Mostrando entradas con la etiqueta Galicia. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta Galicia. Mostrar todas las entradas

viernes, 5 de diciembre de 2025

[Poder judicial] 'El TSXG reconoce el derecho de una interina que desempeñó un puesto de categoría superior a percibir las diferencias retributivas El tribunal estima parcialmente el recurso presentado por la interina, pero rechaza que la administración autonómica haya incurrido en fraude de ley en su nombramiento'

'La sección primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) condena a la Xunta a pagar las diferencias retributivas a una interina que trabajó como psicóloga en un centro de Vigo entre 2020 y 2024, al entender probado que desempeñó funciones correspondientes a un puesto de categoría superior.  

“Al funcionario que acredita la realización de las funciones de un puesto de trabajo distinto del suyo y con retribuciones complementarias superiores, se le deben satisfacer los complementos de destino y específico del que efectivamente ha desempeñado”, destacan los magistrados en la resolución. 

En consecuencia, el tribunal estima parcialmente el recurso presentado por la interina, pero rechaza que la administración autonómica haya incurrido en fraude de ley en su nombramiento. Por ello, la Sala desestima su pretensión de declarar la nulidad del cese en el puesto de funcionaria interina del Cuerpo Superior de la Administración General de la Xunta (subgrupo A1) y su consiguiente readmisión en su puesto como psicóloga. 

miércoles, 26 de noviembre de 2025

[Min. de T.D. y Función Pública] 'El Gobierno de España continúa en Galicia el despliegue del programa de Servicios Digitales Inteligentes en el Sistema Nacional de Salud. La secretaria de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial y el secretario general de Salud Digital, Información e Innovación del Sistema Nacional de Salud han mantenido hoy en A Coruña la primera reunión para poner en marcha el convenio suscrito con la Xunta de Galicia. Entre las principales líneas de actuación, se encuentra la definición de casos de uso de Inteligencia Artificial en el sector salud'

'El Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública -a través de la entidad pública Red.es- y el Ministerio de Sanidad continúan en la comunidad autónoma de Galicia el despliegue del programa para el desarrollo de Servicios Digitales Inteligentes en el Sistema Nacional de Salud. La iniciativa, a la que también se ha sumado Cataluña, se enmarca en el Programa Operativo Plurirregional de España (POPE) financiada con fondos FEDER 2021-2027, dotada con un presupuesto total de 223 millones de euros extra para el Sistema Nacional de Salud.

La presidenta de Red.es y secretaria de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial, María González Veracruz ha mantenido hoy una reunión de arranque del programa en la sede de la Agencia Española de Supervisión de Inteligencia Artificial (AESIA) en A Coruña, junto con el secretario general de Salud Digital, Información e Innovación del Sistema Nacional de Salud del Ministerio de Sanidad, Juan Fernando Muñoz; y con el subdirector xeral de Sistemas y Tecnologías de la Información de la Conselleria de Sanidade de la Xunta de Galicia, Benigno Rosón.

miércoles, 12 de noviembre de 2025

La Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo vuelve a sentenciar la anulación de la puntuación del doble de la experiencia en la categoría en centros del SERGAS con respecto a otros centros del SNS en la resolución de las convocatorias de concursos de méritos de la ley de 20/201 de facultativos del SERGAS. Y aunque dice que hubiera sido posible una ligera diferencia, a falta de motivación adecuada en la resolución , confirma (no es "ilegal" ) la imposición de la sentencia del TSJ de que se debe pasar a dar la misma puntuación

Acaba de publicarse en el CENDOJ la Sentencia de 22 de Octubre de 2025 de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo en el recurso de casación (nº 8023/2023) de la Xunta de Galicia contra la sentencia del Tribunal Superior de Galicia de 20/11/2025 que había estimado la demanda de un Facultativo Especialista de Area,  de  obstetricia y ginecología, de anulación de la  diferencia de puntuación establecida en las bases de la convocatoria de 26/12/2022 de Facultativos especialistas del concurso de méritos excepcional en el SERGAS de plazas derivado de la Disposición Adicional 6ª de la ley 20/2021 de 28 de Diciembre de 2021  condenando al Servicio Gallego de Salud a "equiparar la puntuación del tiempo trabajado en el Sistema Público de Salud de Galicia con el tiempo trabajado en iguales condiciones en el Sistema Nacional de Salud".

