[Recordatorio de entrada publicada el 03/05/2023] Se ha publicado recientemente la decisión del 20/04/2023 de la Defensora del Pueblo ( OMBUDSMAN) de la Unión Europea al asunto nº 1813/2022/PGP, una investigación de la Defensora del Pueblo aparentemente (tiene igual numeración principal) derivada de la reclamación de la Asociación Nacional, y Lobby europeo, Empleados Públicos en Abuso [EPA] sobre "la forma en que la Comisión Europea tramitó denuncias relativas a la vulneración por parte de España del Derecho de la Unión Europea en materia de contratos de trabajo de duración determinada" [es decir, temporales].
En concreto, según el propio texto de la decisión a este asunto, la Defensora del Pueblo de la UE, la demandante alegó en su reclamación ante esta figura que "la Comisión había facilitado información contradictoria" sobre el estado de dos denuncias que había realizado la demandante ante la Comisión Europea en relación al abuso de temporalidad en el empleo público español y que la Comisión Europea no había concluido "en un plazo razonable" la evaluación de la denuncia múltiple CHAP(2013)01917, procedimiento de denuncia que la Comisión decidió aplicar "tras recibir un número significativo de denuncias por infracción relativas al presunto abuso de contratos de trabajo de duración determinada en el sector público español", "iniciando posteriormente un procedimiento de infracción".
Según el texto publicado "la Defensora del Pueblo inició una investigación sobre la información que la Comisión facilitó a la demandante acerca del estado de sus dos denuncias" , información donde la Comisión básicamente se limitaba a reiterar que "ya estaba examinando la cuestión, en el contexto de la denuncia múltiple" CHAP(2013)01917 y a facilitar el enlace a su página web específica sobre denuncias múltiples para que EPA pudiera seguir allí el estado de dicha denuncia múltiple.Y a raíz de esa investigación es sobre la que la Defensora del Pueblo ha concluido ahora que "no aprecia mala administración en este asunto" por parte de la Comisión Europea, si bien considera que la Comisión "podría haber facilitado información más exhaustiva sobre el estado de una de las denuncias",decidiendo archivar el asunto..
Nótese que la
Defensora del Pueblo , en la decisión de este asunto concreto, no hace
mención a una posible investigación sobre la alegación de EPA acerca de
la otra alegación de la reclamación, que el plazo que lleva la Comisión
Europea con la denuncia múltiple abierta sin resolver es
irrazonablemente largo. Ignoramos si la Defensora mantiene más
investigaciones abiertas por la reclamación de EPA.
Recordemos una vez más que, según la propia Comisión Europea,
- la Comisión Europea abrió un procedimiento de infracción contra España, nº INFR(2014)4334,por "considerar que la legislación española no se ajustaba a la Cláusula 5 de la Directiva 1999/70/CE" sobre el abuso de temporalidad en las Administraciones Públicas
- lo mantiene abierto en relación con el procedimiento de denuncia múltiple CHAP (2013)01917 y
la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 19/03/2020
"Sánchez Ruiz y otros", a la que vinculó la denuncia múltiple
- "la Comisión Europea sigue evaluando actualmente la adecuación de la legislación nacional aplicable al Derecho de la Unión Europea , incluyendo las reformas recientemente introducidas a través de la Ley 20/2021" y "decidirá los próximos pasos a dar en el marco del procedimiento de infracción INF(2014)4334" , que sigue a día de hoy todavía en el paso inicial de "Carta de emplazamiento" enviada ¡el 26/02/2015!
