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jueves, 8 de enero de 2026

[Law and Trends] Entrevista a Javier Araúz: la justicia española, de forma injustificada, no aplica el derecho europeo y los partidos que gobiernan no aceptan la solución adecuada de la estabilización automática, proponiendo una ley de punto final del fijo a extinguir

Publicaba Law And Trends el pasado 02/01/2026 una entrevista al conocido abogado Javier Araúz sobre la situación de las reclamaciones de fijeza ante el abuso de temporalidad en el empleo público, tras las sentencias del Tribunal de Justicia de la UE y las actuaciones de la Comisión Europea, incluida la suspensión de 626 millones de fondos del Plan de Recuperación ante la falta de una normativa nacional válida para dicho  abuso de temporalidad

Recordatorio. [Comisión Europea] 'La Comisión desembolsa casi 43 000 millones de euros a cinco Estados miembros en el marco de NextGenerationEU. España: desembolso de 23 100 millones €; se suspende 627 millones € debido a la reversión de un hito vinculado a la reforma del empleo temporal en la función pública'

 [Recordatorio de entrada publicada el 11 de Agosto de 2025 OJO hace 5 meses] 

'La Comisión Europea ha desembolsado un total de 42 800 millones de euros a cinco Estados miembros (Italia, Portugal, Chipre, Malta y España) en el marco del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR), la pieza central de NextGenerationEU. Los desembolsos forman parte de los esfuerzos de la Comisión para apoyar el crecimiento económico y la resiliencia de los Estados miembros de la UE, y se basan en los pasos exitosos en la aplicación de las reformas e inversiones descritas en el plan de recuperación y resiliencia de cada país.

España: desembolso de 23 100 millones EUR

La Comisión ha desembolsado 23 100 millones de euros a España, lo que representa el quinto pago en el marco del MRR. Este pago incluye 7 000 millones de euros en préstamos y 16 000 millones de euros en subvenciones. El pago cubre 82 de los 84 hitos y objetivos, incluidos pasos importantes en la ejecución de 20 reformas y 49 inversiones. Las reformas e inversiones incluyen medidas para impulsar la adopción y la inversión en energías renovables, reducir la burocracia y garantizar que las fuentes de energía limpia estén mejor conectadas a la red eléctrica, crear un Consejo de Finanzas Sostenibles como foro para promover la colaboración público-privada en este ámbito y mejorar la eficiencia de la justicia. También incluyen inversiones en viajes ferroviarios de corta distancia, el refuerzo de la resiliencia de los ciudadanos y las pymes en materia de ciberseguridad mediante el impulso de la industria de la ciberseguridad y el apoyo a las empresas innovadoras.

Como parte de este desembolso, se están pagando aproximadamente 139 millones de euros en relación con un objetivo que se suspendió anteriormente en la cuarta solicitud de pago. Este objetivo tenía por objeto apoyar la digitalización de las pequeñas y medianas empresas (pymes). Desde entonces, España ha cumplido los requisitos, permitiendo la liberación de estos fondos.

Paralelamente, se suspende un importe de aproximadamente 500 millones EUR para dos hitos relacionados con el componente de subvención de la quinta solicitud de pago, relativos a una reforma fiscal y la digitalización de las entidades regionales y locales que se consideran no cumplidas en este momento. España dispone ahora de seis meses para cumplir satisfactoriamente estos dos hitos.

Se suspende un importe adicional de aproximadamente 627 millones de euros debido a la reversión de un hito vinculado a la reforma del empleo temporal en la función pública. Este importe se había desembolsado previamente como parte de la primera solicitud de pago de España. La Comisión ha deducido este importe de la quinta solicitud de pago, ya que el hito ya no puede considerarse cumplido satisfactoriamente. España dispone ahora de seis meses para adoptar medidas adicionales para cumplir satisfactoriamente este hito. 

miércoles, 7 de enero de 2026

Recordatorio. La Comisión Europea revisa el cumplimiento, que aprobó en Diciembre de 2021 tras el RDL 14/2021 del compromiso de España en el Plan de Recuperación de disponer de una ley para reducir la temporalidad pública con medidas de prevención y sanción del abuso de temporalidad: tras las sentencias del Tribunal de Justicia de la UE de 2024 lo declara incumplido ahora por falta de medidas efectivas para sancionar el abuso incluso con la Ley 20/2021 y suspende 626 millones de los fondos europeos, que sólo podrán ser recibidos si España establece nueva normativa válida

