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lunes, 15 de diciembre de 2025

Recordatorio. Respuesta del Gobierno del Estado a la Pregunta de Coalición Canaria sobre medidas legislativas previstas, que sean válidas ante la UE, de reparación a los empleados públicos en abuso de temporalidad: "la ley 20/2021 ya recoge medidas sanciones efectivas , proporcionadas y disuasorias", "en línea con la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la UE"

 [Recordatorio de entrada publicada el 18/11/2025] El Gobierno del Estado ha dado respuesta a la pregunta  de respuesta por escrito (184/029394) que presentó la portavoz de Coalición Canaria en el Congreso de los Diputados, Cristina Valido, sobre las "medidas y cambios legislativos previstos para adecuar el marco laboral y la función pública a las exigencias del Derecho de la Unión Europea sobre sanciones efectivas al abuso de la temporalidad en el sector público que supongan una reparación efectiva mediante la fijeza y/o indemnizaciones suficientes" tras las conclusiones del abogado general de la Unión Europea.

El  Gobierno tenía de plazo para contestar  hasta el 14/11/2025, fecha en la que registró su respuesta, que literalmente afirma [enlaces y resaltados en negrita cursiva nuestros]:

'Desde 2021, el Gobierno de España lleva trabajando para reducir la temporalidad en el sector público. Con el Real Decreto-Ley 14/2021, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público se dio paso al desarrollo del Componente 11 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, orientado a la creación de empleo público y a la modernización de las AAPP. A continuación, el 30/12/2021 entró en vigor la ley 20/2021 , de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad. Esta Ley ya recoge medidas que contemplan, en línea con la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la UE, sanciones efectivas , proporcionadas y disuasorias para la reducción de la temporalidad.

miércoles, 10 de diciembre de 2025

[TVE/Telemadrid/RNE Audio/El Español/La Voz del Sur/LawAndTrends/MATS] Empleados públicos en abuso de temporalidad se concentrane frente al Congreso para exigir que se les haga fijos como solución admitida por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que no costaría dinero

Han informado el Telediario de La 2 y los informativos del Canal de 24h de TVE (ver min 30' 28"" de la retransmisión de su informativo 14h de este 09/12/2025) de la concentración de empleados públicos en abuso de temporalidad que tuvo lugar el mismo martes 09/12/2025 de 11:00 a 15:00 frente al Congreso de los Disputados, convocados por la Asociación de Interinos Cesados y Afectados por la Función Pública [AICAFP] , ANSITI y la Plataforma Afectados Función Pública, para que se haga una ley de fijeza como solución ante el abuso de temporalidad pública dando  cumplimiento de las sentencias del Tribunal de Justicia de la UE en la materia

 


La noticia ha incluido además una pequeña entrevista sobre la situación actual de una posible solución de fijeza al conocido abogado Javier Araúz (de la que puede verse un extracto en este post de X), quien ha recordado que las  sentencias recientes del Tribunal de Justicia de la Unión Europea   han establecido que no es válida la medidas de la ley 20/2021 y que por esa razón, la Comisión Europea  mantiene , procedimientos de infracción abiertos además de haber decidido suspender a España 626 millones de los fondos europeos, sanciones que sólo se pueden evitar con una medida de fijeza.

Por su parte RNE Audio dedicó la primera parte de su emisión "Fin de mes" de este 09/05/2025 a la concentración, realizando una amplia entrevista a Ignacio Marcos, vicepresidente de la Asociación de Interinos Cesados y Abusados por Función Pública (AICAFP).

Nueva manifestación de interinos de la Administración pública que se quejan de las altas tasas de temporalidad y del modo en que se realizó la última regularización de empleo en el sector. Hablamos con Ignacio Marcos, vicepresidente de la Asociación de Interinos Cesados y Abusados por Función Pública (AICAFP)

martes, 9 de diciembre de 2025

[Law&Trends] Plataformas de empleados públicos en abuso de temporalidad se reúne en Bruselas con el presidente de Junts Per Cataluña, que apuesta por una medida de fijeza. Concentración ante el congreso este martes 9 para exigir la fijeza como solución que cumple con las sentenias europeas

Informa el medio especializado Law & Trends este 06/12/2025 que varios miembros de plataformas y sindicatos que representan a empleados públicos temporales en abuso de temporalidad, entre ellos la PAFP, el sindicato D. Justicia, la plataforma de interinos docentes de Cataluña PINDO y el sindicato SITCAP, se reunieron e miércoles pasado en Bruselas con el presidente de Junts Per CatalunyaCarles Puigdemont para  solicitar la ayuda de este partido, esencial para la mayoría parlamentaria del actual gobierno del Estado, en la exigencia de que se cumpla con la normativa y sentencias del Tribunal de Justicia de la UE  ante el abuso de temporalidad en empleados públicos, y se haga, ante la enorme bolsa de temporalidad, con una medida de estabilidad directa o fijeza.

