'La Diputación Permanente del Congreso de los Diputados da luz verde a la norma que insta a cubrir las plazas vacantes garantizando la igualdad de condiciones en el acceso al personal en abuso de temporalidad que fue cesado o no logró superar anteriores procesos
La Diputación Permanente convalida el Real Decreto Ley 5/2023 que autoriza en su artículo 217 una tasa adicional a las Administraciones Públicas para la convocatoria de nuevos procesos selectivos, con la finalidad de cubrir nuevas plazas y garantizar en todo el territorio el derecho de acceso en condiciones de igualdad a los procesos de estabilización de empleo público.
La medida insta a la apertura de concursos de méritos para cubrir aquellas plazas de naturaleza estructural ocupadas de forma temporal a 30 de diciembre de 2021 por personal con una relación de esa naturaleza anterior al 1 de enero de 2016, que no haya superado el proceso de estabilización mediante un sistema selectivo distinto al previsto en la disposición adicional octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre.
Obligatoriedad de la convocatoria
Conocida la convalidación del decreto, la Federación de Estatal de Trabajadores de la Administraciones Públicas (FETAP-CGT) ha solicitado al Ministerio de Hacienda y Función Pública que emita una instrucción sobre sus puntos clave, “para evitar que las Administraciones Públicas incumplan la normativa de estabilización de interinos”.
En este sentido, subraya que el decreto es un mandato que obliga a las distintas administraciones a la convocatoria de estas plazas, en sintonía y coincidencia con la interpretación que al respecto hacen PSOE y Partido Popular, grupos políticos con los que el sindicato ha mantenido contactos durante el proceso de convalidación de la norma.
FETAP-CGT señala que el decreto viene a corregir “el incumplimiento de algunas administraciones, caso de la Comunidad de Madrid o el Gobierno de Aragón, del mandato contenido en la Ley 20/2021, como el hecho de que plazas que cumplían con los requisitos no se incluyeron en el proceso extraordinario de estabilización por formar parte de convocatorias publicadas antes de su entrada en vigor”. Para el legislador, “este error de ejecución ha vulnerado el principio de igualdad entre los empleados públicos, al permitir que procesos similares se convoquen con diferentes condiciones”.
Ante la posibilidad de que haya Administraciones Publicas que solo den cumplimiento simbólico al decreto, usando solo plazas desiertas de los procesos ya resueltos, el sindicato advierte de que “la norma es clara y tajante: si fueran necesarias, se tienen que crear las plazas para los afectados» y añade que “estará vigilante para que todas estas nuevas plazas, desiertas o vacantes sean convocadas y los empleados en abuso de temporalidad cesados o suspendidos puedan consolidar finalmente su puesto de trabajo”.
El Real Decreto fija que la nueva oferta de empleo público deberá estar aprobada antes del 31 de diciembre de 2023 y resuelta antes del 31 de diciembre de 2024, ajustándose a los principios de igualdad, mérito, capacidad y libre concurrencia.'
