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lunes, 22 de abril de 2024

El europarlamentario de ERC Jordi Solé pregunta a la Comisión Europea, tras la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de 22 de Febrero y la reacción del Tribunal Superior de Justicia de Madrid rechazando la fijeza , sobre las medidas que va a tomar ante el "claro incumplimiento" de la sentencia europea

El eurodiputado de ERC Jordi Solé. adscrito al grupo de los Verdes/Alianza Europea en el Parlamento Europeo, a raíz de las recientes  sentencias del Tribunal de Justicia de la UE [TJUE] de 22/02/2024  y la correspondiente reacción de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha informado que ha formulado esta  pregunta de respuesta por escrito a la Comisión Europea:

"La Sentencia del TJUE del 22 de febrero de 2024 rechaza el concepto del indefinido no fijo y sugiere adoptar contratos fijos, indicando que los jueces nacionales deben modificar su jurisprudencia nacional si esta contradice los objetivos de la Directiva 1999/70, siguiendo anteriores resoluciones de este Tribunal. 

 Sin embargo, diversas sentencias entre las que se encuentra la más reciente del Tribunal Superior de Justicia  de Madrid 317/2024 efectúan un claro y consciente incumplimiento de este pronunciamiento, y priorizan disposiciones constitucionales españolas al derecho de la UE. 

martes, 16 de abril de 2024

[CGT FETAP] 'Interinas, Europa termina en los Pirineos' [Comunicado tras la sentencia de ayer de la sala de lo Social del Tribunal Superior de Madrid rechazando la fijeza pese a la sentencia del Tribunal europeo de 22F]

 'La Federación de Sindicatos de Trabajadoras de las Administraciones Publicas de la Confederación General del Trabajo (FETAP – CGT) denuncia que la sentencia de ayer del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, fuerza la quiebra en la judicatura española por su empeño en no reconocer la preeminencia del derecho europeo y en desacatar la jurisprudencia del TJUE en lo referente al abuso de temporalidad en las administraciones públicas.

La reciente sentencia del TJUE de 22 de febrero de 2024 dictaminó que:

  • Que la figura del “Indefinido No Fijo”, recordemos jurisprudencia y no normativa, no supone una sanción válida.
  • Que, ante la ausencia de sanción en el ordenamiento interno, consecuencia de no haber transpuesto la Directiva 1999/70/CE en 25 años, la “fijeza” sería una opción válida.
  • Que no vale ampararse en preceptos constitucionales con la intención de dejar sin efecto dicha Directiva.

Hemos conocido en sentencia fechada a diez de abril,  donde la sala social en pleno, del  Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid, en la resolución de los casos objeto de esa misma sentencia del TJUE, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid sentenció precisamente con la figura del “Indefinido No Fijo” porque, y aquí viene lo grave, “el juzgador únicamente tiene la función de aplicar el derecho (y no la de crearlo) y porque los principios constitucionales de acceso al empleo público se erigen en un obstáculo insalvable”, justamente lo contrario de lo que indica esa misma sentencia del TJUE.

viernes, 12 de abril de 2024

[Europa Press] El ministro de Función Pública asegura que con los cambios legales se han eliminado las causas que dieron lugar a la sentencia del Tribunal europeo de 22 de Febrero y que se cumplirá el compromiso con la UE de estabilizar a 300 mil trabajadores públicos

Informa Europa Press este 12/04/2024 que.  en un  Desayunos Informativos organizado por la propia agencia de noticias,   el ministro para la Transformación Digital y de la Función Pública, José Luis Escrivá, ha asegurado que España "ha eliminado las causas que derivaron" en la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de 22 de febrero , citando su medida anunciada de eliminar la tasa de reposición, apostillando que el Gobierno "mira hacia adelante".

