La Comisión de Peticiones del Parlamento Europeo ha publicado este reciente 22/03/2022 una comunicación de fecha 16/02/2022 sobre la Petición n.º 0832/2021, presentada por Juan Ignacio Navas Marqués, de nacionalidad española, en nombre de Empleados Públicos en Abuso (EPA), sobre la temporalidad en el sector público español , y en la que denunciaba que la doctrina emanada de los juzgados españoles, como la nueva doctrina de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo de 28/06/2021 tras la sentencia europea de 3 de junio de 2021, IMIDRA, (doctrina en la que pasaba a reconocer el abuso también en las interinidades de más de 3 años si bien concediendo sólo la figura del "indefinido no fijo" si no se ha superado un proceso selectivo para fijo) no es conforme a los pronunciamientos del TJUE ni a la interpretación que hace este sobre la Directiva 1999/70/CE y que existe un evidente incumplimiento por parte del Estado español en lo que respecta a la transposición y cumplimiento efectivo de la normativa de la Unión, citando la normativa entonces recién publicada , el Real Decreto-Ley 14/2021 publicado el 7/7/2021 y que sería después modificado con la en Diciembre por la publicación el 29/12/2021 de la nueva Ley 20/2021
Ahora en la Comunicación recientemente publicada se trasladan esta respuesta de la Comisión Europea, que a su vez trasladamos, literalmente en su traducción de Google:
' Observaciones de la Comisión
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha aclarado en varias sentencias [ Véase, por ejemplo, sentencia de 3 de junio de 2021, IMIDRA, C-726/19, apartado 49] que el Acuerdo Marco anejo a la Directiva 1999/70/CE del Consejo [Directiva 1999/70/CE del Consejo, de 28 de junio de 1999, relativa al acuerdo marco sobre el trabajo de duración determinada
concluido por la CES, UNICE y CEEP, DO L 175, 10.7.1999, p. 43–48] no impone a los Estados miembros la obligación general de prever la conversión de los contratos de duración determinada contratos de trabajo en contratos de duración indefinida.
Además, la Corte ha señalado que “la asimilación de dicho personal de duración determinada con 'trabajadores con contratos no fijos de duración indefinida', de conformidad con la jurisprudencia nacional existente, podría (...) constituir una medida susceptible de sancionar los abusos resultantes del uso de contratos de trabajo de duración determinada y eliminar las consecuencias de la infracción de las disposiciones del acuerdo marco” [Sentencia de 14 de septiembre de 2016, Martínez Andrés y Castrejana López, C-184/15 y C-197/15, párrafo 53; y de 3 de junio de 2021, IMIDRA, C-726/19, apartado 73]
El 28 de diciembre de 2021 se aprobó la Ley 20/2021, de 28 de diciembre de 2021. La ley sustituyó al Real Decreto-ley 14/2021 mencionado por el peticionario.
La Comisión está analizando si la legislación actualmente vigente en relación con las condiciones de empleo de los funcionarios interinos del sector público en España cumple con los requisitos de la Directiva 1999/70/CE del Consejo y, a la luz del resultado de esta evaluación, decidirá sobre las medidas oportunas a adoptar en relación con la existencia de medidas para prevenir el uso abusivo de contratos sucesivos de duración determinada en el sector público español en el marco del procedimiento de infracción INFR(2014)4334.
Conclusión
La Comisión está analizando actualmente los cambios introducidos en la legislación española para evaluar la conformidad del texto resultante con la Directiva 1999/70/CE del Consejo, de 28 de junio de 1999, relativa al acuerdo marco sobre el trabajo de duración determinada celebrado por la Confederación Europea de Sindicatos ( CES), la Unión de Confederaciones Industriales y de Empleadores de Europa (UNICE) y el Centre européen des entreprises fournissant des services d'intérêt général (CEEP) y la jurisprudencia pertinente del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. La Comisión decidirá, a la luz del resultado de esta evaluación, sobre los próximos pasos a seguir en relación con la existencia de medidas para prevenir el uso abusivo de contratos sucesivos de duración determinada en el sector público español en el contexto de la infracción INFR( 2014) 4334.'