Esa diferencia, establecida en todas las convocatorias de  concurso de méritos de la ley 20/2021 el SERGAS, consistía en asignar el doble de puntuación a la experiencia obtenida en la misma categoría dentro del sistema gallego de salud con respecto a la obtenida en la misma categoría en otros centros del Servicio Nacional de Salud.

jueves, 30 de octubre de 2025

Recordatorio. [Poder Judicial] ' El Tribunal Superior de la Xunta de Galicia confirma la sentencia que reconoce el derecho a indemnización de un interino cesado por no superar las pruebas de estabilización de la plaza que ocupaba' [por un proceso derivado de la Ley 20/2021] . Los magistrados ratifican la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 1 de Pontevedra, pionera en Galicia, que condenó a la Xunta a pagarle una compensación de 44.713 euros' [Aplica el artículo 2.6 de la ley 20/2021]

 [Recordatorio de entrada publicada el 04/09/2025]

'La sección primera de la Sala de lo Contencioso-administrativo del TSXG ha ratificado la sentencia del magistrado del Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 1 de Pontevedra, pionera en Galicia, en la que condenó a la Xunta a pagar una compensación económica de 44.713 euros a un docente por su cese como personal interino, puesto que desempeñó durante 30 años, tras no superar las pruebas de un procedimiento de estabilización convocado por la Administración autonómica. 

El TSXG, por lo tanto, ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por la Consellería de Cultura, Educación, Formación Profesional e Universidades contra la sentencia de primera instancia, dictada en octubre de 2024, la cual ha confirmado. En la resolución, los magistrados destacan que la compensación económica se prevé en el artículo 2.6 de la ley 20/2021, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, cuyo objetivo “es tanto poner fin a la excesiva temporalidad en las administraciones como dar una respuesta legal a la compensación económica por el abuso en la temporalidad de la misma, aplicando la cláusula 5ª de la Directiva 1999/70/CE del Consejo”. Dicha ley, según consta en la resolución, le reconoce al docente el derecho a percibir la compensación que reclama, equivalente a las retribuciones fijas de 20 días por año de servicio, hasta un máximo de 12 mensualidades. 

jueves, 4 de septiembre de 2025

[Poder Judicial] 'El Tribunal Superior de la Xunta de Galicia confirma la sentencia que reconoce el derecho a indemnización de un interino cesado por no superar las pruebas de estabilización de la plaza que ocupaba' [por un proceso derivado de la Ley 20/2021] . Los magistrados ratifican la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 1 de Pontevedra, pionera en Galicia, que condenó a la Xunta a pagarle una compensación de 44.713 euros' [Aplica el artículo 2.6 de la ley 20/2021]

 'La sección primera de la Sala de lo Contencioso-administrativo del TSXG ha ratificado la sentencia del magistrado del Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 1 de Pontevedra, pionera en Galicia, en la que condenó a la Xunta a pagar una compensación económica de 44.713 euros a un docente por su cese como personal interino, puesto que desempeñó durante 30 años, tras no superar las pruebas de un procedimiento de estabilización convocado por la Administración autonómica. 

