lunes, 18 de abril de 2022

[EL País] La Comunidad de Madrid convocó a concurso-oposición los puestos de sus técnicos educativos días antes de la nueva ley estatal, por las que los tendría que haber sacado a concurso de méritos, aunque nunca había realizado una convocatoria en los 30 años con las competencias y tener al 90% temporales de largas duraciones

Informa El País este 14/04/2022 que los técnicos educativos de la Comunidad de Madrid han visto cómo, tras no haber convocado ningún proceso selectivo la Comunidad en los 30 años que tiene la competencia,  convocó , días antes de entrada en vigor de la nueva ley estatal 20/2021 ,un proceso selectivo con fase de oposición eliminatoria todos sus puestos, aunque  se haya acumulando un 90% de temporalidad en la categoría y  casi todos sus profesionales con temporalidades prolongadísimas,  y pese a que la nueva ley establecía la obligación de realizar un proceso excepcional de consolidación por concurso de méritos para las plazas cubiertas por temporales desde antes de 2016 o por temporales que lleven desde antes de 2016 en la misma Administración.

 

El medio recuerda que es la misma situación que en el caso de médicos especialistas del sERMAS.

 

NOTA DEL EDITOR:  Recordemos que la Comunidad de Madrid  había computado en los anteriores procesos de estabilización derivados de las leyes estatales de 2017 y 2018 , supuestamente, todas las plazas todas de naturaleza estructural temporales  más de 3 años a 31/12/2017 , por tanto anteriores a 01/01/2015  más de 6 años a 31/12/2020, y que por tanto, todas las  plazas de los procesos de estabilización de la Comunidad  de Madrid anteriores , por definición, cumplen con los requisitos, para ser convocadas por Concurso de Méritos ya sólo por la Disposición Adicional 6ª, si no fuera porque ya se han convocado la práctica totalidad de esas plazas (CSIT-UP en esta nota  se está  refiriendo siempre exclusivamente al  personal funcionario y laboral de la Administración y Servicios de la C. de Madrid: aparte va el personal de los Servicios de Salud,  de la Administración de Justicia, los docentes no universitarios de Educación, los de las empresas publicas...).

 

Recordemos ese sistema selectivo de las convocatorias publicadas, el acordado entre la Comunidad de Madrid y las secciones de sector Autonómico General de los sindicatos CCOO, UGT y CSIF de Madrid, para las convocatorias de las OPEs de "estabilización" anteriores de personal de Administración y servicios de la Comunidad de Madrid, consistía en:

  • Concurso-oposición salvo para los cuerpos de funcionarios A1 Administración General y los cuerpos/categorías de menos de 5 plazas  que serán oposición pura
  •  oposición eliminatoria pasando a fase de méritos los aprobados, puntuando 55% oposición, 45% méritos cuando sea concurso-oposición
  • 80% de los méritos por antigüedad en mismo cuerpo puntuando igual en cualquier AAPP]

Repitamos una vez más  que, en cuanto ya. a toda la administración institucional de la Comunidad de Madrid, teniendo en cuenta  los Anexos III sobre plazas por tasa de estabilización de la OPE 2017 de la C. de Madrid (Decreto 144/2017, publicado el 14/12/2017), la OPE 2018 de la C. de Madrid  (Decreto 170/2018, publicado el 20/12/2018) y el primer decreto de OPE 2019 de la C. de Madrid (Decreto 15/2019, publicado el 28/03/2019), el segundo Decreto de la Oferta Pública de Empleo en 2019 de la C. de Madrid  , para Sanidad, (Decreto 318/2019, publicado el 30/12/2019) y, por último, el primer Decreto de OPE 2020 (Decreto 123/2020, publicado el 30/12/2020), las plazas que estabann en las anteriores OPEs de "estabilización" publicadas o aprobadas de la administración institucional de la propia Comunidad de Madrid (sin considerar sus empresas públicas y universidades),y por tanto, que  al menos son las que quedan reconocidas oficialmente por tanto con más de 7 años de antigüedad temporales a día de hoy son:

  • 17.237 del Servicio Madrileño de Salud explícitamente en dicha parte de estabilización , pero a buen seguro que más de 19 mil teniendo en cuenta las incluidas en la parte de reposición si se tiene en cuenta  que en dicha parte sólo se incluían -por ser en este caso por la primera ley de presupuestos generales del Estado de 2017-todas las de antes de 2005 y solamente el 90% de las restante de más de 3 años. De hecho, el SERMAS anunció que acabaría incluyendo entre ambas partes 19.700 plazas de larga duración.  Tienen publicadas convocatorias de la mayor gran parte, estando la primera parte de dichas convocatorias publicadas  desde hace tiempo a punto de finalizar con la publicación  anunciada de los primeros resultados finales para 3 categorías , lo que traería los primeros ceses masivos en el SERMAS. Las bases fueron firmadas en su  Mesa Sectorial  pero no con unanimidad: un concurso-oposición, con 50 % de peso para la oposición, en primer lugar y elimintaroia y un 50% de peso para el concurso de méritos, pesando la antiguedad un 35% del total. Esas bases han sido ahora publicadas en también en el BOCM como criterios que deberán cumplir las convocatorias ,conjuntas de plazas de reposición y de estabilización , de las OPEs 2018 y 2018 del SERMAS que siguieran pendientes

    ,
  • 8.167  de funcionarios y laborales de Administración y Servicios de la Comunidad de Madrid (ya incluidas en publicación de Decreteo de Oferta Pública de Empleo todas las previstas por las OPEs 2017 y 2018 comentadas,  si bien todas  las convocatorias de procesos selectivos de esas plazas siguen pendientes de convocatorias, y son, precisamente ,las que -cuando se lleguen a publicar si se cumple lo dicho por el Consejero, en su caso  deben cumplir las bases de la orden que se publicó precisamente el pasado 11 de Mayo.

    La Comunidad de Madrid tenía , de plazo para la publicación de las convocatorias hasta el 31/12/2021  al incluirse plazas de las OPEs 2017 y 2018  y haber sido prorrogado por el Decreto del Estado hasta esa fecha la posibilidad de su convocatoria aunque se supere el plazo de 3 años normalmente exigido como máximo entre OPE y convocatoria, si bien puede entenderse que con el Resl Decreto-Ley 14/2021 este plazo se extiende a 31/12/2022.Lamentablemente, además hay plazas con temporales de muchos años que fueron incluidas en OPE d ela C. de Madrid anteriores a éstas y se están realizando o siguen pendientes sus convocatorias, de oposición pura generalmente.

    ,,
  • 6.757 plazas de personal docente de la Comunidad de Madrid (las 4.057 de docentes incluidas en la OPE 2017  y las 3.155- 455 nuevas incluidas en en el primer decreto de OPE 2019  de la Comunidad de Madrid ) presumiblemente ya todas las previstas), con convocatorias de la primera fase de Secundaria YA ejecutadas y las convocatorias de la primera fase de Maestros publicadas
    y en ejecución,

  • Administración de justicia de la Comunidad de Madrid: todas ya incluidas en  las 5.093 plazas OPE 2017 y 2018 del Estado entre  su OPE de 2017 como su OPE de 2018 (con las convocatorias muy recientes), a quien le corresponde esa competencia incluso para los trabajadores de las CCAA. Ya hay varios procesos convocados pendientes de resolución  final, con unas bases de concurso-oposición primando la oposición eliminatoria y con número limitado de paso al concurso de méritos, pesando la antigüedad el 20% del total.
Es decir, la cifra de plazas que ya habían sido reconocidas  oficialmente en 2018 por la Comunidad de Madrid en su administración institucional de larga duración son 35 mil plazas más las que correspondan a Madrid de las 5 mil plazas de Justicia (y sin contar las de Universidades o sus empresas públicas). Aparte, de AAPP en la Comunidad de Madrid, estarían todas las de las entidades locales (ayuntamientos).
 
