[Recordatorio de entrada publicada el 01/07/2024] Informa Noticias Juridicas este 27/06/2024 que la Sala de lo Social del Tribunal Supremo [la que lleva los casos de los empleados públicos laborales] ha dictado una [importante] sentencia este 17/06/2024, en la que se refiere por primera vez la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de 22/02/2024 y sentencia la anulación de un acuerdo de una sociedad pública estatal que establecía que pasaran a una "situación de no disponible temporal" durante 6 meses, es decir, no contratable , los trabajadores en su bolsa de empleo temporal con una antigüedad acumulada continuada tal que si les contratara pasarían de los 3 años de temporalidad marcados para estar en abuso,y que según la normativa europea doctrina [todavía] actual del Supremo, implicaría la conversión judicial en indefinido no fijo.
Blog de APISCAM
martes, 3 de diciembre de 2024
[CSIT-UP Administración Autonómica] 'Carrera Profesional, Convenio y Acuerdo: el pack indivisible con el que cierra la negociación la Comunidad de Madrid para su personal funcionario y laboral' [ C. de Madrid no firmará la carrera profesional sin que se acepte el nuevo convenio laboral y acuerdo funcionarial, que incluye no poder volver a la bolsa durante 6 meses tras ceses por llegar a los 3 años máximos de temporalidad]
'Desde CSIT UNIÓN PROFESIONAL, informamos que, en las reuniones con la Dirección General de Función Pública de la Comunidad de Madrid desarrolladas a lo largo de hoy, se ha puesto punto final a las negociaciones de los tres textos que afectan al colectivo de funcionarios y laborales: Acuerdo de Carrera Profesional, Acuerdo Sectorial para personal Funcionario de Administración y Servicios de la Comunidad de Madrid 2025-2028 y Convenio Colectivo Único para personal Laboral de la Comunidad de Madrid 2025-2028.
A modo de síntesis, os informamos de las cuestiones más destacadas, en ultimo término:
- Se ha corregido la suspensión en la Bolsa de trabajo cuando se llega a 3 años con un contrato temporal: de los 3 años de suspensión que, en inicio, proponía la Administración, queda establecido que sean finalmente 6 meses.
- Se mantiene la Jubilación Parcial para el personal laboral.
- Los actuales Permisos recogidos en los textos convencionales se mantienen, tal y como constan en la versión 2018-2024 y se incorporan los nuevos permisos derivados de los últimos cambios en la legislación.
- Se mantiene la disposición adicional que prevé la posibilidad de las adaptaciones que fueran precisas a la regulación del personal laboral INFOMA.
- Recuperamos el día de permiso por asistir a exámenes oficiales y otros cambios y avances más puntuales que detallaremos en próximas informaciones.
La Administración plantea como un todo indivisible la firma final de los tres textos (Carrera Profesional, Convenio Colectivo y Acuerdo Sectorial), de tal manera que se firman los tres acuerdos o no se firma ninguno.
lunes, 11 de noviembre de 2024
jueves, 7 de noviembre de 2024
[STEPA] 'Gerardo Pérez, profesor de derecho constitucional: “la estabilización del personal público en abuso es constitucional y la única solución que existe en estos momentos”. ' [Entrevista previa a su conferencia de este 07/11 "Solución legal para el personal publico temporal en abuso conforme a la Directiva 1999/70/CE y al derecho interno"]
'El profesor de Derecho Constitucional de la Universidad de La Laguna y abogado Gerardo Pérez Sánchez, uno de los principales expertos en la Carta Magna, es rotundo al afirmar que España incumple la Directiva Europea que obliga a garantizar que las Administraciones Públicas cubran sus puestos permanentes con contratos fijos y que “la única solución posible” para los afectados por el abuso de temporalidad es reconocer su derecho a la fijeza. También asegura que estos trabajadores cumplen con los principios que exige la Constitución para acceder a la función pública al haber superado pruebas selectivas. Por ello concluye que Administraciones como la aragonesa han “desnaturalizado” el intento de la Ley 20/21 de acabar con este problema.