La petición cuenta ya casi con 2 mil adhesiones y sigue en estado de admitir adhesiones [lo que lógicamente aumenta su relevancia], para ello basta con acudir a la página web de la petición
Recordemos una vez más que la
Comisión Europea había dado el verano pasado (con fecha 5/08/2021), como última información oficial del curso de procedimiento de denuncia múltiple CHAP(2013)0917 que mantiene abierta sobre
el abuso de duración de temporalidad en empleados públicos españoles , que estaba
evaluando si la
reforma introducida con dicho Real Decreto-ley de 14/2021 de reducción
de la temporalidad publicado el 7 de Julio era ya conforme a la
normativa europea
y que evaluaría las modificaciones futuras anunciadas. Previamente en
Octubre de 2020, ya había dicho que había visto la sentencia europea de 19/03/2020 mencionada
en esta respuesta, la del asunto "Sánchez Ruiz y
otros" (con asunto principal el de un informática nuestro) con su
declaración de existencia de abuso y evaluaría que la entonces futura
reforma del Estatuto del empleado Público anunciada por la ministra de
Función Pública es conforme a la Directiva y sentencias europeas y que,
mantenía abierto el procedimiento de infracción 2014/4334 relativo a la
posible incompatibilidad del derecho español con la cláusula 5 del Acuerdo Marco , procedimiento que podría acabar en una multa a España, si bien todavía sigue en el primer paso de "Carta de emplazamiento enviada" [antes de llevar a un estado al Tribunal de Justicia europeo para imponer una sanción o medida debe pasar por el estado pendiente de emisión del "Dictamen motivado", que sería el próximo paso].
En una pregunta del eurodiputado de Ciudadanos, Jordi Cañas,el Comisario de Empleo hace medio año respondió así mismo que estaba analizando estos cambios en el Congreso y que determinaría si tras su aprobación adoptarán medidas en un procedimiento de infracción abierto, señalando que está supeditado el desembolso de tramos del so fondos europeos a reformas como la de la reducción de la temporalidad pública.
Hace cinco meses respondió a una pregunta del europarlamentario de Anticapitalistas, Miguel Urbán, sobre si el Real Decreto-Ley 14/21 de reducción de temporalidad cumplía con la sentencia europea de 19/03/2020 "Sánchez Ruiz" sobre abuso de temporalidad en empleo público, que estab siguiendo "de cerca" la reforma del RDL que tramita como Ley el Congreso y evaluarñia su conformidad con la Directiva y la jurisprudencia europeas.
Hace cuatro mes respondió a la pregunta de los europarlamentarios del Partido Popular sobre los incumplimientos por sentencias nacionales de la sentencia europea de 19/03/2020 "Sánchez Ruiz" que esa jurisprudencia nacional hace referencia a la legislación nacional ya modificada por el Real Decreto-Ley 14/21 y que tendrá nuevas modificaciones con el proyecto de ley, que está siguiendo "de cerca" y del que evaluará su conformidad con la Directiva y la jurisprudencia europeas.
Hace más tres meses respondió a la petición de"Enfermeras Eventuais en Loita" de 2019 sobre el abuso de temporalidad en empleo público español: que "está analizando las modificaciones introducidas en la legislación española " a fin de " evaluar la conformidad de las normas resultantes" con la normativa y sentencias europeas
Y en la comparecencia de ASEPAT sobre su petición,también de masivo seguimiento, ante el abuso de temporalidad en el Parlamento Europeo afrmó que "estamos examinando con detalle" la nueva ley y "vamos a seguir muy de cerca los próximos procedimientos legislativos vinculados" [de las CCAA y de algunos sectores] y "entonces evaluaremos la conformidad de los texto resultantes" con la directiva.
