La Coordinadora madrileña de Empleados Públicos en Fraude ha publicado durante estos pasados días en su cuenta de Twitter un amplio hilo en el que desgrana las propuestas respecto al abuso de temporalidad público recogidas explícitamente en los programas electorales publicados de los partidos políticos que asistieron al debate organizado por esta plataforma el pasado 18 de Marzo:
Más Madrid [programa electoral]:
- En Medida nº 1244: "Modernización de la Administración Pública Madrileña"
- "Reafirmar nuestro compromiso con la estabilización de empleo temporal de acuerdo a la ley 20/2021,acabando con decenas de miles de empleos temporales ocupados por interinos en fraude de ley "
- "Finalizar todas las Ofertas Públicas de Empleo (OPE) inconclusas"
- En Medida nº 1247: "Contra la precariedad laboral en el empleo público"
- "Abordaremos de forma urgente el abuso de la temporalidad en el empleo público con los procedimientos excepcionales que permite la Ley 20/2021 de medidas urgentes para la reducción de temporalidad en el empleo público. Contemplaremos la posibilidad de clonación de plazas para garantizar la continuidad de los servicios"
PSOE de Madrid [programa electoral]:
- En la sección Educación "habla de incrementar plantillas y disminuir interinidad, lo que es una buena medida, pero no se dice cómo"
- En el apartado de Sanidad "propone disminuir la temporalidad del personal sanitario, pero su sistema es insistir en las oposiciones", mientras miles de profesionales llevan décadas sirviendo sin estabilidad"
- .. Es necesario ofertar TODAS las plazas vacantes.
Izquierda Unidad de Madrid [programa electoral]:
- En el apartado de Educación, "recoge el mandato europeo de reducción de la interinidad al 8%, pero sin aportar un tipo de proceso más justo que los planteados actualmente para quienes llevan muchos años en abuso de temporalidad"
- En el apartado de Sanidad,"repite lo dicho en Educación, y además insta a la resolución urgente de las OPEs en curso, sin parar en que igual esas OPEs deberían ajustarse a la Ley 20/2021 y dar oportunidad a personal abusado a fijar plaza por méritos"
Podemos Comunidad de Madrid [programa electoral]:
- Medida nº 30 de la sección de Empleo:
- "Revisaremos los procesos de estabilización de 2017-2018 incluidos aquellos ya celebrados y amparados por la Ley 20/2021"
- Identificaremos todas las plazas que sean susceptibles de estabilización (permanencia más de 3 años) [...]
- "aquellas que cumplan con las disposiciones 6ª y 8ª de la Ley 20/2021, se deberán trasladar a los respectivos procesos de concursos extraordinarios en méritos convocados acorde a dicha norma"
- "aquellas plazas que no cumplan ... se acogerán al artículo 2.1 de la Ley ... proceso extraordinarios de estabilización mediante concurso-oposición"
- "en los distintos tipos de procesos, se deberán incluir también todas las plazas que actualmente permanecen vacantes"
N.E.: programas electorales de otros partidos con representación actual en la Asamblea de Madrid:
- Partido Popular de Madrid [ única mención en el programa sobre Sanidad: "En este ámbito también continuaremos con los planes de reducción de la temporalidad" ]
- Ciudadanos
- Vox Comunidad de Madrid
NOTA DEL EDITOR: la postura del Gobierno de la Comunidad de Madrid fue expuesta muy recientemente en su repuesta a una pregunta
parlamentaria: la única
manera de estabilizar es incluir las plazas en las Ofertas de Empleo Público,
"sólo hay 436 plazas" para el concurso de méritos excepcional en
Administración y Servicios porque tenían que ser plazas de antes de 2016
y que no estuvieran ya convocadas y las convocaron cuando no estaba en vigor la Ley 20/2021 cumpliendo la ley y las tienen que mantener.
NOTA DEL EDITOR: Recordemos en detalle las cifras y procesos implicados en la administración competencia directa del gobierno la Comunidad de Madrid.