- en especial, "está
evaluando si las medidas de reducción de temporalidad tras la nueva Ley 20/2021 y sus aplicaciones sectoriales son conformes a la normativa y
sentencias europeas"
- también mantiene abierto el procedimiento de infracción contra España, nº INFR(2014)4224 por discriminaciones del personal temporal público con el fijo
- [09/09/2018] La
Comisión Europea unifica el gran número de denuncias recibidas sobre
abuso en duración de la temporalidad de empleados públicos españoles y
anuncia que se esperará en su respuesta a la sentencia del Tribunal de
Justicia Europeo al caso del informático del SERMAS que demanda la
"fijeza"
- [28/02/2020] La Comisión Europea responde a la pregunta presentada por C's en el Parlamento Europeo sobre la falta de soluciones adecuadas al abuso de temporalidad en el empleo público que tiene abierta una investigación y que está pendiente la sentencia del Tribunal de Justicia Europeo en los asuntos acumulados "Sánchez Ruiz/Fernández Álvarez y otros"
- [19/03/2020] Sentencia esperanzadora del Tribunal Europeo del asunto acumulado "Sánchez Ruiz": hay abuso de temporalidad en la interinidad de vacante prolongada que requiere una sanción, que le corresponde al ordenamiento español fijar, orientando que no puede valer como sanción la convocatoria a proceso selectivo libre ni la figura del indefinido no fijo
- [10/10/2020] IMPORTANTE La Comisión Europea informa del curso de la denuncia múltiple abierta sobre el abuso de duración de temporalidad en empleados públicos españoles: ha visto la sentencia europea de 19/03/2020 del asunto "Sánchez Ruiz y otros" con su declaración de existencia de abuso, evaluará que la futura reforma del Estatuto del empleado Público anunciada por la ministra de Función Pública es conforme a la Directiva y sentencias europeas y mantiene abierto el procedimiento de infracción 2014/4334 relativo a la posible incompatibilidad del derecho español con la cláusula 5 del Acuerdo Marco Precisamente este martes 13 se debate en Comisión Pública del Senado una moción del Senador Sánchez-Garnica de "consolidación administrativa" presentada en Mayo. El grupo de Izquierda confederal presentó otra recientemente de concurso de méritos restringido como solución al abuso
- [16/03/2021] La Comisión Europea sigue respondiendo a las denuncias personales de abuso de temporalidad en el empleo público español que está recibiendo gran número de denuncias y que tiene una denuncia múltiple abierta que las agrupa, vinculando la investigación abierta a la reforma que haga España tras la sentencia del Tribunal Europeo de 19/03/2020
- [09/06/2021] La
Comisión Europea responde a denuncias personales de abuso de
temporalidad en el empleo público español que "evaluará" si las medidas
de reducción de temporalidad del Plan de reformas del Gobierno enviado a
la UE para optar a los fondos de recuperación "se adecúan al Derecho de
la Union Europea"
- [07/07/2021] [IMPORTANTE]
Publicado en el BOE el REAL DECRETO-LEY del "plan de choque" de
reducción de la temporalidad en el empleo público acordado con los
sindicatos fijando un último proceso extraordinario de estabilización de
plazas con los puestos temporales de más 3 años a 31/12/2020 que no
estén ya en los procesos de estabilización de las leyes de 2017 y 2018:
un concurso-oposición libre con peso de la fase de méritos del 40% e
indemnización de 20 dias/año máx 12 mensualidades al cese del temporal
que no lo supere. Entra en vigor mañana 08/07/2021
- [06/08/2021] IMPORTANTE
La Comisión Europea informa oficialmente del curso de la denuncia
múltiple abierta desde 2018-y vinculada a un procedimiento de infracción
contra España- sobre el abuso de duración de temporalidad en empleados
públicos españoles: está evaluando si la reforma introducida con el Real
Decreto-ley de reducción de la temporalidad publicado el 7 de Julio
es conforme a la normativa europea y evaluará las modificaciones
futuras anunciadas por la nueva Ministra
- [06/09/2021] La Comisión Europea responde que los procesos de estabilización de las leyes de 2017/18 aunque con méritos son procesos de resultado incierto que según la sentencia del Tribunal Europeo de 19/03/2020 no eximen de una sanción al abuso de temporalidad en el empleo público
- [10/10/2021] La Comisión Europea responde que los procesos de estabilización de las leyes de 2017/18 aunque con méritos son procesos de resultado incierto que según la sentencia del Tribunal Europeo de 19/03/2020 no eximen de una sanción al abuso de temporalidad en el empleo público
- [27/12/2021] La Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo aplica en varias sentencias seguidas a la de 30/11/2021 su "doctrina" de que de las sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea "no se sigue que haya obligación" de conceder una sanción ante un abuso de temporalidad y niega por inexistentes o prohibida en la normativa nacional para personal funcionario la indemnización, la figura del indefinido no fijo de los laborales y la fijeza
