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martes, 31 de marzo de 2026

[CCOO Madrid - Área Pública] 'El Área Pública de CCOO de Madrid exige a la Comunidad que inicie la negociación para recuperar la jornada de 35 horas para las empleadas y empleados públicos La Administración General del Estado ha acordado la recuperación de la jornada máxima de 35 horas'

'El Área Pública de CCOO de Madrid, a través de su coordinadora Aida San Millán Martín, ha remitido una carta a la Directora General de Función Pública de la Comunidad de Madrid para exigir la convocatoria urgente de la Mesa General de Negociación e iniciar el proceso de recuperación de la jornada laboral de 35 horas semanales en la región.

Este requerimiento llega tras conocerse que el personal de la Administración General del Estado (AGE) recuperará la jornada laboral máxima de 35 horas, junto con la reanudación de la jubilación parcial para el conjunto del personal laboral. CCOO de Madrid, como organización firmante de dicho acuerdo, considera imprescindible que la Comunidad de Madrid no se quede al margen y garantice estas mismas condiciones a sus más de 200.000 empleados y empleadas.

[UGT Servicios Públicos de Madrid] 'UGT Servicios Públicos de Madrid solicita la convocatoria de la mesa general de negociación de la Comunidad de Madrid para recuperar la jornada laboral de 35 horas en toda la administración pública regional'

[27/03/2026] 'Tras el Acuerdo alcanzado hoy viernes 27 de marzo, en la Mesa General de Negociación de la Administración General del Estado, para la implantación de la jornada de 35 horas semanales en la Administración Pública Estatal (Enlace la noticia), desde UGT Servicios Públicos de Madrid hemos remitido una carta a la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo de la Comunidad de Madrid Dª. Rocío Albert López-Ibor, solicitando la convocatoria de la Mesa General de negociación de las empleadas y los empleados públicos de la Comunidad de Madrid, para abordar en la misma la recuperación, planificación e implantación de la jornada laboral general de 35 horas semanales en la totalidad de la Administración Pública Regional. 

lunes, 30 de marzo de 2026

[Gob. Estado/Min. de T.D. y Función Pública] 'Óscar López anuncia la implantación de la jornada de 35 horas semanales en la Administración del Estado . El ministro ha explicado que en la primera quincena de abril el Ministerio dictará una resolución para que comience a implantarse esta medida, negociada con los sindicatos, que beneficiará a unos 220.000 empleados públicos. La resolución incluirá también la figura del cuidador, que permitirá a progenitores y cuidadores flexibilizar la jornada para conciliar la vida familiar y laboral.'

 'El ministro para la Transformación Digital y de la Función Pública, Óscar López, ha anunciado que el Gobierno dictará una resolución en la primera quincena de abril para implantar la jornada de 35 horas semanales en la Administración del Estado y organismos públicos, una medida que beneficiará a unos 220.000 empleados públicos y que se ha negociado con los sindicatos.

Durante su intervención en el VI Foro Económico de Eldiario.es, el ministro ha asegurado que “en la primera quincena de abril” se dictará una resolución “poner en marcha la jornada de 35 horas en la Función Pública en lo que tiene que ver con la Administración General del Estado”. López ha explicado que esta decisión se toma “en acuerdo con los sindicatos”.

[CISF nacional] 'CSIF logra una acuerdo histórico para aplicar la jornada de 35 horas en la Administración General del Estado'

'La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF), sindicato más representativo en las administraciones públicas, ha firmado un acuerdo histórico para aplicar de manera definitiva la jornada de 35 horas semanales en la Administración General del Estado (AGE).