 [Recordatorio de entrada publicada el 07/07/2025, OJO hace 6 meses] 

[07/07/2025] La Comisión Europea acaba de dar luz verde al 5º tramo de pagos de los fondos europeos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia [PRTR] de España, y , según un comunicado oficial, firmado por el propio Comisario de Economía y Productividad , Aplicación y Simplificación,  Valdis Dombrovskis -el comisario responsable de los fondos europeos tramo se ha incluido una suspensión de fondos directos de 626 millones de euros a cargo de este 5º tramo si bien por la revisión de un hito  cuya evaluación  incluido en el primer tramo de pagos y que era uno de los hitos comprometidos en la reforma 1 del Componente 11 sobre la AAPP  (C11.R1)  , el primero de los dos únicos hitos relacionados (nº 144 y 150)  del C11.R1 con la temporalidad pública: , en concreto:

  • [nº144] Hito "Entrada en vigor de acto legislativo para reducir la temporalidad en las administraciones públicas"
    • Fecha de cumplimiento  [comprometida]: Segundo cuatrimestre de 2021
    • Descripción:   "Entrada en vigor de un Acto Legislativo que estipule medidas para reducir la temporalidad en el empleo público y disposiciones efectivas para prevenir y sancionar  abusos, incluida la obligación de publicar todas las convocatorias de procedimientos de estabilización de  personal temporal a más tardar el 31 de diciembre de 2022. Este Acto Legislativo será aplicable al Estado, administraciones públicas regionales y locales.

 Y como ya informamos aquí en su momento, el hito 144 fue dado por cumplido preliminarmente en Diciembre de 2021 por la Comisión Europea ante la la aprobación del Gobierno español del Real Decreto Ley 14/2021 -el traslado del acuerdo firmado con el Gobierno con los sindicatos mayoritarios de la Mesa General de Empleados Públicos, meras ofertas pública de empleo sin límites de tasa de reposición para convocatorias con fase de oposición eliminatoria con las plazas temporales más de 3 años y la introducción de una compensación de 20 días por año trabajado con el tope de 1 año para quien fuera cesado por los nuevos procedimientos, mientras se mantenía todos los anteriores convocados- y cuando ya estaba avanzada su  modificación en el Congreso - la que sería días después, la Ley 20/2021 de 28 de Diciembre, (que pasaba a incluir un procedimiento excepcional por concurso de méritos, abierto, para plazas temporales no convocadas  de antes de 2016 y temporales de antes de 2016, notablemente con el rechazo de los citados sindicatos).

Ahora bien,  dicha evaluación del hito 144 de Diciembre de 2021, concluía con la "famosa" apostilla por parte de Economía de la Comisión Europea: "esta evaluación se entiende sin perjuicio del procedimiento de infracción INFR(2014)4334", es decir, el procedimiento de infracción sobre incumplimiento  de la cláusula 5ª  de la  directiva europea  1990/70 de medidas contra el abuso de temporalidad que Empleo de la Comisión Europea había elevado al ámbito del abuso de temporalidad en todo el empleo público español tras la "esperanzadora" sentencia del Tribunal de Justicia de la UE [TJUE] de 19/03/2020 del asunto Sánchez Ruiz, un informático nuestro del SERMAS (en un origen el proc. de infracción era sobre un grupo de trabajadores de Justicia). l procedimiento de infracción INFR(2014)4334 fue asociado por la Comisión Europea al procedimiento de denuncia  de empleados públicos españoles , CHAP(2013)01917, que había sido extendido en 2018 a procedimiento de denuncia múltiple en 2018 , precisamente durante el procedimiento del citado asunto "Sańchez Ruiz" en el TJUE, y a la vista de la Comisión Europea de que en el TJUE es estaba cursando un asunto cuyas cuestiones eran las denunciadas.