- [29/12/2021] Publicada
en BOE la nueva Ley de reducción de temporalidad pública.Obliga a todas
las AAPP a realizar concursos de méritos de libre concurrencia con las
plazas estructurales temporales y las de personal temporal anteriores a
1/1/2016 si no están ya en convocatorias en marcha o resueltas cubriendo
la plaza. En días y semanas pasados ha habido "carreras" por muchas
AAPP convocando en procesos con oposición las plazas de los procesos de
estabilización anteriores
- [|0/01/2022] La Comisión de Peticiones del Parlamento Europeo comunica nueva respuesta de Noviembre de 2021 de la Comisión Europea por la petición de "Enfermeras Eventuais en Loita" de 2019 sobre el abuso de temporalidad en empleo público español: "está analizando las modificaciones introducidas en la legislación española " a fin de " evaluar la conformidad de las normas resultantes" con la normativa y sentencias europeas
- [10/01/2022] La Comisión Europea en la comparecencia de ASEPAT sobre su petición ante el abuso de temporalidad en el Parlamento Europeo: "estamos examinando con detalle" la nueva ley y "vamos a seguir muy de cerca los próximos procedimientos legislativos vinculados" [de las CCAA y de algunos sectores] y "entonces evaluaremos la conformidad de los texto resultantes" con la directiva. PSOE: "este caso debería cerrarse tras la nueva Ley 20/2021, que establece medidas para la estabilización del personal y de compensación para el personal que no supere estos procesos ". Se aprobó mantener la petición abierta a la espera de la evaluacion de la Comisión Europea.
- [24/12/2022] [I. Beltrán] La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid plantea una importante batería de cuestiones al Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre si la figura del indefinido no fijo de la doctrina del Tribunal Supremo para personal público laboral es adecuada como respuesta al abuso de temporalidad y si ante la ausencia de medidas efectivas no debería concederse la fijeza, incluso aunque se interpretara que lo prohíbe la Constitución Española
- [03/02/2022] La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid planteó, por otro caso de una laboral indefinida fija más de 13 años, el 22/12/21 su misma e importante batería de cuestiones de 21/12/21 al Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre si la figura del indefinido no fijo de la doctrina del Tribunal Supremo para personal público laboral es adecuada como respuesta al abuso de temporalidad y si ante la ausencia de medidas efectivas no debería concederse la fijeza, incluso aunque se interpretara que lo prohíbe la Constitución Española. También pregunta si convocar la plaza de personal en abuso en un proceso selectivo de libre concurrencia con indemnización de 20 días para quien no lo supere como los del Real Decreto-Ley 14/21 -y como también son todos los procesos de la nueva ley 20/2021- puede valer para esquivar esa conversión en fijo como sanción al abuso (en caso de que no exista otra medida y la figura del indefinido no fijo no valga)
- [07/03/2022] La
sección 2ª de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de
Madrid, por el caso de una laboral interina de vacante más de 3 años,
plantea cuestión prejuficial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea
en la que vuelve a cuestionar si la figura del indefinido no fijo del
Supremo para laborales puede valer como sanción al abuso de temporalidad
y cuestiona además si los procesos de estabilización, y concurso de
méritos, de libre concurrencia indemnizados con un tope de 1 año de
sueldo. de la nueva ley 20/2021 pueden valer com sanción y así evitar la
declaración judicial de fijeza
- [14/03/2022] [Parlamento europeo] 'Petición n.º 1177/2021, de la Plataforma de Interinos y Laborales de Larga Duración de la Universidad de Castilla-La Mancha (UCLM), sobre la temporalidad en las Universidades y Administraciones públicas españolas '
- [12/05/2022] La Comisión de Peticiones del Parlamento Europeo comunica respuesta, ya en español, de Febrero de 2022 de la Comisión Europea por la petición de 0832/2021, presentada por Empleados Públicos en Abuso (EPA), sobre la violación de la normativa y jurisprudencia europea por parte de la española en abuso de temporalidad en el sector público: recuerda que alguna sentencias han considerado que podría valer el "indefinido no fijo" y concluye que está "analizando" las modificaciones introducidas en la legislación española con la nueva ley 20/2021 a fin de evaluar la conformidad con la normativa y sentencias europeas y tomar entonces una decisión en el procedimiento de infracción abierto.