Muy recientemente, el Parlamento europeo ha admitido también pasar a estado de adhesiones la Petición n.º 1177/2021, de la Plataforma de Interinos y Laborales de Larga Duración de la Universidad de Castilla-La Mancha (UCLM), sobre la temporalidad en las Universidades y Administraciones públicas españolas.
Por último, en cuanto a la posible "validez" como sanción al abuso de temporalidad ante la legislación europea, que exige que sea específica y disuasoria hay que recordar que
- en la sentencia de 19/03/2022 del asunto acumulado "Sánchez Ruiz", tras la explicación del juzgado de lo contencioso remitente de que se trataba de una figura igualmente temporal al quedar expuesto a un cese por cobertura del puesto en un proceso selectivo por ejemplo y que la indemnización además de baja tenía un tope de un año de sueldo, el tribunal europeo afirmó que, si era así, la figura del indefinido no fijo no podría valer como sanción por sí sola
- la sección 2ª de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, por casos de laborales interinos de vacante más de 3 años y de personal ya declarado indefinido no fijo, ha planteado cuestiones prejudiciales al Tribunal de Justicia de la Unión Europea en la que vuelve a cuestionar si esa figura del indefinido no fijo , que el Supremo concede sólo para laborales, puede valer como sanción al abuso de temporalidad (y cuestiona además si los procesos de estabilización, y concurso de méritos, de libre concurrencia indemnizados con un tope de 1 año de sueldo. de la nueva ley 20/2021 pueden valer como sanción y así evitar la declaración judicial de fijeza)
- [20/09/2016] [lawatrends]
Las 3 sentencias del Tribunal europeo sobre casos de abusos en la
temporalidad en el empleo público de lla adminstración española
- [29/03/2017] Texto íntegro del acuerdo de Gobierno del Estado y sindicatos para la reducción de la temporalidad en el empleo público: permiso a las CCAA en Sanidad de procesos de consolidación para los temporales de antes de 2005 según el EBEP y de OPE de hasta el 90% de los temporales actuales de más de 3 años sin límites por tasa de reposición
- [12/04/2017] [El independiente] CCOO y UGT admiten que el acuerdo estatal sobre estabilidad y OPEs extraordinarias podría dejar a temporales muy antiguos sin trabajo
- [19/02/2018] [@PInterinos en change.org] Campaña de recogida de firmas [ya casi 50 mil] y denuncias a la Unión Europea por la 'Estabilidad del interino longevo: aplicación del del artículo 61.6 del Estatuto Básico del Empleado Público por excepcionalidad [o proceso de conversión a fijos del personal temporal en abuso de temporalidad por concurso de méritos]
- [04/06/2018] Resolución del Parlamento Europeo tras las peticiones recibidas en la Unión Europea sobre el abuso de la temporalidad tanto en la empresa como en el empleo público: la conversión a fijo es adecuada y pide que se incluya en la normativa nacional como medida ante abuso de temporalidad, sin perjuicio de sanción e indemnización adicional , condenando el despido por este fraude de ley
- [09/07/2018] Publicada
en el BOE la Ley de Presupuestos Generales del Estado con el segundo
acuerdo con sindicatos nacionales con la extensión a todos los sectores
de la posibilidad de convocar los puestos de temporales de más de 3 años
y los de los "indefinidos no fijos" a procesos denominados de
"estabilización", sin fijar que sean de consolidación del propio
personal. Subidas acordadas de sueldo de empleados públicos 2018 a 2020
- [09/09/2018] La
