martes, 12 de abril de 2022

[ABC/El País/....] El Colegio Oficial de Médicos de Madrid da de plazo un mes a la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid para que acepte realizar el proceso extraordinario de consolidación por méritos de la nueva ley estatal con todas las plazas de temporales de larga duración

Informa ABC este 11/04/2022, junto con otros medios (como El País), del manifiesto del Colegio Oficial de Médicos publicado tras una reunión de más de 200 jefes de servicio de los hospitales del servicio público de salud y de su exigencia a la Comunidad de Madrid la estabilización excepcional por concurso de méritos del empleo temporal de larga duración de los médicos especialistas -  más de la mitad temporales- que obliga la nueva ley estatal de reducción de temporalidad aprobada por el Estado el 28/12/2021 , y que incluya en dicho proceso las miles de plazas de Ofertas de Empleo Publico anteriores, que la Consejería de Sanidad convocó en concurso-oposición sólo pocos días antes de entrada en vigor de la ley, dando un plazo de mes para que atienda su petición, amenazando de acudir a los tribunales.

Los medios señalan el caso especialmente llamativo de los Médicos de urgencias hospitalarias con más del 80% de temporalidad y ninguna  Oferta Pública de Empleo desarrollada desde que la Comunidad de Madrid recibió la competencia de la asistencia sanitaria hace más de 20 años.


NOTA DEL EDITOR: las OPEs antriores que se mencionan  son los procesos selectivos de las OPEs del SERMAS de 2017, 20182019 que ofrecían plazas computadas por los anteriores "procesos de estabilización" según lo estipulado en la Ley  de Presupuestos Generales del Estado de 2017  tras un acuerdo sindical estatal, y que correspondían por tanto a puestos temporales  más de 3 años  a 31/12/2016, es decir, ya  todas plazas temporales más de 8 años en la actualidad y en muchos casos más de 10, 15 y 20 años, una situación que el Tribunal Europeo en su  sentencia del 19/03/2021 del asunto acumulado "Sánchez Ruiz y otros" (justo el asunto principal un informático del SERMAS, interino de vacante en una de estas plazas) ha establecido se trata de abuso de temporalidad (no sólo en la concatenación de eventuales sino también en la interinidad de vacante prolongada más de 3 años) que requiere una sanción, para la  que no puede valer la convocatoria a proceso selectivo libre como son precisamente estos procesos de estabilización . 

Recuérdese que las bases para los procesos selectivos con esas plazas "de estabilización" derivadas de la ley estatal de 2017 son las que se acordaron en la Mesa Sectorial del SERMAS  por gran mayoría, pero no unanimidad, con el desacuerdo del sindicato médico AMYTS precisamente

  • un concurso-oposición, con 50 % de peso para la oposición, 50% de peso para el concurso de méritos
  • la oposición en primer lugar y eliminatoria que se supera con el 50% de la media aritmética de las 10 notas más altas, sin limitar el número máximo de personas que superan esta fase
  • fase de concurso: 35 de los 50 puntos por experiencia profesional , contando la antigüedad en la misma categoría en otro servicio público de Salud , lo mismo que en el SERMAS  , y 15 puntos porcursos de formación acreditados
  • no incluyen indemnización alguna a los temporales que acaben cesados por estos procesos
 
Pero, desde el Estado como reacción del Gobierno estatal a la sentencia europea de nuestro informático, por un lado, el verano pasado, se aprobaba y se publicaba en el B.O.E. núm. 161, de 7 de julio de 2021 , entrando en vigor desde el 8 de Julio .el  famoso Real Decreto-ley 14/2021 del Gobierno del Estado, conocido como el "Icetazo", que tras muchos anuncios previos de que el Gobierno español iba a reaccionar a dicha sentencia europea de 19/03/2020 con fórmulas de estabilización del personal, finalmente lo aprobado se limitaba a ampliar el número de plazas que debe incorporarse en Ofertas Públicas de Empleo sin limites por tasa de reposición - la  "tasa adicional de estabilización" -  esta vez a todas las plazas temporales más de 3 años a 31/12/2020. Pero, tras las movilizaciones de las plataformas con apoyo parcial de varios grupos políticos y probablemente el "toque" de la Unión Europea tras las denuncias a la Comisión europea del grosero incumplimento del "Icetazo" de las citada sentencia europea, el Gobierno acabaría viéndose forzado a modificar dicho Real Decreto-Ley para acabar aprobándose en el Parlamento nacional y publicándose en BOE del 29/12/2021 una  nueva Ley de reducción de temporalidad pública, ya en vigor desde 30/12/2021 que ya obliga a todas las AAPP a realizar procesos excepcionales por concursos de méritos con las plazas estructurales temporales y las de personal temporal desde antes de  1/1/2016, al menos todas esas plazas que no estén ya en convocatorias en marcha o resueltas cubriendo la plaza. 
 
En días y semanas anteriores a la publicación de la nueva ley hubo "carreras" por muchas AAPP convocando en procesos con oposición las plazas de los procesos de estabilización anteriores, entre ellas el SERMAS, que pocos días ante de la publicación de la Ley 20/2021  publicaba todas las convocatoriasde la OPE 2018 y 2019de facultativos especialistas del SERMAS con plazas de estabilización, lo que ha provocado la lógica protesta y comienzo de movilizaciones de ese colectivo.

De esta forma, la inmensa mayor parte de las plazas de "estabilización" del SERMAS según las Leyes Generales de Presupuestos Generales del Estado de 2017 y 2018 ya están convocadas, salvo las de informática, logopedas, higienistas dentales y otras residuales, estando por ver si el SERMAS les aplicará finalmente a alguna de ellas la nueva legislación en cuanto al  concurso de méritos excepcional, habiendo anunciando en las mesas sectoriales sobre identificación de plazas, aparentemente, que sí. Las categorías de facultativos especialistas y de médicos de urgencias hospitalarias, si bien tienen la convocatoria de sus OPE de estabilización anteriores convocadas, no tienen publicadas listas de admitidos definitivas.
 

 

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CONVOCATORIAS  DE OPEs  DE "ESTABILIZACIÓN" DEL SERMAS DERIVADAS DE LAS LEYES DE 2017 Y 2018

1 comentario:

Anónimo dijo...

No se que es peor si el abuso que se dice que hay o la amenaza, como vienen ahora que si dan un plazo de...pero quién se creen que son los unos para exigir a los otros, en fin lo que hay que oír de ciertos colectivos.