El medio traslada el apoyo de este partido , ya avanzado en su apoyo que realizó a la moción de Podemos reciente en el congreso para instar al Gobierno a una medida de fijeza y a las propias enmiendas de Junts  presentadas al  Proyecto de Ley de Función Pública y para que se declare "fijos a extinguir" a los empleados públicos en abuso de temporalidad de la actualidad y a los ya cesados que presentaron reclamación contra el cese/despido, para así dar cumplimiento -de una forma asumible económicamente.- a las sentencias del Tribunal de Justicia de la UE de 2024.

Recordatorio. [AICAFP/ANSITI/PAFP] Concentración estatal el 9 de Diciembre ante el Congreso para exigir que se cumpla con la normativa y sentencias europeas ante el abuso de temporalidad en empleados públicos

[Recordatorio de entrada publicada el 24/11/2025

Concentración estatal el 9 de Diciembre de 11 a 15h ante el Congreso, convocada por la Asociación de Interinos Cesados y Afectados por la Función Pública  [AICAFP], la Plataforma de Afectados por la Función Pública [PAFP] y la Asociación Nacional de Secretarios, Interventores y Tesoreros [ANSITI]  para exigir una normativa estatal que incluya la fijeza ante el abuso de temporalidad pública y la readmisión de las personas cesadas, cumpliendo con la normativa y sentencias europeas.

 


 

viernes, 5 de diciembre de 2025

[Diario Sabemos] Una delegación de empleados públicos en abuso de temporalidad se reúne en Bruselas con el presidente de Junts Per Cataluña que confirma su respaldo a una medida de fijeza para cumplir con la normativa europea y por cuestión de "justicia social"

Informa Diario Sabemos este 05/12/2025 que una delegación de varias plataformas y sindicatos que representan a empleados públicos temporales en abuso de temporalidad ha mantenido una reunión en Bruselas con el presidente de Junts Per CatalunyaCarles Puigdemont para  solicitar la ayuda de este partido, esencial para la mayoría parlamentaria del actual gobierno del Estado, en la exigencia de que se cumpla con la normativa y sentencias europeas ante el abuso de temporalidad en empleados públicos, y se haga, ante la enorme bolsa de temporalidad, con una medida de estabilidad directa o fijeza.

Según el medio , el presidente les ha trasladado que su partida respalda este petición y la "sitúa sitúa en la agenda del partido como cuestión de justicia socialy de cumplimiento europeo" acento en las consecuencias humanas

 

APISCAM apoya la concentración estatal ante el Congreso de este martes 9 por una ley de fijeza ante el abuso de temporalidad pública y la readmisión de las personas cesadas dando el cumplimiento de las sentencias del Tribunal de Justicia de la UE y evitando así la pérdida de fondos europeos para la modernización de las AAPP

 Esta Asociación de Profesionales de informática de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid, apoya la  concentración estatal ante el Congreso  convocadas por la Asociación de Interinos Cesados y Afectados por la Función Pública [AICAFP]  y la Plataforma Afectados Función Pública con el apoyo de la Coordinadora Estatal de Personal Público Temporal  para este martes 9 de Diciembre de 11:00 a15:00 para que se regule una normativa excepcional de fijeza ante el abuso de temporalidad pública, se  readmita a las personas cesadas en abuso de temporalidad , dando l cumplimiento de las sentencias del Tribunal de Justicia de la UE y evitando así la pérdida de fondos europeos del componente del PRTR sobre modernización de la AAPP (donde todas sus inversiones son de digitalización en la práctica) y futuras sanciones en el procedimiento de infracción abierto por la Comisión Europea.