 La interlocución de CSIF ha sido fundamental para lograr este acuerdo que estaba pendiente de aplicación desde 2022 y que logramos desbloquear con Función Pública en el Acuerdo Marco para la Mejora del Empleo Público y el Servicio a la Ciudadanía, firmado el pasado mes de noviembre

lunes, 23 de febrero de 2026

[Ayuntamiento de Madrid] 'Madrid Salud refuerza su capacidad diagnóstica con una inversión de 2,4 millones para la compra de reactivos y la mejora de sistemas informáticos. El Laboratorio de Análisis Clínicos, ubicado en el Complejo Sanitario de la calle Montesa, desempeña un papel esencial en el apoyo a los programas municipales de prevención y promoción de la salud La implantación de un sistema informático integral (SIL) permitirá la gestión automatizada, segura y eficiente de todos los procesos analíticos'

 'El Organismo Autónomo Madrid Salud, dependiente del Área de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias, destinará más de 2,4 millones de euros (2.419.359 -IVA incluido-) al suministro de reactivos químicos especializados y a la implantación y mantenimiento del sistema informático del Laboratorio de Análisis Clínicos, con el objetivo de garantizar la continuidad, calidad y seguridad de los servicios de prevención y diagnóstico dirigidos a la población madrileña. Así lo ha informado la vicealcaldesa y portavoz municipal, Inma Sanz, en la rueda de prensa posterior a la Junta de Gobierno.

lunes, 9 de febrero de 2026

[Cadena SER] Juzgado social de Madrid concede indemnización por abuso de temporalidad a empleada pública laboral interina durante 24 años que obtuvo plaza fija en el proceso de estabilización

 Informa la Cadena SER este 08/02/2026 que un  Juzgado de lo Social ha dictado sentencia de indemnización a un empleado público labora de la la Agencia Madrileña de Atención Social [AMAS] de  Comunidad de Madrid por su situación de abuso de temporalidad tras estar 24 años bajo contrato de interinidad y pese a haber conseguido plaza fija en el proceso de estabilización.

 

viernes, 30 de enero de 2026

Recordatorio.[23/07/2025] [Araúz] Sala de lo C-A del Tribunal Supremo sentencia que el plazo de 3 años del art. 70 del EBEP para ejecutar una OPE se cumple si se convoca el proceso selectivo y se adjudican las plazas dentro del plazo [Texto de la sentencia]

[Recordatorio de entrada publicada  en este blog el 23/07/2025 OJO HACE 6 MESES] 

 [23/07/2025] ' La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, acaba de dictar sentencia del 9 de julio de 2025, en la que declara que el plazo de 3 años del art. 70 del Estatuto Básico del Empleado Público para ejecutar la OPE se cumple cuando el proceso selectivo convocado se desarrolla íntegramente dentro de este plazo, mediante la adjudicación de las plazas a los aspirantes que hayan superado dicho proceso selectivo.

Esto determina la nulidad radical de los ceses o despidos que se produzcan como consecuencia de una OPE que no se haya desarrollado íntegramente dentro de este plazo.'
 

jueves, 22 de enero de 2026

[Araúz] La Sala de lo Social del Tribunal Supremo confirma la competencia del orden social cuando se aprecia irregularidad en la contratación del empleado público temporal y la fijeza como sanción cuando se ha aprobado un proceso selectivo sin obtener plaza

'La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha dictado sentencia de fecha 3 de diciembre de 2025 en la que confirma su doctrina anterior recaída en su sentencia 16 de noviembre de 2021, según la cual, cuando un empleado público temporal en abuso ha aprobado un proceso selectivo, sin obtener plaza y acredita una adecuada y completa formación en su especialidad, lo que corresponde es transformar la relación temporal abusiva en una relación fija.

La sentencia, además, confirma la competencia del orden social cuando se aprecia irregularidad en la contratación del empleado público temporal, pues las administraciones públicas no están exentas de sujetarse a la legislación laboral y no pueden, por la vía de tales irregularidades, eludir las disposiciones de esta normativa laboral. La jurisdicción contencioso administrativa será competente cuando no se aleguen irregularidades en la contratación, sino la duración inusualmente larga del contrato administrativo temporal'.

miércoles, 21 de enero de 2026

La Sala de lo Social del Tribunal Supremo confirma en un recurso de casación una sentencia de fijeza laboral de un juzgado de lo social a una profesora que encadenó durante cursos "contratos administrativos" de la Comunidad Foral de Navarra. El Supremo sólo entra a resolver la única cuestión que recurrió el gobierno navarro en el caso: la compentecia del juzgado de lo social. El Supremo Social reitera que sí es posible la competencia de lo Social ante ciertas "irregularidades" en el uso de la contratación administrativa

Se ha publicado en el CENDOJ la sentencia de 03/123/2025 de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo al recurso de casación nº 5104/2024 de una empleada pública temporal, profesora de Música y Artes del Conservatorio Profesional Pablo Sarasate dependiente del Departamento de Educación del Gobierno de Navarra, contra la sentencia de 23/05/2024 del Tribunal Superior de Justicia de Navarra que había revocado la sentencia de fijeza que había dictado el Juzgado Social nº4 de Navarra.