PRIMERO en cuanto a su sector de Administración y Servicios había computado en los denominados "procesos de estabilización del empleo" anteriores derivados de las leyes estatales de 2017 y 2018, - via sus OPE 2017 de la C. de Madrid (Decreto 144/2017, publicado el 14/12/2017), OPE 2018 de la C. de Madrid (Decreto 170/2018, publicado el 20/12/2018), el primer decreto de OPE 2019 de la C. de Madrid (Decreto 15/2019, publicado el 28/03/2019), y, por último, el primer Decreto de OPE 2020 (Decreto 123/2020, publicado el 30/12/2020) - supuestamente todas, las plazas en su sector de Administración y Servicios de naturaleza estructural temporales más de 3 años a 31/12/2017 , por tanto, todas sus más de 8 mil plazas eran de ocupación temporal desde antes de 01/01/2015 o de más de 8 años ahora), y por definición, cumplían con los requisitos, para ser convocadas por Concurso de Méritos ya sólo por la Disposición Adicional 6ª de la nueva ley estatal 20/2021 de 28 de Diciembre de 2021. Pero, la Comunidad de Madrid la Comunidad de Madrid publicó a finales de 2021 todas las convocatorias de esas plazas de Administración y Servicios incluidas en esas OPEs de "estabilización" , con el sistema de concurso-oposición y oposición eliminatoria que había acordado tiempo atrás con los sindicatos de la Comunidad, esquivando así la obligación -según su interpretación de la nueva Ley- de convocar todas estos puestos a concurso de méritos puro.
SEGUNDO en cuanto al Servicio madrileño de Salud , con 42 mil temporales, la Consejería de Sanidad ha convocado finalmente 9.574 plazas al concurso de méritos de la nueva Ley 20/2021, pero ha mantenido más de 20 mil plazas de larga temporalidad convocadas -algunos incluso días antes de la entrada en vigro de la ley 20/2021- en procesos selectivos por concurso-oposición, derivados de la OPE 2017 de la C. de Madrid ), OPE 2018 de la C. de Madrid y el segundo decreto de OPE 2019 de la C. de Madrid por las leyes anteriores, con parte de los procesos finalizados muy recientemente y el resto próximos a finalizar, estando también previsto ceses sin indemnización por esos procesos de estabilización anteriores, aunque, ciertamente, en menor proporción que en el sector de Administración y Servicios.
TERCERO en cuanto al Sector de Personal Docente (profesores) No Universitario de la Comunidad de Madrid, que tiene un modelo especial de competencias (los nombramientos, plazas y ofertas públicas de empleo corresponde a las CCAA, pero las bases de los sistema selectivos para alcanzar la condición de funcionario de carrera o fij) son comunes a todas ellas y se fijan desde el Estado por Real Decreto),, el número de docentes temporales de la CCAA de Madrid con las plazas que de personal docente para los nuevos procesos selectivos de la Ley 20/2021 fueron computados por la propia CCAA en su correspondiente Oferta de empleo público 2022 de estabilización de personal docente según la Ley 20/2021 para el concurso de méritos en sólo 1.422 plazas aún existiendo según los datos de la C. de Madrid 11.618 docentes interinos de un total de 46.305 docentes. Es decir, el índice de temporalidad es este importante sector es del 25%, y la C. de Madrid, en su competencia ,solo ha ofertado al concurso excepcional por méritos de la nueva ley el 12% de las plazas cubiertas por interinos, una cifra nuevaente muy baja, al no incluir la CCAA plazas que incluyó en convocatorias previas recientes de diversos tipo, incluidos concursos de traslados o no contabilizar plazas de interinos que han ido cambiando de centro, etc.