También  ha asegurado el Ministro que se va a cumplir el compromiso del Gobierno con la Comisión Europea en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de haber estabilizado a 300.000 trabajadores públicos antes del final de este año.

martes, 2 de abril de 2024

Pleno de la Asamblea de Madrid este jueves 04/04/2024 con una proposición no de ley del Grupo Socialista para que la Comunidad de Madrid modifique disposiciones incompatibles con la Directiva Europea y la reciente sentencia del tribunal europeo de 22 de Febrero sobre abuso de temporalidad en empleados públicos , de la propia Comunidad de Madrid, y convierta en fijos a sus indefinidos no fijos y modifique adecuadamente los procesos de estabilización de plazas en marcha

Este jueves 4/05/2025 hay Pleno de la Asamblea de Madrid y contará en su orden del día , entre otros puntos, con la Proposición No de Ley del Grupo Socialista (nº 125/24), tras la importante sentencia de 22/02/2024 l Tribunal de Justicia de la UE [TJUE]  para que la Asamblea de Madrid inste al Gobierno de la Comunidad de Madrid a:

  •  1.- "Modificar todas aquellas disposiciones adoptadas por el Gobierno de la Comunidad de Madrid que sean incompatibles con los objetivos de la Directiva Europea 1999/70 y en particular del Acuerdo Marco Europeo que regula las medidas para impedir que la Administración de la Comunidad de Madrid abuse de la temporalidad en el empleo público".


  • 2.- "Cumplir la Sentencia de la sala Quinta del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 22.02.2024, iniciando el proceso de conversión en trabajadores fijos de todos los trabajadores de la Comunidad de Madrid que se encuentren dentro de la figura de trabajadores indefinidos no fijos".


  • 3.- "Presentar en la Comisión de Presupuestos y Hacienda de la Asamblea de Madrid, en el plazo de 15 días, informe sobre las consecuencias de la aplicación de la Sentencia del TJUE para los empleados públicos de la Comunidad de Madrid en situación de temporalidad, así como la afectación de los procesos de estabilización llevados a cabo por el Gobierno de la Comunidad de Madrid".'

lunes, 25 de marzo de 2024

[Confilegal] Opinión: La Administración debió incluir 1 millón de plazas más a estabilización ante el enorme nivel de temporalidad y próximas jubilaciones masivas, debe cumplir con las sentencias del Tribunal de Justicia de la UE y debe "dar explicaciones"

 Publica Confilegal este 23/03//2024  un -fundamentado en cifras- artículo de opinión de la colaboradora del medio Teresa Gálvez Dávila, funcionaria y autora del manual “Cómo opositar, todas las claves para los procesos de estabilización, consolidación y funcionarización, en el que hace un amplio repaso a los diferentes procesos de estabilización del empleo público que el gobierno del Estado ha ido regulando según han ido aconteciendo noticias en relación a la Unión Europea:

miércoles, 20 de marzo de 2024

[STAZ] 'El Comité de Empresa del Patronato Municipal de Educación y Bibliotecas acordó solicitar la paralización de los procesos selectivos derivados de la Ley 20/21' [ tras la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de 22/02/2024]

'El pasado día 15 de marzo el Comité de Empresa del Patronato Municipal de Educación y Bibliotecas acordó solicitar la paralización de los procesos selectivos derivados de la Ley 20/21 .

El resultado de la votación fue la siguiente:

7 favor (7 de STAZ)
4 en contra (4 de CCOO)
2 abstenciones (2 de CGT).

El TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNIÓN EUROPEA declaró en su sentencia del 22 defebrero, que se refiere a personal laboral, que:

  • 1. En la normativa española no existe sanción válida al abuso en la temporalidad. Ni la figura de indefinido no fijo (actualmente el Tribunal Supremo reconoce el abuso en la temporalidad otorgando esta figura como consecuencia), ni indemnización económica ni los procesos selectivos derivados de la lev 20/21 son sanción.


  • 2. Al no haber sanción al abuso, y debe haberla, la conversión a fijo puede ser dicha sanción.

martes, 12 de marzo de 2024

[CSIT-UP] 'Aclaramos la sentencia del TJUE de 22 de febrero, sobre el abuso de la temporalidad en la Administración' ["un paso adelante para combatir el abuso, pero no despeja la situación, dado que, la solución definitiva y su alcance habrán de ser fijados por el Tribunal Supremo" ]

'El 22 de febrero de 2024, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), dictó una sentencia a diferentes cuestiones prejudiciales planteadas por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), sobre el abuso de la contratación temporal en las Administraciones Públicas.