La empleada pública temporal había encadenado durante 14 años  una "serie de contratos administrativos temporales a tiempo completo de Artículo 88 c) y siguientes del Estatuto del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas de Navarra", es decir, no se trataba de un nombramiento de funcionario interino en una vacante existente ni de funcionario interino de sustitución de un funcionario de carrera sino -en la denominación de la ley de función pública específica navarra- de nombramientos interinos de personal docente por programas, por acúmulo de tareas o por una duración fija de un curso o inferior, que la AAPP navarra había justificado "a la atención temporal de necesidades de personal docente existentes en el Departamento de Educación". 

El primer "contrato administrativo" lo obtuvo  tras haber "superado sin obtener plaza" las pruebas por concurso-oposición del proceso selectivo, por resolución 2470/2009 de 06/01/2010, para ser funcionario de carrera del Cuerpo de profesores de música y artes escénicas, quedando en la lista de aspirantes a la contratación temporal desde la que fue llamada, "de conformidad con lo dispuesto en la Orden Foral
60/2009, de 8 de mayo
(B.O.N. nº66, de 29/05/2009).  Los  sucesivos contratos de cada curso fueron siempre para el mismo puesto en el mismo conservatorio  sin que  nunca se hubieran incluido plaza correspondiente en la Plantilla Orgánica de la Administración.

El juzgado de lo Social desestimó la petición de incompetencia del Gobierno de Navarra, que entendía que la competencia para este tipo de contratos, por ser administrativos, correspondía exclusivamente al orden de lo Contencioso-Administrativo y estimó completamente la demanda , declarando la relación laboral fija a la empleada..

viernes, 16 de enero de 2026

Recordatorio. Evento de SocInfo Digital el miércoles 20 de Enero "Nueva Estrategia de Ciberseguridad del Sistema Nacional de Salud", con ponencia del la Directora General de Salud Digital del Ministerio de Sanidad y varias CCAA

 [Recordatorio de entrada publicada el 09/01/2026]

El próximo miércoles 20  de Enero tendrá lugar en Madrid  por la mañana, en la sede del INAP, el evento "Nueva Estrategia de Ciberseguridad del Sistema Nacional de Salud" , organizado por  la revista "Sociedad de la Información Digital" [SocInfo Digital]. La inscripción en el evento es gratuita para empleados del sector público.

El programa , con participación de responsables de la ciberseguridad y de las TIC de la Sanidad  nacional entre ellas la propia Directora General de Salud Digital del Ministerio de Sanidad, y de CCAA , como Galicia, La Rioja y Castilla-La Mancha o de centros sanitarios  , junto con algunas empresas destacadas del sector, es el siguiente: 


10.00 Bienvenida.    
Dª Carolina Sánchez Sánchez. Directora. Revista Sociedad de la Información
Digital.

10.10 Nueva Estrategia de Ciberseguridad del Sistema Nacional de Salud.
Noemí Cívicos Villa. Directora General de Salud Digital y Sistemas de Información para el Sistema Nacional de Salud. Ministerio de Sanidad.

viernes, 9 de enero de 2026

Evento de SocInfo Digital el miércoles 20 de Enero "Nueva Estrategia de Ciberseguridad del Sistema Nacional de Salud", con ponencia del la Directora General de Salud Digital del Ministerio de Sanidad y varias CCAA

El próximo miércoles 20  de Enero tendrá lugar en Madrid  por la mañana, en la sede del INAP, el evento "Nueva Estrategia de Ciberseguridad del Sistema Nacional de Salud" , organizado por  la revista "Sociedad de la Información Digital" [SocInfo Digital]. La inscripción en el evento es gratuita para empleados del sector público.

