miércoles, 26 de julio de 2023

[Congreso de los Diputados] 'La Diputación Permanente debate hoy la convalidación o derogación del real decreto-ley de respuesta a las consecuencias de la guerra de Ucrania y de apoyo a La Palma, entre otras medidas socioeconómicas. - La sesión se iniciará a las nueve de la mañana y tiene como único punto la decisión de derogación o convalidación de este real decreto-ley'. [El RDL queda convalidado sin ningún voto en contra]

 'La Diputación Permanente del Congreso de los Diputados se reunirá el miércoles 26 de julio a las 09:00 horas para decidir sobre la convalidación o derogación del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad; de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores; y de ejecución y cumplimiento del Derecho de la Unión Europea.


El real decreto-ley consta de 226 artículos, repartidos en un total de cinco libros, a los que se añaden cinco disposiciones adicionales, diez transitorias, una derogatoria y nueve finales. El primer libro está dedicado a la transposición de la Directiva (UE) 2019/2121 del Parlamento Europeo y del Consejo en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles; el libro segundo transpone la Directiva (UE) 2019/1158 relativa a la conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores. 

Por su parte, el libro tercero aborda medidas para la ejecución y cumplimiento del Derecho de la Unión Europea en materia de tráfico, de arrendamiento de vehículos con conductor, sobre la lucha contra la difusión de contenidos terroristas en línea, así como el acceso y uso del Registro de Titularidades Reales. 

El cuarto libro está dedicado a la prórroga de determinadas medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra de Ucrania, y de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad. Por último, el quinto libro recoge medidas urgentes en el ámbito financiero, socioeconómico, organizativo y procesal. 

Debate y tramitación en Diputación Permanente

La Diputación Permanente del Congreso de los Diputados es un órgano de naturaleza especial que se reúne para velar por los poderes de la Cámara cuando ésta no está reunida, ha expirado su mandato o ha quedado disuelta. El mínimo de miembros ha de ser un número no inferior a veintiuno y se distribuyen en forma proporcional al tamaño de los grupos parlamentarios.

En el debate que realizará la Diputación Permanente previo a la votación podrá intervenir en primer lugar sin límite de tiempo un miembro del Gobierno, que tras las elecciones generales del 23 de julio estará en funciones, para explicar las razones que han obligado a la promulgación del real decreto-ley. Tras ello, hay un turno de doce minutos para que los grupos que estén a favor de la convalidación del real decreto-ley intervengan, que será idéntico para quienes se posicionen en contra de la convalidación. Posteriormente podrán tomar la palabra en un turno de cinco minutos para réplicas o rectificaciones. 

El resto de grupos parlamentarios podrá fijar su posición en turnos de siete minutos. Finalmente, se votará la convalidación o derogación del real decreto-ley, que necesitará de la mayoría simple de los miembros presentes para ser convalidado. 

Composición de la Diputación Permanente
 
La composición de la Diputación Permanente fue acordada por la Mesa de la Cámara el 15 de enero de 2020, cuando se decidió, previa a audiencia de la Junta de Portavoces y de conformidad con el artículo 56 del Reglamento, que esté integrada por 68 miembros, además de la presidenta del Congreso, con la siguiente distribución:
 
- 23 del Grupo Socialista
- 17 del Grupo Popular en el Congreso
- 10 del Grupo VOX
- 7 del Grupo Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común
- 3 del Grupo Republicano
- 2 del Grupo Plural; 
- 2 del Grupo Ciudadanos
- 1 del Grupo Vasco (EAJ-PNV)
- 1 del Grupo Euskal Herria Bildu
- 2 del Grupo Mixto.'
 
 
 
 
NOTA DEL EDITOR: 
 
Se puede seguir en directo la sesión de la Diputación Permanente en
 

Recordemos que este RDL 5/2023 (nº expediente 130/97), ya publicado, incluye, entre numerosas medidas -una gran parte de ellas "para dar cumplimiento" a normativa, jurisprudencia europea o evitar avances de procedimientos de infracción de la Comisión Europea contra España-,  por su artículo 217,  un mandato para que todas las AAPP hagan un proceso "escoba" de concurso de méritos de los excepcionales contemplados em la Ley 20/2021 de reducción de temporalidad,  en número de plazas igual al de todas las plazas de personal a 30/12/2021 temporal en la misma AAPP desde antes de 2016 cuya plaza no hubiera sido computada por su AAPP por la Disposición adicional 8ª de la citada ley estando ya convocada a un proceso -diferente del concurso de méritos- de estabilización derivado de las leyes anteriores a la ley 20/2021 y que no haya "superado".

