'No ha podido ser más contundente y claro el Sr. Rimvydas Norkus, Abogado General, en las
conclusiones presentadas ante el TJUE [Tribunal de Justicia de la UE] en el Asunto C-418/24 [ODABAL] a la hora de sacar los
colores al Estado Español y a los propios tribunales españoles.
Norkus parte de la base de que el ordenamiento jurídico interno de España no contempla
ninguna medida suficiente y eficaz para evitar el abuso sufrido por los trabajadores temporales
de la Administración pública, incumpliendo de esta manera la Directiva 1999/70/CE y su
Acuerdo Marco.
El Abogado General, como ya había puesto de manifiesto el TJUE en las SSTT de 24/02 y 13/06
de 2024, afirma que ni los procesos de estabilización, como el contemplado en la Ley 20/2021,
de 28 de diciembre, ni las compensaciones contempladas en el OJ español constituyen medidas
suficientes y eficaces para evitar ese abuso. Los primeros porque son procesos abiertos a
cualquier persona y no están encaminados a paliar las consecuencias individuales de los
empleados públicos temporales en situación de abuso y las segundas porque tienen un carácter
topado limitado a una anualidad.