El programa , con participación de responsables de la ciberseguridad y de las TIC de la Sanidad  nacional entre ellas la propia Directora General de Salud Digital del Ministerio de Sanidad, y de CCAA , como Galicia, La Rioja y Castilla-La Mancha o de centros sanitarios  , junto con algunas empresas destacadas del sector, es el siguiente: 


10.00 Bienvenida.    
Dª Carolina Sánchez Sánchez. Directora. Revista Sociedad de la Información
Digital.

10.10 Nueva Estrategia de Ciberseguridad del Sistema Nacional de Salud.
Noemí Cívicos Villa. Directora General de Salud Digital y Sistemas de Información para el Sistema Nacional de Salud. Ministerio de Sanidad.

miércoles, 12 de noviembre de 2025

La Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo vuelve a sentenciar la anulación de la puntuación del doble de la experiencia en la categoría en centros del SERGAS con respecto a otros centros del SNS en la resolución de las convocatorias de concursos de méritos de la ley de 20/201 de facultativos del SERGAS. Y aunque dice que hubiera sido posible una ligera diferencia, a falta de motivación adecuada en la resolución , confirma (no es "ilegal" ) la imposición de la sentencia del TSJ de que se debe pasar a dar la misma puntuación

Acaba de publicarse en el CENDOJ la Sentencia de 22 de Octubre de 2025 de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo en el recurso de casación (nº 8023/2023) de la Xunta de Galicia contra la sentencia del Tribunal Superior de Galicia de 20/11/2025 que había estimado la demanda de un Facultativo Especialista de Area,  de  obstetricia y ginecología, de anulación de la  diferencia de puntuación establecida en las bases de la convocatoria de 26/12/2022 de Facultativos especialistas del concurso de méritos excepcional en el SERGAS de plazas derivado de la Disposición Adicional 6ª de la ley 20/2021 de 28 de Diciembre de 2021  condenando al Servicio Gallego de Salud a "equiparar la puntuación del tiempo trabajado en el Sistema Público de Salud de Galicia con el tiempo trabajado en iguales condiciones en el Sistema Nacional de Salud".

Esa diferencia, establecida en todas las convocatorias de  concurso de méritos de la ley 20/2021 el SERGAS, consistía en asignar el doble de puntuación a la experiencia obtenida en la misma categoría dentro del sistema gallego de salud con respecto a la obtenida en la misma categoría en otros centros del Servicio Nacional de Salud.

jueves, 30 de octubre de 2025

La Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo fija, en una demanda contra la OPE de la ley 20/2021 de la Junta de Galicia, que una Oferta Pública de Empleo no es una "disposición de carácter general", sino un "acto", y el cómputo concreto de sus plazas una cuestión de hecho que no puede ir a un recurso de casación

Se ha publicado en el CENDOJ la  sentencia de 14/10/2025 de la Sección 4ª de la  Sala de lo Contencioso del Supremo -que deliberó  el  07/10/2025- al recurso de casación nº 2757/2024 , que había sido  admitido a trámite el 15/01/2025 con la cuestión de interés casacional sobre "si las ofertas de empleo público dictadas en aplicación de la estabilización de empleo temporal prevista en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad el empleo público, tienen el carácter de disposición de carácter general ", es decir reglamentaria, o o se trata de un mero acto administrativo, aunque de carácter general.

El demandante del caso es un funcionario interino de la CCAA de Galicia que solicitaba en su demanda  la nulidad de la Oferta de Empleo Público (OEP) extraordinaria de plazas de personal funcionario y laboral de la Administración de Galicia derivada de la ley 20/2021, publicada en el Diario Oficial de Galicia el 30 de mayo de 2022, por "no haberse observado en el procedimiento de elaboración la realización de trámites esenciales y prescriptivos; por carecer de motivación jurídica que permita criticarla en el control de lo actuado; por no responder a la función planificadora que le es propia e infringir el artículo 2.2. de la Ley 20/2021", y ,por último, "no haber incorporado  todas las plazas que reúnan los requisitos previstos en las disposiciones adicionales 6ª y 8ª de la Ley", es decir, no haber contabilizado todas las plazas debidas para convocar por el proceso excepcional de concurso de méritos, como la del puesto del demandante.
 
