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lunes, 29 de junio de 2026

Recordatorio. [29/04/2026] IMPORTANTE [Comisión Europea] 'Paquete de procedimientos de infracción de Abril - Dictámenes motivados: La Comisión insta a España a que impida el uso abusivo de las relaciones laborales de duración determinada y las condiciones laborales discriminatorias en el sector público' [Dictamina que el "derecho español no incluye medidas para evitar y, en su caso, sancionar el abuso de temporalidad pública. Da dos meses a España para nueva norma]

 [Recordatorio de entrada publicada el 29/04/2026 en este blog, es decir, hace justo dos meses]

 [29/04/2026] 'La Comisión Europea ha decidido hoy enviar un dictamen motivado a España [INFR(2014)4334] por no brindar una protección suficiente contra el uso abusivo de contratos sucesivos de duración determinada a los trabajadores del sector público. Esta situación contraviene las normas de la UE (Directiva 1999/70/CE del Consejo), que exigen que los Estados miembros introduzcan en sus respectivas legislaciones nacionales medidas destinadas a evitar y, en su caso, sancionar los abusos derivados de la utilización sucesiva de contratos de duración determinada. 

El Derecho español no incluye tales medidas para determinados tipos de contratos temporales en el sector público. Aunque España ha modificado sus normas nacionales tras la incoación del procedimiento de infracción en 2015 y la última carta de emplazamiento, enviada por la Comisión en octubre de 2024, las explicaciones facilitadas siguen siendo insatisfactorias. 

miércoles, 24 de junio de 2026

[STEPA] 'STEPA y STEA llevan al Congreso de los Diputados un documento de líneas rojas contra el abuso de temporalidad en la Administración, “que afecta a uno de cada tres trabajadores de la DGA” Los dos sindicatos aragoneses son parte de las 57 organizaciones de toda España que han registrado una lista de “exigencias mínimas” para una ley que garantice el cumplimiento de la Directiva 1999/70/CE y las sentencias del TJUE'

 'El Sindicato de Trabajadores y Trabajadoras por el Empleo Público de Aragón (STEPA) y el Sindicato de Trabajadoras y Trabajadores de la Enseñanza de Aragón (STEA) han llevado al Congreso de los Diputados la exigencia de una ley que repare el abuso del personal temporal de las Administraciones públicas españolas. Las dos organizaciones han destacado que se trata de “un problema nacional, pero con especial incidencia en Aragón, ya que el Gobierno autonómico es uno de los principales incumplidores”. Según los cálculos de los sindicatos, “ya que la DGA se niega a especificar cuántos de sus temporales llevan más de tres años trabajando para ella y por tanto están en fraude”, esta ley obligará a compensar a unos 20.000 empleados, un tercio de la plantilla actual

 STEPA y STEA son dos de los 57 sindicatos y plataformas de todo el Estado que han registrado esta mañana en el Congreso de los Diputados un documento común de “Líneas Rojas”, fijando las exigencias mínimas para una ley que garantice el cumplimiento de la Directiva 1999/70/CE y la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, y evite así que este mismo 29 de junio la Unión Europea inicie un procedimiento de infracción contra España. 

 Este día finaliza el plazo dado por la Comisión Europea para acreditar que se cuenta con normas legales que garanticen una reparación efectiva y suficiente a las víctimas de abuso de temporalidad y sanciones reales para las administraciones que infrinjan la obligación de cubrir sus necesidades permanentes con contratos fijos. Las organizaciones convocantes han señalado que esta es “la última oportunidad de evitar sanciones millonarias y compensaciones judiciales inasumibles, pero también de solucionar una injusticia histórica y revertir el deterioro de los servicios públicos” y han explicado sus reclamaciones a representantes del bloque de gobierno, hablando con diputados de PSOE, SUMAR, Compromís, ERC y Podemos.

martes, 23 de junio de 2026

Recordatorio. [29/04/2026] IMPORTANTE [Comisión Europea] 'Paquete de procedimientos de infracción de Abril - Dictámenes motivados: La Comisión insta a España a que impida el uso abusivo de las relaciones laborales de duración determinada y las condiciones laborales discriminatorias en el sector público' [Dictamina que el "derecho español no incluye medidas para evitar y, en su caso, sancionar el abuso de temporalidad pública. Da dos meses a España para nueva norma]

[Recordatorio de entrada publicada el 29/04/2026 en este blog, es decir, casi dos meses]

 [29/04/2026] 'La Comisión Europea ha decidido hoy enviar un dictamen motivado a España [INFR(2014)4334] por no brindar una protección suficiente contra el uso abusivo de contratos sucesivos de duración determinada a los trabajadores del sector público. Esta situación contraviene las normas de la UE (Directiva 1999/70/CE del Consejo), que exigen que los Estados miembros introduzcan en sus respectivas legislaciones nacionales medidas destinadas a evitar y, en su caso, sancionar los abusos derivados de la utilización sucesiva de contratos de duración determinada. 

