miércoles, 3 de mayo de 2023

La Defensora del Pueblo de la UE decide archivar un asunto de investigación, derivado de una queja de EPA, sobre la forma en que la Comisión Europea trata denuncias sobre abuso de temporalidad pública española. Afirma que "no aprecia mala administración en este asunto" sin mencionar que haya investigado el plazo "irrazonable" que la Comisión lleva abierta la denuncia múltipe CHAP(2013)01917

Se ha publicado recientemente la decisión del 20/04/2023 de  la Defensora del Pueblo  (  OMBUDSMAN) de la Unión Europea al asunto nº 1813/2022/PGP, una investigación de la Defensora del Pueblo aparentemente  (tiene igual numeración principal)  derivada de la reclamación de la Asociación Nacional, y Lobby europeo, Empleados Públicos en Abuso [EPA] sobre "la forma en que la Comisión Europea tramitó denuncias relativas a la vulneración por parte de España del Derecho de la Unión Europea en materia de contratos de trabajo de duración determinada" [es decir, temporales].

En concreto, según el propio texto de la decisión a este asunto,  la Defensora del Pueblo de la UE, la demandante alegó en su reclamación ante esta figura que "la Comisión había facilitado información contradictoria" sobre el estado de dos denuncias que había realizado la demandante ante la Comisión Europea en relación al abuso de temporalidad en el empleo público español y que la Comisión Europea no había concluido "en un plazo razonable" la evaluación de la denuncia múltiple CHAP(2013)01917, procedimiento de denuncia que la Comisión decidió aplicar  "tras recibir un número significativo de denuncias por infracción relativas al presunto abuso de contratos de trabajo de duración determinada en el sector público español", "iniciando posteriormente un procedimiento de infracción".

Según el texto publicado "la Defensora del Pueblo inició una investigación sobre la información que la Comisión facilitó a la demandante acerca del estado de sus dos denuncias" , información donde la Comisión básicamente se limitaba a reiterar que  "ya estaba examinando la cuestión, en el contexto de la denuncia múltiple" CHAP(2013)01917 y a facilitar el enlace a su página web específica sobre denuncias múltiples para que EPA pudiera seguir allí el estado de dicha denuncia múltiple.

Y a raíz de esa investigación es sobre la que la Defensora del Pueblo ha concluido ahora que "no aprecia mala administración en este asunto" por parte de la Comisión Europea, si bien considera que la Comisión "podría haber facilitado información más exhaustiva sobre el estado de una de las denuncias",decidiendo archivar el asunto..

Nótese que  la Defensora del Pueblo , en la decisión de este asunto concreto, no hace mención a una posible investigación sobre la alegación de EPA acerca de la otra alegación de la reclamación,  que el plazo que lleva la Comisión Europea con la denuncia múltiple abierta sin resolver es irrazonablemente largo. Ignoramos si la Defensora mantiene más investigaciones abiertas por la reclamación de  EPA.

 Recordemos una vez más que,  según la propia Comisión Europea,

  • la Comisión Europea  abrió un procedimiento de infracción contra España,INFR(2014)4334,por "considerar que la legislación española no se ajustaba a la Cláusula 5 de la Directiva 1999/70/CE" sobre el abuso de temporalidad en las Administraciones Públicas 
  • lo mantiene abierto en relación con el procedimiento de denuncia múltiple   CHAP (2013)01917  y la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 19/03/2020 "Sánchez Ruiz y otros", a la que vinculó la denuncia múltiple
  • "la Comisión Europea sigue  evaluando actualmente la adecuación de la legislación nacional aplicable al Derecho de la Unión Europea , incluyendo las reformas recientemente introducidas a través de la Ley 20/2021" y "decidirá los próximos pasos a dar en el marco del procedimiento de infracción INF(2014)4334" ,  que sigue a día de hoy todavía en el paso inicial de "Carta de emplazamiento" enviada ¡el  26/02/2015!
  • en especial, "está evaluando si las medidas de reducción de temporalidad tras la nueva Ley 20/2021 y sus aplicaciones sectoriales son conformes a la normativa y sentencias europeas"
  •  también mantiene abierto el procedimiento de infracción contra España,INFR(2014)4224 por discriminaciones del personal temporal público con el fijo

 



Entradas relacionadas:

20 comentarios:

Anónimo dijo...

OTRA BOFETADA MÁS DE LAS INSTITUCIONES EUROPEAS! ACOJONANTE!

Anónimo dijo...

NAda que no que no fuera esperable, LA Comision tiene abierto el Chap luego no hay nada cerrado por lo cual no hay dejadez de funciones aunque se alarguen en el tiempo, no existe Inacción sigue abierto todo hay q esperar de la defensora era de espera, lo que importa en lo que diga el TJUE.

Anónimo dijo...

La ley 20/21 no establece ninguna sanción al abuso de temporalidad. Todos los días en España se cesan a trabajadores en abuso de temporalidad con despido libre y gratuito.

Hay que seguir insistiendo, una acción detrás de otra. No nos resignamos a ser víctimas de mentiras y corrupción.

No vamos a parar hasta que la Comisión aplique por igual el derecho de la Unión Europea a todos los trabajadores de la Unión Europea.

Anónimo dijo...

