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lunes, 3 de febrero de 2020

[ANIL] 'El Tribunal Supremo desestima la medida cautelar de paralización de la oferta de empleo público 2019' [de estabilización de la Administración General del Estado]

'La Asociación Nacional de Interinos y Laborales, ANIL, impugnó la oferta de empleo público nacional 2019 por entender que atenta a los derechos de los empleados públicos, contratados y nombrados, con abuso de derecho, por el Estado, y de forma endémica por todas las administraciones.

Esta situación afecta a más de 800.000 empleados públicos. La desestimación de la medida cautelar, de suspensión de las convocatorias de oposiciones, mientras no se resuelva el proceso judicial, se efectúa, al entender la Sala, que se producen más daño al interés general (si paralizan) que a los posibles afectados.
En este sentido, Manuel Martos, Presidente de ANIL valora muy negativamente la resolución, ya que pone en peligro a 800.000 trabajadores con derechos adquiridos, puesto que llevan prestando servicio de forma continua por más de 3 años (la media son 14) . 


miércoles, 20 de noviembre de 2019

[SINTEF/Martos] La ILP nacional presentada dicta concurso de méritos e indemnizaciones laborales tipo indefinido no fijo para el abuso de temporalidad en el empleo público. Vídeo explicativo de la ILP

Informaba el pasado 08/10/2010 el nuevo Sindicato de Trabajadores en Fraude de Ley  [SINTEF], creado por el conocido abogado Martos, creado también de la Asociación Nacional de Interinos y Laborales, que la ILP presentada a nivel nacional por el amismo abogado "dicta Concurso de méritos como medida de acceso legal para el personal en fraude, exige responsabilidades personales a políticos y funcionarios reconoce indemnizaciones laborales norma indefinido no fijo".

Y el propio abogado Manuel Martos compartió el pasado 03/10/2019 un vídeo en Youtube en el que explica esta iniciativa parlamentaria.

viernes, 8 de noviembre de 2019

[Manuel Martos] Opinión ante la sentencia de la Audiencia nacional en su recurso contra el acuerdo nacional sindical de OPEs con los puestos temporales de larga duración: 'Es una vergüenza' y la va a recurrir . Los letrados de AAPP ya prevén tener que afrontar indemnizaciones para las que no hay dinero. Hay que demandar la situación personal masivamente YA

Trasladaba el conocido abogado Manuel Martos el 06/11/2019 en un vídeo en su Facebook su opinión acerca de la la sentencia de la Audiencia Nacional  [ texto]  conocida esa mañana y que desestima su recurso presentado por la Asociación de Interinos y Laborales (ANIL)  contra  el Acuerdo para la Mejora del Empleo Público que UGT, CCOO y CSIF firmaron con el Gobierno del Estado el 29 de marzo de 2017 [y que fue recogido con rango de ley en el artículo 19 de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2017, por el que se habilitaba a las AAPP a convocar Ofertas Públicas de Empleo, sin límites por tasa de reposición en Sanidad, Justicia docentes y otros sectores con hasta el 90% de su puestos temporales más de 3 años a 31/12/2016 pero sin fijar bases de consolidación ni indemnizaciones al cese, exigiendo que se hicieran al menos para que la temporalidad en esos sectores quede por debajo del 8% (luego ese acuerdo en su parte de "estabilización" de puestos mediante OPEs convencionales sería extendido a todas las plazas temporales de más de 3 años de toda la Administración Pública con el segundo acuerdo de 2018].
 
Así, el presidente de ANIL comenta:
  • los sindicatos UGT, CCOO y CSIF en vez de defender a la parte más débil, que son los temporales de larga duración,  están en su contra
  • La sentencia es una "vergüenza" porque afecta a 800 mil personas y la Audiencia Nacional la deniega la justa demanda escuetamente
  • Va a recurrir la sentencia al Supremo , si bien no hay que "esperar como  agua de Mayo" que una sentencia del Tribunal Europeo o una impugnación de las OPEs por sí solas resuelvan nada , el "problema no se esta resuelve porque no se quiere", hay que demandar la situación personal de abuso YA, si los 800 mil afectados presentaran demanda ...