 

miércoles, 29 de octubre de 2025

Recordatorio. Evento de SocInfo Digital el miércoles 29 de Octubre "Del Dato a la decisión: IA responsable para la AAPP", con ponencia del Subdirector General de Innovación, Datos e Inteligencia Artificial de la Comunidad de Madrid

[Recordatorio de entrada publicada el 27/10/2025

Este miércoles 29  de Octubre tendrá lugar en Madrid  por la mañana, en la sede del INAP, el evento "Del Dato a la decisión: IA responsable para la AAPP" , organizado por  la revista "Sociedad de la Información Digital" [SocInfo Digital]. La inscripción en el evento es gratuita para empleados del sector público.

El programa , con participación de responsables de la ciberseguridad de la AAPP nacional, autonómica y local, junto con algunas empresas destacadas del sector, es el siguiente: 


martes, 28 de octubre de 2025

La Sala de lo Contencioso del Supremo reitera , en el caso de una funcionaria interina de 30 años de temporalidad con último nombramiento dede 2013 , que no corresponde la compensación al cese del artículo de la Ley 20/2021 para interinos que superen los 3 años, a los interinos nombrados antes de la entrada en vigor de la Ley 20/2021 cesados después de la entrada en vigor de la leyy revoca la sentencia del Tribunal Superior de Andalucía que se la había concedido.

Acaba de publicarse en el CENDOJ la sentencia de 14/10/2025 de la Sección 4ª de la  Sala de lo Contencioso del Supremo -que deliberó  el  07/10/2025- al recurso de casación 7438/2024, admitido a traḿite  el 09/04/2025, sobre si  habiéndose producido el cese del funcionario interino bajo la vigencia de la Ley 20/2021,  es procedente la compensación económica contemplada en su artículo 1.3 -que añadió la Disposición Adicional 17 al Estatuto Básico del Empleado Público-, no obstante haberse producido el nombramiento del que deriva el referido cese con anterioridad a su entrada en vigor el 30 de diciembre de 2021"

Esta cuestión ya había sido resuelta por la Sala  en su sentencia de 09/05/2025  y en la  importante sentencia de 01/07/2025 del asunto de un funcionario del Ayuntamiento de Benidorm : para esta sala del Supremo no corresponde la indemnización al cese del artículo 1 de la ley al personal nombrado antes de la entrada en vigor del Real Decreto 14/2021 que pudiera pensarse en concederle "por analogía": esa indemnizacion está exclusivamente reservada para el cese de personal temporal de último nombramiento después de ese Real-Decreto ley por su disposición transitoria, mantenida en la ley 20/2021 , que no introdujo retroactividad alguna.

En el caso de esta nueva sentencia, se trata de una funcionaria del Cuerpo Auxiliar Administrativo en  la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional de la Junta de Andalucía  interina en varios nombramientos durante ¡30 años!, siendo el último nombramiento de vacante  de 2013 -ya de 7 años de antigüedad-, y que  en 2020 , tras la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de 2020 "Sánchez Ruiz" , había interpuesto una demanda de reconocimiento de situación de abuso de temporalidad y de fijeza como sanción a dicho abuso , que extendió , cuando fue cesada posteriormente a la entrada en vigor de la ley 20/2021 por la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal derivado de las leyes de 2017/2018, a una demanda de anulación del cese y, subsidiariamente, indemnización, al menos la establecida en la  Ley 20/2021 para el personal funcionario interino que supere los 3 años de temporalidad sin la convocatoria de su puesto, teniendo en cuenta siempre la situación de abuso de temporalidad que requiere una sanción.

lunes, 27 de octubre de 2025

La Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo establece ya como doctrina, por un recurso de casación de una demanda contra la convocatoria del concurso de méritos de la ley 20/2021 de docentes no universitarios del País Vasco, que los procesos de estabilización excepcionales de la Ley 20/2021 para docentes no universitarios deben tener su reserva propia del 7 % para discapacidad, no siendo suficente hacerla en global para toda la OPE. Afirma que el artículo 59 del EBEP obliga a la reserva del 7% también a los procesos por concurso de méritos de la ley 20/2021. Y sentencia en el caso que en la convocatoria del País Vasco de la demanda se incluya un cupo de discapacidad de plazas del 7%.