viernes, 18 de octubre de 2024
[Consejo General Abogacía Española] Opinión de Javier Junceda, abogado. 'Los interinos y el derecho comunitario: un debate necesario' [En su sentencia del 13 de Junio el Tribunal de Justicia de la UE ha recordado que la Cláusula 5 debe interpretarse en consonancia con el art. 47 de la Carta de Derechos Fundamentales de la UE, permitiendo la conversión de contratos temporales abusivos en contratos fijos", "la única vía", "si el derecho nacional no proporciona una solución efectiva"]
'El problema de los empleados públicos interinos en España ha persistido durante años, planteando desafíos tanto a nivel nacional como en el marco del derecho comunitario. A pesar de los esfuerzos legislativos nacionales para resolver esta situación, como la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, el conflicto sigue vigente, y su resolución parece cada vez más ligada a la interpretación del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) y su jurisprudencia sobre la Directiva 1999/70/CE. Esta directiva, concebida para limitar el abuso de los contratos de trabajo de duración determinada, exige soluciones más efectivas de las que se han implementado hasta ahora en España.
La Ley 20/2021 pretende estabilizar a los empleados interinos, pero no ha logrado aplacar las críticas del TJUE, que considera estas medidas insuficientes y contrarias a la Cláusula 5 de la Directiva 1999/70/CE. En la sentencia del 13 de junio de 2024, el TJUE declaró que la estrategia de estabilización española no ofrece soluciones proporcionadas ni disuasorias que garanticen la plena eficacia del derecho comunitario. De hecho, mantiene en situación de temporalidad a muchos empleados, lo que perpetúa el abuso que la directiva pretende evitar.
Ante esta insuficiencia, el TJUE ha recordado que la Cláusula 5 debe interpretarse en consonancia con el artículo 47 de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea, permitiendo la conversión de contratos temporales abusivos en contratos fijos. Si el derecho nacional no proporciona una solución efectiva, esta conversión puede ser la única vía para garantizar la estabilidad de los trabajadores y el cumplimiento de los objetivos de la normativa comunitaria.
Recordatorio [31/05/2021] Repaso de la Abogacía General de la UE a los principios "bien establecidos de la jurisprudencia del Tribunal Europeo sobre la sanción al abuso de temporalidad": por el derecho a una reparación efectiva ante un abuso -derivado del artículo 47 de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea-, aunque la cláusula 5ª de la Directiva 1999/70 sobre medidas para evitar el abuso de temporalidad en sí no sea de efecto directo, en el caso de que no haya ningúna medida en la legislación nacional suficientemente disuasoria y eficaz prevista para sancionar el abuso de temporalidad, "tendría que dejar de aplicarse cualquier norma del Derecho nacional que obstaculice la conversión en fijo".
[Recordatorio de entrada publicada el 31/05/2021 OJO hace más 3 años] El Informe de Conclusiones de la Abogacía General de la Unión Europea, por el abogado general Evgeni Tanchev , como paso previo a la sentencia del Tribunal europeo en el asunto italiano "Gilda-UNAMS" sobre los profesores públicos de religión excluidos de la conversión administrativa a fijos de docentes temporales de larga duración realizada en Italia tras la sentencia del Tribunal Europeo del Asunto "Mascolo" en 2014, contiene lo que el propio abogado llama repaso a los principios "bien establecidos de la jurisprudencia del Tribunal Europeo sobre la sanción al abuso de temporalidad (en el empleo público en especial), y que ya trasladamos en la entrada que publicamos sobre dicho informe.
Por su evidente interés, extraemos a esta entrada independiente, lo que entendemos que a juicio de dicha Abogacía General de la UE (entrecomillando párrafos literales del informe del abogado General y dejando de lado las apreciaciones sobre el derecho a la no discriminación religiosa) son los principios relacionados con la sanción del recurso abusivo a la temporalidad que están bien establecidos en la jurisprudencia" del Tribunal Europeo:
[CSIF nacional] ' CSIF reclama al ministro Óscar López la convocatoria urgente de la Mesa General de Negociación, tras un mes al frente de su ministerio. Nuevo acuerdo retributivo, recuperación de la estructura salarial previa a los recortes de 2010 y eliminar la tasa de reposición, prioridades para CSIF' [Exigen la "culminación del plan de estabilización de plazas de personal interino"]
'La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF), sindicato más representativo en las administraciones públicas, ha solicitado de manera formal al ministro de Transformación Digital y Función Pública, Óscar López, la convocatoria urgente de la mesa de negociación para abordar las cuestiones pendientes, pasado un mes de su nombramiento al frente de su departamento.