 

La manifestación [ver su manifiesto y el documento Marco  de análisis y propuestas ante el abuso de temporalidad, elaborado por AICAFP ] llega en un momento crítico en que:

jueves, 4 de diciembre de 2025

[El Nacional de Cataluña] Junts dice que lo aprobado por el Gobierno es sólo parte de lo acordado con el PSOE y sigue la ruptura mientras no cumpla todo. El Gobierno responde que "seguirán cumpliendo" compromisos pactados con Junts. [Hubo un acuerdo que incluía "medidas para hacer frente a la grave situación de los empleados públicos en abuso de temporalidad" y Junts pide fijeza en el Congreso como solución tras las sentencias del TJUE de 2024]

Informa El Nacional de Cataluña  , por un lado, que la portavoz de Junts en Congreso de los Diputados, Míriam Nogueras, ha afirmado que lo aprobado por el Gobierno en el último Consejo de Ministros supone sólo una parte de los  compromisos incluidos en  en varios acuerdos de su partido con el PSOE yque la ruptura con el Gobierno seguirá mientras no se cumplan todos los compromisos pactados que su partido pactó en varios acuerdos con el PSOE,.

Y por otro, que la vicepresidenta primera del Gobierno y ministra de Hacienda, María Jesús Montero,  ha respondido que que continuarán cumpliendo pactos pendientes de ejecución.

NOTA DEL EDITOR:  entre  los compromisos no cumplidos por ahora por el Gobierno e incluidos en acuerdos entre el PSOE y Junts, se encuentra, en materia  de Función Pública , que  se aprueben "medidas para hacer frente a la grave situación de los empleados públicos en abuso de temporalidad".

 

martes, 2 de diciembre de 2025

[Gob. Estado/Consejo de Ministros] 'REAL DECRETO-LEY de medidas urgentes para la actividad inversora de las entidades locales y CCAA y de modificación del Reglamento de requisitos de sistemas de facturación de empresarios y profesionales' [ Incluye modificación de la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local para devolver a la Generalitat de Cataluña la selección de los habilitados nacionales que iba en el acuerdo de Junio de Junts con el PSOE sobre función pública, pero no incluye medidas sobre empleados públicos en abuso de temporalidad]

'El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto-ley por el que se adoptan medidas urgentes para favorecer la actividad inversora de las entidades locales y de las comunidades autónomas, y por el que se modifica el Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento que establece los requisitos que deben adoptar los sistemas y programas informáticos o electrónicos que soporten los procesos de facturación de empresarios y profesionales, y la estandarización de formatos de los registros de facturación.

Con este Real Decreto-ley se permitirá a las Comunidades Autónomas y Entidades Locales poder emplear el superávit obtenido en sus cuentas durante 2024 para destinarlo a Inversiones Financieramente Sostenibles (IFS) en 2025, 2026 y 2027.

[AICAFP] Adhesión a la unidad por la fijeza y contra el abuso de la temporalidad en empleados públicos ante la concentración convocada para el 9 de Diciembre ante el Congreso

 'El próximo día 9 tenemos una concentración decisiva. Y esta vez no podemos fallar. Tenemos que estar TODOS. Sin excepciones. Todos queremos lo mismo.

 


lunes, 24 de noviembre de 2025

[AICAFP/ANSITI/PAFP] Concentración estatal el 9 de Diciembre ante el Congreso para exigir que se cumpla con la normativa y sentencias europeas ante el abuso de temporalidad en empleados públicos

 Próxima concentración estatal el 9 de Diciembre de 11 a 15h ante el Congreso, convocada por la Asociación de Interinos Cesados y Afectados por la Función Pública  [AICAFP], la Plataforma de Afectados por la Función Pública [PAFP] y la Asociación Nacional de Secretarios, Interventores y Tesoreros [ANSITI]  para exigir una normativa estatal que incluya la fijeza ante el abuso de temporalidad pública y la readmisión de las personas cesadas, cumpliendo con la normativa y sentencias europeas.

 


 

[AICAFP/PAFP/ANSITI] Manifiesto: 'Por la reparación inmediata del abuso de temporalidad en las Administraciones Públicas'

'Durante más de dos décadas, España ha sostenido sus servicios públicos sobre personal temporal en abuso de temporalidad: Funcionarios Interinos, Personal Laboral Temporal, Personal Estatutario Temporal.