El Derecho español no incluye tales medidas para determinados tipos de contratos temporales en el sector público. Aunque España ha modificado sus normas nacionales tras la incoación del procedimiento de infracción en 2015 y la última carta de emplazamiento, enviada por la Comisión en octubre de 2024, las explicaciones facilitadas siguen siendo insatisfactorias. 

Por consiguiente, la Comisión ha decidido enviar un dictamen motivado a España, que dispone ahora de dos meses para responder a él y adoptar las medidas necesarias. De no hacerlo, la Comisión podría optar por remitir el asunto al Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

 

lunes, 22 de junio de 2026

[STEPA] 'Javier Araúz, abogado de los interinos en abuso: “La precariedad laboral en las AAPP es una esclavitud del siglo XXI y tiene que derogarse” . El sindicato STEPA ha organizado una charla con el reconocido jurista, en la que ha explicado que las últimas sentencias judiciales suponen “pasos agigantados” para la estabilización de todos los interinos y ha defendido una ley estatal para evitar que la Comisión Europea avance en el procedimiento de infracción a sanciones a España Frente a la doctrina de que es preciso superar una oposición para ser funcionario fijo, ha señalado que para acceder al empleo público “siempre hay que superar un proceso selectivo” '

 ' El abogado Javier Araúz, defensor de miles de empleados públicos e impulsor de las sentencias europeas sobre el abuso de temporalidad, ha asegurado este miércoles en Zaragoza que estamos “dando pasos agigantados” para la estabilización de todos los interinos que lleven más de tres años con contratos temporales. Según ha señalado, el día 29 de este mismo mes, la Unión Europea puede avanzar hacia una multa millonaria a España por incumplir la directiva europea que obliga a sancionar el abuso de la contratación temporal “porque la precariedad laboral es una esclavitud del siglo XXI y tiene que derogarse”.

El jurista ha impartido una charla en la sede del Gobierno de Aragón, organizada por el sindicato STEPA, para explicar qué suponen los últimos fallos del TJUE y del Tribunal Supremo para los afectados. En abril, los jueces europeos dictaminaron que España no tiene medidas conformes con el Derecho de la Unión para sancionar la utilización abusiva de los contratos temporales en el sector público. Después, en mayo, el Supremo se pronunció sobre la aplicación de esta sentencia, destacando que la Administración responsable debe ser penalizada.

Así, ha destacado que “por primera vez se prevén responsabilidades y tenemos un suelo mínimo de fijeza para quienes hayan superado un proceso selectivo sin obtener plaza e indemnizaciones disuasorias y proporcionadas para el resto; pero además la Comisión Europea ha declarado que estas medidas no son suficientes y solo queda la fijeza como solución lógica y natural y que además nos beneficia a todos”.

lunes, 15 de junio de 2026

Recordatorio. La Vicepresidenta y comisaria europea de empleo Minzatu responde la pregunta de la eurodiputada de ERC, Diana Riba, sobres actuaciones para garantizar que España cumpla con la normativa y sentencias europeas en el abuso de temporalidad pública: podría llevar a España ante el TJUE para imponer sanciones financieras

[Recordatorio de entrada publicada el 04/05/2026 en este blog OJO hace 1 mes y medio] 

Acaba de publicarse   en la web del Parlamento Europeo la respuesta de la Comisión Europea,  firmada por la propia Vicepresidenta  ejecutiva y comisaria europea a cargo de Empleo junto con otras áreas, Roxana Minzatu, a la pregunta  de 11/03/2026 (nº E-001008/2026) de la eurodiputada de Esquerra Republicana  de Catalunya, Diana Riba i Giner, adscrita al grupo Verts/ALE en el Parlamento Europeo, sobre "Abuso de la temporalidad en España: cumplimiento de la Directiva 1999/70/CE y posibles sanciones"  , pregunta realizada  tras las sentencias del Tribunal de Justicia de la UE de 2024, que ya habían establecido que la ley 20/2021 no contiene medidas válidas de sanción al abuso de temporalidad del empleado público, y de la suspensión de fondos europeos del Plan de Recuperación.