La ley 20/2021 había sido por entonces -y sigue siendo hasta ahora- la reacción del Gobierno y parlamento español  a esa sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 19/03/2020 (y a otra de 2021, el asunto IMIDRA) . En la sentencia de 19/03/2020 el TJUE ya estableció claramente que era indispensable una medida de sanción reparadora para todo el empleado público temporal de larga temporalidad -más de 3 años-en uno o varios nombramientos/contratos con la misma AAPP-, y que no podían valer como tal sanción reparadora la convocatoria de los puestos del personal en abuso de temporalidad a procesos selectivos de "futuro incierto" para el abusado y abiertos a personas ajenas a la situación de abuso en esa AAPP  - justo como eran los "procesos de estabilización" regulados tanto por el RDL 14/2021 como por la Ley 20/2021. Sí en cambio,  resultaría válida como sanción la fijeza directa o una indemnización que no fuera al  cese, ni topada y fuera suficientemente importante para ser disuasoria, habiendo dudas de si 33 días por año trabajado sería suficiente.


Ahora, en el comunicado hecho público ayer por Economía de la Unión Europea,  la "Comisión concluye que España no ha actuado con celeridad para adoptar nueva legislación que contenga medidas efectivas para sancionar el uso abusivo de contratos de duración determinada en el sector público, de conformidad con la interpretación dada por el Tribunal de Justicia de la cláusula 5" , la citada del abuso de temporalidad  de la Directiva 1990/70/CE.

lunes, 5 de enero de 2026

Publicados en la web del Tribunal de Justicia de la UE 6 asuntos correspondientes a recursos de casación presentados por empleados públicos temporales con CGT contra la decisión del Tribunal General de la UE de no admitir las 6 demandas denunciando la omisión de acción de la Comision Europea ante el abuso de temporalidad en el empleo público español

 Se han publicado en la web del Tribunal de Justicia de la Unión Europea [TJUE]  los números de asunto y  páginas donde se seguirán los recursos de casación presentados por empleados públicos españoles contra la decisión del pasado 14/10/2025 del Tribunal General de la Unión Europea [TGUE] de no admitir sus recursos  denunciando la omisión de acción de la Comisión Europea ante el abuso de temporalidad en el empleo público español. 

En concreto se trata de los asuntos del TJUE:

  • C-833/25 P  "Pérez Moreno y otros/Comisión" , recurso de casación contra la decisión del TGUE en su asunto T-453/25,
  • C-830/25 P "Manso Fuentes y otros/Comisión", recurso de casación contra la decisión del TGUE en su asunto T-454/25
  • C-831/25 P "Carrasco González y otros/Comisión",  recurso de casación contra la decisión del TGUE en su asunto T-455/25,
  • C-832/25 P "Sánchez Teruel y otros/Comisión" recurso de casación contra la decisión del TGUE en su asunto T-456/25,
  • C-834/25 P "Piqueras y otros/Comisión", recurso de casación contra la decisión del TGUE en su asunto  T-457/25
  • y C-835/25 P  "Llamazares Obles y otros/Comisión" , recurso de casación contra la decisión del TGUE en su asunto T-458/25

Recordemos que  las demandas se habían interpuesto por FETAP-CGT en nombre de más de 300 empleados públicos temporales de las administraciones local, autonómica y general del Estado, procedentes de Cataluña, Aragón, Comunidad Valenciana, Castilla y León y Madrid, denunciando que "la Comisión ha incumplido su obligación legal de garantizar la aplicación efectiva de la Directiva 1999/70/CE, tolerando durante años normas nacionales, como la Ley 20/2021 y el RDL 14/2021, que no prevén sanciones reales, proporcionales ni disuasorias". La propia FETAP de CGT ha celebrado una admisión a trámite de 6 recursos de casación, es de suponer que éstos,  con lo que "el conflicto de los interinos" sigue "en 2026 con la vía judicial europea abierta".

lunes, 15 de diciembre de 2025

Recordatorio. Respuesta del Gobierno del Estado a la Pregunta de Coalición Canaria sobre medidas legislativas previstas, que sean válidas ante la UE, de reparación a los empleados públicos en abuso de temporalidad: "la ley 20/2021 ya recoge medidas sanciones efectivas , proporcionadas y disuasorias", "en línea con la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la UE"