Ante la expectativa y debate suscitados, la Asesoría Jurídica de CSIT UNIÓN PROFESIONAL precisa que esta sentencia del TJUE:

jueves, 7 de marzo de 2024

[Redacción Médica] El Ministro José Luis Escrivá responde a las declaraciones de Yolanda Díaz que se remite al compromiso con la UE de reducir la temporalidad pública con los procesos de estabilización emprendidos según la ley ya aprobada al efecto, la ley 20/2021 [ El Tribunal de Justicia de la UE falló en esa sentencia que procesos selectivos con plazas ocupadas por personal en abuso de temporalidad VIOLAN la normativa UE si no tienen en consideración la situación de abuso de temporalidad de dicho personal]

Informa Redacción Médica este 06/03/2024 que el Ministro de Función Pública, José Luis Escrivá, preguntado por las declaraciones de la vicepresidenta 2ª del Gobierno, Yolanda Díaz,  tras la reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de 22 de febrero, e el “el debate tiene que ser de más calado", que habrá una  reforma de la Administración a futuro  como la anunciada en su reciente comparecencia en el Congreso, y , ya en concreto, en cuanto al personal temporal de larga duración existente de forma masiva, que  "se remite al compromiso" reflejado en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia ante la Comisión Europea  y en la Ley que aprobó el Gobierno anterior para cumplirlo, la Ley  20/2021, de 28 de diciembre, de reducción de la tasa de temporalidad estructural al 8 por ciento incluyendo procesos de  "estabilización de plazas" que persiguen estabilizar 300.000 trabajadores, asegurando que “llevamos 225.000 en este momento”.

[Europa Press] La vicepresidenta 2ª del Gobierno, Yolanda Díaz, celebra la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 22 de febrero y afirma que "hay que hacer la misma reforma de estabilidad" para el abuso de la temporalidad en las AAPP que para las empresas privadas

Informa Europa Press este 06/03/2024 que la vicepresidenta 2ª del Gobierno y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, ha declarado en una entrevista a RNE [ver extracto del momento en Twitter] que "celebra" la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de 22 de febrero sobre el abuso de la temporalidad en las administraciones públicas españolas , afirmando que tras esta sentencia que "la misma reforma que hemos hecho de la estabilidad en la empresa privada, hay que hacerla en el trabajo público".

Recordatorio. El Proyecto de Ley de medidas urgentes por el Plan de recuperación en función pública y otras materias, derivado del RDL 6/2023, recibe enmiendas parciales esta semana: una oportunidad para introducir medidas de cumplimiento de la normativa y sentencias europeas en materia de abuso de temporalidad en empleados públicos

 [Recordatorio de entrada publicada el 04/03/2024 El  Gobierno del Estado aprobó el 19/12/2023 el Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el "que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo", de cuya publicación el 20/12/2023 nos hicimos eco en otra entrada en cuanto a sus medidas sobre Función Pública, que, finalmente afectaban exclusivamente a la Administración General del Estado:  las convocatorias de sus procesos selectivos deberán ser en el mismo año que aprobación de OPE y tendrán dos años máximo de duración; será obligatoria una evaluación del desempeño de los empleados públicos de la AGE, ...

viernes, 1 de marzo de 2024

[El Diario] Entrevista al Ministro de Transformación Digital y Función Pública: la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE "no obliga a hacer fijos a muchísimos sino que da sugerencias a los tribunales españoles " y "en determinados ámbitos pueden tener ese resultado"

Publica este 29/0'2/2024 eldiario.es una entrevista al Ministro de Transformación Digital y Función Pública, José Luis Escrivá, en la que , entre muchas  otras cosas sobre el uso de la IA en la Administración ha asegurado que "es para que los funcionarios y trabajadores públicos utilicen herramientas que les ayuden a interaccionar mejor con los ciudadanos y ser más eficaces".