En concreto, la pregunta planteada rezaba así:

"España es el sujeto del procedimiento de infracción INFR(2014)4334 por no aplicar correctamente la Directiva 1999/70/CE sobre el trabajo de duración determinada en el empleo público.

El TJUE dictó sentencias sobre el abuso de la temporalidad el 22 de febrero de 2021 y el 13 de junio de 2024, y está prevista la sentencia del asunto C‑418/24 para el 14 de abril de 2026.

A pesar de esas sentencias y la Ley 20/2021, el abuso de la temporalidad en España sigue siendo elevado y el plazo de seis meses concedido por la Comisión para adoptar medidas venció el 7 de enero de 2026 sin resultados sustantivos.

Ante esta situación:

    • 1.¿Qué criterios y actuaciones considera necesarios para garantizar que España cumpla plenamente con la Directiva 1999/70/CE y reduzca efectivamente el abuso de la temporalidad en el empleo público?
    • 2.Tras las sentencias de 2021, 2024 y la próxima del 14 de abril de 2026 , ¿tiene previsto remitir el caso al TJUE, conforme al artículo 258 del TFUE, por incumplimiento persistente?
    • 3.En caso de que persista el incumplimiento tras una posible decisión del TJUE, ¿qué criterios seguiría la Comisión para proponer sanciones económicas coercitivas contra España, según el artículo 260 del TFUE , y cuál sería el calendario para su aplicación?"

La respuesta de la Comisión Europea (según la traducción al español publicada) es literalmente:

jueves, 11 de junio de 2026

[Bloque de plataformas, asociaciones y sindicatos] 'Cuenta atrás hacia el 29 de junio: el bloque unitario exige una respuesta inmediata ante el dictamen motivado de la Comisión Europea' [Llama al arco parlamentario a comprometerse con una ley conforme a la Directiva 1999/70/CE y la jurisrprudencia europea sobre abuso de temporalidad pública]

'El avance del procedimiento de infracción INFR(2014)4334 hasta la fase de dictamen motivado, junto con la pérdida ya materializada de 626 millones de euros, sitúan a España ante un momento límite.

La Comisión Europea ha fijado el 29 de junio de 2026 como fecha tope para adoptar medidas que garanticen el cumplimiento de la Directiva 1999/70/CE y de la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

No hay margen político. Solo hay una decisión pendiente.

En este contexto, el bloque formado por plataformas, sindicatos alternativos, asociaciones y colectivos —que crece y se refuerza cada día— destaca el paso dado por el Grupo Parlamentario de Podemos, que ha asumido como propias las líneas rojas innegociables como base para una solución conforme al Derecho europeo.

Este posicionamiento responde a una trayectoria sostenida y documentada:

martes, 9 de junio de 2026

[Law &Trends] Opinión de Maite Agredano , de Cobas sector público, ante la posible publicación de normativa inminente por parte del Gobierno español antes del fin del ultimatum el 29/06/2026 dado por la Comisión Europea en el procedimiento de infracción contra España por el abuso de temporalidad pública

Publica Law&Trends este 08/06/2026 una opinión de Maite Agredano, delegada del Sector Público del sindicato Co.bas, sobre las probables consecuencias de una nueva normativa  que apruebe el Gobierno tras acercarse el fin del plazo del dos meses, el próximo 29 de Junio, tras el envío del Dictamen Motivado de la Comisión Europea a España en el procedimiento de infracción sobre abuso de temporalidad pública [INFR(2014) 4334] por falta de sanciones adecuadas en la normativa española, y en el de discriminación del temporal público con respecto al fijo [INFR(2014)4224], por seguir existiendo algunas condiciones de trabajo en las que se discrimina.

viernes, 5 de junio de 2026

[Araúz] Arauz redobla sus esfuerzos para que la Comisión Europea actúe de una manera contundente ante el incumplimiento absoluto de España de las sentencias del TJUE sobre abuso de temporalidad en empleo público

'Ante el incumplimiento radical y absoluto por parte del Reino de España de la Directiva 1999/70, y la inaplicación de la sentencias del TJUE por parte del Tribunal Supremo español, Arauz redobla sus esfuerzos para que la Comisión  Europea actúe de una manera contundente. Asi:


1️⃣ Se ha reunido con miembros de la Comisión Europea para exponerles la gravedad de la situación y las soluciones para que se cumpla esta norma comunitaria en nuestro país, que no pueden ser otra que las de transformar en fijos a los temporales/interinos víctimas de un abuso e indemnizar adecuadamente a las víctimas de abusos q se hubieran jubilado o estén en puertas de la jubilacion, a los que ya son funcionarios de carrera o fijos por haber aprobado un proceso selectivo o de estabilización, a los que fueron cesados o dimitieron con anterioridad y a los que no quisieron presentarse a los procesos de estabilización

jueves, 4 de junio de 2026

Recordatorio. La Comisión Europea informa oficialmente del curso de la denuncia múltiple abierta desde 2018 sobre el abuso de duración de temporalidad en empleados públicos españoles: ha visto las sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de 14/04/2026 del asunto Obadal que confirma su posición de que España no tiene medidas válidas para sancionar el abuso de temporalidad en el empleo público español y ha emitido Dictamen Motivado en el procedimiento vinculado de infracción contra España

 [Recordatorio de entrada publicada el 28/05/2026 en este blog]

La Comisión Europea acaba de publicar en su página web sobre procedimientos de denuncia múltiple un nuevo documento oficial , de fecha 27/05/2026, de "Información sobre el seguimiento de las denuncias registradas con la referencia CPLT (2013)01917 - Ausencia de medidas destinadas a evitar utilización sucesiva de contratos o relaciones laborales de duración determinada en el sector público español", es decir, teniendo en cuenta que  "el prefijo de la referencia de denuncia múltiple se cambió de CHAP a CPLT debido a cambios en  sistema interno de registro de denuncias",  la denuncia múltiple en la Comisión Europea que unificaba en 2018 (¡no en 2013!) a partir de una de las denuncias de 2013, el gran número de denuncias recibidas sobre abuso en duración de la temporalidad de empleados públicos españoles principalmente en torno a 2017 y 2018 contra la solución de entonces de 2017 y 2018  acordada por el Gobierno del Estado y sindicatos de realizar procesos selectivos de libre concurrencia con los puestos del personal de larga temporalidad sin habilitar sistema especial alguno ni indemnización al empleado que fuera cesado . Estas denuncias habían llegado de las campañas como la del grupo de clientes del Abogado de Araúz de sus denuncias pioneras de 2015 y 2016 solicitando la aplicación de la directiva europea sobre temporalidad y cuestiones prejudiciales al Tribunal de Justicia de la UE [TJUE], la del abogado Martos en su asociación de interinos ANIL y, sobre todo la  campaña masiva de la Plataforma de Interinos Pi.

Desde entonces, la Comisión Europea acumula en esta denuncia múltiple cualquier denuncia sobre  recibida de un particular u organización de España y responde al denunciante informando de la acumulación de su denuncia a la denuncia múltipe.

La anterior información oficial de la Comisión Europea  en su página web sobre esta denuncia múltiple CHAP(2013)01917 databa de Noviembre de 2024, es decir, más de 1 año y medio, indicando entonces  la Comisión Europea que:

  • había visto las nuevas sentencias del TJUE de 22/02/2024 y de 13/06/2024 que indica que la reforma española tras la sentencias del TJUE Sánchez Ruiz de 2020 e IMIDRA de 2021, la ley 20/2021 , no contiene medidas válidas de sanción al abuso de temporalidad
  • y, correspondientemente, había enviado en Octubre de 2025 una carta adicional a España en el procedimiento de infracción abierto  por la Comisión Europea por abuso de temporalidad en el empleo público, el procedimiento INFR(2014) 4334],

 

Ahora la nueva actualización de información oficial sobre la denuncia múltiple CPLT(2013)0916 , la Comisión Europea dice literalmente (expandiendo las notas a pie de página y con resaltados en negrita cursiva nuestros):

 

lunes, 1 de junio de 2026

Recordatorio. [29/04/2026] IMPORTANTE [Comisión Europea] 'Paquete de procedimientos de infracción de Abril - Dictámenes motivados: La Comisión insta a España a que impida el uso abusivo de las relaciones laborales de duración determinada y las condiciones laborales discriminatorias en el sector público' [Dictamina que el "derecho español no incluye medidas para evitar y, en su caso, sancionar el abuso de temporalidad pública. Da dos meses a España para nueva norma]

  [Recordatorio de entrada publicada el 29/04/2026 en este blog, es decir, hace un mes]

 [29/04/2026] 'La Comisión Europea ha decidido hoy enviar un dictamen motivado a España [INFR(2014)4334] por no brindar una protección suficiente contra el uso abusivo de contratos sucesivos de duración determinada a los trabajadores del sector público. Esta situación contraviene las normas de la UE (Directiva 1999/70/CE del Consejo), que exigen que los Estados miembros introduzcan en sus respectivas legislaciones nacionales medidas destinadas a evitar y, en su caso, sancionar los abusos derivados de la utilización sucesiva de contratos de duración determinada. 