Comisión Europea unifica el gran número de denuncias recibidas sobre
abuso en duración de la temporalidad de empleados públicos españoles y
anuncia que se esperará en su respuesta a la sentencia del Tribunal de
Justicia Europeo al caso del informático del SERMAS que demanda la
"fijeza"
- [28/02/2020] La Comisión Europea responde a la pregunta presentada por C's en el Parlamento Europeo sobre la falta de soluciones adecuadas al abuso de temporalidad en el empleo público que tiene abierta una investigación y que está pendiente la sentencia del Tribunal de Justicia Europeo en los asuntos acumulados "Sánchez Ruiz/Fernández Álvarez y otros"
- [19/03/2020] Sentencia esperanzadora del Tribunal Europeo del asunto acumulado "Sánchez Ruiz": hay abuso de temporalidad en la interinidad de vacante prolongada que requiere una sanción, que le corresponde al ordenamiento español fijar, orientando que no puede valer como sanción la convocatoria a proceso selectivo libre ni la figura del indefinido no fijo
- [10/10/2020] IMPORTANTE La Comisión Europea informa del curso de la denuncia múltiple abierta sobre el abuso de duración de temporalidad en empleados públicos españoles: ha visto la sentencia europea de 19/03/2020 del asunto "Sánchez Ruiz y otros" con su declaración de existencia de abuso, evaluará que la futura reforma del Estatuto del empleado Público anunciada por la ministra de Función Pública es conforme a la Directiva y sentencias europeas y mantiene abierto el procedimiento de infracción 2014/4334 relativo a la posible incompatibilidad del derecho español con la cláusula 5 del Acuerdo Marco Precisamente este martes 13 se debate en Comisión Pública del Senado una moción del Senador Sánchez-Garnica de "consolidación administrativa" presentada en Mayo. El grupo de Izquierda confederal presentó otra recientemente de concurso de méritos restringido como solución al abuso
- [04/03/2021] [El País] La Comisión Europea vincula una reforma para atajar el problema de la alta temporalidad en la administración pública con la obtención de los fondos europeos del Plan de Recuperación para España
- [05/05/2021] En el plan de reformas para la Comisión Europea, el Gobierno sobre la exigida reducción de temporalidad pública: va a ampliar los procesos de estabilización con las plazas temporales más de 3 años a 31/01/2020 y deberán publicarse todas las convocatorias de OPEs de estabilización antes de 31/12/2021
- [16/03/2021] La Comisión Europea sigue respondiendo a las denuncias personales de abuso de temporalidad en el empleo público español que está recibiendo gran número de denuncias y que tiene una denuncia múltiple abierta que las agrupa, vinculando la investigación abierta a la reforma que haga España tras la sentencia del Tribunal Europeo de 19/03/2020
- [03/06/2021] Golpe del Tribunal Europeo, con su sentencia de HOY 03/06/2021 en el asunto #IMIDRA, a la doble excusa utilizada por ambas salas del Tribunal Supremo español para esquivar declaraciones de abuso de temporalidad en empleo público: la normativa europea se aplica a las interinidades prolongadas de vacante aunque sólo haya un único contrato o nombramiento formal y no pueden utilizarse la crisis económica ni restricciones de leyes presupuestarias. La normativa nacional "no parece incluir ninguna medida para prevenir ni sancionar" el abuso y la jurisprudencia del Supremo para laborales públicos interinos no "parece atenerse a la exigencias que se derivan de la jurisprudencia europea". Una indemnización al cese "no parece, por sí sola, adecuada" como sanción.