En cuanto a función pública, preguntado por  la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 22 de febrero de 2024 ha asegurado:

lunes, 28 de agosto de 2023

Recordatorio. IMPORTANTE La Comisión Europea informa oficialmente del curso de la denuncia múltiple abierta desde 2018 -y vinculada a un procedimiento de infracción contra España- sobre el abuso de duración de temporalidad en empleados públicos españoles: la Comisión aplaza cualquier acción por su parte hasta que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea sentencie en las cuestiones prejudiciales de los 5 asuntos pendientes de España sobre abuso de temporalidad en empleo público

[Recordatorio de entrada publicada el 13/07/2023]  

La Comisión Europea acaba de publicar en su página web sobre procedimientos de denuncia múltiple un nuevo documento oficial , de fecha 12/07/2023, de "Información sobre el seguimiento de las denuncias registradas con la referencia CPLT (2013)01917 - Ausencia de medidas destinadas a evitar utilización sucesiva de contratos o relaciones laborales de duración determinada en el sector público español", es decir, teniendo en cuenta que  "el prefijo de la referencia de denuncia múltiple se ha cambiado de CHAP a CPLT debido a cambios en  sistema interno de registro de denuncias",  la denuncia múltiple en la Comisión Europea que unificaba en 2018 (¡no en 2013!) a partir de una de las denuncia de 2013 y el gran número de denuncias recibidas sobre abuso en duración de la temporalidad de empleados públicos españoles principalmente en torno a 2017 y 2018 contra la solución de 2017 y 2018 del Gobierno del Estado y sindicatos de procesos selectivos de libre concurrencia con los puestos sin ni indemnización al personal de larga temporalidad que fuera cesado que le habían llegado de las campañas como las del abogado Martos en su asociación de interinos ANI, la  campaña masiva de la Plataforma de Interinos Pi, la del grupo de clientes del Abogado de Araúz de sus denuncias pioneras de 2016 solicitando cuestiones prejudiciales, y muchos otros . Desde entonces, la Comisión Europea acumula en esta denuncia múltiple cualquier denuncia sobre el tema recibida de un particular u organización.

La última información oficial de la Comisión Europea hasta hoy en su página web sobre esta denuncia múltiple CHAP(2013)01917 databa de hace casi un año, indicando entonces ya la Comisión que estaba está evaluando si la reforma introducida por el Gobierno del Estado con la entonces "nueva" Ley 20/2021 - publicada el 29/12/2021- y sus aplicaciones sectoriales eran conformes a la normativa y sentencias europeas.

 

Ahora la nueva actualización de información oficial sobre la denuncia múltiple CPLT o CHAP(2013)0916 , la Comisión Europea dice literalmente (expandiendo las notas a pie de página y con resaltados en negrita cursiva nuestros):

jueves, 13 de julio de 2023

IMPORTANTE: La Comisión Europea informa oficialmente del curso de la denuncia múltiple abierta desde 2018 -y vinculada a un procedimiento de infracción contra España- sobre el abuso de duración de temporalidad en empleados públicos españoles: la Comisión aplaza cualquier acción por su parte hasta que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea sentencie en las cuestiones prejudiciales de los 5 asuntos pendientes de España sobre abuso de temporalidad en empleo público

La Comisión Europea acaba de publicar en su página web sobre procedimientos de denuncia múltiple un nuevo documento oficial , de fecha 12/07/2023, de "Información sobre el seguimiento de las denuncias registradas con la referencia CPLT (2013)01917 - Ausencia de medidas destinadas a evitar utilización sucesiva de contratos o relaciones laborales de duración determinada en el sector público español", es decir, teniendo en cuenta que  "el prefijo de la referencia de denuncia múltiple se ha cambiado de CHAP a CPLT debido a cambios en  sistema interno de registro de denuncias",  la denuncia múltiple en la Comisión Europea que unificaba en 2018 (¡no en 2013!) a partir de una de las denuncia de 2013 y el gran número de denuncias recibidas sobre abuso en duración de la temporalidad de empleados públicos españoles principalmente en torno a 2017 y 2018 contra la solución de 2017 y 2018 del Gobierno del Estado y sindicatos de procesos selectivos de libre concurrencia con los puestos sin ni indemnización al personal de larga temporalidad que fuera cesado que le habían llegado de las campañas como las del abogado Martos en su asociación de interinos ANI, la  campaña masiva de la Plataforma de Interinos Pi, la del grupo de clientes del Abogado de Araúz de sus denuncias pioneras de 2016 solicitando cuestiones prejudiciales, y muchos otros . Desde entonces, la Comisión Europea acumula en esta denuncia múltiple cualquier denuncia sobre el tema recibida de un particular u organización.