Por si fuera poco, los baremos de las bases de las convocatorias, que se acaban de realizar, por concurso de méritos en cada CCAA fueron fijadas por el Estado mediante en la Disposición Transitoria quinta de su "Real Decreto 270/2022, de 12 de abril publicado en el B.O.E. de 13/04/2022, estableciendo:
- la experiencia ha puntúado menos del 50% del total, valorándose únicamente 10 años de antigüedad, pese a que miles de docentes acumulan antigüedades muy superiores, y además sin diferenciar la experiencia en la CCAA convocante del resto de CCAA
- se ha valorado la antigüedad en otras especialidades diferentes de la especialidad convocada, lo que ha dado lugar al desplazamiento de personal temporal por personal fijo en una especie de concurso de traslados mezclado con una promoción interna encubierta
- puntúaba un 30% tener fases de oposición aprobadas recientes (desde 2012), habiendo procedido la CCAA con convocatorias de concursos-oposición con plazas “ordinarias” de OPEs anteriores, lo que ha desnaturalizado el supuesto concurso de méritos excepcional
Entradas relacionadas:
- [29/07/2017] Publicados los Presupuestos Generales del Estado de 2017: marco para las OPEs extraordinarias (permiso a las AAPP para convocar procesos de consolidación para los temporales de antes de 2005 según el EBEP y de OPE en Sanidad, docentes de Educación y otros sectores con hasta el 90% de los temporales ade más de 3 años, sin límites por tasa de reposición PERO sin fijar bases de consolidación) y subida del 1% sueldo empleados públicos
- [12/04/2017] [El independiente] CCOO y UGT admiten que el acuerdo estatal sobre estabilidad y OPEs extraordinarias podría dejar a temporales muy antiguos sin trabajo
- [09/07/2018] Publicada en el BOE la Ley de Presupuestos Generales del Estado con el segundo acuerdo con sindicatos nacionales con la extensión a todos los sectores de la posibilidad de convocar los puestos de temporales de más de 3 años y los de los "indefinidos no fijos" a procesos denominados de "estabilización", sin fijar que sean de consolidación del propio personal. Subidas acordadas de sueldo de empleados públicos 2018 a 2020
- [15/02/2019] Publicadas las
convocatorias de la primera fase de categorías de la OPE 18 de
estabilización del SERMAS con las mismas bases las que se hicieron por
la OPE 2017, incluyendo las de médicos de Atención Primaria, Urgencias y
SUMMA: oposición eliminatoria maś concurso de méritos con un 35% de
peso de la antigüedad con los puestos temporales ya más de 5 años
- [19/03/2020] Sentencia
esperanzadora del Tribunal Europeo del asunto acumulado "Sánchez
Ruiz": hay abuso de temporalidad en la interinidad de vacante prolongada
que requiere una sanción, que le corresponde al ordenamiento español
fijar, orientando que no puede valer como sanción la convocatoria a
proceso selectivo libre ni la figura del indefinido no fijo
- [10/12/2021] La Comunidad de Madrid sigue publicando convocatorias de las OPEs de "estabilización" anteriores (con las plazas temporales , todas ya más de 6 años a 31/12/2020 ) de su personal de la Administración y Servicios con el sistema de concurso-oposición y oposición eliminatoria siguiendo las bases acordadas en la Comunidad con los sindicatos en Febrero. La C. de Madrid no se espera a la nueva Ley aprobada por el Congreso y pendiente del Seando de reducción de temporalidad bajo la que tendría que convocar en concurso de méritos todas las plazas de estas convocatorias
- [15/12/2021] Publicadas
las primeras convocatorias de médicos especialistas de la OPE 2018 del
SERMAS con plazas de estabilización según la ley estatal de 2017
- [29/12/2021] Publicada
en BOE la nueva Ley de reducción de temporalidad pública.Obliga a todas
las AAPP a realizar concursos de méritos de libre concurrencia con las
plazas estructurales temporales y las de personal temporal anteriores a
1/1/2016 si no están ya en convocatorias en marcha o resueltas cubriendo
la plaza. En días y semanas pasados ha habido "carreras" por muchas
AAPP convocando en procesos con oposición las plazas de los procesos de
estabilización anteriores