Personas que han mantenido colegios, hospitales, juzgados, ayuntamientos, servicios sociales, residencias... mientras la Administración las trataba como recursos prescindibles.

El abuso tiene rostro:
Aproximadamente el 70 % de las personas afectadas son mujeres mayores de 50 años, en riesgo real de exclusión laboral.


Estas personas son víctimas de un fraude masivo.
Europa exige un máximo del 8 % de temporalidad legal, y España está en un 32 %, con más de 800.000 personas en fraude de ley.


No es temporalidad: es temporalidad ilegal.
Por todo este cúmulo de ilegalidades se han interpuesto más de 60 000 denuncias judiciales, una cifra que sitúa este con icto al nivel de los mayores escándalos corporativos mundiales.

viernes, 21 de noviembre de 2025

Este martes 25/11/2025 reunión de la Ponencia del Proyecto de Ley de "lobbies" en la Comisión de Hacienda y Función Pública del Congreso. Hace el primer debate de las enmiendas, con la posibilidad de que sea aprovechada para introducción de nuevas medidas contra el abuso de temporalidad en las AAPP para poder recuperar los fondos europeos suspendidos. Junts ha presentado también en esta ley sus enmiendas para que se declare "fijos a extinguir" a los empleados públicos en abuso de temporalidad de la actualidad de todas las AAPP y a los ya cesados que presentaron reclamación contra el cese/despido

 Acaba de publicarse la agenda del Congreso para la  semana del 24 al  30 de Noviembre , y  en la agenda del martes 25/11/2025 se encuentra  a las 13:00 reunión de la Ponencia de la Comisión de Hacienda y Función Pública sobre el  Proyecto de Ley de transparencia e integridad de las actividades de los grupos de interés (nº expediente 121/000046) , más conocida como "ley de lobbies", que presentó el  Ministerio de Transformación Digital y Función Pública,y con el que se pretende cumplir varios objetivos contemplados en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -habiendo fondos europeos dependientes de este cumplimiento-, en la Agenda 2030 y en el IV Plan de Gobierno Abierto (2020-2024). 

Este proyecto de Ley, de carácter básico, tiene el interés añadido de que :

  • por un lado,  entre las propuesta de enmiendas presentadas por Junts a este proyecto de ley se encuentran de nuevo, las enmiendas que también  presentó al Proyecto de Ley de Función Pública para que, se incluya una modificación de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público,  se declare "fijos a extinguir" a los empleados públicos en abuso de temporalidad de la actualidad de todas las AAPP y a los ya cesados que presentaron reclamación contra el cese/despido,

  • por otro lado, el 7 de Julio de 2025 la Comisión Europea anunció que había  revisado el cumplimiento,del compromiso de España en el Plan de Recuperación de disponer de una ley en 2021 para reducir la temporalidad pública con medidas de prevención y sanción del abuso de temporalidad, y tras las sentencias europeas de 2024 deició  declarar incumplido  por la falta de medidas adecuadas para sancionar el abuso en la Ley 20/2021, y ha suspendid  a España 626 millones de los fondos europeos, que sólo podrán ser recibidos si España establece nueva normativa válida en el plazo de 6  meses,

  • por último, el Ministro de Transformación Digital y Función Pública  declaró en un comienzo que aprovecharía la tramitación  esta ley o  la de Función Pública del Estado, también en tramitación en el Congreso, para introducir su propuesta de nueva normativa o "plan de choque "  de reducción de temporalidad" para poder recuperar esos fondos europeos y que presentó  a las CCAA hace  ya dos meses, y, que, recordemos,  consiste en reducir a 2 años estrictos la duración máxima de los futuros interinos de vacante y  en dejar 3 años más a las AAPP para poder cubrir los puestos de los temporales de antes, cesándolos sin indemnización alguna en el caso de los que sea de antes de la entrada en vigor de la ley 20/2021 (30/12/2021 en general, julio de 2022 para servicios de salud y docentes no universitarios) si la AAPP lo hace antes de cumplir ese último plazo de 3 años; remitiéndose a otros posibles  cambios adicionales a la ley 20/2021 en función de la futura sentencia del TJUE del asunto Obadal.