El TSXG, por lo tanto, ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por la Consellería de Cultura, Educación, Formación Profesional e Universidades contra la sentencia de primera instancia, dictada en octubre de 2024, la cual ha confirmado. En la resolución, los magistrados destacan que la compensación económica se prevé en el artículo 2.6 de la ley 20/2021, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, cuyo objetivo “es tanto poner fin a la excesiva temporalidad en las administraciones como dar una respuesta legal a la compensación económica por el abuso en la temporalidad de la misma, aplicando la cláusula 5ª de la Directiva 1999/70/CE del Consejo”. Dicha ley, según consta en la resolución, le reconoce al docente el derecho a percibir la compensación que reclama, equivalente a las retribuciones fijas de 20 días por año de servicio, hasta un máximo de 12 mensualidades. 

martes, 5 de agosto de 2025

[Poder Judicial] 'El TSXG declara compatible el permiso acumulado de lactancia con la posterior solicitud de excedencia por cuidado de hijo menor La sección primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo reconoce a una enfermera las 150 horas que le corresponden, en lugar de las 95 que le había concedido el Sergas'

 'El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha reconocido el derecho de una enfermera del Hospital Universitario Lucus Augusti a las 150 horas de permiso acumulado de lactancia que le corresponden, declarándolo compatible con la posterior solicitud de excedencia por cuidado de hijo menor. De esta forma, ha anulado la resolución del Servizo Galego de Saúde (Sergas) en la que le otorgó un total de 95 horas, en lugar de 150.

La sección primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo explica en la sentencia que la cuestión que se debate se centra en determinar “si resulta procedente reducir ese número total de horas del permiso por lactancia acumulada -150- si no se prestaron la totalidad de los servicios debido a que antes de que el menor alcance el año de edad la persona trabajadora solicita la excedencia para cuidado de hijo menor”.

martes, 22 de julio de 2025

[Gob. Galicia] 'La Xunta dedica más de 1,3 M€ a ofrecer a los profesionales de la Sanidad Pública el apoyo de la inteligencia artificial agilizar la elaboración de informes y desburocratizar su trabajo. Ayudará los pacientes a responder consultas como la duración del tratamiento o la forma específica de tomar una pastilla según las indicaciones establecidas por el personal sanitario Podrá resumir informes médicos con una interpretación en lenguaje comprensible para la ciudadanía'

 'El presidente de la Xunta, Alfonso Rueda, destacó hoy que la Xunta avanza en las soluciones digitales para mejorar la eficiencia de los recursos sanitarios y destinará 1.305.328,64 euros a la contratación del servicio para diseñar distintas soluciones, a través de la inteligencia artificial generativa y con las aportaciones de los profesionales de la sanidad pública, que contribuyan a la desburocratización del trabajo del personal del Servicio Gallego de Salud.  

El Consello da Xunta conoció hoy el informe de la Consellería de Sanidade sobre la próxima contratación de servicios de apoyo al diagnóstico mediante algoritmos y la plataforma de inteligencia artificial generativa de apoyo a la toma de decisión.

lunes, 30 de junio de 2025

[Poder Judicial] 'El TSXG condena a una empresa por no respetar el derecho a la desconexión digital de una trabajadora que recibió correos durante una baja La Sala de lo Social considera acreditado que la compañía atentó contra su integridad moral, pero rechaza que vulnerase su derecho a la integridad física y al honor. Recuerda que el derecho a la desconexión digital “exige que no se reciban comunicaciones de la empresa fuera del tiempo de trabajo”, aunque la persona trabajadora no tenga el deber de responder de manera inmediata '

 'La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha condenado a una empresa a indemnizar con 1.500 euros a una trabajadora que recibió correos electrónicos de forma reiterada fuera del horario de trabajo y estando de baja. Los magistrados del alto tribunal gallego recuerdan que el derecho a la desconexión digital “exige que no se reciban comunicaciones de la empresa fuera del tiempo de trabajo”, por lo que advierten que “no se cumple con ese derecho por el hecho de que la persona trabajadora no tenga el deber de responder a las comunicaciones recibidas fuera del tiempo de trabajo de manera más o menos inmediata”. Así, subrayan que dicho derecho “lleva consigo una obligación por parte del empleador, y de las personas dependientes o vinculadas, de abstención en las comunicaciones de orden laboral o vinculadas con la prestación de servicios fuera del tiempo de trabajo”. 

martes, 11 de marzo de 2025

[Poder Judicial] 'El TSJ de Aragón entiende que el cambio de un contrato indefinido no fijo que pasa a fijo no genera indemnización para el trabajador La Sala estima un recurso presentado por la Diputación General de Aragón en contra de la petición de un trabajador, contratado por dicha administración como temporal, que solicitaba ser indemnizado por su cese como indefinido no fijo cuando pasó a ser contratado fijo para la misma administración pública.'