[Javier Arauz] 'Nota sobre la sentencia de la Audiencia Nacional de fecha 4 de Noviembre de 2019' [que desestima la demanda de ANIL contra los acuerdos sindicales de OPEs con los puestos públicos temporales más de 3 años: no hay norma española que dé estabilidad como sanción al abuso, esta sentencia no es obstáculo para los asuntos prejudiciales en curso en el Tribunal Europeo invocando la normativa comunitaria, única posibilidad para la estabilidad]

'Ante la inquietud generada en el colectivo de funcionarios interinos y del personal laboral temporal, en relación con la reciente sentencia de la Audiencia Nacional que declara que el personal temporal del sector público no tiene derecho a ser excluido de los procesos selectivos, debemos expresar lo siguiente:
PRIMERO-. En nuestra opinión, este es un asunto judicial que nunca debió plantearse, pues la sentencia no podía tener otro contenido que el que tiene.

 SEGUNDO-. Como venimos sosteniendo, no hay ninguna norma interna española que habilite estabilidad en el empleo al personal temporal objeto de un abuso, pues toda nuestra normativa funcionarial se basa en que solo tienen derecho a fijeza aquellos empleados públicos que han superado un proceso selectivo convocado para obtener la condición de funcionario de carrera, empleado estatutario fijo o empleado laboral fijo. Cualquier pretensión encaminada a obtener estabilidad en el empleo amparándose en la normativa interna, en nuestra opinión, está condenada al fracaso.


TERCERO.- La única posibilidad de obtener la ansiada y justa estabilidad en el empleo del personal interino en base a esfuerzo, trabajo y dedicación, reside en la normativa comunitaria y, en concreto, en la Directiva 1999/70/CE y su Acuerdo marco, norma esta de preferente y prioritaria aplicación sobre cualquier norma interna, incluida sobre la Constitución española y el EBEP, de tal forma que, si la Directiva reconoce el derecho a la transformación de la relación de servicios temporal en una relación de servicios fija, no puede oponerse que la normativa nacional -por ejemplo, el EBEP- no lo permite.

jueves, 7 de noviembre de 2019

Reflejo en la prensa de la sentencia de la Audiencia Nacional que desestima la demanda de ANIL contra los acuerdos sindicales de OPEs con los puestos públicos temporales más de 3 años: "no hay base legal para que al personal interino de larga duración o indefinido no fijo por sentencia se le exima de una oposición para poder ser fijo: Cinco Días recuerda el juicio europeo con la Abogacía General de la Unión Europea cuestionando las OPEs libres como éstas para situaciones de abuso de temporalidad como éstas; Diario Médico recoge la reacción de Martos: recurrirá al Supremo, donde se contará ya con la sentencia del juicio europeo

Reflejo en la prensa de la sentencia de la Audiencia Nacional  [ texto]  conocida ayer que desestima el recurso presentado por la Asociación de Interinos y Laborales (ANIL) del abogado Manuel Martos contra  el Acuerdo para la Mejora del Empleo Público que UGT, CCOO y CSIF firmaron con el Gobierno del Estado el 29 de marzo de 2017 y que fue recogido con rango de ley en el artículo 19 de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2017, por el que se habilitaba a las AAPP a convocar Ofertas Públicas de Empleo, sin límites por tasa de reposición en Sanidad, Justicia docentes y otros sectores con hasta el 90% de su puestos temporales más de 3 años a 31/12/2016 pero sin fijar bases de consolidación ni indemnizaciones al cese, exigiendo que se hicieran al menos para que la temporalidad en esos sectores quede por debajo del 8% (luego ese acuerdo en su parte de "estabilización" de puestos mediante OPEs convencionales sería extendido a todas las plazas temporales de más de 3 años de toda la Administración Pública con el segundo acuerdo de 2018):


[Se da en el enlace el título y subtítulo literal del periódico y entre paréntesis más aspectos tratados en el texto de la noticia]

[FeSP UGT Nacional] 'UGT pide a la Administración que agilice los procesos de estabilización de empleo público y prorrogue su plazo de vigencia. El sindicato ha valorado positivamente la sentencia de la Audiencia Nacional que respalda el acuerdo para la mejora de la estabilidad del Empleo Público de 2017'

