrales, entre ellos recursos  de informáticos de la categoría de Titulado Medio con el gabinete de Araúz,  donde reclamaban que sus plazas fueran incluidas en los nuevos procesos de estabilización de la ley 20/2021, son , efectivamente, "plazas de naturaleza estructural"  que debe incluirse en plantillas orgánicas del Servicio Canario de la Salud y por tanto ser contabilizadas

jueves, 20 de julio de 2023

Publicada la modificación del Gobierno de Canarias de la OPE extraordinaria de 2022 del Servicio Canario de Salud según la ley 20/2021 para incorporar más plazas al concurso de méritos al aplicar la disposición adicional 8ª de la Ley y estimar varios recursos planteados por personal de unidades administrativas, entre ellos informáticos, superando las 10 mil plazas en total a concurso de méritos

Se ha publicado en el Boletín Oficial de Canarias del 12/07/2023 el  DECRETO 119/2023 de 6 de julio de 2023 del (anterior) Gobierno de la CCAA de Canarias que modifica su Decreto 145/2022 por el que aprobó la OPE extraordinaria de estabilización según la nueva Ley estatal 20/2021 de reducción de temporalidad pública y donde había computado , mencionando sólo que por la Disposición Adicional 6ª de la citada ley, que 7 mil plazas fueran al concurso de méritos  excepcional, incluyendo las plazas no convocadas de las OPEs de estabilización anteriores derivadas de las leyes  estatales de 2017 y 2018.

La propia publicación en el Boletín de ahora reconoce:

martes, 18 de julio de 2023

[Araúz] El Servicio Canario de Salud cuadruplica el número de plazas de Técnicos Titulados Medios en Informática que van a concurso de méritos de la Ley 20/2021 tras la impugnación de la convocatoria

'El Servicio Canario de Salud, tras impugnar Araúz el concurso de méritos convocado, ha cuadruplicado el número de plazas que se incluyen en dicho concurso de méritos, pasando de ofertar 3 plazas de técnico titulado medio en informática a ofertar un total de 12 para su cobertura a través de dicho concurso.

lunes, 12 de junio de 2023

Recordatorio. La Sala de lo Contencioso del Supremo mantiene su doctrina de Diciembre de 2021 en nuevas sentencias del grupo de demandas de 2016 que dio lugar a la sentencia europea de 19/03/2020: reconoce el abuso en interinidades de vacante prolongadas, incluso de único nombramiento, pero rechaza la fijeza como sanción como está rechazando la indemnización, por no estar contemplada por la ley nacional para personal estatutario interinos; sigue reconociendo el derecho a carrera horizontal del temporal pero rechaza su derecho a la movilidad. También rechazó suspender los recursos y esperarse a la resolución por el Tribunal de Justicia de la UE a las cuestiones prejudiciales planteadas por un juez que cuestiona esta doctrina

[Recordatorio de entrada publicada el 29/05/2023] Se ha publicado en el CENDOJ 3 sentencias del 10 a 18 de Mayo de la Sala de lo Contencioso-Administrativo (la que lleva los casos de personal funcionario de cualquier Administración Pública y del personal estatutario de los Servicios de Salud) del Tribunal Supremo que son nuevas sentencias del Tribunal Supremo a los casos  del grupo de del SERMAS de 2016 que dio lugar a la citada sentencia europea de 19/03/2020 (si bien en estas sentencias del Tribunal Supremo no se encuentra la del propio informático del SERMAS "Sánchez Ruiz"), siempre en  en personal estatutario ya interino de vacante  del SERMAS  principalmente con algún caso de otro servicio de alud, en las que se demandaba la declaración de abuso de temporalidad , la fijeza como sanción a este abuso con la particularidad de argumentar en la demanda que es la única sanción posible y obligada por la jurisprudencia europea al  no estar contemplada ninguna otra sanción válida a ojos europeos en la normativa nacional , así como el reconocimiento de los derechos  la carrera profesional y la movilidad horizontal (concursos de traslados) y vertical (promoción interina)  por el principio de no discriminación con el fijo, instando a la justicia nacional a realizar cuestiones prejudiciales al tribunal europeo de Justicia.

 Esta asociación de informáticos del SERMAS), APISCAM, apostó por esta línea en 2015 al conocer  la directiva europea y sentencias del Tribunal Europeo previas  y coordinó la presentación ya en 2016 de 21 reclamaciones administrativas y luego demandas judiciales con el gabinete de Javier Araúz, el único con el que contactamos entonces que defendía esa línea pionera y, creemos, que la correcta, en aquella fechas donde la jurisprudencia española no reconocía ni la posibilidad de abuso en un interino de vacante. 