 'La Sala Social del TSJ de Aragón, en la sentencia dictada, ha fallado a favor de la Diputación General de Aragón al considerar que “aunque la contratación temporal del trabajador (con reiterados contratos de indefinido no fijo) fue abusiva (…) no puede ignorarse que esa circunstancia le ha permitido acogerse al sistema excepcional de consolidación de empleo con el que ha adquirido la condición de trabajador fijo y que esa novación de su contrato no ha sido a iniciativa del empresario, sino a su decisión de participar en dicho proceso”. En este sentido añaden que haber superado el proceso selectivo no ha supuesto para el trabajador “la extinción de su relación laboral” con la DGA.

Los magistrados de la Sala argumentan también que como ya dijeran en su sentencia de 11 de octubre de 2024, "La indemnización de 20 días por año corresponde a la extinción de una relación indefinida no fija por la cobertura de la plaza, pero no a quien no ve extinguida la relación laboral al haber superado el proceso selectivo adquiriendo la condición de fijo".

lunes, 3 de marzo de 2025

[Poder Judicial] 'La Audiencia de A Coruña condena a una enfermera que accedió al historial clínico de una mujer y de su hijo sin su consentimiento. La Sala considera probado que realizó un total de 13 consultas sin permiso' [Condena a 6,5 años de cárcel]

'La sección sexta de la Audiencia Provincial de A Coruña, con sede en Santiago de Compostela, ha condenado a seis años y medio de cárcel a una enfermera que trabajaba en el Servizo Galego de Saúde (Sergas) por acceder, sin su consentimiento y en tres ocasiones, a la historia clínica de la madre de un compañero de colegio de su hijo y, diez veces, a la del menor. Además, el tribunal le ha impuesto el pago de una indemnización de 2.000 euros a cada una de las víctimas. La Sala no ha considerado probado que la acusada hubiera puesto en conocimiento de terceros datos o hechos conocidos a través de los referidos accesos.

viernes, 28 de febrero de 2025

[Poder Judicial] 'El TSXG anula el cese de una interina hasta que la Administración provea “de forma legal y reglamentaria” su puesto La plaza, según explica la Sala, fue convocada en un proceso selectivo, pero no se ha cubierto con ninguno de los aspirantes que lo han superado '

 'La sección primera de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha estimado parcialmente las pretensiones del recurso interpuesto por una interina contra la resolución dictada en octubre de 2022 por el secretario general de la Subdelegación del Gobierno en Ourense por la que se acordaba el cese de la demandante, funcionaria interina de la escala de Médicos Inspectores del Cuerpo de Inspección Sanitaria de la Seguridad Social, en el puesto de médica evaluadora en la dirección provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social en Ourense.

martes, 21 de enero de 2025

[Gob. C. de Madrid/Consejeria de Sanidad] 'El Hospital público Ramón y Cajal lidera un proyecto de cribado a recién nacidos para detectar más de 300 enfermedades raras. La Comunidad de Madrid coordina junto al Complejo Hospitalario de Santiago el programa Cringenes, que estudiará a 2.500 bebés de nueve CCAA'

'El Hospital público Ramón y Cajal de la Comunidad de Madrid lidera, junto al Complejo Hospitalario Universitario de Santiago de Galicia, un proyecto piloto de cribado genómico neonatal a la vanguardia europea en la prevención y detección precoz de enfermedades genéticas, que permitirá descubrir más de 300 patologías raras.