El Derecho español no incluye tales medidas para determinados tipos de contratos temporales en el sector público. Aunque España ha modificado sus normas nacionales tras la incoación del procedimiento de infracción en 2015 y la última carta de emplazamiento, enviada por la Comisión en octubre de 2024, las explicaciones facilitadas siguen siendo insatisfactorias. 

Por consiguiente, la Comisión ha decidido enviar un dictamen motivado a España, que dispone ahora de dos meses para responder a él y adoptar las medidas necesarias. De no hacerlo, la Comisión podría optar por remitir el asunto al Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

 

viernes, 29 de mayo de 2026

[Law&Trends] Plataformas de empleados públicos temporales se reúnen con la Comisión Europea y reclaman contundencia en el procedimiento de infracción sobre abuso de temporalidad con el objetivo de que España regule una normativa vaída de sanción al enorme volumen de abuso existente

 Informa Law&Trends este 29/05/2026 de la reunión que mantuvieron varias plataformas de empleados públicos temporales  con la representación de la Comisión Europea en España para reclamar a la Comisión Europea contundencia ante el Gobierno Español para que regule medidas válidas para el abuso de temporalidad en empleados públicos que  cumplan con las sentencias del TJUE en la materia y eviten las multas por el procedimiento de infracción- ya muy avanzado- y la  retirada definitiva de los 626 millones de € de fondos del Plan de Recuperación suspendidos  por la Comisión Europea , ambas cosas por el incumplimiento con la Ley 20/2021 en disponer de una normativa con sanción válida al abuso.

jueves, 28 de mayo de 2026

La Comisión Europea informa oficialmente del curso de la denuncia múltiple abierta desde 2018 sobre el abuso de duración de temporalidad en empleados públicos españoles: ha visto las sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de 14/04/2026 del asunto Obadal que confirma su posición de que España no tiene medidas válidas para sancionar el abuso de temporalidad en el empleo público español y ha emitido Dictamen Motivado en el procedimiento vinculado de infracción contra España

La Comisión Europea acaba de publicar en su página web sobre procedimientos de denuncia múltiple un nuevo documento oficial , de fecha 27/05/2026, de "Información sobre el seguimiento de las denuncias registradas con la referencia CPLT (2013)01917 - Ausencia de medidas destinadas a evitar utilización sucesiva de contratos o relaciones laborales de duración determinada en el sector público español", es decir, teniendo en cuenta que  "el prefijo de la referencia de denuncia múltiple se cambió de CHAP a CPLT debido a cambios en  sistema interno de registro de denuncias",  la denuncia múltiple en la Comisión Europea que unificaba en 2018 (¡no en 2013!) a partir de una de las denuncias de 2013, el gran número de denuncias recibidas sobre abuso en duración de la temporalidad de empleados públicos españoles principalmente en torno a 2017 y 2018 contra la solución de entonces de 2017 y 2018  acordada por el Gobierno del Estado y sindicatos de realizar procesos selectivos de libre concurrencia con los puestos del personal de larga temporalidad sin habilitar sistema especial alguno ni indemnización al empleado que fuera cesado . Estas denuncias habían llegado de las campañas como la del grupo de clientes del Abogado de Araúz de sus denuncias pioneras de 2015 y 2016 solicitando la aplicación de la directiva europea sobre temporalidad y cuestiones prejudiciales al Tribunal de Justicia de la UE [TJUE], la del abogado Martos en su asociación de interinos ANIL y, sobre todo la  campaña masiva de la Plataforma de Interinos Pi.

Desde entonces, la Comisión Europea acumula en esta denuncia múltiple cualquier denuncia sobre  recibida de un particular u organización de España y responde al denunciante informando de la acumulación de su denuncia a la denuncia múltipe.

