miércoles, 27 de abril de 2022

Recordatorio [22/10/2018] El Grupo Podemos de la Comunidad de Madrid presenta en la Asamblea de esta CCAA una Proposición de Ley de Concurso Extraordinario de Méritos en el Servicio Madrileño de Salud con los puestos en abuso de duración de temporalidad, con principal mérito la antigüedad en el SERMAS, acorde con la compensación exigida por la normativa europea y tras la resolución del Parlamento Europeo, y en lugar de las OPEs

 [Recordatorio de entrada publicada el 22/10/2018 ¡OJO 2018!]  El Grupo Parlamentario de Podemos en la Comunidad de Madrid ha registrado hoy 22/10/2018 una Proposición de Ley [texto íntegro ] de Concurso Extraordinario de Méritos para alcanzar la condición de estatutario fijo en el Servicios Madrileño de Salud [SERMAS]


Según su exposición de motivos ,y tal como había demandado la Plataforma de Personal Temporal de las AAPP en la Comunidad de Madrid, el proyecto pretender aportar una solución desde el legislativo al problema del inmenso fraude de ley cometido a su juicio con más de 20 mil trabajadores temporales del SERMAS en situación de abuso de duración de temporalidad, solución que por un lado sea acorde
  1. a la legislación de la Unión Europea , por encima de la española (en este caso, la Directiva 1990/70), que establece se debe compensar al personal en esta situación , teniendo además en cuenta la Resolución del Parlamento Europeo del pasado 31 de Mayo, y 
  2. por otro, a la legislación nacional ya existente (que desde la Asamblea de la Comunidad de Madrid no se puede cambiar), en concreto, el Estatuto Básico del Empleado Público, que en su artículo 61.6 establece la posibilidad excepcional de procesos de selección para alcanzar la condición de personal funcionario ( o estatuario  de los Servicios de Salud) mediante un Concurso puro de Méritos siempre y cuando se apruebe con rango de ley.

Recordemos que  la importante Resolución del Parlamento Europeo instaba a los estados incumplidores, como España, que incorpore en su legislación la conversión a fijo -incluyendo el caso del personal sector público- como la medida ante el abuso de temporalidad, condenando en todo caso el despido por este fraude de ley, cómo será el caso para miles de empleados públicos en esa situación con las OPEs convencionales derivadas de la legislación aprobada hasta ahora por el Gobierno del Estado, empezando para el caso de los Servicios de Salud con la Ley de Presupuestos Generales del Estado [PGE] de 2017.

A este respecto, el texto cita que "una petición judicial de la conversión a equivalente a fijo de un estatutario interino de 17 años", precisamente del SERMAS, "está ya en manos del Tribunal de Justicia Europeo al considerar el juzgado español que la normativa española no da una respuesta a este abuso de la temporalidad en el empleo público adecuada a lo exigido por la normativa europea".

Recordemos que además hay otra petición judicial en el Tribunal de Justicia Europeo de un juzgado de Madrid que plantea, entre otras, la cuestión de si convocar a OPEs convencionales los puestos de empleados públicos en abuso de temporalidad puede admitirse como la compensación al trabajador exigida por la normativa europea (opinando que no el juzgador que plantea la cuestión).

También se cita en la exposición de motivos que se ha incumplido el SERMAS la legislación del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP) sobre los plazos y ámbito de las convocatorias regulares de  los puestos interinos  así como que no se aplicó en 2007 el Proceso Extraordinario de Consolidación de Empleo recogido en su Disposición Transitoria 4ª para los puestos interinos de antes de 2005


En cuanto al contenido normativo en sí , el ámbito del proyecto de ley son todas las plazas, tanto estatutarias como laborales como de indefinidos no fijos pro sentencia que lleven ocupadas  de forma temporal de manera continuada más de 3 años a 31/12/2017 (es decir teniendo en cuenta ya la la extensión incluida en la Ley nacional de os Presupuestos Generales de 2018), si bien no se especifica qué se debería hacer con las plazas de este tipo ya convocadas en algunas categorías.

Así la fase de selección en sí contenida en este proyecto  consiste exclusivamente en un concurso de méritos, es decir SIN FASE DE OPOSICIÓN, pero de libre concurrencia, si bien, como es preceptivo en los procesos de selección de personal estatutario, no se permite la participación de personal ya fijo en cualquier servicio de Salud en la categoría estatutaria o laboral equivalente a la de la convocatoria. 