 [Recordatorio de entrada publicada el 18/11/2025] El Gobierno del Estado ha dado respuesta a la pregunta  de respuesta por escrito (184/029394) que presentó la portavoz de Coalición Canaria en el Congreso de los Diputados, Cristina Valido, sobre las "medidas y cambios legislativos previstos para adecuar el marco laboral y la función pública a las exigencias del Derecho de la Unión Europea sobre sanciones efectivas al abuso de la temporalidad en el sector público que supongan una reparación efectiva mediante la fijeza y/o indemnizaciones suficientes" tras las conclusiones del abogado general de la Unión Europea.

El  Gobierno tenía de plazo para contestar  hasta el 14/11/2025, fecha en la que registró su respuesta, que literalmente afirma [enlaces y resaltados en negrita cursiva nuestros]:

'Desde 2021, el Gobierno de España lleva trabajando para reducir la temporalidad en el sector público. Con el Real Decreto-Ley 14/2021, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público se dio paso al desarrollo del Componente 11 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, orientado a la creación de empleo público y a la modernización de las AAPP. A continuación, el 30/12/2021 entró en vigor la ley 20/2021 , de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad. Esta Ley ya recoge medidas que contemplan, en línea con la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la UE, sanciones efectivas , proporcionadas y disuasorias para la reducción de la temporalidad.

martes, 9 de diciembre de 2025

Recordatorio. [AICAFP/ANSITI/PAFP] Concentración estatal el 9 de Diciembre ante el Congreso para exigir que se cumpla con la normativa y sentencias europeas ante el abuso de temporalidad en empleados públicos

[Recordatorio de entrada publicada el 24/11/2025

Concentración estatal el 9 de Diciembre de 11 a 15h ante el Congreso, convocada por la Asociación de Interinos Cesados y Afectados por la Función Pública  [AICAFP], la Plataforma de Afectados por la Función Pública [PAFP] y la Asociación Nacional de Secretarios, Interventores y Tesoreros [ANSITI]  para exigir una normativa estatal que incluya la fijeza ante el abuso de temporalidad pública y la readmisión de las personas cesadas, cumpliendo con la normativa y sentencias europeas.

 


 

lunes, 24 de noviembre de 2025

[AICAFP/ANSITI/PAFP] Concentración estatal el 9 de Diciembre ante el Congreso para exigir que se cumpla con la normativa y sentencias europeas ante el abuso de temporalidad en empleados públicos

 Próxima concentración estatal el 9 de Diciembre de 11 a 15h ante el Congreso, convocada por la Asociación de Interinos Cesados y Afectados por la Función Pública  [AICAFP], la Plataforma de Afectados por la Función Pública [PAFP] y la Asociación Nacional de Secretarios, Interventores y Tesoreros [ANSITI]  para exigir una normativa estatal que incluya la fijeza ante el abuso de temporalidad pública y la readmisión de las personas cesadas, cumpliendo con la normativa y sentencias europeas.

 


 

[AICAFP/PAFP/ANSITI] Manifiesto: 'Por la reparación inmediata del abuso de temporalidad en las Administraciones Públicas'

'Durante más de dos décadas, España ha sostenido sus servicios públicos sobre personal temporal en abuso de temporalidad: Funcionarios Interinos, Personal Laboral Temporal, Personal Estatutario Temporal.


Personas que han mantenido colegios, hospitales, juzgados, ayuntamientos, servicios sociales, residencias... mientras la Administración las trataba como recursos prescindibles.

El abuso tiene rostro:
Aproximadamente el 70 % de las personas afectadas son mujeres mayores de 50 años, en riesgo real de exclusión laboral.


Estas personas son víctimas de un fraude masivo.
Europa exige un máximo del 8 % de temporalidad legal, y España está en un 32 %, con más de 800.000 personas en fraude de ley.