La última información oficial de la Comisión Europea hasta hoy en su página web sobre esta denuncia múltiple CHAP(2013)01917 databa de hace casi un año, indicando entonces ya la Comisión que estaba está evaluando si la reforma introducida por el Gobierno del Estado con la entonces "nueva" Ley 20/2021 - publicada el 29/12/2021- y sus aplicaciones sectoriales eran conformes a la normativa y sentencias europeas.

 

Ahora la nueva actualización de información oficial sobre la denuncia múltiple CPLT o CHAP(2013)0916 , la Comisión Europea dice literalmente (expandiendo las notas a pie de página y con resaltados en negrita cursiva nuestros):

martes, 6 de septiembre de 2022

Recordatorio. La Comisión Europea vuelve a informar oficialmente del curso de la denuncia múltiple abierta desde 2018-y vinculada a un procedimiento de infracción contra España- sobre el abuso de duración de temporalidad en empleados públicos españoles: está evaluando si las medidas de reducción de temporalidad tras la nueva Ley 20/2021 y sus aplicaciones sectoriales son conformes a la normativa y sentencias europeas

[Recordatorio de entrada publicada el 31/08/2022] La Comisión Europea acaba de publicar en su página web sobre procedimientos de denuncia múltiple un nuevo documento oficial , de fecha 31/08/2021, de "Información sobre el seguimiento de las denuncias registradas con la referencia CHAP (2013)01917 - Ausencia de medidas destinadas a evitar utilización sucesiva de contratos o relaciones laborales de duración determinada en el sector público español", es decir la denuncia múltiple en la Comisión Europea que unificaba. en 2018 a partir de una de las denuncia de 2013, el gran número de denuncias recibidas sobre abuso en duración de la temporalidad de empleados públicos españoles y contra la solución de Gobierno y sindicatos de procesos selectivos de libre concurrencia con los puestos que le habían llegado de las campañas como las del abogado Martos en su asociación de interinos ANIL o la  campaña masiva de la Plataforma de Interinos Pi, y muchos otros 

La última información oficial de la Comisión Europea hasta hoy en su página web sobre esta denuncia múltiple CHAP(2013)01917 databa de hace un año, indicando entonces ya la Comisión que estaba está evaluando si la reforma introducida con el Real Decreto-ley de reducción de la temporalidad publicado el 7 de Julio de 2021 era conforme a la normativa europea y que iba a evaluar las modificaciones futuras que se iban a realizar a dicho Decreto recién anunciadas por la nueva Ministra de Función Pública, y que acabarían  convirtiéndose en la famosa Ley 20/2021 de 28 de Diciembre de 2021.

Ahora la nueva actualización de información oficial sobre la denuncia múltiple CHAP(2013)0916, la Comisión Europea dice literalmente:

miércoles, 31 de agosto de 2022

La Comisión Europea vuelve a informar oficialmente del curso de la denuncia múltiple abierta desde 2018-y vinculada a un procedimiento de infracción contra España- sobre el abuso de duración de temporalidad en empleados públicos españoles: está evaluando si las medidas de reducción de temporalidad tras la nueva Ley 20/2021 y sus aplicaciones sectoriales son conformes a la normativa y sentencias europeas

La Comisión Europea acaba de publicar en su página web sobre procedimientos de denuncia múltiple un nuevo documento oficial , de fecha 31/08/2021, de "Información sobre el seguimiento de las denuncias registradas con la referencia CHAP (2013)01917 - Ausencia de medidas destinadas a evitar utilización sucesiva de contratos o relaciones laborales de duración determinada en el sector público español", es decir la denuncia múltiple en la Comisión Europea que unificaba. en 2018 a partir de una de las denuncia de 2013, el gran número de denuncias recibidas sobre abuso en duración de la temporalidad de empleados públicos españoles y contra la solución de Gobierno y sindicatos de procesos selectivos de libre concurrencia con los puestos que le habían llegado de las campañas como las del abogado Martos en su asociación de interinos ANIL o la  campaña masiva de la Plataforma de Interinos Pi, y muchos otros 

La última información oficial de la Comisión Europea hasta hoy en su página web sobre esta denuncia múltiple CHAP(2013)01917 databa de hace un año, indicando entonces ya la Comisión que estaba está evaluando si la reforma introducida con el Real Decreto-ley de reducción de la temporalidad publicado el 7 de Julio de 2021 era conforme a la normativa europea y que iba a evaluar las modificaciones futuras que se iban a realizar a dicho Decreto recién anunciadas por la nueva Ministra de Función Pública, y que acabarían  convirtiéndose en la famosa Ley 20/2021 de 28 de Diciembre de 2021.