El baremo más valorado es el de la "experiencia profesional", sin límites de puntos y puntuando 3 veces más  la antigüedad en el propio SERMAS en la categoría del puesto que se convoca (valorando 0.3 puntos por año trabajado) que en la misma categoría en otro servicios de Salud . El otro baremo es la formación, que en el caso más amplio de grupos C1, C2 y E quedaría limitada a 5 puntos, por ejemplo, siendo superior la baremación en los grupos superiores.

El texto de la ley propuesta contiene además un proceso de provisión de plazas en el que participarían obligatoriamente todos los que hubiera superado el proceso selectivo y voluntariamente el personal fijo .

 
Naturalmente, el texto para ser aprobado debe contar con la mayoría del parlamento regional, donde además de rechazado puede ser modificado en su texto


NOTA AL RECORDATORIO:  El Pleno de la Asamblea de Madrid de 07/02/2019 rechazó finalmente tomar en consideración de esta ley regional de Concurso de Méritos en el SERMAS para los puestos temporales más de 3 años, propuesta de Podemos, con el voto en contra de PP, las abstenciones de Ciudadanos y PSOE, que reconoció hay un problema nacional y culpa de las AAPP pero dijo que no debe solucionarse al margen de sindicatos de Mesa Sectorial y, sobre todo de la mesa estatal de Función Pública, y con éstos se había negociada realizar procesos selectivos sin habilitar el concurso de méritos al personal estatutario.

Curiosamente , el 28/12/2021 se acabó aprobando una Ley nacional, con ungobierno del PSOE en coalición con Podemos, publicada en el  BOE el 29/12/2021, que obligaba a todas las AAPP a realizar concursos de méritos de libre concurrencia con las plazas estructurales temporales y las de personal temporal anteriores a 1/1/2016 ( eso sí, si no están ya en convocatorias en marcha o resueltas cubriendo la plaza que la AAPP correspondienten o decida anular), sin el acuerdo sindical previo a este respecto de un concurso de méritos, de la Mesa  estatal de Función Pública, donde se había acordado realizar nuevamente procesos selectivos con fase de oposición.

En la exposición de motivos de la nueva ley ahora aprobada se cita la conveniencia de hacerlo así, en contra del acuerdo sindical, como [mínima e insuficiente diríamos nosotros] respuesta a la sentencia que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea acabó dando el 19/03/2020 a la "petición judicial en manos del Tribunal Europeo" que citaba la exposición de motivos de  la proposición de ley de Podemos de la Comunidad de Madrid, presentada en Octubre de 2018, pero que inició su trabajo en la primavera de ese año tras interesarse por las más de 10 mil firmas de personal del SERMAS en contra de la solución de realizar OPEs convencionales con los puestos temporales más de 3 años, recabadas por campaña de la Plataforma de Personal Temporal de SERMAS a finales de 2017 y  comienzos de 2018, plataforma que en el interim acabaría extendiéndose a la
Plataforma de Personal Temporal de las AAPP en la Comunidad de Madrid, muy activa de 2018 a 2020.

Entonces, Podemos de la Comunidad de Madrid ,e incluso,algunos miembros de Podemos estatal, indicaron que sólo si tenía éxito la proposición de ley del SERMAS, intentarían la misma iniciativa parlamentaria ya para el resto de trabajadores de Administración General de la C. de Madrid (entonces en situación menos urgente y movilizada que los del SERMAS) en el parlamento de la CCAA y  otra para todos los empleados públicos ya en el Congreso.


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2 comentarios:

Anónimo dijo...

Se nota que partido está en la oposición y quién gobierna. Los primeros salvo el PP nos apoyan, los segundos apoyan a los que quieren meter y a los sindicalistos con sus intereses propios.

Anónimo dijo...

Aparte del calvario de años para muchas y muchos, ya no es una "cosa" ideológica o de posturas de Sí o No como todo en este País. Es una reorganización de las AA.PP y eso pica y jode a los que "les gustaba más" revueltas (partidos -algunos-, sindicatos -los tres- y familias del hampa estatal); esa reorganización les va a llevar un tiempo y algunos disgustos volverla a poner en modo personalizado: Fraude y Ladroneo.