No es temporalidad: es temporalidad ilegal.
Por todo este cúmulo de ilegalidades se han interpuesto más de 60 000 denuncias judiciales, una cifra que sitúa este con icto al nivel de los mayores escándalos corporativos mundiales.

viernes, 21 de noviembre de 2025

[UGT nacional] ' UGT realiza una visita institucional al TJUE en un momento crucial para el derecho laboral europeo La delegación del sindicato, encabezada por el vicesecretario general de Política Sindical, Fernando Luján, y la secretaria de Políticas Europeas, Mari Carmen Barrera, fue recibida por la magistrada y presidenta de la sala 5, Lourdes Arastey'

 'Este miércoles, 19 de noviembre de 2025, una delegación de UGT encabezada por Fernando Luján, el vicesecretario general de Política Sindical, Fernando Luján, y la secretaria de Políticas Europeas, Mari Carmen Barrera, ha realizado una visita institucional al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), en Luxemburgo, en un momento especialmente significativo para los derechos laborales en Europa.

miércoles, 19 de noviembre de 2025

Recordatorio [19/11/2024] La Comisión Europea informa oficialmente del curso de la denuncia múltiple abierta desde 2018 -y vinculada a un procedimiento de infracción contra España- sobre el abuso de duración de temporalidad en empleados públicos españoles: ha visto las sentencias del Tribunal de Justicia de la UE de 22/02/2024 y 13/06/2024 y ha enviado una carta adicional a España en el procedimiento de infracción abierto

 [Recordatorio de entrada publicada en este blog el 19/11/2024 OJO HACE justo UN AÑO]

[19/11/2024] La Comisión Europea acaba de publicar en su página web sobre procedimientos de denuncia múltiple un nuevo documento oficial , de fecha 13/11/2023, de "Información sobre el seguimiento de las denuncias registradas con la referencia CPLT (2013)01917 - Ausencia de medidas destinadas a evitar utilización sucesiva de contratos o relaciones laborales de duración determinada en el sector público español", es decir, teniendo en cuenta que  "el prefijo de la referencia de denuncia múltiple se ha cambiado de CHAP a CPLT debido a cambios en  sistema interno de registro de denuncias",  la denuncia múltiple en la Comisión Europea que unificaba en 2018 (¡no en 2013!) a partir de una de las denuncias de 2013 y el gran número de denuncias recibidas sobre abuso en duración de la temporalidad de empleados públicos españoles principalmente en torno a 2017 y 2018 contra la solución de 2017 y 2018 del Gobierno del Estado y sindicatos de procesos selectivos de libre concurrencia con los puestos sin ni indemnización al personal de larga temporalidad que fuera cesado que le habían llegado de las campañas como las del abogado Martos en su asociación de interinos ANIL, la  campaña masiva de la Plataforma de Interinos Pi, la del grupo de clientes del Abogado de Araúz de sus denuncias pioneras de 2016 solicitando cuestiones prejudiciales, y muchos otros . Desde entonces, la Comisión Europea acumula en esta denuncia múltiple cualquier denuncia sobre el tema recibida de un particular u organización.


La anterior información oficial de la Comisión Europea  en su página web sobre esta denuncia múltiple CHAP(2013)01917 databa de hace más de un año, indicando entonces  la Comisión Europea que aplazaba cualquier acción por su parte hasta que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea sentenciara en las cuestiones prejudiciales de los 5 asuntos pendientes de España sobre abuso de temporalidad en empleo público, en concreto los

  • los tres asuntos  de decisión prejudicial elevadas por la sección 2ª de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid al Tribunal de Justicia Europeo, que ya tuvieron sentencia acumulada del TJUE el 22/02/2024
  • los asuntos C-331/22  y  o C-332/22 ,  acumulados como "Generalitat de Catalunya" , elevado por un juzgados de lo Contencioso de Barceona, y que ya tuvieron la sentencia del TJUE el 13/06/2024

 

Ahora la nueva actualización de información oficial sobre la denuncia múltiple CPLT o CHAP(2013)0916 , la Comisión Europea dice literalmente (traducción de Google  y nuestra, expandiendo las notas a pie de página y con resaltados en negrita cursiva nuestros):

martes, 18 de noviembre de 2025

Respuesta del Gobierno del Estado a la Pregunta de Coalición Canaria sobre medidas legislativas previstas, que sean válidas ante la UE, de reparación a los empleados públicos en abuso de temporalidad: "la ley 20/2021 ya recoge medidas sanciones efectivas , proporcionadas y disuasorias", "en línea con la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la UE"

