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martes, 12 de marzo de 2024

La Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo sigue rechazando admitir a trámite recursos de fijeza como sanción al abuso de temporalidad así como esperarse a la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE en las cuestiones prejudiciales pendientes sobre funcionarios interinos en abuso de temporalidad, donde se cuestiona precisamente su doctrina actual. Y condena en costas al personal demandante declarado en abuso

 Pocos días después de la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de 22/02/2024 por casos de personal público laboral, la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo , la que lleva  las demandas de empleados públicos de tipo funcionario , ha emitido varias providencias de su sección de admisión por las que siguen inadmitiendo a trámite recursos de casación en los que se solicite fijeza -o indemnizaciones- como sanción al abuso de temporalidad, condenando además en costas al demandante, que se encuentra en dicha situación de abuso de temporalidad, al considerar el alto tribunal que ya tiene una doctrina muy consolidada al respecto tras una serie de sentencias desde  su  importante  sentencia de 30/11/2021  (recurso de casación 6302/2018) y  sentencias siguientes (como la serie de sentencias derivadas desde primeros de  Diciembre de 2021 y las  primeras sentencias a las demandas de fijeza del grupo de demandas del SERMAS de 2016 que dio lugar a la sentencia europea de 19/03/2020):

  • de las sentencias europeas, como la sentencia del TJUE de 19/03/2020,  se sigue que puede haber abuso de temporalidad en personal interino de vacante prolongada aunque sea en nombramiento único , o encadenada a otros tipos de nombramientos temporales anteriores, si bien esto debe establecerse en demandas personales del reconocimiento del abuso
  • pero "no se sigue que haya obligación" de conceder una sanción ante un abuso de temporalidad que no está contemplada en la legislación nacional , como la fijeza o una indemnización genérica "por abuso" 
  • siendo la  única posible consecuencia ante el abuso la que estableció en las sentencias del Tribunal Supremo de 26/09/2018: el mero mantenimiento del puesto de trabajo (con su readmisión si se había cesado al temporal de otra forma) hasta que la AAPP cumpla con  la cobertura  fija de la  vacante por algún proceso de cobertura (un proceso selectivo, un concurso de traslados, un reingreso, etc) o su amortización, en ambos casos, sin indemnización alguna más que una muy hipotética de daños y perjuicios concretos y acreditados, cuya carga de la prueba se hace recaer en el temporal y no en la administración, pero no una "indemnización al abuso  de temporalidad".

lunes, 11 de marzo de 2024

[CSIF Galicia Admin. General] 'CSIF gana la primera sentencia en Galicia que reconoce la fijeza de una trabajadora de la Xunta con contrato temporal, en aplicación del reciente fallo del TJUE.CSIF celebra la resolución del Juzgado de lo Social nº 1 de Ourense, que establece la improcedencia del cese de esta trabajadora y le otorga la opción de elegir entre la readmisión o la indemnización correspondiente'

'CSIF Galicia gana la primera sentencia que reconoce la condición de fija a una trabajadora de la Xunta de Galicia (Consellería de Política Social) en aplicación de la reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la UE, al considerar el cese como improcedente y dar la opción a la propia trabajadora de elegir entre la readmisión o indemnización correspondiente.

Tras la petición de aclaración de sentencia por parte de los servicios juridícos de CSIF,por haber contradicción entre el fallo y el cuerpo de la sentencia, finalmente la resolución es clara y otorga el derecho de elegir a la trabajadora, no a la administración.

La demandante prestaba sus servicios para la Consellería de Política Social con contrato de interinidad por vacante desde abril de 2013 y, pese a haber solicitado la inclusión de su plaza dentro del proceso de estabilización derivado de la Ley 20/21, fue cesada con fecha del 3 de octubre de 2023.

El fallo dictado por el Juzgado Nº1 de lo Social de Ourense recuerda que el TJUE establece que, a falta de medidas en el derecho nacional para prevenir y sancionar los abusos derivados de la utilización sucesiva de contratos temporales prorrogados sucesivamente, la conversión de estos contratos temporales en fijos puede ser una salida.

[UGT País Vasco] UGT gana una sentencia de fijeza en Gobierno Vasco que refuerza la última resolución emitida por el TJUE sobre contratos temporales sucesivos en el sector público.'

'Los Servicios Jurídicos de UGT han obtenido una sentencia que establece la fijeza del personal de limpieza y cocina en el Departamento de Educación del Gobierno Vasco. Esta sentencia refuerza la última decisión emitida por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre contratos temporales sucesivos en el sector público.

En concreto, la sentencia reconoce la fijeza laboral para una trabajadora de los servicios de limpieza y cocina del Departamento de Educación. Esta trabajadora tenían contratos de interinidad de larga duración, pero se encontraban en situación de fraude de ley. Anteriormente, habían superado procesos de selección para puestos laborales fijos, aunque no habían obtenido plaza en los mismos.

 

miércoles, 28 de febrero de 2024

[CGT FETAP] 'CGT consigue la primera sentencia de fijeza en base a la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE del 22F. Se trata de una trabajadora asesorada por la sección sindical de CGT en Telemadrid, que demandando su situación de estabilidad en el empleo siendo el titular del juzgado de lo social nº 26 de Madrid acaba de aplicar fijeza en su puesto de trabajo en base a la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE del pasado 22 de febrero.'

'Queremos recalcar que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha declarado que cualquier trabajador temporal en abuso de temporalidad del sector público en el Estado español, incluida la figura jurisprudencial de Indefinido no Fijo al no haber regulado en la normativa interna e incumplir el Acuerdo Marco europeo sobre el trabajo de duración determinada, debe pasar a fijo.

Desde la Federación Estatal de Trabajadoras de las Administraciones Públicas (FETAP) de CGT consideramos que se trata de una sentencia histórica que evidencia una vergonzosa situación de “abuso” para los y las trabajadoras del sector público que llevamos años denunciando. Una resolución que pone en evidencia no solo el abandono institucional que se ha ejercido desde los gobiernos central, autonómico y local, sino también desde sindicatos como UGT, CCOO y CSIF que no han hecho absolutamente nada para revertir la situación, más allá del pacto de 2021 para abrir “procesos de estabilización” que no han servido para estabilizar a las personas en abuso de temporalidad. No podemos olvidar que llevamos al menos 25 años diciendo que la utilización sucesiva de “contratos o relaciones laborales de duración determinada” eran un fraude y que lo que hace falta ahora es una solución legislativa definitiva que resuelva la situación.

La sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) señala que las y los trabajadores temporales que estén en situación de fraude de ley, con más de tres años ocupando una misma plaza o mediante concatenación de contratos, están sufriendo una situación de abuso laboral. En sus conclusiones considera que la legislación española no recoge medidas adecuadas para evitar la utilización abusiva de los contratos indefinidos no fijos. En consecuencia y como respuesta a una cuestión presentada anteriormente por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el TJUE responde que a falta de medidas adecuadas para prevenir y sancionar los abusos derivados del uso sucesivo de contratos temporales de cualquier ámbito (laborales, estatutarios o funcionarios) incluidos los contratos indefinidos no fijos prorrogados sucesivamente, convertir esos contratos temporales en fijos puede ser la solución que corrija este abuso. Una medida de la que se beneficiarán centenares de miles de trabajadoras y trabajadores del Estado español.

Publicado en el BOE las instrucciones del pago al persona del Sector Público Estatal de la subida retributiva del 0,5% del sueldo de 2023 corresponde al tramo pendiente ligado al PIB del año 2023]

Se ha publicado en el BOE de este 27/02/2024 la Resolución de 7 de febrero de 2024, de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos, por la que se dictan instrucciones sobre el pago al personal del Sector Público Estatal del incremento retributivo complementario del 0,5 por ciento vinculado a la evolución del PIB previsto en el artículo 19.Dos.2.b) de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023,.

lunes, 19 de febrero de 2024

La Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo admite recurso de casación del Ayuntamiento de Benidorm en el que tendrá que fijar doctrina sobre si corresponde la indemnización al cese de la Ley 20/2021 al funcionario interino cesado después de la Ley por procesos de "estabilización" derivados de las leyes anteriores de 2017 y 2018

Se ha publicado en el CENDOJ el importante Auto de 02/02/2023 de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo ante el recurso de casación (nº 5709/2023)  del Ayuntamiento de Benidorm contra la  sentencia de 18/05/2023 (nº 125/2023) del Juzgado de lo Contencioso-administrativo nº 2 de Alicante que concedió la indemnización al cese de 20 días por año con tope de 12 mensualidades contemplada en el artículo 2.1 , apartado 6 , de la  ley 20/2021 de 28 de Diciembre de 2021) para personal cesado por "el proceso de estabilización" , a una funcionaria interina durante 11 años del ayuntamiento  que había sido cesada el 31/01/2022, por tanto, después de la entrada en vigor la ley 20/2021 , pero por la resolución de un proceso selectivo convocado en 2020 derivado de las leyes de estabilización anteriores de 2017 y 2018 , y sin recibir dicha indemnización de 20 días que la empleada solicitó.
 
Recordemos que esta misma Sala de lo Contencioso del Supremo ya ha tumbado  sentencias que concedían la misma  indemnización , por analogía, contemplada en el Real-Decreto Ley 14/2021 6 de julio de  2021 (misma indemnización mantenida en la posterior  ley 20/2021 de 28 de Diciembre de 2021)a personal funcionario interino que había sido cesado antes de entrada en vigor de RDL 14/2021  por procesos de estabilización derrivados de las leyes anteriores.El RDL 114/2021 fue 

La Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo admite recurso de casación de un aspirante contra el concurso de méritos de la Ley 20/2021 de Facultativo especialista de Farmacia Hospitalaria del SERGAS contra la puntuación del doble de la experiencia en la categoría en centros del SERGAS con respecto a otros centros del SNS

Se ha publicado en el CENDOJ el importante Auto de 26/01/2024 de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo ante el recurso de casación (nº 6920/2023) de un facultativo especialista de Farmacia Hospitalaria, contra la  sentencia de 14/06/2023 de la sección 1ª de la Sala de lo Contencioso-administrativo Tribunal Superior de Justicia de Galicia  que desestimó su demanda de que se anulara la diferencia de puntuación establecida en las bases de la  convocatoria de Facultativo especialista de Farmacia Hospitalaria del concurso de méritos excepcional en el SERGAS derivado de la  ley 20/2021 de 28 de Diciembre de 2021  al que se ha presentado y que asignaba el doble de puntuación a la experiencia obtenida en la misma categoría dentro del sistema gallego de salud con respecto a la obtenida en la misma categoría en otros centros del Servicio Nacional de Salud.

La Sección de Admisión de la Sala de lo Contencioso admite a trámite el recurso de casación fijando como cuestión para la formación de jurisprudencia:

martes, 23 de enero de 2024

[Araúz] Juzgado de lo Social nº 10 de Madrid sentencia la improcedencia del despido de una trabajadora temporal de la C. de Madrid

 'Los órganos judiciales siguen dándonos la razón y declarando la improcedencia de los despidos de empleados públicos temporales.

 Ahora ha sido el Juzgado de lo Social N.º 10 de Madrid, que en sentencia de 12 de enero de 2024 declara la improcedencia del despido de una trabajadora de la Consejería de Economía de la Comunidad Autónoma de Madrid que acreditaba 5 de años de servicios continuados, obligando a la Consejería a readmitir a la trabajadora, con todos los salarios de tramitación o a abonarle la indemnización legal.'

lunes, 15 de enero de 2024

[Araúz] 'Juzgado de lo Social de Madrid sentencia la improcedencia del despido de una trabajadora temporal de la C. de Madrid'

'El Juzgado de lo Social nº 5 de Madrid, en Sentencia de 22 de diciembre de 2023, declara la improcedencia del despido de una trabajadora temporal de la Consejería de Economía de la CAM -pese a que después del despido, había sido nuevamente contratada por la CAM, cuyo contrato se mantiene- y obliga a la CAM a optar entre la readmisión de la trabajadora, con abono de los salarios de tramitación, o una indemnización equivalente a 45 días por año de servicio y de 33 días a partir del 12/02/2012, hasta la fecha de su nuevo contrato.

[Valencia Plaza] El Ayuntamiento de Valencia modifica las bases de su concurso de méritos de estabilización reduciendo la diferencia de puntuación en la experiencia en otros grandes ayuntamientos (a 3/4) y en otras AAPP (a la mitad)

Informaba Valencia Plaza este 13/01/2024 que el Ayuntamiento de Valencia ya ha negociado con los sindicatos la  modificación de las bases de sus procesos selectivos derivados de la ley 20/2021, tras la sentencia del juzgado de lo contencioso de Valencia  de  anulación de sus bases  por puntuar en el concurso la cuarta parte la experiencia en otras AAPP con respecto al propio ayuntamiento, sentencia que decidió no recurrir.

Así, en cuanto a los procesos por concurso de méritos el nuevo baremo para la experiencia en la categoría convocada pasará a ser:

miércoles, 3 de enero de 2024

Recordatorio. Publicada la Oferta de Empleo Público del Servicio Valenciano de Salud para el año 2023 con 1.300 plazas más al concurso de méritos de la Ley 20/2021 haciendo uso del artículo 217 del RDL 5/2023 del Estado por las plazas que quedaron desiertas del concurso-oposición de los procedimientos de estabilización anteriores

 [Recordatorio de entrada publicada el 22/12/2023] Se ha publicado en el DOGVde este 21/12/2023 EL DECRETO 213/2023, de 14 de diciembre, del Consell de la Generalitat Valenciana, por el que se aprueba la oferta de empleo público de 2023 para personal gestionado por la Conselleria de Sanidad  en la que se han computado 1300 plazas para ser convocadas a concurso de méritos de la Ley estatal  20/2021, haciendo uso del artículo 217 del Real Decreto-ley 5/2023, que fue aprobado este verano por el Gobierno del Estado , ratificado con la convalidación por el Congreso ,  si bien, en lugar de computar  todas las plazas de  personal con una relación temporal anterior a 1 de enero de 2016 que no han superado los procesos selectivos de estabilización anteriores que estaban convocadas a la entrada en vigor de la ley  donde se computó su plaza sin haberlo hecho en el concurso de méritos posterior, el Gobierno valenciano se ha limitado a computar las plazas desiertas de dichos procesos.

Así ,el propio texto reza literalmente:

jueves, 28 de diciembre de 2023

Aprobada Oferta de Empleo Público de Administración y Servicios de la Universidad Complutense para el año 2023, según el artículo 217 del RDL 5/2023 del Estado, con más plazas de personal temporal de antes de 2016 para concurso de méritos de la Ley 20/2021

 Se ha publicado en el BOCM de este 27/12/2023 la "Oferta de Empleo Público del Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios, derivada de la tasa adicional establecida en el artículo 217 del Real Decreto-Ley 5/2023, de 28 de junio", RDL que fue aprobado este verano por el Gobierno del Estado , ratificado con la convalidación por el Congreso y de obligado cumplimiento para todas las AAPP, y en la que se han computado  4 plazas temporales de Auxiliares para ser convocadas a concurso de méritos de la Ley estatal  20/2021

 

miércoles, 27 de diciembre de 2023

[La Información] El Tribunal Superior de Justicia de la C. Valenciana reitera su doctrina y ratifica la sentencia del juzgado de anulación de las bases del concurso de méritos de Ley 20/2021 del Ayuntamiento de Elche por las que se puntúaba la cuarta parte la experiencia en otras AAPP

Informa La Información este 26/12/2023 que el Tribunal Superior de Justicia de la C. Valenciana ha ratificado la sentencia de 27/01/2023 del juzgado de lo contencioso de Elche de anulación de las bases de la convocatoria de su concurso de méritos Ley 20/2021 del Ayuntamiento por las que se puntúaba la cuarta parte la experiencia en otras AAPP con respecto la del ayuntamiento, siguiendo su propio criterio de su la reciente sentencia  para el caso del Ayuntamiento de Santa Pola, entendiendo que no puede haber una desproporción injustificada del mérito de la experiencia previa en una administración para acceder a un proceso de estabilización de empleo temporal derivado de la Ley 20/202. 

 

[Valencia Plaza] El Ayuntamiento de Valencia decide no recvrrir la sentencia del juzgado de lo contencioso de Valencia de anulación de las bases del concurso de méritos Ley 20/2021 del Ayuntamiento de Valencia por las que se puntúaba la cuarta parte la experiencia en otras AAPP . Realizará una rebaremación con bases modificadas

Informaba Valencia Plaza este 22/12/2023 que el Ayuntamiento de Valencia, la sentencia del juzgado de lo contencioso de Valencia  de  anulación de las bases del concurso de méritos Ley 20/2021 del Ayuntamiento de Valencia por las que se puntúaba la cuarta parte la experiencia en otras AAPP con respecto al propio ayuntamiento, ha decidido, en reunión con los sindicatos:

  • no recurrir dicha sentencia dado que trasladaba la doctrina de una sentencia de su Tribunal superior regional, el de la C. Valenciana para el caso idéntico de otro Ayuntamiento (de Santa Pola)
  • continuar el proceso selectivo con los mismos aspirantes realizando una rebaremación con unas bases modificadas que se negociarán con los sindicatos teniendo en cuenta la sentencia

martes, 26 de diciembre de 2023

Aprobada Oferta de Empleo Público extraordinaria del Ayuntamiento de Sevilla para el año 2023, por el artículo 217 del RDL 5/2023 del Estado, con plazas adicionales de personal temporal de antes de 2016 para concurso de méritos de la Ley 20/2021

Informaba La Vanguardia el 21/12/2023 que el gobierno del Ayuntamiento de Sevilla ha aprobado una ampliación extraordinaria de la OPE de estabilización de 34 plazas, para ser convocadas a concurso de méritos de la Ley estatal  20/2021.,  haciendo uso del artículo 217 del Real Decreto-ley 5/2023",  que fue aprobado este verano por el Gobierno del Estado , ratificado con la convalidación por el Congreso y de obligado cumplimiento para todas las AAPP.

La Oferta de Empleo Público de Personal Docente e Investiación de la Universidad Rey Juan Carlos para el año 2023 incluye 145 plazas para concurso de méritos por aplicación del artículo 217 del RDL 5/2023 del Estado

Se ha publicado en el BOCM de este 22/12/2023 la Oferta de Empleo Público de Personal Docente y de Investigación de la Universidad Rey Juan Carlos para el año 2023  en la que se han computado  145 plazas temporales de Personal Docente e Investigador (13 plazas de Profesor Titular de Universidad y 132 plazas de Profesor Permanente) para ser convocadas a concurso de méritos de la Ley estatal  20/2021, computadas por personal con una relación temporal anterior a 1 de enero de 2016 que no han superado los procesos selectivos de estabilización convocados con un sistema selectivo distinto" del concurso de méritos previsto por la disposición adicional 8ª de la Ley 20/2021", de acuerdo con el artículo 217 del Real Decreto-ley 5/2023",aprobado este verano por el Gobierno del Estado , ratificado con la convalidación por el Congreso y de obligado cumplimiento para todas las AAPP.

 

Aprobada Oferta de Empleo Público de Administración y Servicios de la Universidad Carlos III para el año 2023, según el artículo 217 del RDL 5/2023 del Estado, con más plazas de personal temporal de antes de 2016 para concurso de méritos de la Ley 20/2021

Se ha publicado en el BOCM de este 22/12/2023 la "Oferta de Empleo Público de la Universidad Carlos III para el año 2023 vinculada a la tasa adicional del artículo 217 del Real Decreto-ley 5/2023", RLD que fue aprobado este verano por el Gobierno del Estado , ratificado con la convalidación por el Congreso y de obligado cumplimiento para todas las AAPP, y en la que se han computado  7 plazas temporales de Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios Funcionario para ser convocadas a concurso de méritos de la Ley estatal  20/2021

 

viernes, 22 de diciembre de 2023

Publicada la Oferta de Empleo Público del Servicio Valenciano de Salud para el año 2023 con 1.300 plazas más al concurso de méritos de la Ley 20/2021 haciendo uso del artículo 217 del RDL 5/2023 del Estado por las plazas que quedaron desiertas del concurso-oposición de los procedimientos de estabilización anteriores

 Se ha publicado en el DOGVde este 21/12/2023 EL DECRETO 213/2023, de 14 de diciembre, del Consell de la Generalitat Valenciana, por el que se aprueba la oferta de empleo público de 2023 para personal gestionado por la Conselleria de Sanidad  en la que se han computado 1300 plazas para ser convocadas a concurso de méritos de la Ley estatal  20/2021, haciendo uso del artículo 217 del Real Decreto-ley 5/2023, que fue aprobado este verano por el Gobierno del Estado , ratificado con la convalidación por el Congreso ,  si bien, en lugar de computar  todas las plazas de  personal con una relación temporal anterior a 1 de enero de 2016 que no han superado los procesos selectivos de estabilización anteriores que estaban convocadas a la entrada en vigor de la ley  donde se computó su plaza sin haberlo hecho en el concurso de méritos posterior, el Gobierno valenciano se ha limitado a computar las plazas desiertas de dichos procesos.

La Oferta de Empleo Público de Administración y Servicios de la Universidad Rey Juan Carlos para el año 2023 incluye plazas para concurso de méritos por aplicación del artículo 217 del RDL 5/2023 aprobado por el Estado

 Se ha publicado en el BOCM de este 21/12/2023 la Oferta de Empleo Público de Personal Técnico, Gestión y Administración y Servicios de la Universidad Rey Juan Carlos para el año 2023  en la que se han computado 8 plazas de auxiliar administrativo y de biblioteca para ser convocadas a concurso de méritos de la Ley estatal  20/2021, computadas por personal con una relación temporal anterior a 1 de enero de 2016 que no han superado los procesos selectivos de estabilización convocados con un sistema selectivo distinto" del concurso de méritos previsto por la disposición adicional 8ª de la Ley 20/2021", de acuerdo con el artículo 217 del Real Decreto-ley 5/2023",aprobado este verano por el Gobierno del Estado , ratificado con la convalidación por el Congreso y de obligado cumplimiento para todas las AAPP.

 

jueves, 21 de diciembre de 2023

[ATAP] El sindicato "Asociación de trabajadores del Ayuntamiento de Palma" denuncia el error en la aplicación de la Ley 20/2021 por parte del Ayuntamiento de Palma [y del posterior Real Decreto-Ley 5/2023: hay plazas que deben salir al Concurso de Méritos]

'La ley 20/2021 para la reducción de la temporalidad laboral en laadministración pública es de obligado cumplimiento por parte de todas las administraciones públicas. Su objeto es dar la oportunidad a todas las administraciones públicas a estabilizar, a través de concurso de méritos o concurso oposición extraordinario, todas las plazas que se encuentren en situación fraudulenta en su contratación culminando el proceso a final del 2024.

Esta ley establece que todas las plazas estructurales o programas, que comparten las mismas funciones recurrentes, que hubieran estado ocupadas con carácter temporal de forma ininterrumpida con anterioridad a 1 de enero de 2016 serán convocadas por concurso de méritos, y, las plazas ocupadas por 3 años antes 1 de enero de 2021 por concurso oposición extraordinario.