martes, 18 de noviembre de 2025

Respuesta del Gobierno del Estado a la Pregunta de Coalición Canaria sobre medidas legislativas previstas, que sean válidas ante la UE, de reparación a los empleados públicos en abuso de temporalidad: "la ley 20/2021 ya recoge medidas sanciones efectivas , proporcionadas y disuasorias", "en línea con la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la UE"

El Gobierno del Estado ha dado respuesta a la pregunta  de respuesta por escrito (184/029394) que presentó la portavoz de Coalición Canaria en el Congreso de los Diputados, Cristina Valido, sobre las "medidas y cambios legislativos previstos para adecuar el marco laboral y la función pública a las exigencias del Derecho de la Unión Europea sobre sanciones efectivas al abuso de la temporalidad en el sector público que supongan una reparación efectiva mediante la fijeza y/o indemnizaciones suficientes" tras las conclusiones del abogado general de la Unión Europea.

El  Gobierno tenía de plazo para contestar  hasta el 14/11/2025, fecha en la que registró su respuesta, que literalmente afirma [enlaces y resaltados en negrita cursiva nuestros]:

'Desde 2021, el Gobierno de España lleva trabajando para reducir la temporalidad en el sector público. Con el Real Decreto-Ley 14/2021, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público se dio paso al desarrollo del Componente 11 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, orientado a la creación de empleo público y a la modernización de las AAPP. A continuación, el 30/12/2021 entró en vigor la ley 20/2021 , de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad. Esta Ley ya recoge medidas que contemplan, en línea con la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la UE, sanciones efectivas , proporcionadas y disuasorias para la reducción de la temporalidad.


viernes, 14 de noviembre de 2025

Recordatorio. Pregunta de Coalicion Canaria al Gobierno del Estado sobre medidas y cambios legislativos previstos de reparacion a los empleados públicos en abuso de temporalidad, válidas ante el Derecho de la Unión Europea'

 [Recordatorio de entrada publicada el 22/10/2025Acaba de publicarse el acta de la Mesa del Congreso de 14/10/2025 con el acuerdo de la admisión a a trámite y calificación como número 184/029394 la pregunta que presentó la portavoz de Coalición Canaria en el Congreso de los Diputados, Cristina Valido, haciéndose eco de  las conclusiones del abogado general de la Unión Europea:  "La jurisprudencia del Tribunal Supremo, que impide hacer fijos a los trabajadores temporales mediante la figura del indefinido no fijo, solo es válida si existen medidas alternativas para sancionar y prevenir el abuso de contratos temporales sucesivos. Como actualmente esas medidas no existen, la doctrina del Supremo no cumpliría con la Directiva europea."

En concreto, la pregunta  reza así literalmente: "Medidas y cambios legislativos previstos para adecuar el marco laboral y la función pública a las exigencias del Derecho de la Unión Europea sobre sanciones efectivas al abuso de la temporalidad en el sector público que supongan una reparación efectiva mediante la fijeza y/o indemnizaciones suficientes."

El plazo de contestación que tiene el Gobierno es de un mes natural, en principio, es decir, hasta el 14/11/2025.

Recordatorio. Publicado el auto de inadmisión del Pleno del Tribunal Constitucional de 23 de Septiembre de la cuestión del Juzgado de Bilbao sobre si sería inconstitucional conceder por sentencia la fijeza ante el abuso de temporalidad en el empleado público dada la normativa y sentencias europeas: "debe ser dilucidado, en primer término por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea" y ya hay una cuestión sobre ello del Tribunal Supremo , el asunto Obadal

 [Recordatorio de entrada publicada el 14/10/2025] Acaba de publicarse el Auto 95/2025 del  Pleno del Tribunal Constitucional del pasado martes 23 de Septiembre , en el que decidió no admitir a trámite la  Cuestión de Inconstitucionalidad del Juzgado de lo Social número 10 de Bilbao (CI 3305-2025) sobre si la normativa UE de la cláusula 5 del Acuerdo marco en el anexo de la Directiva 1999/70/CE , sobre el abuso de temporalidad, era incompatible con los artículos 23.2 y 103 de la Constitución Española, es decir, los artículos que fijan el derecho de los ciudadanos a acceder en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos, tras la interpretación de dicha normativa UE por el Tribunal de Justicia de la UE, de que , a falta de sanación, también se puede conceder la fijeza como medida de sanción al abuso del empleado público.

ya conocíamos ofiicialmente por los resultados del orden del día publicados dicha inadmisión a trámite. Ahora conocemos , por elauto, más detalles de los motivos para plantear la cuestión por parte del juzgado y el motivo  del Pleno para no admitir a trámite una cuestión de inconstitucionalidad.