miércoles, 16 de octubre de 2024
[Unión Sindical contra la Temporalidad en el Empleo Público] 'CUATRO DÍAS PARA EL 19O! ¡VENTE, EL MOMENTO ES AHORA!'
'Europa aprieta cada vez más, los Tribunales españoles empiezan a dudar…
Es posible que la presión social haga el resto, ¡hay que intentarlo!
El 19O intentaremos ir todxs a una coreando los lemas, ¡que se nos oiga bien! Aquí tienes un archivo con algunos de ellos: https://bit.ly/3U3GXXx
¡NO TE QUEDES EN CASA ESE DÍA, ¡ES AHORA O NUNCA!
**RECORDAMOS TAMBIÉN QUE EL JUEVES 17 A LAS 20:00 CERRAMOS EL FORMULARIO DE RECOGIDA DE APOYOS: https://bit.ly/3TLSH0M
martes, 15 de octubre de 2024
[Unión Sindical contra la Temporalidad en el Empleo Público] 'Manifiesto: 19 de Octubre de 2024 por la estabilidad en el empleo del personal temporal en abuso de todas las administraciones'
'Si por algo se caracterizan las Administraciones Públicas de nuestro Estado es por maltratar sistemáticamente
a sus trabajadoras. Precariedad, escasez de recursos, plantillas mermadas, pérdida de derechos continuada,
y, por supuesto, un enorme abuso de temporalidad. Este abuso no sólo incumple nuestras propias normas
internas, sino también la legislación europea. El Estado español es el miembro de la UE más multado por ello,
multas que abona el pueblo con sus impuestos. Sólo a paso de tortuga se va aplicando la normativa comunitaria. En 2015, se dio por fin traslado de la Directiva 1999/70/CE a la legislación nacional, modificando el
artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores, limitando la contratación temporal en el empleo privado.
Pero ¿y en el empleo público? Entre la dejadez del Legislativo, la negligencia de todas las Administraciones
Públicas, y la obvia ventaja de tener trabajadoras precarias ocupando los peores puestos y turnos sin posibilidad de protesta, llevamos 25 años engrosando las bolsas de temporalidad abusiva sin que se resuelva
este desastre.
Sabíamos que la Ley 20/2021 no era una solución completa y que generaba nuevas discriminaciones. Ahora tenemos dos sentencias sucesivas del Tribunal Europeo de Justicia, del 22 de febrero y del 13 de junio de2024, que nos lo confirman: ni la figura del indefinido no fijo, ni la ridícula indemnización al cese, son sanciones válidas al abuso de temporalidad, y los procesos de estabilización tampoco cumplen con la Directiva
Europea. El TJUE contempla la estabilidad en el empleo como la solución más adecuada.
lunes, 14 de octubre de 2024
Recordatorio [CEPPT] Manifestación estatal el sábado 19 de Octubre a las 12h en Madrid por la estabilidad de los empleado públicos en abuso de temporalidad, incluidos los cesados, en cumplimiento de la normativa europea
[Recordatorio de entrada publicada el 24/09/2024]
Informa este 23/09/2023 la Coordinadora Estatal de Personal Público Temporal en su cuenta de Twitter
que se ha convocado una manifestación estatal por la estabilidad de
los empleados públicos en abuso de temporalidad pública y la readmisión
de los cesados en abuso de temporalidad para el sábado 19 de Octubre #19OctYoVoy a las 12h en Madrid , con los lemas "No somos plazas , somos personas", #QuienesEstamosNosQuedamos, ... , como la solución justa y adecuada tras las sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea para dar cumplimiento a la normativa europea incluida en la Directiva 1990/70/CE.