- [27/07/2022] La Comisión Europea sigue respondiendo a denuncias personales de abuso de temporalidad en el empleo público español que está evaluando si las medidas de reducción de temporalidad tras la nueva Ley 20/2021 y sus aplicaciones sectoriales son conformes a la normativa y sentencias europeas
- [31/08/2022] La Comisión Europea vuelve a informar oficialmente del curso de la denuncia múltiple abierta desde 2018-y vinculada a un procedimiento de infracción contra España- sobre el abuso de duración de temporalidad en empleados públicos españoles: está evaluando si las medidas de reducción de temporalidad tras la nueva Ley 20/2021 y sus aplicaciones sectoriales son conformes a la normativa y sentencias europeas
- [04/11/2022] [EPA] 'Admisión de queja ante el OMBUDSMAN “Defensor del Pueblo Europeo” '
- [24/11/2022] [EPA] Reunión de la asociación y lobby en la UE "Empleados Públicos en Abuso" con las representantes de la Comisión Europea en España [para instar a Bruselas a una respuesta urgente a las denuncias abiertas en la UE por el incumplimiento en el empleo público en España de la Directiva europea sobre abuso de temporalidad]
- [22/12/2022] [EPA] 'Informe sobre el comunicado del Ombudsman 14/12/22' [El Defensor del Pueblo Europeo solicitando a la Comisión Europea que le informe sobre el estado de las denuncias presentadas por EPA en relación con el abuso de temporalidad en España]
18 comentarios:
La ausencia de sanción al abuso de temporalidad en el Sector Público es solo uno de los más de 100 procedimientos de infracción que acumula el Gobierno.
De momento le haciendo la vista gorda los últimos 10 años.
No les quedará más remedio que actuar cuando salgan las prejudiciales, este asunto ya es demasiado descarado que seamos el único país de la Unión Europea cuyo TS no sanciona el abuso de la temporalidad.
https://www.elmundo.es/economia/2023/04/20/64417e12e4d4d830698b45b7.html
Eso está claro...!!! Esperemos que sea pronto.
Buenos días.
La sentencia de la cuestión prejudicial del 19 de marzo de 2020 empezó en 2018, la del informático.
En concreto tardó 23 meses.
Por lo tanto, en las 2 cuestiones prejudiciales del juzgado de lo contencioso-administrativo de Barcelona, si ya han pasado 12 meses, quedan 11 meses, es decir, aproximadamente estará en abril de 2024. Quizás antes o después, esto son fechas aproximadas. Pero si tarda lo mismo que la otra, la del informático, estará en abril de 2024.
Hay que tener en cuenta que no hay fecha todavía ni para las conclusiones del abogado general, y la del informático, tardó 5 meses desde las conclusiones del abogado general hasta la sentencia. Aunque hay ocasiones en que no hay conclusiones del abogado general, siendo sentencia y no auto.
Quizás antes de abril de 2014 estén las otras 3 prejudiciales de la sala de lo social del TSJ de Madrid porque se plantearon antes. Esas si tardaran 23 meses estarán en diciembre 2023 o enero de 2024, aproximadamente. Estas tampoco tienen todavía ni conclusiones de abogado general.
Un saludo.
Esta última persona parece estar equivocado por las previsiones que se manejan.
No parece tener que ver lo que ocurrió en aquellas prejudiciales con estas.
En mi opinión, y por lo que históricamente he ido leyendo, el tjue tiene cada vez más jurisprudencia respecto a este tema y en otros paises ya han sentenciado con rotundidad que ante el abuso, sanción y en los paises de nuestro entorno claramente fijeza. También sabemos que Arauz ha desistido de audiencia para agilizar la sentencia.
Por otro lado hay una noticia que me gustaría si alguien tiene más información: en abril la Comisión dio a España dos meses para resolver determinadas infracciones de las normas comunitarias (España tiene más de 100 acumuladas). Sabe alguien si puede estar nuestra causa dentro de los incumplimientos que tienen que subsanar en ese plazo?
Por último, España empieza el 1 de julio la presidencia semestral de la Comisión Europea. Cómo creéis que puede afectarnos?
Yo sueño con una rueda de prensa del Presidente Sanchez en la que un periodista con arrestos le pregunte públicamente, y de una vez por este tema… Parece mentira pero aún no ha hablado en público ni una palabra… Ni una!