En el auto, el Tribunal Constitucional reproduce los motivos del Juzgado para plantear la cuestión :  

"Se [una trabajadora de una empresa pública del País Vaco que teniendo encadenados 169 contratos laborales  tras 5 años de temporalidad en la misma AAPP] plantea una demanda en la que con carácter principal y al amparo de la Sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de 2024 (asuntos C-59/22, C-110/22 y C-159/22) en la cual, interpretando el Acuerdo marco sobre trabajo de duración determinada de 18 de marzo de 1999 que figura en el anexo de la Directiva 1999/70, señala que

‘a falta de medidas adecuadas en el Derecho nacional para prevenir y, en su caso, sancionar, con arreglo a esta cláusula 5, los abusos derivados de la utilización sucesiva de contratos temporales, incluidos los contratos indefinidos no fijos prorrogados sucesivamente, la conversión de esos contratos temporales en contratos fijos puede constituir tal medida. Corresponde, en su caso, al Tribunal nacional modificar la jurisprudencia nacional consolidada si esta se basa en una interpretación de las disposiciones nacionales, incluso constitucionales, incompatible con los objetivos de la Directiva 1999/70 y, en particular, de dicha cláusula 5’;


se solicita la declaración de la trabajadora como indefinida fija.

Se hace necesario plantear una cuestión de inconstitucionalidad para determinar si los efectos que podrían derivarse de una directiva comunitaria, de acuerdo a la interpretación del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, son compatibles con la Constitución española, en particular con el artículo 23 de la Constitución española que establece el principio de igualdad en el acceso a la función pública, unido al artículo 103 de la Constitución española que proclama que la ley regulará el acceso a la función pública de acuerdo a los principios de mérito y capacidad, que legalmente el [texto refundido del Estatuto básico del empleado público] en su artículo 55 vincula a la existencia de procesos selectivos donde se acrediten esos principios por parte de los aspirantes”.

 

En resumen, para el juzgado remitente la constitucionalidad , y más en concreto el encaje constitucional con lo los artículos 23 y 103 de la Constitución, de la posibilidad ofrecida por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, la fijeza -ante la falta de medidas válidas de sanción aplicable a la empleada en abuso de temporalidad- , es esencial a la hora de  tomar una decisión en su sentencia de estimar o no la demanda principal de la empleada (la fijeza como la parte de reparación íntegra al abuso de temporalidad).

jueves, 13 de noviembre de 2025

[ElLiberal.cat] Tribuna de opinión de Maite Agredano, de Co.bas: el proyecto de ley de Función Pública , una de las excepciones al parón del apoyos al Gobierno de Junts, que presentó enmienda de fijeza al personal en abuso de temporalidad y tiene un acuerdo previo con el Gobierno sobre la ley

Publica El Liberal este 12/11/2025 una tribuna de opinión de Maite Agredano, delegada sindical de Co.bas Madrid,  en la quese hace  eco del anuncio de Junts per Catalunya de no apoyar en el Congreso ninguna iniciativa legislativa que no haya sido previamente pactada por escrito con el Gobierno, figurando entre las esas excepciones precisamente el proyecto de  Ley de Función Pública, en tramitación actual en el Congreso, y sobre el que habían alcanzado un acuerdo formal, señalando que dicho acuerdo contiene un punto no  resaltado en los medios: una solución  al problema del abuso de  temporalidad en el empleo público.

La delegada sindical recuerda en su análisis que precisamente Junts sabía presentado propuestas de enmienda a dicho proyecto de ley para que se incorpore una disposición adicional de fijeza al personal temporal público en abuso de temporalidad  , incluyendo a personal en abuso cesado, para cumplir con las sentencias del Tribunal de Justicia de la UE de 2024.

miércoles, 12 de noviembre de 2025

La Comisión Europea informa sobre el seguimiento de la denuncia múltiple de los magistrados honorarios de Italia que ha decidido llevar a ITALIA ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea porque la última reforma legal de Mayo de 2025 para los magistrados honorarios todavía no se adapta a la normativa UE de forma suficiente para los contratados después de Agosto de 2017. También, tras la sentencia del TJUE Pelavi, ha abierto otro procedimiento de infracción por la renuncia de los jueces estabilizados a ciertos derechos

