Informa El País este 14/04/2022 que los técnicos educativos de la Comunidad de Madrid han visto cómo, tras no haber convocado ningún proceso selectivo la Comunidad en los 30 años que tiene la competencia, convocó , días antes de entrada en vigor de la nueva ley estatal 20/2021 ,un proceso selectivo con fase de oposición eliminatoria todos sus puestos, aunque se haya acumulando un 90% de temporalidad en la categoría y casi todos sus profesionales con temporalidades prolongadísimas, y pese a que la nueva ley establecía la obligación de realizar un proceso excepcional de consolidación por concurso de méritos para las plazas cubiertas por temporales desde antes de 2016 o por temporales que lleven desde antes de 2016 en la misma Administración.
El medio recuerda que es la misma situación que en el caso de médicos especialistas del sERMAS.
NOTA DEL EDITOR: Recordemos que la Comunidad de Madrid había computado en los anteriores procesos de estabilización derivados de las leyes estatales de 2017 y 2018 , supuestamente, todas las plazas todas de naturaleza estructural temporales más de 3 años a 31/12/2017 , por tanto anteriores a 01/01/2015 más de 6 años a 31/12/2020, y que por tanto, todas las plazas de los procesos de estabilización de la Comunidad de Madrid anteriores , por definición, cumplen con los requisitos, para ser convocadas por Concurso de Méritos ya sólo por la Disposición Adicional 6ª, si no fuera porque ya se han convocado la práctica totalidad de esas plazas (CSIT-UP en esta nota se está refiriendo siempre exclusivamente al personal funcionario y laboral de la Administración y Servicios de la C. de Madrid: aparte va el personal de los Servicios de Salud, de la Administración de Justicia, los docentes no universitarios de Educación, los de las empresas publicas...).
Recordemos ese
sistema selectivo de las convocatorias publicadas, el acordado entre la
Comunidad de Madrid y las secciones de sector Autonómico General de los
sindicatos CCOO, UGT y CSIF de Madrid, para las convocatorias de las
OPEs de
"estabilización" anteriores de personal de Administración y servicios de
la
Comunidad de Madrid, consistía en:
- Concurso-oposición salvo para los cuerpos de funcionarios A1 Administración General y los cuerpos/categorías de menos de 5 plazas que serán oposición pura
- oposición eliminatoria pasando a fase de méritos los aprobados, puntuando 55% oposición, 45% méritos cuando sea concurso-oposición
- 80% de los méritos por antigüedad en mismo cuerpo puntuando igual en cualquier AAPP]
Repitamos una vez más que, en cuanto ya. a toda la administración institucional de la Comunidad de Madrid, teniendo en cuenta los Anexos III sobre plazas por tasa de estabilización de la OPE 2017 de la C. de Madrid (Decreto 144/2017, publicado el 14/12/2017), la OPE 2018 de la C. de Madrid (Decreto 170/2018, publicado el 20/12/2018) y el primer decreto de OPE 2019 de la C. de Madrid (Decreto 15/2019, publicado el 28/03/2019), el segundo Decreto de la Oferta Pública de Empleo en 2019 de la C. de Madrid , para Sanidad, (Decreto 318/2019, publicado el 30/12/2019) y, por último, el primer Decreto de OPE 2020 (Decreto 123/2020, publicado el 30/12/2020), las plazas que estabann en las anteriores OPEs de "estabilización" publicadas o aprobadas de la administración institucional de la propia Comunidad de Madrid (sin considerar sus empresas públicas y universidades),y por tanto, que al menos son las que quedan reconocidas oficialmente por tanto con más de 7 años de antigüedad temporales a día de hoy son:
- 17.237
del Servicio Madrileño de Salud explícitamente en dicha parte de
estabilización , pero a buen seguro que más de 19 mil teniendo en cuenta
las incluidas en la parte de reposición si se tiene en cuenta que en
dicha parte sólo se incluían -por ser en este caso por la primera ley de
presupuestos generales del Estado de 2017-todas las de antes de 2005 y
solamente el 90% de las
restante de más de 3 años. De hecho, el SERMAS anunció que acabaría
incluyendo entre ambas partes 19.700 plazas de larga duración.
Tienen publicadas convocatorias de la mayor gran parte, estando la primera parte
de dichas convocatorias publicadas desde hace tiempo a punto de finalizar con la publicación anunciada de los primeros resultados finales para 3 categorías , lo que traería los primeros ceses masivos en el SERMAS. Las bases fueron firmadas en su Mesa Sectorial pero no con unanimidad: un concurso-oposición, con 50 % de peso para la oposición, en primer lugar y elimintaroia y un 50% de peso para el concurso de méritos, pesando la antiguedad un 35% del total. Esas bases han sido ahora publicadas en también en el BOCM como criterios que deberán cumplir las convocatorias ,conjuntas de
plazas de reposición y de estabilización , de las OPEs 2018 y 2018 del
SERMAS que siguieran pendientes
, - 8.167
de funcionarios y laborales de Administración y Servicios de la
Comunidad de Madrid (ya incluidas en publicación de Decreteo de
Oferta Pública de Empleo todas las previstas por las OPEs 2017 y 2018
comentadas, si bien todas las convocatorias de procesos selectivos de
esas plazas siguen pendientes de
convocatorias, y son, precisamente ,las que -cuando se lleguen a
publicar si se cumple lo dicho por el Consejero, en su caso deben cumplir las bases de la orden que se publicó precisamente el pasado 11 de Mayo.