Reclamad y que sea cuando sea.
Ya suponemos lo que va a ocurrir. Arauz cree que va a ser este año, pero no lo asegura. Alguna razón habrá para que lo diga.
Yolanda Díaz habla de volver a modificar el EBEP en el sentido de la estabilidad. Algo sabrá que nosotros no sabemos.
Ellos conocen el texto íntegro de las observaciones escritas de la Comisión. Nosotros no.
El sindicalista de al lado se puso a decir que la ley 20/21 iba a seguir adelante a la semana de que nos dijeran por encima el contenido de esas observaciones.
Yo sospecho que va a haber modificaciones en la ley que nos beneficien. Que os pillen con la reclamación previa puesta. Es lo único que podemos hacer.
Eso y apoyar las demandas contra las OPES de estabilización y aquellas que tienen plazas ocupadas por interinos de larga duración.
La ley 20/21 tiene como plazo límite diciembre de 2024. Si ese es un plazo impuesto por Europa, ese será el plazo para que se cumpla la directiva.
Está claro que quedan pocos meses para que se resuelva todo. Muchas cosas se están cociendo en los fogones de Europa y en los fogones Españoles. Solo tenemos que tener 2 cosas: Paciencia y nuestra teclamcion de fijeza en los juzgados.
Son próximas las elecciones municipales, y que no piense el PP que los vamos votar.
Me refiero, a los más de 1000 funcionarios interinos, y otros laborales no fijos, que salieron las plazas a "estabilización".Bueno de estabilización nada de nada, no fue concurso, fue oposición. Me refiero a las ofertas 2017/2018.
Aquí los interinos y laborales no fijos, no nos ha hecho nada de gracia, que nos cesen después de 33 y 34 años, ya con casi 60 años.
En las urnas nos veremos!!
¡Normal!Si se saltan la ley...
La ley 20/21 no es sanción, pero es una ley española.
Aunque el TJUE no fallara a nuestro favor, que lo hará, los jueces españoles anularán las OPEs de estabilización fraudulentas y volveréis.
¡Ánimo!.
Y paciencia y esperanza también.
Buenas tardes.
¿Cuándo estarán las prejudiciales?
http://apiscam.blogspot.com/2023/03/tribunal-de-justicia-de-la-union.html
Aquí dice que 17 meses de media, por tanto, mínimo hasta octubre de 2023.
Y en este otro dice que 24 meses de media, por lo tanto, en mayo de 2024.
https://confilegal.com/20180330-el-tjue-tardara-unos-2-anos-en-responder-a-la-cuestion-prejudicial-planteada-por-irph/
¿Se sabe algo de las prejudiciales de lo contencioso del juzgado de Barcelona?
Llevan ya 12 meses, ¿estarán en la media de 24 meses? o ¿se sabe ya algo de que en este caso concreto estarán para nosotros y nosotras antes de la media?
Un saludo y ánimos a todos y todas.
a nosotros nuestro abogado nos dijo que las prejudiciales deben estar al caer en junio
asi que a saber que saben ellos que nosotros no sepamos
Busca en youtube la conferencia que han dado en Zaragoza hace unos días. En el turno de preguntas Arauz responde que no hay previsiones, pero hace sus estimaciones.
El resto de la conferencia es muy interesante.
El enlace al video está publicado en este blog, hace un par de días.
Yo tengo demanda puesta pero tumbada por el tribunal superior y después inadmitida en casación en el Supremo. No sé si esto me protegerá cuando salgan las prejudiciales. Qué tendría que hacer? Contratar otro abogado para revisar la sentencia o es ya vida juzgada?
*cosa juzgada
Hasta que no salgan las prejudiciales no se podrá valorar lo que se puede hacer.
Hace tiempo que en el Supremo no admiten recursos de temporales.
Paciencia, como los demás.
Habrá que pedir una revisión de sentencia ya que los derechos humanos y libertades fundamentales reconocidos en el Convenio Europeo no prevalece el concepto de cosa juzgada (art. 102 LJCA).
Si se inadmite en casación hay que ir en amparo al TC, como paso previo al ATEDH, para no perder la vía judicial; el problema no reside en "cosa juzgada" sino en pérdida de la vía judicial.
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