'La Federación de Empleadas y Empleados de los Servicios Públicos (FeSP) de UGT ha valorado positivamente la sentencia de la Audiencia Nacional que respalda el Acuerdo para la Mejora del Empleo Público que UGT, CCOO y CSIF firmaron con el Gobierno el 29 de marzo de 2017.
La sentencia de la sección séptima de la Sala Contencioso-Administrativa de la Audiencia Nacional desestima un recurso presentado por la Asociación de Interinos y Laborales (ANIL) contra este acuerdo de estabilizacion del empleo público.


miércoles, 6 de noviembre de 2019

[Área Pública de CCOO Nacional] 'La Audiencia Nacional desestima el recurso contra el Acuerdo para la Mejora del Empleo Público firmado en 2017. Para el Área Pública de CCOO la sentencia de la sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional es una resolución esperada en la contundencia de sus términos y que una vez más da la razón al sindicato.'

La Audiencia Nacional se declaró incompetente y remitió las actuaciones al Tribunal Supremo, que tampoco aceptó ser competente, devolviendo las actuaciones nuevamente a la Audiencia Nacional, que ahora resuelve dictando:

1. El Acuerdo no tiene carácter normativo, al estar sujeto su contenido a la aprobación de la Ley de Presupuestos por el legislativo. Pero deja claro que el Acuerdo es conforme al procedimiento de negociación colectiva establecido en los artículos 36 a 38 del EBEP(Estatuto Básico del Empleado Público), firmado legítimamente por el Gobierno y los sindicatos con la necesaria audiencia y representación en el conjunto de las AAPP (Administraciones Públicas). Es un Acuerdo que vincula a las partes firmantes, ratificado en Mesa General y trasladado a los Presupuestos Generales del Estado, que fueron aprobados por las Cortes Generales.


2. Afirma, respecto del personal interino e indefinido no fijo que, aún reconociéndose su experiencia profesional, tal circunstancia no puede ser motivo para eludir los procedimientos legales de acceso a la función pública, que han de cumplir con los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, tal como reiteradamente ha venido afirmando el Tribunal Constitucional: “la consideración de los servicios prestados no es ajena al concepto de mérito y capacidad, pues el tiempo efectivo de servicios puede reflejar aptitud o capacidad para desarrollar una función o empleo público y, suponer además, en ese desempeño, unos méritos que pueden ser reconocidos y valorados (…) Pero no puede llegar a convertirse en un requisito que excluya la posibilidad de concurrencia de terceros ni tener una dimensión cuantitativa que rebase el límite de lo tolerable…”-STC 111/2014, de 26 de junio-. En este sentido, la sentencia cuestiona igualmente las oposiciones restringidas y el acceso por concurso.

[CSIF Nacional] 'La Audiencia Nacional respalda los acuerdos para acabar con la temporalidad en la Administración. La Administración no puede perder ni un minuto más en impulsar los procesos selectivos: la temporalidad en el empleo público ya supera a la del sector privado, ante la parálisis del Gobierno'

'La Audiencia Nacional ha respaldado los acuerdos para la mejora del empleo público firmados por el Ministerio de Hacienda, la Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF), sindicato más representativo en las administraciones públicas y el resto de las organizaciones de este ámbito.
Así se desprende de una sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo por la que se desestima el recurso interpuesto por la Asociación ANIL por el que solicitada que se declarase la nulidad de los citados acuerdos. La sentencia, notificada a la Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF) rechaza la pretensión de esta asociación a realizar oposiciones restringidas.



[ultimocero.com] La Audiencia Nacional sentencia desestimar la demanda de ANIL contra el primer acuerdo sindical de OPEs con los puestos públicos temporales de larga duración o de indefinidos no fijos: "no hay base legal para que se les exima" de una oposición para ser fijo. La AN recuerda que el indefinido no fijo tiene el derecho únicamente a permanecer en el puesto hasta que sea "cubierto por alguno de los sistemas de provisión de puestos de trabajo". [Texto de la sentencia]