 
 
[ADDENDUM a la NOTA DEL EDITOR] El Real-Decreto Ley 5/2023 ha sido convalidado con este resultado de la votación (64 votos)
  • Votos a favor: 53
  • Votos en contra: 0
  • Abstención:  11

Hoy no se ha planteado (ni votado por tanto) la posibilidad -existente normalmente cuando se ha convalidado un RDL- de tramitar una Ley de carácter urgente para poder modificar el contenido del RDL, dado la situación de fin de legislatura

 

 

12 comentarios:

Anónimo dijo...

Y, una vez convalidado, ahora solo les hace falta a TODAS las AAPP, leerse el título (no ya la Exposición de motivos del RDL 5/2023) del artículo 217:
"Garantía del derecho de acceso a los procesos derivados de la disposición adicional octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas para reducir la temporalidad en el empleo público".

Es decir, que se garantiza/protege/afianza el derecho de acceso a...

No dice, se podrá/será potestativo de/ es facultativo de... ni otras mil interpretaciones sesgadas realizadas por ciertos colectivos.

Anónimo dijo...

Suerte para otros y otras pocas.
De todas formas, las administraciones que no estén conformes aprobarán un baremo que no estabilice y se quedarán tan panchos.
Así ha ocurrido en Navarra, que todo parece muy legal y después regalan las plazas a gente que no está en abuso, Navarra nunca ha apoyado a los temporales.

Anónimo dijo...

Al final tendrán que sacar todas las plazas que cumpliendo las disposiciones 6ª y 8ª se se les han "olvidado"...

Anónimo dijo...

a ver si hacen lo mismo con los de 3-6 años que vamos a opes... y bueno lo deberían mejorar y dar fijeza para cumplir con Europa

Anónimo dijo...

Esto último que dices como no apreten un bastante más los afectados ...

Anónimo dijo...

Pues por lo que veo, aquí en España llevamos un ritmillo lento de coj...
Hoy nuestro TS ha resuelto reconociendo la constitucionalidad de la Ley 20/2021 en cuanto a convocar concurso de méritos (y sin embargo estamos ya con el RDL 5/2023).
A este paso.... en fin.
Paciencia y perseverancia para todos.

Anónimo dijo...

Se refiere a los secretarios... no querían que se aplicaran los concursos a ellos y sí lo van a hacer, de eso se trataba.
De todas formas hablan de que temporales de más de 5 años accedan a la plaza por concurso y eso no ha sido así en mi administración que personas sin antigüedad en el puesto se han quedado con plazas a concurso por llevar mil años en la administración.

Anónimo dijo...

Y en Navarra por qué no sacáis todo eso a la luz pública? Porque es evidente que ahí no hay mérito y capacidad por ningún lado...

Anónimo dijo...

Porque no sale a la luz pública, no interesa y la ley 20/21 permite aprobar el baremo que quieran y es lo que han hecho. En Navarra nunca nos han apoyado. El libre acceso que dice la Constitución lo han tomado de tal forma que sólo lo pueden garantizar con un baremo que reparte las plazas y así sólo se han librado unos pocos. En mi caso me ha quitado la plaza una persona que no tiene ni un día de antigüedad en el puesto. Hay muchas personas así. No demuestran ni mérito ni capacidad pero eso les da igual. En un tiempo, ya nos han olvidado hasta nuestros jefes que a día de hoy nos echan en falta y juran en ebreo.

Anónimo dijo...

Te entiendo, pero creo que eso (aparte de recurrirlo judicialmente) hay que denunciarlo en medios de comunicación o en donde sea posible...

Anónimo dijo...

Pues me acaba de llegar la sentencia de la
Demanda . Del juzgado contencioso. Naturalmente perdida y condena en costas. La verdad es que saco plaza en la OPE.No se que hacer. Sigo demandando o le digo a Arauz que no. No se.

Anónimo dijo...

Espera a que salgan las prejudiciales y pide compensación económica, una oposición de resultado incierto donde nos han hecho sufrir pese a estar en abuso, ya dijo el TJUE que no era sanción.
Es lo que haré yo.
No hay cosa juzgada cuando se pisotea el Derecho Europeo, en unos meses el Supremo tendrá que recular aunque le duela...