Acaba de publicarse en la página web de la Comisión Europea de seguimiento de los procedimientos de denuncias múltiples una nota informativa de 11/11/2025 de  la Comisión Europea sobre el seguimiento de la denuncia múltiple CPLT(2015)1071, sobre la "posible incompatibilidad de las condiciones laborales de los magistrados honorarios en Italia con diversas disposiciones del Derecho laboral de la Unión Europea", entre ellas la protección y sanciones ante su abuso de temporalidad.

Tal y como recuerda la propia Comisión en su nota,  hubo dos primeras sentencias del Tribunal de Justicia de la UE sobre estos jueces honorarios:

  1. La sentencia de 16/07/2020 en el asunto C‑658/18, donde el alto tribunal europeo ya dijo que estos magistrados son trabajadores de la UE, bajo el ámbito de todas las directivas  europeas sobre el trabajo, y como temporales , además bajo la protección de la Directiva Europea 1999//70/CE sobre empleo temporal  (y  además que eran jueces de la Unión Europea)
  2.  La sentencia de 7/04/2022, en el asunto C-236/20, donde  el Tribunal de Justicia de la UE , además de declarar derecho a la igualdad de trato en varias condiciones laborales cuestionadas por el caso (vacaciones anuales retribuidas y protección de la seguridad social),  sentenció que sus largas temporalidades son una situación de abuso de temporalidad que requiere de una sanción y la normativa italiana que prohíbe la fijeza  viola la normativa de la Unión Europea si no contempla otras sanciones disuasorias.

En paralelo, el 15 de julio de 2021, la Comisión decidió abrir un procedimiento de infracción contra Italia, el INFR(2016)4081, ya que entendió que su "legislación nacional aplicable a los magistrados honorarios no cumple plenamente con la legislación laboral de la UE", en concreto con la  Directiva 1999/70/CE sobre el trabajo de duración determinada ("temporal"),  la Directiva 97/81/CE sobre trabajo a tiempo parcial, la  Directiva 2003/88/CE sobre el tiempo de trabajo y la Directiva 92/85/CE sobre trabajadoras embarazadas.  En cuanto a la Directiva 1999/70/CE , la Comisión Europea determinó que no "están suficientemente protegidos contra la abuso de sucesivos contratos de duración determinada, y no tienen la posibilidad de obtener la adecuada compensación por tal abuso"

En reacción a la sentencia de 16/07/2020 y ese  procedimiento de infracción, Italia adoptó una nueva legislación en diciembre de 2021, para ofrecer la posibilidad de regularización como trabajadores propios indefinidos del Ministerio de Justicia , con cambios de condiciones laborales, a  los 6 mil jueces honorarios italianos mediante unos  "procesos de evaluación " , restringidos a los jueces honorarios actuales con un mínimo de antigüedad. y con una indemnización - en función de la antigüedad y con tope de 50 mil euros- si elegían no presentarse o no acababan superando la citada evaluación.

[Arauz]Juzgado de lo Social nº 50 de Madrid sentencia la improcedencia del despido de una trabajadora empleada pública de la Comunidad de Madrid

'El Juzgado de lo Social nº 50 ha dictado sentencia de fecha 30 de octubre de 2025, en  la que declara improcedente el despido de una trabajadora de la Comunidad de Madrid y condena a la administración autonómica bien a readmitir a la trabajadora o bien abonarle una indemnización de 69.185 euros, y unos salarios de tramitación a razón de 96,09 € diarios desde la fecha del despido.

lunes, 10 de noviembre de 2025

El Ministro de Justicia reconoce en un evento del FJI que la Comisión Europea les dijo que "los que lleven más de 3 años son fijos a todos los efectos" y que por eso han propuesto un proceso restringido de regularización de fiscales y jueces sustitutos, si bien con el mínimo exigido puesto a 5 años en vez de a 3 y abierto a otros profesionales "porque la jurisprudencia del Constitucional no nos lo permite". Y con examen, "si no dan el nivel, serán indemnizados"( con 20 dias por año y tope de 12 mensualidades)