El Gobierno del Estado ha dado respuesta a la pregunta  de respuesta por escrito (184/029394) que presentó la portavoz de Coalición Canaria en el Congreso de los Diputados, Cristina Valido, sobre las "medidas y cambios legislativos previstos para adecuar el marco laboral y la función pública a las exigencias del Derecho de la Unión Europea sobre sanciones efectivas al abuso de la temporalidad en el sector público que supongan una reparación efectiva mediante la fijeza y/o indemnizaciones suficientes" tras las conclusiones del abogado general de la Unión Europea.

El  Gobierno tenía de plazo para contestar  hasta el 14/11/2025, fecha en la que registró su respuesta, que literalmente afirma [enlaces y resaltados en negrita cursiva nuestros]:

'Desde 2021, el Gobierno de España lleva trabajando para reducir la temporalidad en el sector público. Con el Real Decreto-Ley 14/2021, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público se dio paso al desarrollo del Componente 11 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, orientado a la creación de empleo público y a la modernización de las AAPP. A continuación, el 30/12/2021 entró en vigor la ley 20/2021 , de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad. Esta Ley ya recoge medidas que contemplan, en línea con la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la UE, sanciones efectivas , proporcionadas y disuasorias para la reducción de la temporalidad.


jueves, 13 de noviembre de 2025

[ElLiberal.cat] Tribuna de opinión de Maite Agredano, de Co.bas: el proyecto de ley de Función Pública , una de las excepciones al parón del apoyos al Gobierno de Junts, que presentó enmienda de fijeza al personal en abuso de temporalidad y tiene un acuerdo previo con el Gobierno sobre la ley

Publica El Liberal este 12/11/2025 una tribuna de opinión de Maite Agredano, delegada sindical de Co.bas Madrid,  en la quese hace  eco del anuncio de Junts per Catalunya de no apoyar en el Congreso ninguna iniciativa legislativa que no haya sido previamente pactada por escrito con el Gobierno, figurando entre las esas excepciones precisamente el proyecto de  Ley de Función Pública, en tramitación actual en el Congreso, y sobre el que habían alcanzado un acuerdo formal, señalando que dicho acuerdo contiene un punto no  resaltado en los medios: una solución  al problema del abuso de  temporalidad en el empleo público.

La delegada sindical recuerda en su análisis que precisamente Junts sabía presentado propuestas de enmienda a dicho proyecto de ley para que se incorpore una disposición adicional de fijeza al personal temporal público en abuso de temporalidad  , incluyendo a personal en abuso cesado, para cumplir con las sentencias del Tribunal de Justicia de la UE de 2024.

viernes, 7 de noviembre de 2025

Recordatorio 7 de noviembre de 2024: [CEPPT] Portavoces de temporales de varias CCAA y de la CEEPT se reunieron con Economía de la Comisión Europea en Madrid . Se entrega informe de temporalidad en sector público e incumplimiento de compromisos y se pide que actúe ante incumplimiento de normativa UE establecido por las sentencias del TJUE

[ Recordatorio de entrada publicada aquí el 7/11/2024 OJO hace justo un año] 

'Portavoces de temporales de varias CCAA y de la CEEPT se reunieron con técnicos responsables de economía de la Comisión Europea en Madrid [el 05/11/2024]

Se les entregó informe con datos actualizados de temporalidad en el ssctor publico español sacados de cifras oficiales: 1millon temporales, 40% media, imposible reducir la temporalidad al 8%.

No vale tampoco reducir la temporalidad ilícita mediante ceses ilegales de EP, cosa que sucede en muchas administraciones públicas.