Informa ultimoCero este 05/11/2019 de la esperada sentencia de la Audiencia Nacional al recurso de la Asociación Nacional de Interinos ANIL  del conocido abogado Manuel Martos, y cuya  vista oral tuvo lugar el pasado 29/10/2019,  en el que se demanda la anulación del Acuerdo  de sindicatos y Gobierno nacional de 2017 "para la Mejora del Empleo Público"  , que fue extendido luego en el segundo acuerdo de 2018 [ambos plasmados con rango de Ley en las leyes nacionales de presupuestos generales], acuerdo por el que se aprobaba realizar Ofertas Públicas de Empleo convencionales [OPEs] con puestos de temporales longevos -tanto personal "interino" como los laborales  ya declarados "indefinidos no fijos" por sentencia- sin reconocer el derecho por la situación de abuso de temporalidad de no exigir tener que superar una fase de oposición libre para alcanzar la condición de personal fijo, ni tampoco fijar un sistema de indemnizaciones si dicho personal es cesado por dichas OPEs.

Según este medio, la Audiencia Nacional  en su sentencia -a la que cabe recurso de casación o última instancia ante el Supremo- desestima esta demanda  condenando en costas a ANIL y afirmando que  no hay "ninguna base legal" para que al personal interino de larga duración o al indefinido no fijo por sentencia "se le exima de someterse a unas pruebas objetivas de evaluación de sus conocimientos” para poder ser fijo,  recordando  además que al  indefinido no fijo "se le reconoce únicamente el derecho a permanecer en su puesto de trabajo mientras no sea cubierto por alguno de los sistemas de provisión de puestos de trabajo, pero no se le garantiza un tiempo determinado de permanencia”.

jueves, 11 de abril de 2019

[El Independiente] Demandas de empleados públicos en abuso de duración de temporalidad reclamando la fijeza directa como aplicación de la normativa comunitaria

Informa El Independiente el 9/04/2019 de  la oleada de demandas judiciales que están realizando trabajadores temporales de diversas Administraciones Públicas en situación de abuso de duración de temporalidad a raíz del su posible cese y sin indemnización prevista por la ley nacional a consecuencia de los procesos de concurso-oposición con su puesto que se están convocando tras los acuerdos de los sindicatos en la mesa nacional de la función pública y el Gobierno para estabilizar sus 350.000 plazas, el primero de ellos en 2017.

Así el medio informa que en la época del primer acuerdo la batalla  mediática  de las demandas judiciales la daba la Asociación Nacional de Interinos y Laborales (ANIL) o plataformas de temporales que demandaban garantías de indemnizaciones ante los ceses por OPES o que los procesos selectivos fueran sólo por méritos  y que ahora se ha extendido, especialmente tras las nuevas sentencias del Tribunal Supremo sobre la vía de las indemnizaciones,  con otros despachos  -como el del abogado del Estado en excedencia Araúz de Robles [el de las cuestiones prejudiciales en el Tribunal europeo] - a la demanda de la de la propia fijeza  apoyándose en la directiva comunitaria 1990/70 que  impide el abuso en la contratación de personal temporal e interino en la administración y contempla la posibilidad de reconocer la fijeza del puesto para los afectados. Ese despacho avisa que, "en estos momentos, no existe una normativa ad hoc en España y que el marco al que agarrarse es el comunitario" y cree "ue el Gobierno podría establecer su propia norma, fijando una indemnización para subsanar los casos de fraude de Ley como medida disuasoria", por tanto, "quien no reclame ahora, podría encontrarse con una compensación económica" pero sin esta posibilidad abierta de conseguir la fijeza.

lunes, 25 de junio de 2018

[Redacción Médica] Los sindicatos del acuerdo de "estabilidad del empleo" tranquilos por el futuro de las oposiciones tras el rechazo de la suspensión cautelar ante la demanda de ANIL

Informaba Redacción Médica el pasado 16/06/2018  que los sindicatos  firmantes del acuerdo de "estabilización del empleo público" de 29/03/2017 con el Gobierno Nacional  -que fue  publicado en la Ley de Presupuestos del Estado de 2017, y que permite en Sanidad la convocatoria de Ofertas Públicas de Empleo [OPE], con hasta el 90% de loss más de  cien mil puestos temporales de más de 3 años de los servicios de salud- y por tanto todos "en fraude de ley" al no haberse convocado antes- "están tranquilos por el futuro de las oposiciones" y convencidos de que la demanda "no tiene futuro", ante la noticia de que la Audiencia Nacional rechazó la solicitud de paralización cautelar  de dichas OPEs solictada por ANIL en su demanda al Acuerdo sindical nacional, reclamando que estas OPES sean reemplazadas por proceso sde consolidación por concurso de méritos  amparándose en el artículo 61.6 del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP).