Acaso el promedio de vida de los afectados es de 200 años, esto se terminó, agota, señores olvidaros de esta payasada y vivir la vida.
Todooo un gran engaño.

Anónimo dijo...

Ahora que Yolanda Díaz lanza el globo sonda de cambiar el EBEP...

Ya sabemos el toque fuerte que han recibido
de la Comisión...

¡Reclamad! ¡Demandad!

Anónimo dijo...

Estoy recordando que fue en octubre del año pasado cuando el TS de Portugal estableció FIJEZA como sanción al abuso de temporalidad.

Actualmente el TS de España es el único de la Unión Europea que no sanciona el abuso de temporalidad.

Y para octubre de este año puede que ya estén listas las prejudiciales


http://apiscam.blogspot.com/2022/10/el-tribunal-suprremo-administrativo.html?m=1

Fijeza con 3 años dijo...

Demandado en contencioso fijeza y cuando me cesen a demandar cese.

Por otro lado, vamoss EPAsss hay que seguir dandole duro (que no decaiga esa Junta Directiva que lo está dando todo y Navas), ahora a por el TS y a continuar con las vías del Parlamento Europeo y la Comisión Europea.

Con Arauz (que también nos lo da todo) y EPAs voy a ir donde tenga que ir hasta hacer justicia: Fijeza con 3 años!!!

Que a nadie se le olvide que hay un grupo casa vez más numeroso que quiere justicia (y si es dentro de 100 años que se forren mis hijos/nietos). No desfallezcáis, a por la victoria!!!

Anónimo dijo...

Se trata del archivo de una de las denuncias puestas que versa sobre la forma de dar información por parte de la Comisión Europea. Recordemos que el informe sobre la ley 20/2021 y la doctrina del Supremo ya llegó al TJUE.

Anónimo dijo...

Sí, no hay que confundirse. Son cosas distintas

Anónimo dijo...

https://twitter.com/fijeza_arauz/status/1653723597267935232?s=20

Anónimo dijo...

Es verdad que esto de la estabilidad en la forma que sea parece el arcoiris que nunca se alcanza.

Anónimo dijo...

Desde el principio se ha sabido que teníamos en enemigo en casa. Y los procesos.judiciales son largos para todo el mundo....también lo fue para las empleadas de hogar.

Se sabía también que iba a ser más fácil en lo social.

Somos muchos y tampoco hemos apoyado la causa con fuerza todos. Y tampoco ha denunciado todo el mundo.

Ánimo a todos. Queda poco

Anónimo dijo...

Cada uno que pelee sean 200 años o 2. Las cosas se consiguen así.

Anónimo dijo...


Desde el año 2019 y antes, empezaron a presentarse las denuncias de los 5 tarados a los que no nos creía nadie. Por supuesto Javier arauz era un loco al que nadie hacía caso.

Ahora, estamos esperando las prejudiciales y con los autos de 2021 se cambió en parte la doctrina del supremo, entre otras.

No es el momento de dar ningún paso atrás. Los que decidimos empezar esto teníamos muy claro que iba a ser largo.

Los que no, esta Yolanda Díaz que a cambio de vuestro voto os va a hacer fijos.

Ánimo a todos.

Anónimo dijo...

19:59

No crees que el gobierno de Yolanda Díaz pueda solucionar el tema como ha dicho modificando el TREBEP, sea por elecciones o por cumplimiento con Europa, visto que la ley 20/21 no se cumple correctamente?

Anónimo dijo...

Sí, por supuesto.

Sí se lo mandan, sí. Si ganan, seguirás. Y si pierden, seguirá Feijoo, porque se lo mandan.

Y no dejéis de reclamar y demandar. Queda menos.

Anónimo dijo...

Yolanda Díaz conoce lo que se mueve y eso parece ser lo que está ahora mismo cociendose.

Anónimo dijo...

Eso mismo. Por eso nos dijo de demandar. Por eso en Castilla y León fastidian hasta el final.
Cuidad también de vuestro estado de ánimo y salud. Los dolores de parto pueden ser duros y largos.

Abrazos a todos

Anónimo dijo...

Yolanda Díaz sabe de esto, es abogada laboralista. Sabe que las prejudiciales están al caer.


Pero sus palabras o las de cualquier drigente político, sobretodo "de izquierdas" se hubiese agradecido hace 4 años, y no con motivo de las elecciones. No era necesario esperar a fundirse tantisima gente, y consentir actuaciones como las de iceta

El que gane las elecciones hará lo que le manden. Pero esto no se ha conseguido por ningún compromiso político sino por las reclamaciones.

También las empleadas domésticas tendrán derecho a paro a partir de octubre y no ha sido gracias al gobierno

Anónimo dijo...

No se podía esperar otra cosa como respuesta pública de una institución de la UE frente a otra, cuestión aparte son los efectos internos entre esas instituciones y las reacciones que puedan provocar "casualmente" (y para salvar la cara) en la acción de la Comisión Europea.

Hay que insistir, continuar, demandando y reclamando. Nadie nos dará nada gratis y sin esfuerzo. Si se quiere conseguir algo de justicia hay que pelearla sabiendo que es a largo plazo. Sabemos todos de sobras que las reclamaciones frente a las Administraciones nunca son una simple petición y el gobierno de turno de dice que si.

Ánimo a todos y a seguir peleando.