Bajo la denominación de Cringenes, se desarrollará a través de sus respectivos institutos de investigación sanitaria este año y en 2026 e incluirá la participación de 2.500 bebés de nueve comunidades autónomas: Andalucía, Aragón, Asturias, Cataluña, La Rioja, Murcia, Valencia, además de las dos promotoras. En el caso de Madrid, la captación de familias voluntarias se realizará en el Laboratorio autonómico de Cribado Neonatal, ubicado en el Hospital público Universitario Gregorio Marañón.

lunes, 2 de diciembre de 2024

[Poder Judicial] 'El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia rechaza la indemnización solicitada a la Xunta por una indefinida no fija tras tomar posesión de esa plaza como funcionaria. La Sala General de la Sala de lo Social asegura que el derecho a una compensación nace cuando cesa la prestación de servicios, “pues el perjuicio que se trata de indemnizar deriva del propio cese y de la pérdida del puesto de trabajo” [Discrepancia de 6 jueces, entre ellos los de la sección que estaba concediendo la indemnización ante el mismo caso]

'La Sala General de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), formada por 19 magistrados y magistradas, ha rechazado que la Xunta de Galicia deba indemnizar con 32.000 euros a una asistenta social que en 2016 obtuvo, a través de una sentencia y tras permanecer en el puesto como interina desde 2007, la condición de indefinida no fija por el fraude y abuso de la contratación temporal o, subsidiariamente, con 10.000 euros por haber cesado en la plaza que venía ocupando como personal laboral indefinido no fijo y tomar posesión nuevamente en 2023 de esa misma plaza como funcionaria de carrera al haber superado el proceso selectivo convocado.

El alto tribunal gallego, de esta forma, ha confirmado la sentencia del Juzgado de lo Social número 1 de Ourense, que también desestimó la pretensión de la demandante, “al considerar que el hecho de que siga prestando servicios después de haber superado un proceso selectivo con la condición de funcionaria y haya, como consecuencia de ello, estabilizado su relación con la Administración demandada, no permite considerar que tenga derecho a ninguna de las indemnizaciones que reclama”.

viernes, 22 de noviembre de 2024

[Poder Juddicial] 'El TSXG rechaza la indemnización solicitada a la Xunta por una indefinida no fija tras tomar posesión de esa plaza como funcionaria La Sala General de la Sala de lo Social asegura que el derecho a una compensación nace cuando cesa la prestación de servicios, “pues el perjuicio que se trata de indemnizar deriva del propio cese y de la pérdida del puesto de trabajo”'

 'La Sala General de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), formada por 19 magistrados y magistradas, ha rechazado que la Xunta de Galicia deba indemnizar con 32.000 euros a una asistenta social que en 2016 obtuvo, a través de una sentencia y tras permanecer en el puesto como interina desde 2007, la condición de indefinida no fija por el fraude y abuso de la contratación temporal o, subsidiariamente, con 10.000 euros por haber cesado en la plaza que venía ocupando como personal laboral indefinido no fijo y tomar posesión nuevamente en 2023 de esa misma plaza como funcionaria de carrera al haber superado el proceso selectivo convocado.

El alto tribunal gallego, de esta forma, ha confirmado la sentencia del Juzgado de lo Social número 1 de Ourense, que también desestimó la pretensión de la demandante, “al considerar que el hecho de que siga prestando servicios después de haber superado un proceso selectivo con la condición de funcionaria y haya, como consecuencia de ello, estabilizado su relación con la Administración demandada, no permite considerar que tenga derecho a ninguna de las indemnizaciones que reclama”.

jueves, 14 de noviembre de 2024

[Araúz] La Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJ de Galicia dictamina que deben convocarse más plazas en otros concursos de méritos de estabilización de la Xunta, los de Ingenieros Técnicos Forestales y Agrícolas

 'Una vez más, hemos vuelto a conseguir incrementar el número de plazas convocadas en el concurso de méritos.