Estimación de miles de millones en indemnizaciones inasumibles tanto por el Reino de España como por Europa 

Por tanto, única sanción viable sin coste #FijezaYa

martes, 4 de noviembre de 2025

Recordatorio. Documento con el plan de reducción de temporalidad presentado Función Pública a las CCAA el 17/09/2025: en 1 año reducción a 2 años estrictos la duración máxima de los futuros interinos de vacante; a 3 adicionales más como mucho para los interinos anteriores y con cese indemnizado para los interinos anteriores sólo a partir de entonces. No se proponen indemnizaciones mayores ni proceso de estabilización alguno. Posibles cambios adicionales a la ley 20/2021 en función de la futura sentencia del TJUE del asunto Obadal

[Recordatorio de entrada publicada el 26/09/2025] Ha trascendido una reproducción del documento con la propuesta de nueva "normativa de lucha contra la temporalidad en el empleo público" que la Secretaría de Estado de Función Pública habría presentado a las CCAA y entidades locales en la  Conferencia Sectorial de Administración Pública de 17/09/2025, con la intención de aprobarla en alguna de las leyes actualmente en tramitación en el Congreso (como el proyecto de ley de modificación de la ley de Función Pública o la de  modificación de la ley Transparencia), y que  modificaría las leyes actuales del EBEP, Estatuto Marco del Personal de los Servicios de Salud, la Ley 20/2021 de reducción de temporalidad y la ley 19/2013 de transparencia y buen gobierno.

El texto incluye  además de lo ya conocido por los medios de que el Gobierno propone que los nuevos empleados públicos interinos de vacante tengan una limitación estricta de duración máxima de 2 años  (no importando ya si se ha convocado su puesto o no) no pudiéndose el  puesto del interino más que ser ya amortizado o cubierto por un fijo, y la prohibición de ser contratado durante 6 meses por la misma AAPP si hacerlo supone superar esos 2 años, no pudiéndose el  puesto del interino más que ser ya amortizado o cubierto por un fijo:

sábado, 1 de noviembre de 2025

[Araúz] Reunión en el Congreso de los Diputados con todos los partidos políticos, con excepción de PSOE, PP y PNV, y de Vox, para redactar una propuesta de estabilización del personal temporal del sector público víctima de un abuso

 'En la reunión mantenida el pasado 29 de octubre, en el Congreso de los Diputados con todos los partidos políticos, con excepción de PSOE, PP y PNV, y de Vox, si bien este último, por un problema de comunicación, se acordó  crear una mesa de trabajo conjunta con todos ellos, para redactar una propuesta de estabilización del personal temporal del sector público víctima de un abuso, que sería apoyada por todos los partidos del arco parlamentario, como mecanismo de presión a aquellos otros que no se adhieran a ella 

ARAUZ ha redactado esa propuesta, que ya está en manos de la asociación AICAFP, y que se discutirá con los partidos políticos en los próximos días. 

viernes, 24 de octubre de 2025

El Tribunal General de la Unión Europea no admite las demandas, presentadas por CGT, denunciando la omisión de acción de la Comision Europea ante el abuso de temporalidad en el empleo público español: las acciones de la CE ante infracción del derecho de la UE se dirigen contra un país y los particulares no están habilitados para interponer recursos de omisión de estas acciones

 El Tribunal General de la Unión Europea  había  recibido   seis  demandas de recursos de omisión interpuestos por la Federación Estatal de Trabajadoras de las Administraciones Publicas de la Confederación General del Trabajo (FETAP-CGT) contra la Comisión Europea, , que habia admitido para registro inicial como asuntos,  T-453/25, T-454/25, T-455/25, T-456/25, T-457/25 y T-458/25, todos bajo la denominación “FETAP-CGT y otros / Comisión”.

Las demandas se interpusieron por FETAP-CGT en nombre de más de 300 trabajadoras y trabajadores temporales de las administraciones local, autonómica y general del Estado, procedentes de Cataluña, Aragón, Comunidad Valenciana, Castilla y León y Madrid, denunciando que "la Comisión ha incumplido su obligación legal de garantizar la aplicación efectiva de la Directiva 1999/70/CE, tolerando durante años normas nacionales, como la Ley 20/2021 y el RDL 14/2021, que no prevén sanciones reales, proporcionales ni disuasorias".


lunes, 20 de octubre de 2025

Recordatorio. El Gobierno aprueba tramitación de Proyecto de Ley de modificación del régimen de responsabilidad patrimonial del Estado poir daños derivados de la infracción del Derecho de la UE, para intentar dar cumplimiento a la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de 28 de Junio de 2022

 [Recordatorio de entrada publicada el 08/10/2025] El Gobierno del Estado ha publicado en las referencias del Consejo de Ministros de este 07/10/2025 la aprobación de la tramitación de un  Proyecto de Ley de modificación parcial de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en "materia de responsabilidad patrimonial del Estado legislador por daños derivados de la infracción del Derecho de la Unión Europea".