La anterior información oficial de la Comisión Europea  en su página web sobre esta denuncia múltiple CHAP(2013)01917 databa de Noviembre de 2024, es decir, más de 1 año y medio, indicando entonces  la Comisión Europea que:

  • había visto las nuevas sentencias del TJUE de 22/02/2024 y de 13/06/2024 que indica que la reforma española tras la sentencias del TJUE Sánchez Ruiz de 2020 e IMIDRA de 2021, la ley 20/2021 , no contiene medidas válidas de sanción al abuso de temporalidad
  • y, correspondientemente, había enviado en Octubre de 2025 una carta adicional a España en el procedimiento de infracción abierto  por la Comisión Europea por abuso de temporalidad en el empleo público, el procedimiento INFR(2014) 4334],

 

Ahora la nueva actualización de información oficial sobre la denuncia múltiple CPLT(2013)0916 , la Comisión Europea dice literalmente (expandiendo las notas a pie de página y con resaltados en negrita cursiva nuestros):

[PAFPM/CEPPT] Comunicado conjunto tras la reunión con la representación de la Comisión Europea en España sobre la necesidad de medidas válidas para el abuso de temporalidad en empleados públicos para cumplir con las sentencias del TJUE y evitar las multas y retiradas de fondos de la Comisión Europea

'Diversas plataformas, asociaciones y sindicatos integrantes del colectivo nacional de víctimas del abuso de temporalidad en el sector público nos hemos reunido con la representación de la Comisión Europea en España con un objetivo inequívoco: que la Comisión actúe con contundencia ante la inacción del Gobierno de España.

Le hemos exigido que, si el 29 de junio el Gobierno no ha actuado, lleve el incumplimiento del Reino de España ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de forma inmediata y sin más dilación, instando la correspondiente sanción. A estas alturas, solo un real decreto puede llegar a tiempo: la tramitación de la Ley de Función Pública llegaría tarde.
 
El procedimiento de infracción avanza, los 626 millones de euros de fondos europeos siguen retenidos y, aun así, la respuesta del Gobierno es la inacción previsible de quien ha decidido no proteger a las víctimas. Y de la propia reunión nos llevamos algo revelador: ni siquiera la Comisión confía en que el Gobierno vaya a actuar por voluntad propia.
 
Hemos puesto en su conocimiento la realidad judicial tras la sentencia Obadal (C-418/24): la Sala de lo Social del Tribunal Supremo no ha acatado el Derecho de la Unión y ha reducido la afección directa al personal laboral a un supuesto tan restrictivo —haber superado procesos selectivos en condiciones equivalentes— que apenas alcanza a un puñado de personas, mientras la Sala de lo Contencioso-Administrativo mantiene su línea pre-Obadal.
 

martes, 26 de mayo de 2026

El Partido Popular del Congreso solicita la comparecencia del Ministro de Transformación Digital y Función Pública para informar de los Dictámenes Motivados recibidos de la Comisión Europea en los procedimientos de infracción sobre empleados públicos temporales y que explique las medidas urgentes que va a adoptar para evitar que la Comisión Europe lleve a España ante el Tribunal de Justicia de UE

Según el acta de su reunión de 13/05/2026 , publicada ayer,  la mesa del Congreso de los Diputados ha calificado (con nº 213/1169) una solicitud, por el Grupo Parlamentario Popular del Congreso,  de comparecencia del Ministro para la Transformación Digital y de la Función Pública, ante la Comisión de Hacienda y Función Pública, para que

"informe sobre los dictámenes motivados remitidos por la Comisión Europea a España en los procedimientos de infracción relativos a la temporalidad en el empleo público, así como para que explique la razón por la que España continúa incumpliendo la Directiva 1999/70/CE, las responsabilidades políticas que asume el Ministerio ante una situación que afecta directamente a miles de empleados públicos temporales y las medidas urgentes que va a adoptar para evitar que España sea llevada ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea"

 Los dictámenes  motivados en procedimientos de infracción a la que se refiere el Grupo Popular son los dictámenes decididos el pasado 29/04/2026 por la Comisión Europea en dos procedimientos de infracción que mantiene  Empleo de la Comisión Europea desde hace años en relación al personal empelado público temporal o "interino":

  1. el procedimiento de infracción 2014/4224 [INFR(2014)4224] en cuanto a discriminación con los fijos incumplimiento de la cláusula 4ª de la Directiva Europea de empleo temporal [1999/70/CE]
  2. y el  más importante procedimiento de infracción 2014/4334 [INFR(2014)4334 sobre el incumplimiento de la cláusula 5ª  de la misma directiva por el abuso de temporalidad  ,  que se extendió en 2020 al empleo público en general tras abrir en 2018 una denuncia múltiple por el aluvión de denuncias recibidas de empleados públicos españoles -que sigue también abierta, como CPLT(2013)01917- y tras la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de 19/03/2020 del asunto español "Sánchez Ruiz y otros" (el caso principal un informático nuestro).