  1. La Sala de lo C-A del TSJ Galicia en una sentencia de este mismo mes de noviembre, vuelve a darnos la razón y obliga convocar 62 plazas, y no las 17 que pretendía la Xunta de Galicia, para los Ingenieros Técnicos Agrícolas
  2. Y 42 plazas, y nos las 17 que la Xunta tenía intención de convocar, para los Ingenieros Técnicos Forestales.'

lunes, 11 de noviembre de 2024

[Poder Judicial] 'Un Juzgado contencioso-administrativo de Pontevedra condena a la Xunta a pagar una compensación de 44.713 euros a un interino cesado por no superar el procedimiento de estabilización de la plaza que ocupaba El magistrado indica que la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, le reconoce ese derecho '

'El magistrado del Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 1 de Pontevedra ha emitido una sentencia pionera en Galicia en la que condena a la Xunta a pagar una compensación económica de 44.713 euros a un docente por su cese como personal interino, puesto que desempeñó durante 30 años, tras no superar las pruebas de un procedimiento de estabilización convocado por la Administración autonómica. En la sentencia, indica que se considera acreditado que el demandante prestó servicios docentes para la Consellería de Educación, de manera ininterrumpida, mediante una serie de nombramientos concatenados de personal funcionario temporal, hasta que fue cesado, el 31 de agosto de 2023, por no conseguir la plaza.

El titular del Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 1 de Pontevedra explica en el fallo que el artículo 2.6 de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, le reconoce el derecho a percibir la compensación que reclama, equivalente a las retribuciones fijas de 20 días por año de servicio, hasta un máximo de 12 mensualidades.

jueves, 17 de octubre de 2024

[Poder Judicial] 'El TSXG valida la convocatoria de un proceso selectivo de estabilización al descartar que la Xunta discriminase a las mujeres por puntuar más los servicios a jornada completa La Sala destaca que “se trata de un procedimiento de concurrencia competitiva, no de valoración del tiempo de servicios a efectos de cotización”. Subraya que “se rige por los principios de mérito y capacidad, con unas bases iguales para todos los aspirantes, con independencia de su género” '

 'La sección primera de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha desestimado el recurso presentado contra la resolución del 22 de diciembre de 2022 por la que la Xunta convocó el proceso selectivo extraordinario de estabilización derivado de la Ley 20/2021, por el turno de acceso libre y mediante el sistema de concurso, para el ingreso en el cuerpo administrativo, en el de ayudantes, subgrupo C1, y en el de técnicos, subgrupo B, así como para el ingreso en diversas categorías del grupo III de personal laboral de la Xunta y del Cixtec.

El tribunal, de esta forma, ha rechazado la pretensión impugnatoria de la parte recurrente, que alegó que la valoración proporcional de los servicios que no sean de jornada completa vulneró el principio de igualdad. La Sala, sin embargo, asegura que en el proceso selectivo se aplicó el principio de proporcionalidad, al otorgarle mayor puntuación a los contratos que duraron más horas, “lo que implica una mayor prestación de servicios”.

jueves, 3 de octubre de 2024

[Faro de Vigo] La Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo, en recurso de casación por la demanda de un aspirante contra el concurso de méritos de la Ley 20/2021 de Facultativo Especialista Hospitalaria del SERGAS -no finalizado todavía- , sentencia la anulación de la diferencia de puntuación del doble de la experiencia en la categoría en centros del SERGAS con respecto a otros centros del SNS [al menos para la demandante]

Informa el Faro de Vigo este 02/10/2024 que la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo ha confirmado , en el recurso de casación de la Xunta de Galicia, la  sentencia de 14/06/2023 de la sección 1ª de la Sala de lo Contencioso-administrativo Tribunal Superior de Justicia de Galicia  que estimó  la demanda de un aspirante de anulación de la  diferencia de puntuación establecida en las bases de la  convocatoria de Facultativos especialistas del concurso de méritos excepcional en el SERGAS derivado de la  ley 20/2021 de 28 de Diciembre de 2021 ["en lo que aquí concierne" en cuanto a las "16 plazas de Facultativo/a especialista de Farmacia Hospitalaria", según trasladaba de la demanda el Supremo en su auto de admisión a trámite del recurso de casación]

