[NOTA DEL EDITOR: por su interés para la temática de este blog y por tratarse de una opinión, la transcribimos íntegramente]
'La
jurisprudencia europea se pronunciará antes de fin de año sobre una
vieja práctica de la Administración Pública que ha echado raíces
profundas y adquirido dimensiones inaceptables: el encadenamiento de
contratos de interinidad durante un plazo superior al que permite la ley
y para un fin diferente al que es propio de este tipo de contrato. Dos
cuestiones prejudiciales relacionadas, en un caso, con la demanda de un informático que suma 18 años en esa situación y en otro, con el de cuatro odontólogas que acumulan entre 12 y 17 años, han planteado al
Tribunal de Justicia de la UE si el uso encadenado de contratos
temporales para cubrir necesidades estables y no provisionales en el
sector público es un abuso, y en caso de serlo, si la conversión de esos
contratos en fijos constituye una sanción adecuada. En caso de que el
tribunal responda afirmativamente, como es probable y deseable que haga,
la Administración española deberá afrontar las demandas de
regularización del más de medio millón de interinos que llevan en esa
situación de ocho a 30 años.