Así, el medio traslada que Raúl Olmos, secretario de acción sindical de la Federación de Servicios a la Ciudadanía de CCOO, afimró  que tanto sindicatos como el Gobierno descartaron que se pudiera utilizar sólo el concurso de méritos por que  "ss una medida excepcional, y ya el Constitucional, cuando tuvo que pronunciarse sobre las oposiciones de Sanidad de los años 90, las validó sólo porque entendía que se iban a realizar una sola vez, de forma justificada por la transferencia de competencias" y qu e la jurisprudencia ya ha "señalado que una fase de concurso no puede ser eliminatoria, sólo la fase de oposición."


lunes, 18 de junio de 2018

[CCOO Sanidad nacional] 'La Audiencia Nacional rechaza paralizar la OPE extraordinaria ' [Secr. Gral de Sanidad: 'Lo que hemos firmado es lo único posible']

'La Audiencia Nacional ha desestimado las medidas cautelares solicitadas por la Asociación Nacional de Interinos y Laborales (ANIL) para desestimar la OPE extraordinaria, propuesta liderada por CCOO y aprobada tras el pacto entre sindicatos y el Gobierno central. Así, la Audiencia desestima la petición de suspender todas las oposiciones hasta que se falle definitivamente acerca de la cuestión.

La decisión de la Audiencia llega después de que el Tribunal Supremo admitiera la causa presentada por la asociación y los sindicatos mayoritarios, como CCOO, presentaran su correspondiente recurso.


sábado, 16 de junio de 2018

[Redacción Médica/Consalud] La Audiencia Nacional rechaza la solicitud de paralización de las OPEs extraordinarias de "estabilización" de los puestos de empleados públicos de 3 años solictada por ANIL en su demanda al Acuerdo sindical nacional previo de la que se derivan

Informan Redacción Médica y Consalud que, ante la, ante la demanda interpuesta por ANIL al acuerdo del Estado con los sindicatos sobre temporalidad del empleo público que habilita a las Administraciones Públicas [AAPP] a convocar en Ofertas de Empleo Público convencionales ["OPEs"] los puestos de los empleados públicos de Sanidad, Educación y otros sectores de la AAPP con más de 3 años de temporalidad sin reconocer ningún derecho de los establecidos por la normativa europea ante abuso de temporalidad personal [dado que el acuerdo no fija que sean procesos de concurso de méritos de lso contemplados por el  Estatuto Básico del Empleado Público [EBEP] artículos 61.6 y 617 o que se haga alguna nueva disposición transitoria con rango de ley como la 4ª del propio EBEP sobre procesos "de consolidación" ni tampoco fija indemnización de ningún tipo para los temporales que acaben cesados si no superan la oposición de su puesto ante el resto de muchos aspirantes],  la Audiencia Nacional ha desestimado la solicitud de suspensión cautelar de todas las OPEs extraordinarias "de estabilización" y procesos selectivos en curso [como las presumiblemente inminentes convocatorias del SERMAS] derivadas de la Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2017 , que trasponía a ley el mencionado acuerdo sindical.


La Audiencia Nacional considera que "no concurren los presupuestos necesarios para acceder a la suspensión interesada, pues sí se aprecia claramente la existencia de 'periculum in mora'  [en caso de acordar la suspensión] y no hay elementos de convicción de entidad bastante como para dilucidar que la apariencia de buen derecho está del lado" de ANIL.

