jueves, 20 de julio de 2023

Publicada la modificación del Gobierno de Canarias de la OPE extraordinaria de 2022 del Servicio Canario de Salud según la ley 20/2021 para incorporar más plazas al concurso de méritos al aplicar la disposición adicional 8ª de la Ley y estimar varios recursos planteados por personal de unidades administrativas, entre ellos informáticos, superando las 10 mil plazas en total a concurso de méritos

Se ha publicado en el Boletín Oficial de Canarias del 12/07/2023 el  DECRETO 119/2023 de 6 de julio de 2023 del (anterior) Gobierno de la CCAA de Canarias que modifica su Decreto 145/2022 por el que aprobó la OPE extraordinaria de estabilización según la nueva Ley estatal 20/2021 de reducción de temporalidad pública y donde había computado , mencionando sólo que por la Disposición Adicional 6ª de la citada ley, que 7 mil plazas fueran al concurso de méritos  excepcional, incluyendo las plazas no convocadas de las OPEs de estabilización anteriores derivadas de las leyes  estatales de 2017 y 2018.

La propia publicación en el Boletín de ahora reconoce:

  1. que "se ha advertido un error en el Decreto 145/2022 ... al haberse omitido la referencia legal a la disposición adicional octava,debiendo procederse a su inclusión y la correcta contabilización de las plazas, sumándose las plazas que traen causa en la disposición adicional octava".

    Recordemos que dicha disposición adicional 8ª de la Ley 20/2021, a nuestro entender, regula que también  se debían incluir en los concursos de méritos excepcionales las plazas vacantes que estuvieran ocupadas a día de  30/12/2021 [día de entrada en vigor de la ley, al no mencionar fecha explícita esta disposición] por temporales que hubieran sido temporales (en la actual plazas o en otro puesto, pudiendo ser diferentes) en la misma Administración Pública   desde antes de 01/01/2016 . Es decir, va destinada al personal en abuso de temporalidad con temporalidad anterior al 01/01/2016 cuya plaza no haya sido computada ya por la Disposición Adicional 6ª, para que sea  computada como una plaza que se debe ofertar al concurso de méritos (y sin entrar si su plaza actual está o no ya convocada en un proceso de estabilización de las leyes anteriores).


  2. que tras recursos de reposición interpuestos por empleados públicos de las unidades administrativas centrales, entre ellos recursos  de informáticos de la categoría de Titulado Medio con el gabinete de Araúz,  donde reclamaban que sus plazas fueran incluidas en los nuevos procesos de estabilización de la ley 20/2021, son , efectivamente, "plazas de naturaleza estructural"  que debe incluirse en plantillas orgánicas del Servicio Canario de la Salud y por tanto ser contabilizadas

Y así, el Gobierno Canario , con este boletín, modifica  el número de plazas, adicionales a las no convocadas de procesos de estabilización anteriores, que quedan incluidas en los procesos de estabilización según la Ley 20/2021 del Servicio Canario de Salud, haciendo un total de plazas computadas para dichos procesos de:

  • 10.012 plazas a concurso de méritos (antes eran 6.958 plazas) a concurso de méritos por la Disposición Adicional 6ª de la ley 20/2021, entre ellas
    • 5 plazas (en el Decreto original era sólo 1 plaza) de Titulado Técnico Superior de Informática
    • 12 plazas (ene el Decreto anterior eran  sólo 3 plazas) de Titulado Técnico Medio de Informática

  •  1.973 plazas a concurso-oposición (antes era 1.973) por el artículo 2.4 de la ley 20/2021, entre ellas
    • 2 plazas de Titulado Técnico Superior de Informática (como ya era así en el Decreto anterior)
    • 3 plazas de Titulado Técnico Medio de Informática (en el Decreto anterior se computaban aquí 6)

con lo que el número de plazas de los Concursos de Méritos convocado del Servicio Canario de Salud aumenta notablemente y , en especial, de forma espectacular, la de los informáticos del Servicio Canarios de Salud ( que aumentan en 13 plazas para pasar de 4 a 17, probablemente todas las de personal informático temporal de antes de 2016).

Nótese que, casualmente,  pocos días antes de la decisión del gobierno canario se había publicado el Real Decreto-Ley 5/2023 del Estado para que ñas AAPP hagan un proceso "escoba" de concurso de méritos con las plazas de temporales de antes de 2016 que fueron convocadas a otros procesos de estabilización previos al concurso de méritos de la ley 20/2021 - y por ese motivo la AAPP no las ncluyeron en concurso de méritos- y los temporales afectados no los hayan superado. En la exposición de motivos del RDL se recordaba precisamente la obligación que contenía la disposición adicional 8 de la Ley 29/2021 , disposición y ley que siguen en vigor.


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1 comentario:

Anónimo dijo...

Mi administración no contó ni por la disposición octava muchas plazas para el concurso de méritos porque decía que estaban convocadas en el proceso de estabilización anterior. Pregunté al sindicato y me dijeron que no se podía hacer nada, que es lo que decía la ley 20/2021, que presentar un recurso contra la OPE iba a suponer perderlo y perder mucho dinero en costas y no lo presenté.

¿Creéis que ahora se verá obligada mi administración a corregir las plazas como ha hecho Canarias y contar todas las que convocó al concurso-oposición?

Por favor, dadme una respuesta clara, estamos con una angustia por nuestro futuro que no podemos más