Se ha publicado en el CENDOJ la  sentencia de 08/10/2025 de la Sección 4ª de la  Sala de lo Contencioso del Supremo -que deliberó  el  07/10/2025- al recurso de casación 3066/2024 , que había sido admitido a trámite el 08/01/2025 sobre "si la no inclusión de la reserva de un cupo de plazas para personas con discapacidad en el procedimiento excepcional de estabilización del empleo temporal de larga duración en los cuerpos docentes no universitarios, en los que, el sistema de selección ha de ser concurso de méritos, vulnera el artículo 59 de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público" .

Esta misma cuestión fue ya había sido respondida por la misma sección de jueces de esta Sala del Supremo, si bien en recursos ordinarios contra el concurso de méritos de la OPE 2022 de estabilización de la Administración del Estado por escalas de funcionarios de Administración Local de Habilitación Nacional. Entonces,  la Sala del Supremo dictaminó como  órgano de primera instancia que la no inclusión del cupo de discapacidad en esas convocatorias, aunque sea un proceso selectivo excepcional de estabilización, vulnera el EBEP y , por tanto, los procesos de estabilización excepcionales por concurso de méritos también estaban obligados a incluir la reserva para personas con discapacidad.

Ahora en un recurso de casación para la unificación de doctrina, la Sala de lo Contencioso abordaba  la demanda una aspirante de la nulidad de la convocatoria , publicada en el BOPV de 30/09/2022, del  proceso excepcional de estabilización de docentes no universitarios , por concurso de méritos, del País VAsco según la Ley 20/2021, por no incluir el cupo de discapacidad y la  inclusión de la reserva del  7% de las plazas.

La Sala de lo Contencioso del Supremo reitera , en el caso de un interino del SEPE, que no corresponde la compensación de la Ley 20/2021 a los interinos cesados después de la entrada en vigor de la ley por un proceso de estabilización convocado antes; y revoca la sentencia del juzgado que se la concedía

Acaba de publicarse en el CENDOJ la  sentencia de 08/10/2025 de la Sección 4ª de la  Sala de lo Contencioso del Supremo -que deliberó  el  07/10/2025- al recurso de casación 2731/2024 , admitido a traḿite el 08/01/2025,  nuevamente sobre si corresponde o no la indemnización del artículo 2.6 de la ley 20/2021 al funcionario interino cesado después de la ley 20/2021 por un proceso de "estabilización" derivado de las leyes anteriores de 2017 (o del "primer proceso de estabilización") y 2018 ( o  del "segundo proceso de estabilización") que estuviera convocado y no resuelto cuando se publicó la ley 20/2021.

Esta cuestión ya había sido resuelta por la importante sentencia de 01/07/2025 por un asunto idéntico del Ayuntamiento de Benidorm: para esta sala del Supremo,  no corresponde la indemnización de la ley 20/2021 al funcionario interino cesado después de la ley 20/2021 por un proceso de "estabilización" derivado de las leyes anteriores de 2017 y 2018 que estuviera convocado y no resuelto cuando se publicó la ley 20/2021 , y  esa indemnización está exclusivamente destinada para el personal que sea cesado por un proceso de estabilización convocado al amparo de la ley 20/2021. 

En este caso, se trata de uno de los funcionarios del Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado en el Servicio Público de Empleo Estatal de los ceses masivos sin indemnización que tuvieron lugar en 2023 en el SEPE tras la resolución final del proceso de "estabilización" del Cuerpo de Gestión de la Administración del Estad. 

En concreto, era funcionario  interino en la misma vacante desde 2009  que fue convocada el 28/05/2021 como parte de las 405 plazas de este Cuerpo de la OPE 2018 de estabilización en la AGE según ley de Presupuestos Generales [PGE] de 2017  3 plazas de la OPE 2019 de estabilización en la AGE según ley de PGE de 2018 proceso selectivo por concurso-oposición eliminatoria al que se presentó, no superó y por el que fue cesado en Julio de 2023 , es decir, una vez entrada ya en vigor la Ley 20/2021, la reacción final del legislativo español a las sentencias del Tribunal de Justicia de la UE de 2020 "Sánchez Ruiz" y de 2021 "IMIDRA" y la correspondiente presión de la Comisión Europea por la vía de un procedimiento de infracción así como de las plataformas de interinos afectados. 