Ahora la nueva actualización de información oficial sobre la denuncia múltiple CHAP(2013)0916, la Comisión Europea dice literalmente:

  • "Como ya fue señalado en una  comunicación anterior [1]  , el 7 de julio de 2021 se publicó el Real Decreto-ley 14/2021, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público [2] .  Dicho Real Decreto-ley incluyó la modificación del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre. [3]"

  • "La regulación incluida en el Real Decreto-ley fue modificada a su vez por la Ley 20/2021, de 28 de diciembre de 2021. [4]"

  • "Además, modificaciones de las normas aplicables a los empleados públicos que desarrollan su actividad en ciertos sectores específicos han sido aprobadas recientemente. [5: Véase, por ejemplo, el Real Decreto-ley 12/2022, de 5 de julio, por el que se modifica la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, BOE núm. 161, de 06/07/2022]"

  • "La Comisión está analizando las modificaciones introducidas y la legislación nacional resultante para evaluar la conformidad de la legislación actualmente aplicable a los trabajadores con contrato de duración determinada en el sector público español con la Directiva 1999/70/CE [6] y la jurisprudencia pertinente del Tribunal de Justicia de la Unión Europea."

  • "Los denunciantes serán informados a través de este sitio web [7] de los resultados de la investigación llevada a cabo por la Comisión."

miércoles, 6 de julio de 2022

[Redacción Médica] Opinión de Julián Ezquerra, ex Secr. Gral de AMYTS: 'Sr. presidente, a mí no me engaña' ["no hay medallas que colgarse, todo lo contrario lo que hay es una dura batalla ganada" con la sentencia europea "Sánchez Ruiz" por "quienes empezaron a decir basta ya" con las reclamaciones judiciales iniciadas desde AMYTS con el gabinete de Araúz]

Publica Redacción Médica este 05/07/2022 una opinión de Julián Ezquerra, ex Secr. Gral del sindicato métido madrileño AMYTS, titulada  "Sr. presidente, a mí no me engaña2,a raíz del  anuncio del Presidente del Gobierno sobre que iban a publicar una ley que "hará fijos a más de 67.000 sanitarios".

 Julián Ezquerra afirma que "no hay medallas que colgarse" por parte del Gobierno estatal ni autonómicos, sino "todo lo contrario lo que hay es una dura batalla ganada" por "quienes empezaron a decir basta ya" con las reclamaciones judiciales iniciadas desde AMYTS en 2016 con el gabinete de Araúz, demandas que dieron lugar a las cuestiones prejudiciales que llegaron al Tribunal de Justicia Europeo, el 'caso Sánchez Ruiz', que el 19 de marzo de 2020 dictaba una sentencia que "da origen a la posterior cascada de acontecimientos" que terminan con el denominado 'Icetazo' y la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, que es la ley que contiene , por primera  vez, una medida de estabilización excepcional por méritos.

jueves, 12 de mayo de 2022

El gobierno del Estado responde a la pregunta del senador del PAR, Sánchez Garnica, sobre medidas para evitar los "intentos de incumplimiento" de muchas AAPP de su "obligación" por la Ley 20/2021 de convocar a concurso de méritos los puestos de temporales de larga duración: ha dictado una Resolución de criterios comunes para la Administración del Estado que ha "compartido" con el resto de las AAPP

 El Gobierno del Estado ha dado contestación a la pregunta de Respuesta Escrita (nº de iniciativa 684/53681de 30/03/2022)   que había realizado el senador del Partido Aragonés (PAR):"¿Qué medidas piensa adoptar el Gobierno para coordinar los criterios de aplicación de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, con el fin de garantizar su exacto cumplimiento y evitar los intentos de muchas AAPP, autonómicas y locales, de eludir su aplicación ?"