Publica El Plural TV en su canal de Youtube este 07/11/2025 una retransmisión  íntegra de la intervención del Ministro de Justicia, Félix Bolaños, en un evento del  Foro Judicial Independiente, en la que defiende ante esta asociación de jueces muy crítica con la reforma de la carrera judicial planteada por el Ministerio de Justicia actualmente en tramitación en el Congreso y muy en especial por la inclusión en el texto del proyecto propuesto por el Gobierno de un procedimiento de estabilización de jueces y fiscales sustitutos en la respectiva carrera, por concurso-oposición eliminatoria pero sin la oposición habitual y abierto sólo a profesionales con más de 5 años de antigüedad, pero no restringido a los propios jueces y fiscales sustitutos de larga duración, que sí cuentan con una valoración superior en la fase de méritos.

El ministro reconoció [desde el minuto 15:49 de su intervención, audio íntegro] que la "regularización extraordinaria de mil jueces y fiscales sustitutos" viene de la Carta de la Comisión Europea, enviada al Gobierno hace un año en el procedimiento de infracción contra España por el abuso de temporalidad existente en los empleados del sector público tras la que la Comisión Europea les aclaró , según el ministro:

  • este incumplimiento incluye también la situación de los  jueces y fiscales sustitutos , aunque sean "poder del Estado"
  • "los que lleven más de 3 años son fijos a todos los efectos"
  • España tiene que resolver esta situación

 


viernes, 7 de noviembre de 2025

[Comisión Europea] "Informe de actualidad sobre derecho laboral en la UE de Julio y Agosto de 2025": "Preocupante" sentencia de Tribunal de apelación lituano rechazando la fijeza de un estatutario sanitario temporal más de 5 años con las justificaciones de que son contratos por "programas" anuales y que están excluidos de la conversión en fijo a los 5 años de su ley laboral general: es "cuestionable" la compatibidad de la sentencia con el derecho UE dado que la Directiva 1990/70/CE exige que no se abuse de los contratos temporales para eludir la protección del empleo fijo. Por contra, el Tribunal Supremo de Chipre confirma la sentencia de fijeza aplicando la norma laboral general a dos profesores que habían encadenados contratos temporales más de 10 años, aplicando la Directiva 1990/70/CE y las sentencias del TJUE "demostrando el uso efectivo de la jurisprudencia de la UE"

La Comisión Europea ha publicado recientemente la edición de Julio y Agosto  de 2025 del "Informe de actualidad sobre derecho laboral" ["Flash reports on labour law", en inglés] , informe que prepara la Unidad de Derecho del Trabajo de la haciéndose eco de novedades conocidas en esas fechas en materia de derecho laboral de cada país,incluido el  empleo público, incorporando siempre una primera sección de "Resumen ejecutivo" con lo que consideran más relevante en cada materia , entre ellas "trabajo temporal", de entre todos lo país seguida de una sección por cada país

El resumen ejecutivo de esta edición destaca en su sección sobre trabajo temporal , y en cuanto al abuso de temporalidad, una sentencia de apelación del Tribunal Supremo de Lituania  sobre su empleo público , que, en  la sección del país  detalla es la sentencia  de 23 de junio de 2025 del Tribunal Regional de Kaunas n.º e2A-1304-587/2025, cuya decisión, para los autores del Informe -de Empleo de la CE- "suscita preocupación" : este tribunal de apelación decidió desestimar la demanda de un empleado público sanitario  bajo contratos anuales "de programa" durante más de 5 años y que había solicitado la fijeza como sanción al abuso de temporalidad en base a la Directiva Europea 1990/70/CE y a la vista de la conversión en fijo automática regulada en la ley laboral general para los temporales que acumulen 5 años . El juzgado y el tribunal regional de apelación han entendido que rige la norma estatutaria específica que impide la aplicación de esa conversión en fija y además permite la contratación anual en la modalidad de programa.

En cambio, para Empleo de la CE, esta contratación anual , aunque sea por "programas", durante más de 5 años es "artificial" y encubre una contratación "en esencia permanente" y concluye que es  "cuestionable" que la interpretación realizada en la sentencia del tribunal sea "compatible" con el Derecho de la UE, dado que su Directiva 1999/70/CE exige a los Estados  de la UE "que "garanticen" que los "contratos temporales" no "se utilicen para eludir la para eludir la protección asociada al empleo indefinido".