'El Tribunal de Justicia y el Tribunal General han modificado sus respectivos Reglamentos de Procedimiento con el
fin de aplicar las modificaciones del Estatuto del Tribunal de Justicia de la Unión Europea adoptadas por el
Parlamento Europeo y por el Consejo de la Unión Europea [1]. Al mismo tiempo, las nuevas normas modernizan y
simplifican los procedimientos ante ambos órganos jurisdiccionales. Los proyectos de modificaciones presentados,
respectivamente, por el Tribunal de Justicia y por el Tribunal General fueron aprobados por el Consejo de la Unión
Europea en el mes de junio, antes de ser adoptados formalmente por cada órgano jurisdiccional en el mes de julio [2].
Además, el Tribunal de Justicia ha adoptado una nueva versión de las Instrucciones prácticas a las partes sobre
los asuntos sometidos ante él 3 y el Tribunal General una nueva versión de las Normas prácticas de desarrollo de
su Reglamento de Procedimiento.
Aplicación de las modificaciones del Estatuto
Una parte de las nuevas normas tiene por objeto aplicar las modificaciones del Estatuto del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Se trata, en particular, de las disposiciones necesarias para permitir la transferencia parcial de la competencia prejudicial del Tribunal de Justicia al Tribunal General, aplicable a partir del 1 de octubre de 2024 [5].
Las modificaciones del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia precisan, en primer lugar, las
normas relativas a la tramitación inicial de las peticiones de decisión prejudicial presentadas al Tribunal de
Justicia con el fin de determinar el órgano jurisdiccional competente para conocer de ellas. A continuación,
establecen las disposiciones necesarias para garantizar una rápida tramitación de las peticiones de decisión
prejudicial que el Tribunal General remita al Tribunal de Justicia debido a que requieren una resolución de
principio que pueda afectar a la unidad o a la coherencia del Derecho de la Unión. Por último, prevén el
procedimiento para la publicación en línea, dentro de un plazo razonable tras la declaración de terminación del
asunto, de las observaciones escritas presentadas por los interesados en los asuntos prejudiciales que sean
objeto de una decisión a partir del 1 de septiembre de 2024, salvo que estos formulen objeciones. Las nuevas
Instrucciones prácticas a las partes concretan cómo deben presentarse estas objeciones.