    Fue en el marco de este procedimiento de infracción y
    , especialmente el compromiso de España, exigido por la Comisión Europea en el Plan de Recuperación (el hito nº144) de disponer de una ley en 2021 de reducción de temporalidad pública que incluyera medidas de prevención y sanción del abuso de temporalidad, que el Gobierno aprobó  la Ley 20/2021, con ciertas medidas a futuro como con la regulación de unos procesos denominados de "estabilización", que las  sentencias del Tribunal de Justicia de la UE de 2024  dictaminaron que no valían como la exigida medida de sanción al abuso de temporalidad , ya cometido por las AAPP de forma masiva

 

lunes, 25 de mayo de 2026

[Law&Trends] Opinión de Ana Álvarez, del Gabinete Jurídico de U.G.T. Catalunya, sobre la sentencias del Tribunal de Justicia de la UE "Obadal" y la reacción de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo Español sobre el abuso de temporalidad en empleados públicos: el TJUE exige una reacción que sea realmente eficaz y la respuesta del Supremo no es una adaptación del derecho de la UE sino "una resistencia". No se puede negar la fijeza como sanción al abuso con argumentos sobre el acceso y las indemnizaciones tendrían que ser sin límites y disuasorias.

Publica Law&Trends este 24/05/2026 la opinión y análisis de  Ana Álvarez Franquet, abogada del Gabinete Jurídico de U.G.T. Catalunya, de las reciente  sentencia del Tribunal de Justicia de la UE del 14/04/2026  , que  lexige una reacción que sea real y "materialmente eficaz ",  y la respuesta , con una  sentencia  de Pleno , de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo español donde fija su criterio contra el abuso de temporalidad del empleado público laboral, que para la autora "no es una adaptación real del derecho de la UE" sino "una resistencia" 

Para la autora "el problema no es de acceso, sino de abuso por parte de la Administración" y "negar la fijeza equivale a vaciar de contenido la exigencia europea de una sanción efectiva" y,  tras calificar  de "coste asumible para la Administración"  la nueva indemnización genérica por abuso fijada por la Sala de lo Social del Supremo, entiende que  "las indemnizaciones deben dejar de ser tasadas y adquirir un carácter verdaderamente disuasorio".

viernes, 22 de mayo de 2026

[Plataformas interin@s en Acción, PAFP Murcia y FijezaYa.org] 'La solución al abuso de temporalidad ya está sobre la mesa' [Propuesta trasladada a los grupos políticos]

 'Desde la Plataforma Interin@s en Acción, la PAFP Murcia y FijezaYa.org ponemos a disposición pública la documentación completa trasladada a los grupos parlamentarios en el Congreso de los Diputados.

El objetivo de esta página es ofrecer una información clara, ordenada y verificable sobre el recorrido seguido, las propuestas defendidas, su encaje jurídico, su plan de ejecución y su memoria económica.

No se trata de una consigna ni de una interpretación parcial. Se trata de documentación escrita, estructurada y accesible para que cualquier persona, colectivo, sindicato, plataforma o representante público pueda conocer directamente qué se ha propuesto y sobre qué base.

 

martes, 19 de mayo de 2026

[Europa Press/Podemos] Podemos rechaza la sentencia de la Sala de lo Social Supremo y cree que se deben hacer fjios a todos los empleados públcos en abuso de temporalidad para cumplir con las sentencias europeas

Informan Europa Press este 18/05/2026 y Podemos en su cuenta de X en un vídeo que]  el secretario de Organización y portavoz de Podemos, Pablo Fernández, ha declarado en rueda de prensa que Podemos rechaza la sentencia de la Sala de lo Social Supremo que obliga a los laborales interinos en abuso de temporalidad tener superada una oposición para que puedan obtener el reconocimiento judicial como fijos ante una demanda de abuso de temporalidad y entiende que se deben hacer fijos a  todas las personas interinas  empleadas públicas en dicha situación de abuso de temporalidad.

 

lunes, 18 de mayo de 2026

[El País] El despacho de Javier Araúz denunciará en el procedimiento de infracción de la Comisión Europea contra España por abuso de temporalidad en empleados públicos que tanto la Sala de lo Social como la Sala de lo Contencioso del Supremo siguen sin dar solución judicial válida a los empleados públicos en abuso de temporalidad españoles. La Comisión dio recientemnte de dar un plazo de 2 meses a España en el procedimiento para que regule una norma legal válida para el abuso y evitar que pida al TJUE que imponga multas al país