Con toda seguridad, se trata de la  modificación de la normativa propuesta por el Gobierno del  Estado , para intentar dar cumplimiento -todavía- a la  sentencia de 28 de junio de 2022, del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en el asunto C-278/20, un recurso de incumplimiento interpuesto por la Comisión Europea contra España

El gobierno español , por ahora, había presentado un "anteproyecto" , en octubre de 2022, donde proponía: 

jueves, 16 de octubre de 2025

Recordatorio. Documento con el plan de reducción de temporalidad presentado Función Pública a las CCAA el 17/09/2025: en 1 año reducción a 2 años estrictos la duración máxima de los futuros interinos de vacante; a 3 adicionales más como mucho para los interinos anteriores y con cese indemnizado para los interinos anteriores sólo a partir de entonces. No se proponen indemnizaciones mayores ni proceso de estabilización alguno. Posibles cambios adicionales a la ley 20/2021 en función de la futura sentencia del TJUE del asunto Obadal

 [Recordatorio de entrada publicada el 26/09/2025] Ha trascendido una reproducción del documento con la propuesta de nueva "normativa de lucha contra la temporalidad en el empleo público" que la Secretaría de Estado de Función Pública habría presentado a las CCAA y entidades locales en la  Conferencia Sectorial de Administración Pública de 17/09/2025, con la intención de aprobarla en alguna de las leyes actualmente en tramitación en el Congreso (como el proyecto de ley de modificación de la ley de Función Pública o la de  modificación de la ley Transparencia), y que  modificaría las leyes actuales del EBEP, Estatuto Marco del Personal de los Servicios de Salud, la Ley 20/2021 de reducción de temporalidad y la ley 19/2013 de transparencia y buen gobierno.

El texto incluye  además de lo ya conocido por los medios de que el Gobierno propone que los nuevos empleados públicos interinos de vacante tengan una limitación estricta de duración máxima de 2 años  (no importando ya si se ha convocado su puesto o no) no pudiéndose el  puesto del interino más que ser ya amortizado o cubierto por un fijo, y la prohibición de ser contratado durante 6 meses por la misma AAPP si hacerlo supone superar esos 2 años, no pudiéndose el  puesto del interino más que ser ya amortizado o cubierto por un fijo:

lunes, 13 de octubre de 2025

[ANSITI] 'Valoración de Conclusiones del Abogado General (Asunto C-418/24 [Odabal]) por Francisco Javier Ramón Sierra, Asesor Jurídico de la Asociación Nacional de Secretarios, Interventores y Tesoreros Interinos: La conversión en fijo del funcionario interino y del empleado laboral en situación de abuso no sólo es una medida posible de aplicación en España sino insuficiente en los casos más graves' :

 'No ha podido ser más contundente y claro el Sr. Rimvydas Norkus, Abogado General, en las conclusiones presentadas ante el TJUE [Tribunal de Justicia de la UE] en el Asunto C-418/24 [ODABAL] a la hora de sacar los colores al Estado Español y a los propios tribunales españoles.

Norkus parte de la base de que el ordenamiento jurídico interno de España no contempla ninguna medida suficiente y eficaz para evitar el abuso sufrido por los trabajadores temporales de la Administración pública, incumpliendo de esta manera la Directiva 1999/70/CE y su Acuerdo Marco.

El Abogado General, como ya había puesto de manifiesto el TJUE en las SSTT de 24/02 y 13/06 de 2024, afirma que ni los procesos de estabilización, como el contemplado en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, ni las compensaciones contempladas en el OJ español constituyen medidas suficientes y eficaces para evitar ese abuso. Los primeros porque son procesos abiertos a cualquier persona y no están encaminados a paliar las consecuencias individuales de los empleados públicos temporales en situación de abuso y las segundas porque tienen un carácter topado limitado a una anualidad.