Enlaces en el texto sin negrita nuestros
- [29/07/2017] Publicados los Presupuestos Generales del Estado de 2017: marco para las OPEs extraordinarias (permiso a las AAPP para convocar procesos de consolidación para los temporales de antes de 2005 según el EBEP y de OPE en Sanidad, docentes de Educación y otros sectores con hasta el 90% de los temporales ade más de 3 años, sin límites por tasa de reposición PERO sin fijar bases de consolidación) y subida del 1% sueldo empleados públicos
- [12/04/2017] [El independiente] CCOO y UGT admiten que el acuerdo estatal sobre estabilidad y OPEs extraordinarias podría dejar a temporales muy antiguos sin trabajo
- [19/03/2020] Sentencia
esperanzadora del Tribunal Europeo del asunto acumulado "Sánchez
Ruiz": hay abuso de temporalidad en la interinidad de vacante prolongada
que requiere una sanción, que le corresponde al ordenamiento español
fijar, orientando que no puede valer como sanción la convocatoria a
proceso selectivo libre ni la figura del indefinido no fijo
- [06/09/2021] El Comisario Europeo de Empleo responde la pregunta del europarlamentario del PP sobre el Decreto-Ley de 2020 que ampliaba el plazo para ejecutar los procesos de estabilización de las leyes de 2017/18 siendo procesos selectivos no son acordes a la sentencia del Tribunal Europeo de 19/03/2020: aunque con méritos son procesos de resultado incierto que según el Tribunal Europeo no eximen de una sanción al abuso de temporalidad en el empleo público. No responde a la pregunta sobre el desacato de tribunales a las sentencias europeas por falta de datos
- [10/12/2021] La
Comunidad de Madrid sigue publicando convocatorias de las OPEs de
"estabilización" anteriores (con las plazas temporales , todas ya más de
6 años a 31/12/2020 ) de su personal de la Administración y Servicios
con el sistema de concurso-oposición y oposición eliminatoria siguiendo
las bases acordadas en la Comunidad con los sindicatos en Febrero. La C.
de Madrid no se espera a la nueva Ley aprobada por el Congreso y
pendiente del Seando de reducción de temporalidad bajo la que tendría
que convocar en concurso de méritos todas las plazas de estas
convocatorias
- [10/12/2021] La Comunidad de Madrid sigue publicando convocatorias de las OPEs de "estabilización" anteriores (con las plazas temporales , todas ya más de 6 años a 31/12/2020 ) de su personal de la Administración y Servicios con el sistema de concurso-oposición y oposición eliminatoria siguiendo las bases acordadas en la Comunidad con los sindicatos en Febrero. La C. de Madrid no se espera a la nueva Ley aprobada por el Congreso y pendiente del Seando de reducción de temporalidad bajo la que tendría que convocar en concurso de méritos todas las plazas de estas convocatorias
- [29/12/2021] Publicada en el
Boletín Oficial del Estado la nueva Ley de reducción de temporalidad
pública. Entra en vigor mañana 30/12/2021. Obliga a todas las AAPP a
realizar concursos de méritos de libre concurrencia con las plazas
estructurales temporales y las de personal temporal anteriores a
1/1/2016 si no están ya en convocatorias en marcha o resueltas cubriendo
la plaza. En días y semanas pasados ha habido "carreras" por muchas
AAPP convocando en procesos con oposición las plazas de los procesos de
estabilización anteriores y así no les afecta esta nueva ley
- [31/08/2022] La Comisión Europea vuelve a informar oficialmente del curso de la denuncia múltiple abierta desde 2018-y vinculada a un procedimiento de infracción contra España- sobre el abuso de duración de temporalidad en empleados públicos españoles: está evaluando si las medidas de reducción de temporalidad tras la nueva Ley 20/2021 y sus aplicaciones sectoriales son conformes a la normativa y sentencias europeas
- [12/12/2022 ] Publicada
en el Diario Oficial de la Unión Europea la otra cuestión prejudicial
admitida a trámite por el Tribunal de Justicia europeo planteada por el
Juzgado contencioso-administrativo de Barcelona que cuestiona que valga
ante la normativa europea tanto la doctrina de la Sala de lo Contencioso
del Supremo ante el abuso de temporalidad en el empleo público como la
nueva Ley 20/2021
- [09/02/2023] La Dir. Gral de Función Pública de la C. de Madrid responde a la pregunta de Más Madrid sobre medidas para garantizar la estabilidad laboral del personal de la Comunidad de Madrid temporal más de 3 años que la única manera es incluir las plazas en las Ofertas de Empleo Público y que "sólo hay 436 plazas" para el concurso de méritos excepcional en Administración y Servicios porque tenían que ser plazas de antes de 2016 y que no estuvieran ya convocadas [Convocaron con oposición más de 8 mil plazas días antes de entrada en vigor de la Ley 20/2021]
- [29/06/2023] IMPORTANTE
Publicado Real Decreto-Ley 5/2023 del Estado con medidas de
"estabilización del empleo público" para "dar cumplimiento" a normativa
europea : mandato para que las AAPP cumplan la Disposición Adicional 8ª
de la Ley 20/2021 y se haga un proceso "escoba" de concurso de méritos
en número de plazas igual al de todas las plazas de personal a
30/12/2021 temporal desde antes de 2016 que no haya "superado" un
proceso de estabilización convocado, distinto del concurso de méritos
excepcional de la ley 20/2021. También se amplían permisos como el de
accidente o enfermedad grave,cuidado parental, ...