Esa diferencia, establecida en todas las convocatorias, consiste en asignar el doble de puntuación a la experiencia obtenida en la misma categoría dentro del sistema gallego de salud con respecto a la obtenida en la misma categoría en otros centros del Servicio Nacional de Salud. El Supremo habría razonado que ese "distinto trato  puede hacer que el proceso selectivo, de facto, se convierta en restringido, en contra de lo prescrito por la Ley 20/2021

viernes, 20 de septiembre de 2024

[CSIF Galicia] 'El TSXG declara la nulidad de varias resoluciones de convocatoria de procesos selectivos de la Ley 20/21 por no incluir en ellas las plazas que previamente habían sido ofertadas en la OPE extraordinaria

'Una reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia da la razón a CSIF y declara la nulidad de pleno derecho de determinadas convocatorias de la Ley 20/21 por no incluir en ellas las plazas que previamente habían sido ofertadas en la OPE extraordinaria de estabilización.

Durante el periodo de negociaciones de las referidas convocatorias (año 2022), CSIF instó en numerosas ocasiones a la Dirección Xeral de Función Pública a que incluyera la totalidad de las plazas que cumplían con los requisitos determinados en la ley, y exigimos reiteradamente que, en todo caso, respetara de forma rigurosa el número de plazas que figuraban en la Oferta de Empleo extraordinaria de Estabilización derivada de la ley 20/21, con advertencia de las graves consecuencias que podría tener su incumplimiento. Como todos sabemos, de nada valieron alegaciones ni advertencias. La Xunta redujo significativamente (en más de 400 plazas) el número de plazas del SPIF convocadas respecto a las ofertadas.

miércoles, 10 de julio de 2024

[Poder Judicial] 'El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ordena a la Universidade de Vigo indemnizar a un interino [laboral en abuso de temporalidad, por tanto,indefinido no fijo] que cesó para acceder a la plaza como funcionario' [tras superar un proceso selectivo]. [Argumenta en su sentencia: "la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de 13/06/2024 reitera que la convocatoria de un proceso selectivo no exime de sanción por el abuso"

'El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha ordenado a la Universidade de Vigo indemnizar a un interino que cesó para acceder a la misma plaza como funcionario de carrera tras superar el proceso selectivo. En concreto, la Sala de lo Social ha estimado en parte el recurso de suplicación interpuesto por el afectado y, en consecuencia, ha revocado la sentencia de instancia y ha condenado a la entidad a abonarle 31.566 euros.

En su recurso, el trabajador planteó si la pérdida de la condición de personal laboral indefinido (no fijo), “víctima de una contratación temporal abusiva y fraudulenta”, le generaba el derecho a percibir una indemnización equivalente a 20 días por año trabajado, aunque la pérdida de la condición de personal no fijo fuese consecuencia de la adquisición de la condición de funcionario de carrera. Así, argumentó que la renuncia no fue real, “sino un cese por acceder al puesto de funcionario, no de personal laboral fijo”, con lo que, de acuerdo con la jurisprudencia del Tribunal Supremo, entiende que se trató de “un despido improcedente”.

En la resolución, el TSXG, no obstante, advierte que, según el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), la indemnización de 20 días es “insuficiente para sancionar debidamente la utilización abusiva de sucesivos contratos o relaciones laborales de duración determinada y eliminar las consecuencias del incumplimiento del Derecho de la Unión”. En este caso, según relatan los magistrados en el fallo, una vez determinada la inexistencia del despido y al solicitarse por el actor para ese supuesto una indemnización de 20 días de salario por año de servicio, aseguran que es “claro que las exigencias de los principios dispositivo y de congruencia impiden la fijación de una indemnización mayor”.