Informa El País este 15/04/2026 que el despacho de abogados de Javier Araúz, que "impulsó el procedimiento de infracción contra España por el abuso de temporalidad" [recordemos , tras la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de 19/03/2020 al asunto "Sánchez Ruiz y otros" , por casos de empleados públicos del SERMAS llevados por este despacho a iniciativa de AMYTS y APISCAM]  va a  denunciar ante la unidad de [Empleo de] la Comisión Europea que lleva el procedimiento de infracción contra España por falta de medidas de sanción ante el abuso de temporalidad del empleado público que:

  1.  el nuevo criterio que  ha fijado la Sala  de lo Social del Tribunal Supremo  para el abuso de temporalidad del empleado público laboral (fijeza sólo para los que hayan superado antes del abuso,una fase de oposición en un proceso selectivo y una nueva indemnización de sólo hasta 10 mil euros para el resto)sigue sin cumplir con las sentencias del Tribunal de Justicia de la UE, entre ellas la propia  sentencia del asunto Obadal  , una cuestión prejudicial suya,

  2. que la  sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo ya ha manifestado  que no va modificar su criterio propio para el abuso de temporalidad del funcionario/estatutario interino pese a la citada sentencia Obadal del TJUE, que tiene pronunciamientos aplicables a cualquier empleado público

 

El Partido Popular del Congreso solicita la comparecencia de la Secretaria de Estado dey Función Pública sobre el modelo de evaluación de desempeño que piensa implantar, comprometido en el Plan de recuperación ante la UE

Según el acta de su reunión de 28/04/2026.publicada la semana pasada, la mesa del Congreso de los Diputados ha calificado (como nº 212/893) una solicitud,  por el Grupo Parlamentario Popular del Congreso,  de comparecencia de la Secretaria de Estado de Función Pública, ante la Comisión de Hacienda y Función Pública, Consuelo Sánchez Naranjo, para que 

explique el estado real, alcance y calendario de los trabajos preparatorios en materia de evaluación del desempeño previstos en el artículo 118 del Real Decreto-ley 6/2023, precisando el modelo general que se pretende implantar, los indicadores objetivos y verificables que se van a utilizar, la forma en que se garantizarán los principios de mérito, capacidad y seguridad jurídica, el impacto que tendrá en la carrera profesional, en la provisión de puestos y en el sistema retributivo de los empleados públicos, la forma en que se está coordinando este desarrollo con los compromisos asumidos en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, el calendario para su aprobación e implantación efectiva y los  mecanismos de control, evaluación y rendición de cuentas que prevé el Gobierno en este ámbito.
 
 

El Grupo Parlamentario del Partido Popular tenia ya solicitada la comparecencia (calificada como número 212/00712) de la entonces  nueva Secretaria de Estado de Función Pública, Consuelo Sánchez , ante la Comisión de Hacienda y Función Pública para "informar sobre las líneas generales deactuación de su Departamento,

 

El Grupo Parlamentario del Partido Popular tiene también solicitadas , entre otras, estas comparecencias del Ministro  sobre Función Pública:

viernes, 15 de mayo de 2026

Recordatorio. [29/04/2026] IMPORTANTE [Comisión Europea] 'Paquete de procedimientos de infracción de Abril - Dictámenes motivados: La Comisión insta a España a que impida el uso abusivo de las relaciones laborales de duración determinada y las condiciones laborales discriminatorias en el sector público' [Dictamina que el "derecho español no incluye medidas para evitar y, en su caso, sancionar el abuso de temporalidad pública. Da dos meses a España para nueva norma]

 [Recordatorio de entrada publicada el 29/04/2026 en este blog]

'La Comisión Europea ha decidido hoy enviar un dictamen motivado a España [INFR(2014)4334] por no brindar una protección suficiente contra el uso abusivo de contratos sucesivos de duración determinada a los trabajadores del sector público. Esta situación contraviene las normas de la UE (Directiva 1999/70/CE del Consejo), que exigen que los Estados miembros introduzcan en sus respectivas legislaciones nacionales medidas destinadas a evitar y, en su caso, sancionar los abusos derivados de la utilización sucesiva de contratos de duración determinada. 

El Derecho español no incluye tales medidas para determinados tipos de contratos temporales en el sector público. Aunque España ha modificado sus normas nacionales tras la incoación del procedimiento de infracción en 2015 y la última carta de emplazamiento, enviada por la Comisión en octubre de 2024, las explicaciones facilitadas siguen siendo insatisfactorias. 

Por consiguiente, la Comisión ha decidido enviar un dictamen motivado a España, que dispone ahora de dos meses para responder a él y adoptar las medidas necesarias. De no hacerlo, la Comisión podría optar por remitir el asunto al Tribunal de Justicia de la Unión Europea.