- [03/07/2023] [STEPA] 'Casi 200 empleados temporales con hasta 30 años de servicio, afiliados al sindicato, han presentado una demanda en la que piden la nulidad del Decreto [del Gobierno de Aragón] por el que se convocó la Oferta Especial de Empleo [de su Administración General] con solo 571 plazas de estabilización (apenas el 14 %), por “incontestable fraude de ley y mala fe” . STEPA reclama además que se incorporen todas las plazas omitidas de las ofertas de empleo anteriores todavía en curso y evitar así ceses de trabajadores en abuso derivados de estos procesos ordinarios y sin ningún tipo de indemnización.'
- [20/07/2023] IMPORTANTE: El miércoles 26 de Julio se debatirá y votará en el Congreso de los Diputados la convalidación del Real Decreto-ley 5/2023 que incluye un mandato para que las AAPP hagan un proceso "escoba" de concurso de méritos de la Ley 20/2021 en número de plazas igual al de todas las plazas de personal a 30/12/2021 temporal desde antes de 2016 con la plaza convocada en un proceso de estabilización anterior que no haya "superado" .
- [24/07/2023] [CSIT]
'Asuntos tratados en Comisión de Seguimiento para Funcionarios de la
Comunidad de Madrid celebrada en julio de 2023: Puntos relacionados con
la entrada en vigor del Real Decreto Ley 5/2023' [ C. de Madrid: "no van
a paralizar ni modificar los procesos de estabilización convocados y en
desarrollo", caben multitud de interpretaciones", " es necesaria una
directriz del Estado"]
- [26/07/2023] [Congreso de los Diputados] 'La Diputación Permanente debate hoy la convalidación o derogación del real decreto-ley de respuesta a las consecuencias de la guerra de Ucrania y de apoyo a La Palma, entre otras medidas socioeconómicas. - La sesión se iniciará a las nueve de la mañana y tiene como único punto la decisión de derogación o convalidación de este real decreto-ley'. [El RDL queda convalidado sin ningún voto en contra]
2 comentarios:
...ya estamos con las ambigüedades, cómo que si fueran necesarias?
Que alguien lo explique! Dónde dice eso?
En este sentido, cómo creéis que lo van a interpretar las Administraciones incumnplidoras de la Ley 20/21?
Lo que las Administraciones tienen que hacer es cumplir de una vez con el mandato de este RDL tal como es regulado en el art. 217 y punto.
Y sino denunciarles. Ya está bien!!!
Es de Vital IMPORTANCIA lo que has dicho al FINAL : DENUNCIAR
Ahora no tenemos excusas, cualquier irregularidad hemos de DENUNCIAR
1 A LA ADMINISTRACION
2 SIMULTANEAMENTE ADJUNTARLA A LA COMISIÓN EUROPEA
3 TENER UN ABOGADO PARA QUE SIGA ESTA NUEVA VENTANA , que es más de lo mismo , sin embargo hemos de blindarla
Es decir o lo estan entendiendo o son tan bandidos que la vuelven a cagar, DENUNCIAR si os veías discriminados
Recordar mas de 3 años FIJEZA.
4 ESPAÑA esta en un limbo , nosotros NO, pensar como Europeos y no como estos mer, inútiles y torpes que nos Gobiernan.
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