viernes, 11 de octubre de 2024
[CEPPT] Manifestación estatal del sábado 19 octubre 2024 en Madrid por la estabilidad del personal público en abuso de temporalidad. '¡QUEDA UNA SEMANA PARA ENVIAR APOYOS'
'El jueves 17 de octubre a las 20:00 h. se cerrará el formulario de recogida de apoyos de organizaciones a la manifestación del sábado 19 en Madrid. El listado resultante se remitirá al Ministerio acompañando una carta con las reclamaciones del colectivo, podéis leerlas en el texto que encabeza el formulario.
lunes, 7 de octubre de 2024
[CEPPT] Apoyo de organizaciones a la manifestación estatal del sábado 19 octubre 2024 en Madrid por la estabilidad del personal público temporal en cumplimiento de la normativa europea
'De cara a nuestra lucha por la estabilidad de todo el personal público en abuso, el último trimestre de 2024 será un momento crítico. El 31 de diciembre han de estar resueltos los procesos de (des)estabilización, y mucha gente se irá a la calle despuès de años y años de servicio. Ante la nula voluntad política del Gobierno de dar estabilidad real al personal en fraude, todas las organizaciones implicadas en esta lucha debemos multiplicar la presión al Gobierno para conseguir nuestros objetivos, y garantizar a la ciudadanía unos servicios públicos de calidad.
Por todo ello, el próximo SÁBADO 19 DE OCTUBRE se convoca una MANIFESTACIÓN ESTATAL, EN MADRID, por parte de las siguientes organizaciones sindicales:
[Comisión Europea ] 'La Comisión decide llevar a ITALIA ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea por no poner fin al uso abusivo de contratos de duración determinada [ya sólo del personal administrativo, técnico y auxiliar en las escuelas públicas] y a las condiciones de trabajo discriminatorias [de los profesores temporales de escuelas públicas]' [Por el procedimiento de infracción INFR(2014)4231 que estuvo abierto por una denuncia múltiple de más tipos de empleados públicos que quedaron fuera de la reforma de 2017 tras la sentencia europea Mascolo]
[03/10/(204] 'La Comisión Europea ha decidido hoy llevar a Italia ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea por no poner fin al uso abusivo de los contratos de duración determinada y a las condiciones de trabajo discriminatorias (Directiva 1999/70/CE del Consejo). Según la Comisión, Italia no dispone de las normas necesarias para prohibir la discriminación en sus condiciones de trabajo y el uso abusivo de sucesivos contratos de duración determinada.
La Comisión considera que la legislación italiana que determina el salario de los profesores con contrato de duración determinada en las escuelas públicas no prevé una progresión salarial progresiva basada en los períodos de servicio anteriores. Esto constituye una discriminación en comparación con los profesores contratados de forma permanente, que tienen derecho a dicha progresión salarial. Además, en contra de la legislación de la UE, Italia no ha adoptado medidas efectivas para evitar el uso abusivo de sucesivos contratos de trabajo de duración determinada del personal administrativo, técnico y auxiliar en las escuelas públicas. Esto vulnera la legislación de la UE sobre el trabajo de duración determinada.
viernes, 4 de octubre de 2024
El Gobierno italiano publica un Decreto Ley sobre las condiciones de los magistrados honorarios para evitar en el marco del procedimiento de infracción abierto tras sentencias del TJUE previas, que la Comisión Europea lleve a Italia ante el Tribunal de Justicia de la UE y le imponga una sanción. Centrado en las condiciones de los magistrados honorarios ya estabilizados y en acotar el posible uso de esa figura temporal, incluye la habilitación de nuevos procesos de "confirmación" (estabilizaciones restringidas) para los magistrados que no participaron en los anteriores con las antiguas condiciones
El Gobierno Italiano , tras los plazos que la Comisión Europea le había ido concediendo para que realizara cambios legislativos por el procedimiento de infracción INFR(2016)4081 sobre las condiciones laborales de los "magistrados honorarios" italianos que había abierto por sentencias de cuestiones prejudiciales en el Tribunal de Justicia de la UE, finalmente ha aprobado este 16/09/2024 por decreto una normativa complementaria "sobre las condiciones de los magistrados honorarios confirmados", el el Decreto-ley nº 131.
