'La Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia de Pontevedra, plaza 1, condena a la Xunta a indemnizar con 10.000 euros, en concepto de daño moral, a un exjefe del Servicio de Psiquiatría del Complexo Hospitalario de Pontevedra por su actuación irregular en su cese. De esta forma, estima en parte el recurso interpuesto por el afectado frente a la resolución de 2 de junio de 2023 de la Administración autonómica que rechazaba su reclamación indemnizatoria.
El demandante, según consta en la sentencia, solicitó la anulación de la resolución impugnada y una indemnización de 60.000 euros, argumentando que su cese fue arbitrario y motivado por animadversión personal, lo que le causó un grave agravio moral. La Xunta, por su parte, alegó que no existía antijuridicidad en su actuación y que el daño reclamado no era atribuible a su conducta.
El magistrado, tras analizar los hechos y la prueba presentada, concluye que la actuación del Servizo Galego de Saúde (Sergas) fue irregular y que causó un daño moral al actor, aunque fija la indemnización en 10.000 euros. En la resolución, destaca que “las sentencias que anularon el cese pusieron en evidencia un funcionamiento anormal muy grave, grosero, intolerable”, así como que la actuación de la Xunta “no fue razonada ni razonable”.
“El daño consiste, en esencia, en la frustración padecida al ver que, pese a prestar servicio en una Administración pública que en materia de personal se ha de regir por los principios de mérito y capacidad, le usurparon su puesto y lo degradaron, por pura animadversión personal de alguno de sus superiores, para poner en su lugar a alguien con menores méritos y capacidad, amañando para tal fin el procedimiento selectivo convocado”, afirma el juez en el fallo. Además, subraya que todo ello sucedió “en la etapa final de su carrera profesional, tras varias décadas de prestigioso ejercicio profesional en el máximo nivel de responsabilidad del servicio”.
La sentencia no es firme, pues es susceptible de recurso de apelación -solo por el demandante- ante el TSXG.
Fuente: Comunicación del Poder Judicial de 12/03/2026
8 comentarios:
10.000 euros solo 15 años después del cese.
¿Los van a pagar todos los gallegos?
Una pregunta: ¿esta demanda es del tipo de demandas de responsabilidad patrimonial que el Supremo Contencioso dice que tener la posibilidad de presentar ya es una medida válida de sanción ante el abuso de temporalidad del funcionario interino?
10 mil euros no parece muy disuasorio
El dinero le da igual lo único que quería demostrar es que le maltrataron. https://archive.ph/B39Av
el dinero le da igual a este demandante, pero no a la administración, que si sigue viendo que las pocas demandas de responsabilidad patrimonial que se ganan son encima con esas indemnizaciones tan pírricas, pues seguirá abusando en la temporalidad tranquilamente porque le sale a cuenta (mientras la única consecuencia para la Administrción sea esa)
Es una degradación de puesto con cese y posible restitución en puesto no efectiva al haberse jubilado No es un cese de un interino. A un interino le dan 0 si reclama por esa vía.
Pirricas NO. Son nulas. 0 euros hasta la fecha con reclamación por responsabilidad patrimonial tras cese de interino. Los jueces son muy listos.
Mi consejo, hasta que nos cesen, haced entrevistas en otras empresas, y si no resultáis seleccionados, podéis usar esas pruebas para pedir dineros por responsabilidad patrimonial.
La Sala de lo Contenciso del Supremo ESPAÑOL lo que dice es que ya es una medida válisa de sanción la mera posibilidad de poder presentar una reclamación patrimonial por daños acreditados por tu situación de abuso de temporalidad, que luego den 0 euros en la totalidad de los casos es irrelevante
Con esos formalismos y su autoridad como los jueces para la interpretación nacional de las sentencia del TJUE intentan tener a sus amos protegidos de las setencias del TJUE dañinas
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