Nótese que el Gobierno del Estado publicó esa convocatoria ,junto con otros procesos pendientes de las OPEs de 2018 y 2019 de estabilización, en Mayo de 2021, justo un mes después de que trascendiera que el Plan de recuperación del Gobierno español presentado a la Comisión Europea incluía realizar nuevos procesos de estabilización similares a los anteriores como  "plan de choque" de reducción de temporalidad que acabaría acordando con los sindicatos poco después con la fórmula nuevamente del concurso-oposición (es decir, en esos momentos, el Gobierno no barajaba la publicación de una ley con estabilizaciones por concursos de méritos, como sí acabó incluyendo la ley 20/2021, modificando el acuerdo con los sindicatos)

La ley 20/2021 en su artículo 2.6 regulaba el derecho a una compensación económica (de 20 días  or año trabajado con tope 12 mensualidades)  "al personal funcionario interino o el personal laboral temporal que, estando en activo como tal, viera finalizada su relación con la Administración por la no superación del proceso selectivo de estabilización".

Evento de SocInfo Digital el miércoles 29 de Octubre "Del Dato a la decisión: IA responsable para la AAPP", con ponencia del Subdirector General de Innovación, Datos e Inteligencia Artificial de la Comunidad de Madrid

 Este miércoles 29  de Octubre tendrá lugar en Madrid  por la mañana, en la sede del INAP, el evento "Del Dato a la decisión: IA responsable para la AAPP" , organizado por  la revista "Sociedad de la Información Digital" [SocInfo Digital]. La inscripción en el evento es gratuita para empleados del sector público.

El programa , con participación de responsables de la ciberseguridad de la AAPP nacional, autonómica y local, junto con algunas empresas destacadas del sector, es el siguiente: 


lunes, 6 de octubre de 2025

La Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo aborda este martes 7, para dictar sentencia, varios recursos de casación en relación a la Ley 20/2021: indemnizaciones a cesados después por procesos anteriores, reserva del cupo de discapacidad obligatoria, carácter de las OPEs derivadas, ... La mayoría son cuestiones ya resueltas por la misma sección

 Según la agenda de señalamientos  del Tribunal Supremo  para esta semana del 06 al 10 de octubre de 2025, la sección 4ª de la Sala de lo Contencioso deliberará este martes 7/10/2025 para dictar sentencia en estos recurso de casación en relación con la Ley :

  • recurso de casación 2731/2024 , admitido a traḿite el 08/01/2025,  nuevamente si corresponde o no la indemnización del artículo 2.6 de la ley 20/2021 al funcionario interino cesado después de la ley 20/2021 por un proceso de "estabilización" derivado de las leyes anteriores de 2017 (o del "primer proceso de estabilización") y 2018 ( o  del "segundo proceso de estabilización") que estuviera convocado y no resuelto cuando se publicó la ley 20/2021.

miércoles, 17 de septiembre de 2025

Evento de SocInfo Digital el viernes 19 de Septiembre "Oficinas de Datos del sector público: casos reales, herramientas y alianzas público-privada"

Este viernes 19  de Septiembre tendrá lugar en Madrid  por la mañana, en la sede del INAP, el evento " Oficinas de Datos del Sector Público: casos reales, herramientas y alianzas público-privada" , organizado por  la revista "Sociedad de la Información Digital" [SocInfo Digital]. La inscripción en el evento es gratuita para empleados del sector público.

El programa , con participación de responsables de la ciberseguridad de la AAPP nacional, autonómica y local, junto con algunas empresas destacadas del sector, es el siguiente: 


10.00 Bienvenida.
Dª Carolina Sánchez Sánchez.
Directora. Revista Sociedad de la Información
Digital.

10.10 Principios para una administración orientada al dato.
D. Carlos Alonso. Director de División en la Dirección General del Dato. Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública.