El medio informa que miles de estos "interinos" afectados se están organizando y exigen lo ya recogido literalmente en el Estatuto Básico del Empleado público : que "en virtud de ley" puede "aplicarse, con carácter excepcional, el sistema de concurso que consistirá únicamente en la valoración de méritos" como sistema selectivo para alcanzar la condición de empleado público fijo para estos puestos. También informa que muchos de ellos, bajo la "Asociación Nacional de Interinos y Laborales" (ANIL) están presentando demandas judiciales y que ANIL acaba de lanza una Iniciativa Legislativa Popular (ILP) para que se revoquen esos acuerdos entre sindicatos y Gobierno, que ANIL denuncia sería "un ERE en el sector público en tanto que no garantiza el puesto a sus actuales dueños"
A este respecto la Secretaria de Estado comentó que [el concurso de méritos] sería "un proceso que no respeta los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad”, que les "duelen las situaciones personales que podamos provocar" excusándose que no podían hacer otra cosa y opinando que no "debemos parar este proceso" ni "judicializarlo" llamando a los "interinos que ven peligrar su puesto de trabajo" a que consigan la plaza fija "con un poco de esfuerzo y tirando de su experiencia"
El medio de prensa recuerda el caso de Educación [no universitaria], con las bases para las convocatorias de las CCAA fijadas desde el Estado, y donde la antigüedad del temporal cuya puesto se juega contabiliza solamente el 20% de la puntuación total del proceso de "estabilización", siendo además eliminatoria la fase oposición, con el formato habitual.
NOTA DEL EDITOR: además de las demandas de ANIL y de otros gabinetes de abogados, está la iniciativa del sindicato médico AMYTS con el despacho Araúz de Robles , que está demandando que se solicite al Tribunal de Justicia Europe el reconocimiento de una condición equiparable a la del personal estatutario fijo en cuanto a las condiciones de cese (y en el resto de condiciones de trabajo) para este personal temporal de larguísima duración como sanción adecuada, aplicando la normativa básica europea, la famosa Directiva 1999/70/CE, a la situación de abuso de contratación temporal por parte de la Administración para satisfacer necesidades que son de obvio carácter permanente y durante mucho tiempo. Precisamente, hace unas semanas se daba la importante noticia de que un Juzgado de Madrid ha trasladado al Tribunal de Justicia Europeo si hacer fijo al estatutario temporal con abuso de temporalidad por el caso de un informático del SERMAS que había realizado una de estas demandas.
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