Tal como expuso su ministerio de justicia ante el parlamento italiano para presentar el Decreto Ley al día siguiente de su publicación, la nueva norma "contiene disposiciones urgentes para la ejecución de las obligaciones derivadas de actos de la Unión Europea y de procedimientos de infracción y preinfracción pendientes contra el Estado italiano", llegando aafirmar que "la necesidad de intervención es evitar que la Comisión Europea lleve a Italia ante el Tribunal de Justicia de la UE por la violación de los derechos de los magistrados honorarios como trabajadores". La Comisión Europea, de hecho, "ha iniciado un procedimiento de infracción contra Italia y, en particular, ha acusado al Estado italiano de incumplimiento de algunas directivas de la normativa prevista por el Decreto Legislativo del 13 de julio de 2017, n. 116, sobre magistrados honorarios, con referencia a las normas que rigen la relación laboral de los magistrados honorarios."
[Comisión Europea] ' La Comisión insta a ITALIA a que adapte al Derecho de la Unión su legislación relativa a las condiciones de trabajo de los jueces honorarios'
[03/10/2024] 'La Comisión Europea ha decidido hoy enviar un dictamen motivado complementario a Italia [INFR(2016)4081] por no haber adaptado plenamente al Derecho laboral de la Unión su legislación nacional aplicable a los jueces honorarios.
El dictamen motivado complementario se refiere a los jueces honorarios que entraron en funciones después del 15 de agosto de 2017, puesto que Italia no ha proporcionado ninguna respuesta sustantiva ni ha adoptado ninguna medida para abordar las cuestiones señaladas por la Comisión en su dictamen motivado de julio de 2023. A juicio de la Comisión, la legislación italiana sigue incumpliendo las normas de la UE en materia de trabajo de duración determinada, trabajo a tiempo parcial y ordenación del tiempo de trabajo (Acuerdo marco anejo a la Directiva 1999/70/CE, Acuerdo marco anejo a la Directiva 97/81/CE y Directiva 2003/88/CE, respectivamente).
jueves, 26 de septiembre de 2024
[FETAP CGT] Manifestaciones unitarias en Barcelona y Madrid contra el abuso de temporalidad en las Administraciones (28 de Septiembre Y 19 de Octubre)
'A TODO EL PERSONAL EN ABUSO DE LAS ADMINISTRACIONES, A LA OPINIÓN PÚBLICA EN GENERAL
Desde la Federación Estatal de Trabajadoras de las Administraciones Públicas (FETAP-CGT), informamos, para público conocimiento, de que el próximo el próximo sábado 28 de septiembre tendrá lugar en la localidad de Barcelona una manifestación unitaria bajo los lemas:
POR UNOS SERVICIOS PÚBLICOS DE CALIDAD, BASTA DE ABUSO DE TEMPORALIDAD
NINGUNA INTERINA A LA CALLE
LAS QUE ESTAMOS NOS QUEDAMOS
Dicha manifestación tendrá inicio a las 12.00h ante la Subdelegación del Gobierno en Barcelona (C/Mallorca 278), y transcurrirá hasta la Pl. Sant Jaume de la capital catalana.
Os informamos también, que unas semanas más tarde, el sábado 19 de octubre, tendrá lugar otra manifestación unitaria, en este caso en Madrid. Dicha manifestación se convoca, entre otros, bajo los lemas:
LA LUCHA ES EL ÚNICO CAMINO
QUIENES ESTÁN SE QUEDAN
APLICACIÓN DE LA DIRECTIVA 1990/70/CE
En este caso, la manifestación comenzará en la fuente de Neptuno, también a las 12.00h, y transcurrirá hasta la esquina de Gran Vía con Montera.