- [09/06/2021] La
Comisión Europea responde a denuncias personales de abuso de
temporalidad en el empleo público español que "evaluará" si las medidas
de reducción de temporalidad del Plan de reformas del Gobierno enviado a
la UE para optar a los fondos de recuperación "se adecúan al Derecho de
la Union Europea"
- [07/07/2021] [IMPORTANTE] Publicado en el BOE el REAL DECRETO-LEY del "plan de choque" de reducción de la temporalidad en el empleo público acordado con los sindicatos fijando un último proceso extraordinario de estabilización de plazas con los puestos temporales de más 3 años a 31/12/2020 que no estén ya en los procesos de estabilización de las leyes de 2017 y 2018: un concurso-oposición libre con peso de la fase de méritos del 40% e indemnización de 20 dias/año máx 12 mensualidades al cese del temporal que no lo supere. Entra en vigor mañana 08/07/2021
- [07/07/2021] [Arauz] 'Nota sobre el Real Decreto-Ley aprobado hoy' ["Es un día triste para el Gobierno de España y para los partidos políticos que lo sustentan", "si piensan, en su ignorancia, que vamos a dar un paso atrás están equivocados", " los juzgados y tribunales no están obligados a aplicar este Decreto-Ley si el mismo, como es, vulnera la Normativa comunitaria que dice estar aplicando", "denunciaremos el Decreto-Ley ante las instancias europeas para que actúen contra nuestro gobierno""]
- [12/07/2021] [Huelga TTPs Navarra] El europarlamentario del Grupo Popular en el Parlamento europeo, Antonio López-Istúriz , pregunta a la Comisión Europea su valoración y si va a adoptar alguna medida al respecto de los procesos de estabilización tras las sentencias europeas que indican no son solución para el abuso de temporalidad
- [21/07/2021] Convalidado
el REAL DECRETO-LEY de reducción de la temporalidad en el empleo
público acordado con los sindicatos fijando un último proceso
extraordinario de estabilización de plazas con los puestos temporales de
más 3 años a 31/12/2020 con el compromiso de modificaciones por
proyecto de ley urgente de posibilidad de oposición no eliminatoria y
concursos de méritos para personal +10a en mismo puesto
- [06/08/2021] IMPORTANTE
La Comisión Europea informa oficialmente del curso de la denuncia
múltiple abierta desde 2018-y vinculada a un procedimiento de infracción
contra España- sobre el abuso de duración de temporalidad en empleados
públicos españoles: está evaluando si la reforma introducida con el Real
Decreto-ley de reducción de la temporalidad publicado el 7 de Julio
es conforme a la normativa europea y evaluará las modificaciones
futuras anunciadas por la nueva Ministra
- [06/09/2021] La Comisión Europea responde que los procesos de estabilización de las leyes de 2017/18 aunque con méritos son procesos de resultado incierto que según la sentencia del Tribunal Europeo de 19/03/2020 no eximen de una sanción al abuso de temporalidad en el empleo público
- [10/10/2021] La Comisión Europea responde que los procesos de estabilización de las leyes de 2017/18 aunque con méritos son procesos de resultado incierto que según la sentencia del Tribunal Europeo de 19/03/2020 no eximen de una sanción al abuso de temporalidad en el empleo público
- [10/11/2021] Divulgado el "acuerdo de funcionamiento" entre el Gobierno Español y la Comisión Europea con hitos y plazos de cumplimiento firmados de las reformas comprometidas en el Plan de Recuperación a cambio de los fondos europeos. Sobre temporalidad pública, comprometida ley que regule una reducción de la temporalidad vía "procesos de estabilización de puestos" así como "disposiciones efectivas para prevenir y sancionar abusos" .