Recordemos que este Senador , con  formación profesional, en Derecho Administrativo, la hacía tras  exponer que debe entenderse que, por la motivación de la ley -abuso de temporalidad en el empleo público señalado por el Tribunal de Justicia europeo y la Comisión Europea-,  los procesos excepcionales por concurso de méritos de las Disposiciones Adicionales 6ª y 8ª de la nueva Ley 20/2021 de 28 de diciembre, de reducción de temporalidad pública , afectan también a las plazas ya convocadas de procesos de estabilización anteriores realizados "al amparo de las  Leyes Presupuestarias de los años 2017 y 2018, , que en el momento de la entrada en vigor de la Ley, el 30 de diciembre de 2021, no se hayan resuelto", debiendo paralizarse por tanto;  y que no pueden admitirse comportamientos "irresponsables" como los de algunas CCAA, de intentar "eludir" ese objetivo de la ley, realizando justo convocatorias de los puestos afectados días antes por sistemas con oposición (y sin indemnización al cese).

El Gobierno del Estado, en su respuesta escrita presentada este 10/05/2022, dice literalmente:

lunes, 4 de abril de 2022

El Senador del PAR, Sánchez Garnica, solicita la comparecencia de la Ministra Montero para que explique las medidas de coordinación de aplicación de la nueva ley 20/2021 y pregunta por medidas para evitar los "intentos de incumplimiento" de muchas AAPP

El senador del Partido Aragonés (PAR) Clemente Sánchez-Garnica  registró en el Senado la semana pasada estas iniciativas parlamentrias, sobre la nueva Ley de reducción de temporalidad pública 20/2021 de 28 de Diciembre, y su aplicación por las AAPP:

viernes, 25 de febrero de 2022

[Snadir] La Federación GILDA-UNAMS y Snadir piden al gobierno italiano, tras la sentencia del Tribunal europeo de 13/01/2022, un procedimiento extraordinario de conversión en fijos para los profesores de religión temporales más de 3 años [como el que se hizo para el resto de docentes en 2015 tras la sentencia europea Mascolo]

'Durante la reunión que se ha mantenido esta tarde en modo videoconferencia entre los sindicatos representantes y el Ministerio de educación, la Federación Gilda-UNAMS/Snadir ha recordado el contenido de la reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 13 de enero que condenaba el abuso de la reiteración de contratos laborales de duración determinada en los profesores de religión más allá de 36 meses de servicio,

Para la FGU/Snadir la citada sentencia del TJUE, además de dirigir al Gobierno y al Ministerio de Educación [italianos] hacia la reforma del artículo 1 bis de la Ley 159/2019 [italiana] para que disponga un procedimiento extraordinario para los profesores de religión precarios con más de 36 meses de servicio, también tiene un impacto positivo en el CCNL [Convenio Colectivo General italiano de lso trabajadores] y en el CCNI [convenio general de la movilidad del personal docente italiano] , en el sentido de que tanto el contrato de trabajo como la movilidad de los docentes permanentes de religión deben tener las mismas condiciones formuladas para los demás docentes.'

jueves, 24 de febrero de 2022

[La Provincia - Diario de Las Palmas] El Ayuntamiento de las Palmas anuncia que realizará 49 concursos de méritos para 880 de las 907 plazas que cifra están afectadas por la nueva ley de reducción de temporalidad

Informaba La Provincia - Diario de Las Palmas este 22/02/2022 que  el Ayuntamiento de las Palmas está preparando la Oferta de Empleo Público para aplicar la nueva Ley nacional [20/2021, de 28 de diciembre de 2021] de reducción urgente de la temporalidad, y por la que realizará 57 convocatorias de procesos selectivos, de las que su gran mayoría,  49,  serán  concursos de méritos ,  con 831 plazas de laborales  y 49 de funcionarios interinos del total de 907 plazas de sus más de 3 mil empleados públicos municipales que cifra están afectadas por la nueva ley,  informando que la oferta debe estar publicada antes del 1 de Junio y las convocatorias antes de fin de año, según establece la ley, y que se han iniciado ya las negociaciones con los sindicatos, quienes habían solicitado un proceso de  "fijeza" automática ante la situación de abuso de temporalidad según las sentencias europeas.