lunes, 8 de mayo de 2023

Recordatorio. [Confilegal/Diario 16] Juzgado de lo Contencioso de Zaragoza concede la indemnización de la nueva ley de reducción de temporalidad a interino en abuso de temporalidad del Ayuntamiento cesado por un proceso selectivo de OPE anterior y con la ley 20/2021 ya en vigor

 [Recordatorio de entrada publicada el 24/04/2023]

Informaban Confilegal el pasado 21/04/2023 y Diario 16 el mismo día de la sentencia de 05/04/2023 del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Nº4 de Zaragoza a una demanda con la abogada Beatriz González de un trabajador temporal del Ayuntamiento de Zaragoza cesado  sin indemnización, tras  llevar más de 10 años temporal como funcionaria interina de vacante , por la resolución del proceso selectivo correspondiente a la Oferta Pública de 2018 cubriendo su puesto.

El juzgado ha aplicado por un lado la sentencia de Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 19 de marzo de 2020 [del asunto "Sánchez Ruiz", un informático nuestro] para reconocer la situación de abuso de temporalidad aunque sólo haya habido un nombramiento y de carácter de funcionario interio, por ser prolongado más de 3 años,  y por otra ha interpretado que debe conceder la indemnización de 20 días por año regulada en la Ley 20/2021 de reducción de temporalidad pública para el temporal que sea cesado con la ley ya en vigor por "por la no superación del proceso selectivo de estabilización". 

 

Ambos medios resaltan la importancia de la sentencia , contra la que cabe recurso ante el tribuna superior regional, ante el hecho de que miles de funcionarios interinos están siendo cesados estos días por procesos selectivos derivados de OPEs anteriores a la citada ley.


NOTA DEL EDITOR: la Sala de lo Contencioso del Supremo, la que lleva los asuntos de funcionarios interinos ,  tiene como doctrina actual no conceder indemnización alguna - ni la fijeza- como sanción a la situación de abuso de temporalidad -que sí reconoce para interinidades prolongadas más de 3 años- con su argumento de que de las sentencias del Tribunal de Justicia de la UE no se sigue que sea necesaria ("ineludible") una sanción al abuso de temporalidad en empleo público que no esté contemplada explícitamente en la ley española, si bien por ahora, ha dictado dicha doctrina en casos de personal que no había sido cesado después de la entrada en vigor de la ley 20/2021


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1 comentario:

M.A. dijo...

Magia:

https://diario16.com/los-interinos-y-los-vendedores-de-escobas-de-hogwarts/