- [19/05/2022] 19 de Mayo en la Asamblea de Madrid, Proposición No de Ley de la oposición para revocar los procesos de estabilización sin listas de admitidos convocados antes de la nueva Ley 20/2021 y clonar plazas para poder incluir en los nuevos procesos de estabilización plazas de anteriores ya convocados y con lista de admitidos . Concentración "Contra el abuso de la temporalidad #FijezaYa" . Resultó rechazada con el voto en contra del PP, que considera ilegal lo que se pide, y la abstención de Vox
- [25/01/2023] Más de la mitad (el 55%) de los empleados del SERMAS son temporales. Actualización de las plantillas reales del SERMAS que publica la Consejería de Sanidad a 31/12/2022: 42 mil empleados temporales cuando siguen en marcha la inmensa mayor parte de los "procesos de estabilización" anteriores derivados de la ley estatal de 2017 , concursos con oposición eliminatoria realmente con más de 20 mil plazas temporales ahora de más de 9 años y que no se han incluido en el reciente concurso de méritos de estabilización de 9 .547 plazas por la nueva ley estatal de 20/2021
- [09/02/2023] La Dir. Gral de Función Pública de la C. de Madrid responde a la pregunta de Más Madrid sobre medidas para garantizar la estabilidad laboral del personal de la Comunidad de Madrid temporal más de 3 años que la única manera es incluir las plazas en las Ofertas de Empleo Público y que "sólo hay 436 plazas" para el concurso de méritos excepcional en Administración y Servicios porque tenían que ser plazas de antes de 2016 y que no estuvieran ya convocadas [Convocaron con oposición más de 8 mil plazas días antes de entrada en vigor de la Ley 20/2021]
- [|7/05/2023] [EE.PP. en Fraude Madrid] Sábado 18 de Marzo. Debate con diputados de la Asamblea de Madrid sobre el presente y futuro del personal público temporal de larga duración en la Comunidad de Madrid
6 comentarios:
Bla, bla, bla, bla.....votame, votame, votame....etc
Elecciones y políticos ¿aún pensamos que piensan cumplir la normativa UE y que piensan en el ciudadano?
Demandad, si hay alguna posibilidad es apoyándose en un proceso de reclamación abierto.
Y qué pasa con las ccaa en las q han convocado las plazas a concurso e trictamente legales y no convocaron los concursos opo justo antes de que saliera la ley pero aprobaron unos baremos que se llevan las plazas los que llevan en la administración 1000 años aunq nunca hayan trabajado en ese puesto. Es mi caso, a mi me quita mi plaza una persona que lleva en la administración toda la vida y no ha ocupado mi puesto ni un día!!!! Pero q estabilización es esta!!!
Es la desestabilización de una comunidad autónoma en constante involución de un país tercermundista.
Conociendo los menosprecios, la precariedad laboral, los abusos y ceses ilegales cometidos por la Administración contra los trabajadores temporales en fraude de ley del sector público Madrileño, ya sean médicos, maestros, bomberos, administrativos, con una antigüedad desde los 3 hasta los 30 años, a 15 días de las elecciones sacan un par de folios con 4 frases copiadas de la ley que lleva año y medio incumpliendose.
Y lo peor, asesorados por las OOSS que han sido los colaboradores necesarios para sostener esta estafa laboral a gran escala.
En sus programas, dicen XDDD. Y todavía habrá gente que les crea y seguirá sin poner una demanda aquí o en Europa , para blindarse no sea que haya suerte y las prejudiciales del TJUE salgan contundentes . Porque es lo único que nos queda, gente. Sí eso sale cara, luego no lloréis.No será que nose ha advertido veces. No sigáis en bucle con que si los sindicatos (traidores) o que si voluntad política (no les importamos una m., es más, a la gente de a pie les alegra que nos echen, con lo cual no sienten ninguna presión con nosotros). Nadie va a hacer nada, estamos solos. Buscaos un buen abogado o plataforma que os de con fianza, como EPA, y a ver si el TJUE hace su trabajo y nos salva. Al resto, no les doy no una posibilidad.
Ahora !!??
Después de 3 años de negar la mayor !!
Después de 30 años de explotar (POSE - PP - UGT - CC.OO. - CSIF) a miles de trabajadoras/es y sus familias.
Y la conclusión cuál fue ???: "Otra ronda y unos montaditos y la cuenta Pepe la apuntas como siempre"
Modo ironia ON.
AyuSOXXXXXXX = SocorrOXXXXXX
Modo ironia OFF
Que verguenza de pais , "creais" los que la VotaiX en Madrid!!!
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