Recordatorio. [Comisión Europea] Paquete de procedimientos de infracción de julio: La Comisión insta a ESPAÑA a que elimine las condiciones laborales discriminatorias en el sector público' [2ª Carta de Emplazamiento Adicional en el procedimiento INFR(2014)4224, aparte está el INFR(2014)4334 sobre abuso de temporalidad]
[Recordatorio de entrada publicada el 25/07/2024, hace dos meses] La Comisión Europea ha decidido hoy enviar una segunda carta de emplazamiento adicional a España [INFR(2014)4224] por no haber transpuesto correctamente al Derecho nacional la Directiva 1999/70/CE del Consejo, que prohíbe la discriminación de los trabajadores con un contrato de duración determinada. El Derecho español contiene condiciones laborales menos favorables (como los derechos a vacaciones) para los trabajadores con un contrato de duración determinada que trabajan en el sector público español en comparación con los trabajadores fijos. Según la Comisión, esto supone una discriminación contraria al Derecho de la UE, por lo que incoó este procedimiento de infracción en 2014. Aunque España ha modificado las normas desde entonces, siguen existiendo problemas de discriminación. En su segunda carta de emplazamiento adicional, la Comisión aborda las diferencias de trato en relación con el cálculo de la antigüedad, el derecho a algunos tipos de permisos o el acceso a trayectorias profesionales. España dispone de dos meses para subsanar las deficiencias detectadas por la Comisión; de no hacerlo, la Comisión podría optar por enviar un dictamen motivado.'
Fuente: Nota de Prensa de la Comisión Europea de 25/07/2024
NOTA DEL EDITOR; hay que recordar que la Comisión Europea mantiene abiertos dos procedimientos de infracción contra España (en el primer estado de "Carta de Emplazamiento" enviada ) sobre posibles violaciones de las leyes nacionales de la Directiva 1999/70/CE en el empleo público:
martes, 24 de septiembre de 2024
[CEPPT] Manifestación estatal el sábado 19 de Octubre a las 12h en Madrid por la estabilidad de los empleado públicos en abuso de temporalidad, incluidos los cesados, en cumplimiento de la normativa europea
Informa este 23/09/2023 la Coordinadora Estatal de Personal Público Temporal en su cuenta de Twitter que se ha convocado una manifestación estatal por la estabilidad de los empleados públicos en abuso de temporalidad pública y la readmisión de los cesados en abuso de temporalidad para el sábado 19 de Octubre #19OctYoVoy a las 12h en Madrid , con los lemas "No somos plazas , somos personas", #QuienesEstamosNosQuedamos, ... , como la solución justa y adecuada tras las sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea para dar cumplimiento a la normativa europea incluida en la Directiva 1990/70/CE.
[LAVOROSI] El Gobierno italiano publica un Decreto Ley que con la posibilidad de una mayor indemnización por daños ante el abuso de temporalidad en el sector privado y público para evitar la multa en el procedimiento de infracción 2014/4231 de la Comisión Europea
'Publicado en el Diario Oficial nº 217 de 16 de septiembre de 2024, el Decreto Legislativo de 16 de septiembre de 2024, n. 131, que contiene "Disposiciones urgentes para la ejecución de las obligaciones derivadas de actos de la Unión Europea y de procedimientos de infracción y preinfracción pendientes contra el Estado italiano".
El Decreto-ley facilitará el cierre de 16 casos de infracción y un caso EU Pilot. En al menos 6 casos, las normas introducidas pueden conducir a un archivo inmediato, respetando los plazos técnicos de la Comisión Europea; en otros 11 casos, las normas adoptadas por el Gobierno constituyen una premisa esencial para lograr rápidamente el archivo.
lunes, 23 de septiembre de 2024
Manifestación el sábado 28 de septiembre a las 12h en Barcelona por la estabilidad de las personas en abuso de temporalidad pública #LasQueEstamosNosQuedamos
Diversos sindicatos y colectivos agrupados en torno a la Plataforma de Afectats per la Funció Pública convocan y apoyam la manifestación #ManiInterinaBCN28S que tendrá lugar este sábado 28 de septiembre en Barcelona con inicio en la Delegación del Gobierno Español a las 12h bajo el lema #LasQueEstamosNosQuedamos reclamando la estabilidad real o "fijeza" del enorme número de personas que se encuentran en abuso de temporalidad en el empleo público, como la solución justa y adecuada tras las sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y para dar cumplimiento a la normativa europea.