 En concreto se trata de las sentencias y casos :

lunes, 29 de mayo de 2023

La Sala de lo Contencioso del Supremo mantiene su doctrina de Diciembre de 2021 en nuevas sentencias del grupo de demandas de 2016 que dio lugar a la sentencia europea de 19/03/2020: reconoce el abuso en interinidades de vacante prolongadas, incluso de único nombramiento, pero rechaza la fijeza como sanción como está rechazando la indemnización, por no estar contemplada por la ley nacional para personal estatutario interinos; sigue reconociendo el derecho a carrera horizontal del temporal pero rechaza su derecho a la movilidad. También rechazó suspender los recursos y esperarse a la resolución por el Tribunal de Justicia de la UE a las cuestiones prejudiciales planteadas por un juez que cuestiona esta doctrina

Se ha publicado en el CENDOJ 3 sentencias del 10 a 18 de Mayo de la Sala de lo Contencioso-Administrativo (la que lleva los casos de personal funcionario de cualquier Administración Pública y del personal estatutario de los Servicios de Salud) del Tribunal Supremo que son nuevas sentencias del Tribunal Supremo a los casos  del grupo de del SERMAS de 2016 que dio lugar a la citada sentencia europea de 19/03/2020 (si bien en estas sentencias del Tribunal Supremo no se encuentra la del propio informático del SERMAS "Sánchez Ruiz"), siempre en  en personal estatutario ya interino de vacante  del SERMAS  principalmente con algún caso de otro servicio de alud, en las que se demandaba la declaración de abuso de temporalidad , la fijeza como sanción a este abuso con la particularidad de argumentar en la demanda que es la única sanción posible y obligada por la jurisprudencia europea al  no estar contemplada ninguna otra sanción válida a ojos europeos en la normativa nacional , así como el reconocimiento de los derechos  la carrera profesional y la movilidad horizontal (concursos de traslados) y vertical (promoción interina)  por el principio de no discriminación con el fijo, instando a la justicia nacional a realizar cuestiones prejudiciales al tribunal europeo de Justicia.

 Esta asociación de informáticos del SERMAS), APISCAM, apostó por esta línea en 2015 al conocer  la directiva europea y sentencias del Tribunal Europeo previas  y coordinó la presentación ya en 2016 de 21 reclamaciones administrativas y luego demandas judiciales con el gabinete de Javier Araúz, el único con el que contactamos entonces que defendía esa línea pionera y, creemos, que la correcta, en aquella fechas donde la jurisprudencia española no reconocía ni la posibilidad de abuso en un interino de vacante. 

 En concreto se trata de las sentencias y casos :

  • sentencia de 10 de mayo de 2023 al recurso de casación nº 6460/2019 de una higienista dental interina de vacante más de 12 años en el SERMAS (cuando interpuso la demanda en aquel 2016) 
  • Sentencia de 16 de mayo de 2023 al recurso de casación nº  6444/2019 de un informático del SERMAS   también estatutario interino de vacante 10 años entonces
  • sentencia de 18 de mayo de 2023  al recurso de casación n 842/2020 de un ATS del Servicio Canario de Salud temporal más de 10 años
 
Ya nos hicimos eco en una entrada aquí del primer grupo de sentencias en el Supremo e Diciembre de 2021 por casos de ese grupo de demandas pionero de 2016, siendo la primera sentencia la  sentencia de fecha 10/12/2021 al recurso de casación nº 3989/2019 de otra higienista dental del SERMAS, estatutaria interina de vacante durante 13 años en un único nombramiento, cuyo texto es reiterado casi en su totalidad en el resto de sentencias.
 
 
Y , como era de esperar al menos por el momento, esta Sala de lo Contencioso del Supremo  se remite a dicha sentencia de 10/12/2021 repitiendo en cada sentencia literalmente sus razonamientos y conclusiones (siendo idénticas las demandas).
 

lunes, 22 de mayo de 2023

Recordatorio. [Arauz] Juzgado de lo Contencioso Administrativo de las Palmas transforma en fijos a 6 sanitarios temporales del Servicio Canario de Salud aplicando la directiva y jurisprudencia europea y en contra de la doctrina actual del Supremo

 [Recordatorio de entrada publicada el 26/04/2023]

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 1 de las Palmas en sentencia de 21 de abril de 2023, transforma en fijos a 6 sanitarios temporales del Servicio Canario de Salud , reconociendo su derecho a permanecer en el puesto de trabajo que desempeñan, y sujetándolos a los mismos derechos y al mismo régimen de estabilidad e inamovilidad que rige para los funcionarios de carrera , aplicando la Directiva 1999/70/CE y rechazando la doctrina del Tribunal Supremo.