En todo caso, la Audiencia Nacional afirma que lo que plantea ANIL “afecta a cuestiones de fondo que requieren un examen detenido de la cuestión”, es decir, que habrá que esperar al "juicio" en sí, que por otra parte sigue pendiente, mientras las OPEs no quedan paralizadas por esta instancia judicial [sin perjuicio de que sí lo pudieran hacer los Tribunales competentes ante recursos similares a los propios Decretos de OPE o a la sresoluciones de las convocatorias -algo que parece  más difícil tras esta "jurisprudencia" de la Audiencia nacional- o, naturalmente, de la paralización por parte de la propia AAPP]


viernes, 15 de junio de 2018

[El Periódico de Extremadura] CCOO presenta alegaciones a la solicitud de paralización de las OPEs extraordinarias de "estabilización" de los puestos de empleados públicos de 3 años solictada por ANIL en su demanda al Acuerdo sindical previo de la que se derivan

Informa este 14/06/2018 el Periódico de Extremadura,  que, ante la, ante la demanda interpuesta por ANIL al acuerdo del Estado con los sindicatos sobre temporalidad del empleo público que habilitaba a convocar los puestos de los empleados públicos de Sanidad, Educación y otros sectores de la AAPP con más de 3 años de temporalidad sin reconocer ningún derechos establecido por la normativa europea ante abuso de temporalidad personal [no fijaban que fueran procesos de concurso de méritos por EBEP 61.6 y 7 o alguna nueva disposición transitoria como la 4ª del EBEP sobre procesos de consolidación ni indemnización de ningún tipo para los temporales que fueran cesados si no superaban la oposición de su puesto ante el resto de muchos aspirantes]  , el sindicado CCOO ha presentado alegaciones a esta solicitud y recuerda que la Audiencia Nacional ya ha denegado a  ANIL ly la solicitud de las medidas cautelarísimas [la que puede realizar la justicia sin escuchar a la parte demandada], opinando que ANIL se dedica a "la intoxicación informativa permanente de los interinos" afectados.

 

lunes, 23 de abril de 2018

[El Independiente] La secretaria de Estado de Función Pública defiende continuar como están con las OPEs extraordinarias de los puestos de miles de interinos de larga duración pese a las demandas judiciales

Informaba El Independiente  el pasado 19/04/2018 de la comparecencia de la secretaria de Estado de Función Pública, Elena Collado,  en la comisión de Presupuestos del Congreso de los Diputados, sobre los denominados "proceso de estabilización" u Ofertas Públicas de Empleo [OPE] Extraordinarias de hasta 350 mil plaza de puestos de diferentes Administraciones Públicas  [como la Comunidad de Madrid y en especial el Servicio Madrileño de Salud con más de 20 mil] cubiertos de forma temporal durante más de 3 años y por tanto "en fraude de ley" según la normativa española [y europea], y que según la Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2017 se autorizaba a las respectivas AAPP a convocar muchos de esos puestos [un 90% los de más de 3 años antes de 31/12/2017, y el 100% los anteriores a 2005 en Sanidad, Eduación y algún sector] en procesos selectivos mediante OPEs sin fijar que fueran con bases de consolidación del personal temporal de larga duración , que por tanto erdería su puesto de trabajo si no queda entre los mejores puntuaciones , todo tras un acuerdo del Gobierno del Estado con los sindicatos sobre temporalidad del empleo público , acuerdo que se acaba de extender al resto de sectores recientemente (con lo que podría afectar ya a un total de 700 mil empleados públicos)

El medio informa que miles de estos "interinos" afectados se están organizando y exigen lo ya recogido literalmente en el Estatuto Básico del Empleado público : que "en virtud de ley" puede "aplicarse, con carácter excepcional, el sistema de concurso que consistirá únicamente en la valoración de méritos" como sistema selectivo para alcanzar la condición de empleado público fijo para estos puestos. También informa que muchos de ellos, bajo la   "Asociación Nacional de Interinos y Laborales" (ANIL) están presentando demandas judiciales y que ANIL acaba de lanza una Iniciativa Legislativa Popular (ILP) para que se revoquen esos acuerdos entre sindicatos y Gobierno, que ANIL denuncia sería "un ERE en el sector público en tanto que no garantiza el puesto a sus actuales dueños"

lunes, 5 de marzo de 2018

[Aragón Digital] ANIL recurre la OPE de Educación de Aragón por incluir los puestos de los interinos de más de 3 años sin reconocer sus méritos de antigüedad