- [27/12/2021] La Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo aplica en varias sentencias seguidas a la de 30/11/2021 su "doctrina" de que de las sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea "no se sigue que haya obligación" de conceder una sanción ante un abuso de temporalidad y niega por inexistentes o prohibida en la normativa nacional para personal funcionario la indemnización, la figura del indefinido no fijo de los laborales y la fijeza
- [29/12/2021] Publicada en BOE la nueva Ley de reducción de temporalidad pública.Obliga a todas las AAPP a realizar concursos de méritos de libre concurrencia con las plazas estructurales temporales y las de personal temporal anteriores a 1/1/2016 si no están ya en convocatorias en marcha o resueltas cubriendo la plaza. En días y semanas pasados ha habido "carreras" por muchas AAPP convocando en procesos con oposición las plazas de los procesos de estabilización anteriores
- [31/12/2021] [Parlamento Europeo] 'Petición n.º 0832/2021, presentada por Juan Ignacio Navas Marqués, de nacionalidad española, en nombre de Empleados Públicos en Abuso (EPA), sobre la temporalidad en el sector público español '
- [|0/01/2022] La Comisión de Peticiones del Parlamento Europeo comunica nueva respuesta de Noviembre de 2021 de la Comisión Europea por la petición de "Enfermeras Eventuais en Loita" de 2019 sobre el abuso de temporalidad en empleo público español: "está analizando las modificaciones introducidas en la legislación española " a fin de " evaluar la conformidad de las normas resultantes" con la normativa y sentencias europeas
- [10/01/2022] La Comisión Europea en la comparecencia de ASEPAT sobre su petición ante el abuso de temporalidad en el Parlamento Europeo: "estamos examinando con detalle" la nueva ley y "vamos a seguir muy de cerca los próximos procedimientos legislativos vinculados" [de las CCAA y de algunos sectores] y "entonces evaluaremos la conformidad de los texto resultantes" con la directiva. PSOE: "este caso debería cerrarse tras la nueva Ley 20/2021, que establece medidas para la estabilización del personal y de compensación para el personal que no supere estos procesos ". Se aprobó mantener la petición abierta a la espera de la evaluacion de la Comisión Europea.
- [24/12/2022] [I. Beltrán] La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid plantea una importante batería de cuestiones al Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre si la figura del indefinido no fijo de la doctrina del Tribunal Supremo para personal público laboral es adecuada como respuesta al abuso de temporalidad y si ante la ausencia de medidas efectivas no debería concederse la fijeza, incluso aunque se interpretara que lo prohíbe la Constitución Española
- [03/02/2022] La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid planteó, por otro caso de una laboral indefinida fija más de 13 años, el 22/12/21 su misma e importante batería de cuestiones de 21/12/21 al Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre si la figura del indefinido no fijo de la doctrina del Tribunal Supremo para personal público laboral es adecuada como respuesta al abuso de temporalidad y si ante la ausencia de medidas efectivas no debería concederse la fijeza, incluso aunque se interpretara que lo prohíbe la Constitución Española. También pregunta si convocar la plaza de personal en abuso en un proceso selectivo de libre concurrencia con indemnización de 20 días para quien no lo supere como los del Real Decreto-Ley 14/21 -y como también son todos los procesos de la nueva ley 20/2021- puede valer para esquivar esa conversión en fijo como sanción al abuso (en caso de que no exista otra medida y la figura del indefinido no fijo no valga)
- [07/03/2022] La
sección 2ª de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de
Madrid, por el caso de una laboral interina de vacante más de 3 años,
plantea cuestión prejuficial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea
en la que vuelve a cuestionar si la figura del indefinido no fijo del
Supremo para laborales puede valer como sanción al abuso de temporalidad
y cuestiona además si los procesos de estabilización, y concurso de
méritos, de libre concurrencia indemnizados con un tope de 1 año de
sueldo. de la nueva ley 20/2021 pueden valer com sanción y así evitar la
declaración judicial de fijeza
- [14/03/2022] [Parlamento europeo] 'Petición n.º 1177/2021, de la Plataforma de Interinos y Laborales de Larga Duración de la Universidad de Castilla-La Mancha (UCLM), sobre la temporalidad en las Universidades y Administraciones públicas españolas '
6 comentarios:
INF con despido libre y 20 días por año trabajado, máximo un año, no es sanción disuasoria ni preventiva.