 
Por otro lado  la Comunidad de Madrid publicó a final de año su  Oferta de Empleo Público 2021 donde contabilizó 1.119 plazas más  de personal funcionario y laboral de Administración y Servicios y 2.635 de docentes de estabilización computadas según el Real Decreto-Ley 14/2021 , por tanto,todas temporales más de 3 años a 31/12/2020, es decir, temporales ya más de 4 años.
 

 

Recordemos por otro lado una vez más que la sentencia esperanzadora del Tribunal de Justicia de la Unión Europea  de 19/03/2021 del asunto acumulado "Sánchez Ruiz y otros"- el del asunto principal, un informático nuestro- que también hay abuso de temporalidad en la interinidad de vacante prolongada que requiere una sanción de "forma indispensable"y que no puede valer como sanción la convocatoria a proceso selectivo libre como lo son precisamente estos procesos de estabilización con puestos temporales ya más de 6 años y que en su inmensa mayoría están ocupados por personal temporal de antigüedades muy prolongadas y por tanto en la situación de abuso de temporalidad condenada por el Tribunal Europeo.
 


El Estado acabaría reaccionando ante esa sentencia -y las movilizaciones de interinos y la presión de la Comisión europea- con la 
publicación el 29/12/2021 en el BOE de una nueva Ley de reducción de temporalidad pública, que obliga a todas las AAPP a realizar concursos de méritos de libre concurrencia con las plazas estructurales temporales de antes de 2016 y las vacantes ocupadas por personal temporal con antigüedad en la AAPP anterior a 2016, al menos si no están ya en convocatorias en marcha que la AAPP no decida paralizar/modificar. En días y semanas anteriores a la publicación de esa ley hubo "carreras" por muchas AAPP, entre ellas la Comunidad de Madrid, convocando en procesos con oposición las plazas de los procesos de estabilización anteriores , intentando así -aparentemente-esquivar tener que convocarlas al concurso de méritos de la nueva ley.

Entradas relacionadas:

 

7 comentarios:

Anónimo dijo...

Delincuentes.

Anónimo dijo...

En Galicia han tenido la brillante idea de sancionar a los trabajadores en abuso de temporalidad que reclamen ante la justicia.

En un Estado de Derecho, no se atreverían.

https://www.farodevigo.es/galicia/2022/04/18/xunta-suspendera-contratacion-interinos-reclamen-65093049.html

Anónimo dijo...

Entonces está claro que lo que hay que hacer ( y tendrían que haber hecho ya todos) es DEMANDAR ( MÁS CLARO AGUA).

Anónimo dijo...

12.53 es lo que tiene poner al frente de la comisión europea a una señora y señores que permiten que un país miembro pisoteé el estado de derecho y no tenga consecuencias.
Como ven que no pasa nada pues siguen haciendo lo que les place.

Anónimo dijo...

Nosotros estamos en la misma situación en la misma Comunidad. Madrid. 22 años sin convocatorias en nuestra categoría y sale como por arte de magia unos días antes de que entre en vigor la ley. Hablo de Titulado Medio Educador. Se convocan puestos que a fecha de hoy aún ni se han identificado en la convocatoria y que llevan años en fraude de Ley porque no nos han dado ni la opción a presentarnos a ninguna oposición, puestos que llevamos ocupando una media de 20 años y salen a Concurso Oposición cuando son plazas que claramente tienen que salir a Concurso de Méritos...

Tolo Matas dijo...

Esto se llama fraude de Ley: con el fn de no aplicar una Ley y conociendo ya su contenido convocan días antes para eludirla. ¡Se debe denunciar por los afectados!

Anónimo dijo...

Los que conocían el contenido de esa Ley para no aplicarla convocando días antes, también conocen el contenido de las sentencias que dará la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Madrid a esas denuncias de los abusados

Si pasara como con los Tribunales Administrativos Regionales en Italia, ¡otro gallo cantaría!