Informaba Aragón Digital el pasado 01/03/2018 que la Asociación Nacional de Interinos y Laborales [ANIL] ha interpueso recurso judicial ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón contra el Decreto de la la Oferta de Empleo Público de Educación de 2017 que convoca l763 plazas de sus interinos, de más de tres años de antigüedad y sin  "tener en cuenta los méritos" ni su situación de fraude de ley [por abuso de temporalidad, especialmente tras las famosas sentencias europeas] que debería suponer "u nreconocimiento de derechos laborales".


martes, 6 de febrero de 2018

[Economía Digital] Ola de demandas de interinos de gran temporalidad por la convocatoria de sus puestos en las oposiciones extraordinarias

Publica Economía Digital este 04/02/2017 que se espera una ola de demandas ante lo que podría ser "el mayor ERE de España" por los despidos que podrían provocar las oposiciones masivas que se se plantean desde el Gobierno del Estado , en  acuerdo con los sindicatos nacionales , para que las administraciones públicas reduzcan su temporalidad a base de convocar las centenares de miles de plazas del personal interino que lasa administraciones han mantenido de forma fraudulentamente durante muchos años sin convocar oposiciones regulares.

martes, 23 de enero de 2018

[ConSalud] El presidente de la asociación de interinos que ha presentado recurso contra el Acuerdo para las OPEs extraordinarias: "va a ser un ERE como un camión” [de personal interino de mucha antigüedad]

Publica Consalud este 16/01/2018 declaraciones del  presidente de la Asociación Nacional de Interinos y Laborales (ANIL), Manuel Martos, tras  la  demanda  de su asociación que ha llegado al Tribunal Supremo  contra el acuerdo entre Gobierno del Estado para reducir la temporalidad en el empleo público y su correspondiente publicación  en la Ley de Presupuestos del Estado  , que, recordemos incluye la posibilidad para las Administraciones Públicas de convocar  procesos selectivos extraordinarios [sin límites por tasa de reposición] de estabilización [ofertan los puestos de los empleados públicos temporales  de mucha antigüedad como solución al problema de abuso de temporalidad reconocido por las sentencias europeas].

A juicio de Martos estos acuerdos pueden suponer un “perjuicio” para el personal interino hasta el punto de asegurar que  “esto va a ser un ERE como un camión”. De hecho, el Presidente de ANIL, y abogado, considera que para conseguir la "igualdad en el acceso" exigida por la ley se debe tratar "de forma desigual situaciones diferentes" como son la del interino "longevo", cuyo puestos de trabajo es el que está en juego,  frente a la del "nuevo opositor".

lunes, 15 de enero de 2018

[EFE] Demanda en el Tribunal Supremo de la asociación de interinos ANIL contra las OPEs extraordinarias por convocar los puestos de los temporales longevos sin reconocer sus derechos establecidos por las sentencias europeas sobre abuso de temporalidad

Informa  EFE vía El Diario este 14/01/0217 que el Tribunal Supremo ha admitido a trámite la demanda colectiva de más de 3 interinos agrupadas en  la asociación ANIL [Asociación Nacional de Interinos y Laborales] contra el  acuerdo entre Gobierno central y los sindicatos UGT, CCOO y CSIF, publicado y vigente por la Ley de Presupuestos del Estado de 2017, que  habilita a todas Administraciones Públicas tanto nacionales, como regionales o locales, a convocar a ofertas públicas de empleo extraordinarias   hasta el 90% de los puestos ocupados por sus temporales durante más de 3 años, [y el 100% de los anteriores a 2005] , situación de exceso de temporalidadque , para ANIL, conlleva en base a la normativa y recientes sentencias europeas sobre abuso en la temporalidad en las AAPP españolas  derechos laborales que no son reconocidos en este acuerdo - que se limita a indicar que se deben valorar méritos de antigüedad en la posible segunda fase de concurso- y que sin esos derechos peligra el puesto de trabajo de los 350 mi interinos afectados.
Su presidente  y abogado,  Manuel Martos, informa que han solicitado la suspensión cautelar de la norma [lo que implicaría la paralización de todas las OPEs extraordinarias en base a ese acuerdo y sus convocatorias por ahora pendiente hasta la resoluicón del juicio] e indica que los ceses masivos de este tipo de temporales de más de 3 años podría llegar a suponer el pago de hasta 4 mil millones de euros en indemnizaciones si tras las demandas se les reconoce  como personal "indefinido no fijo " con derecho a indemnización.