Y la sala de lo contencioso administrativo de TS, cero sanciones al abuso de temporalidad en más de 20 años de juicios
En las dos sentencias europeas que recuerda la Comisión Europea, se preguntaba , claro, si valdría la figura del indefinido no fijo -que todos sabemos lo que es- y el tribunal dijo que podría valer si era como había entendido una especie de contrato indefinido, sin el calificativo de "fijo" que tienen los que superan el proceso selectivo para fijo. Vamos lo mismo que el "fijo a extinguir" que piden las plataformas, que el informe Casas dijo era Constitucional como sanción al abuso y que se concede para los fijos de las empresas privadas que absorben la administración privada.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea es como un oráculo: responde como le preguntes.
Así se explica que dijera a unos que podía valer el indefinido no fijo que le habían presentado y a otros que no podía valer.
Mientras tanto, la casa sin barrer .
Y, muy preocupante que la Comisión Europea se fije en esas sentencias del Tribunal europeo que admiten , con un malentendido, el indefinido no fijo: al fin y al cabo los nuevos procesos selectivos de la Ley 20/21 fijan la misma indemnización para quien nos los supere y puede que determine en su "evaluación" que igualmente podrían valer esos procesos de estabilización indemnizados de la ley 20/21 como sanción al abuso. Y a los que no se les da oportunidad de participar en suficiente volumen, porque sus plazas ya están convocadas en los anteriores, que les corresponde a los tribunales españoles determinar la sancion. Y Santas Pascuas, a la Costa del Sol estas vacaciones el comisario y CIA.
IMPORTANTE¡¡¡¡. En esta semana se ha desarrollado en Cádiz la JORNADA de LA TEMPORALIDAD EN EL EMPLEO PÚBLICO LOCAL Y LA FUTURA LEY DE FUNCIÓN PÚBLICA, dónde la Subdirectora General Adjunta de Relaciones con otras Administraciones en la Dirección General de Función Pública .Ministerio de Hacienda y Función Pública se ha hartado de decir que se estabilizan plazas y no personas. Está visto que se le están olvidando de nuevo las indicaciones del Parlamento Europeo, dónde varias veces han informado que los procesos de estabilización de futuro incierto para las personas contratadas afectadas no van de acuerdo con el ordenamiento europeo...y esta Sra. diciendo una y otra vez que se estabilizan plazas. Que no van a tener ninguna valoración especial en los concurso de méritos. Y así se va a producir una catástrofe laboral y familiar con los cientos de miles de afectados interinos. En estas fechas anteriores los Tribunales españoles señalaron que está dentro de lo que la Constitución contempla en estos casos de estabilización extraordinaria, valorar de forma especial en los concursos de méritos. Si no se hace así, y no se lucha en contra de lo que dice el Ministerio, cuántos miles de interinos saldrán a la calle y el consiguiente perjuicio para sus familias. Es como si fueran a todas las empresas privadas y sus trabajadores los echaran a la calle. Por favor, quién pueda que lo comunique a los Europarlamentarios y que desde Europa revisen los procesos que quieren realizar. En Bruselas dijeron que estarían pendientes y que las subvenciones españolas estaban en juego. Gracias
A este ritmo , seguro acuden los Marcianos a solucionarlo , ahora entendéis las obras geniales de F Kafka a qué si, Europa siempre fue igual , mil xiringuitos , mil intereses , pero jamás el Imperio de la Ley. Fin .
Es Europa , ojala sólo fuese España, es Europa.
El Presidente de la Junta de Andalucía, hoy ha ido a saludar a los costaleros de varias hermandades, viendo los pasos. Ayer, salió en la procesión d la borriquita. Mucho golpe de pecho, y luego a cesar y mandar al paro a los interinos de la Administración General. Personal que lleva toda una vida de administrativos y auxiliares, y ahora como no quieren dotar plazas, los mandan al paro.
El Señor Jesucristo dijo "amarás al prójimo como a ti mismo".
Ahora que estamos en Semana Santa, apliquese esta palabras.
No los cese, y Dios se lo premiará.
Excelente comentario el 11 de abril de 2022, 10:14
Y qué pena ver a "Europa" desorientada y mareada por una banda de sinvergüenzas españoles, parecían algo.
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