La Comunidad de Madrid tenía , de plazo para la publicación de las convocatorias hasta el 31/12/2021 al incluirse plazas de las OPEs 2017 y 2018 y haber sido prorrogado por el Decreto del Estado hasta esa fecha la posibilidad de su convocatoria aunque se supere el plazo de 3 años normalmente exigido como máximo entre OPE y convocatoria, si bien puede entenderse que con el Resl Decreto-Ley 14/2021 este plazo se extiende a 31/12/2022.Lamentablemente, además hay plazas con temporales de muchos años que fueron incluidas en OPE d ela C. de Madrid anteriores a éstas y se están realizando o siguen pendientes sus convocatorias, de oposición pura generalmente.
,, - 6.757 plazas de personal docente de la Comunidad de Madrid (las 4.057 de docentes incluidas en la OPE 2017 y las 3.155- 455 nuevas incluidas en en el primer decreto de OPE 2019 de la Comunidad de Madrid ) presumiblemente ya todas
las previstas), con convocatorias de la primera fase de Secundaria YA
ejecutadas y las convocatorias de la primera fase de Maestros publicadas
y en ejecución, - Administración de justicia de la Comunidad de Madrid: todas ya incluidas en las 5.093 plazas OPE 2017 y 2018 del Estado entre su OPE de 2017 como su OPE de 2018 (con las convocatorias muy recientes), a quien le corresponde esa competencia incluso para los trabajadores de las CCAA. Ya hay varios procesos convocados pendientes de resolución final, con unas bases de concurso-oposición primando la oposición eliminatoria y con número limitado de paso al concurso de méritos, pesando la antigüedad el 20% del total.
El
Estado acabaría reaccionando ante esa sentencia -y las movilizaciones
de interinos y la presión de la Comisión europea- con la publicación el 29/12/2021 en el BOE
de una nueva Ley de reducción de temporalidad pública, que obliga a
todas
las AAPP a realizar concursos de méritos de libre concurrencia con las
plazas estructurales temporales de antes de 2016 y las vacantes ocupadas
por personal temporal con antigüedad en la AAPP anterior a 2016, al
menos si no están ya en convocatorias en marcha que la AAPP no
decida paralizar/modificar. En días y semanas anteriores a la
publicación de esa ley hubo "carreras" por muchas
AAPP, entre ellas la Comunidad de Madrid, convocando en procesos con oposición las plazas de los procesos de
estabilización anteriores , intentando así -aparentemente-esquivar tener que convocarlas al concurso de méritos de la nueva ley.
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- [20/12/2018] Publicado
el Decreto de OPE 2018 de la Comunidad de Madrid con 2ª fase de plazas
de OPE de estabilización que incluyen 9 mil plazas temporales más de 3
años adicionales a las casi 20 mil que ya se incluyeron en la OPE 2017
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- [11/05/2021] Publicada
en el BOCM la Orden con los criterios generales que deberán cumplir las
todavía futuras convocatorias de los procesos de estabilización de
puestos temporales ya más de 6 años de la Administración y Servicios de
la Comunidad de Madrid: concurso-oposición en general puntúando en los
méritos igual la antigüedad en otra AAPP; oposición para funcionarios A1
de Administración General y categorías de menos de 5 plazas al sumarse a
la convocatoria del turno libre normal
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- [29/12/2022] Publicada
en BOE la nueva Ley de reducción de temporalidad pública.Obliga a todas
las AAPP a realizar concursos de méritos de libre concurrencia con las
plazas estructurales temporales y las de personal temporal anteriores a
1/1/2016 si no están ya en convocatorias en marcha o resueltas cubriendo
la plaza. En días y semanas pasados ha habido "carreras" por muchas
AAPP convocando en procesos con oposición las plazas de los procesos de
estabilización anteriores
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7 comentarios:
Delincuentes.
En Galicia han tenido la brillante idea de sancionar a los trabajadores en abuso de temporalidad que reclamen ante la justicia.
En un Estado de Derecho, no se atreverían.
https://www.farodevigo.es/galicia/2022/04/18/xunta-suspendera-contratacion-interinos-reclamen-65093049.html
Entonces está claro que lo que hay que hacer ( y tendrían que haber hecho ya todos) es DEMANDAR ( MÁS CLARO AGUA).
12.53 es lo que tiene poner al frente de la comisión europea a una señora y señores que permiten que un país miembro pisoteé el estado de derecho y no tenga consecuencias.
Como ven que no pasa nada pues siguen haciendo lo que les place.
Nosotros estamos en la misma situación en la misma Comunidad. Madrid. 22 años sin convocatorias en nuestra categoría y sale como por arte de magia unos días antes de que entre en vigor la ley. Hablo de Titulado Medio Educador. Se convocan puestos que a fecha de hoy aún ni se han identificado en la convocatoria y que llevan años en fraude de Ley porque no nos han dado ni la opción a presentarnos a ninguna oposición, puestos que llevamos ocupando una media de 20 años y salen a Concurso Oposición cuando son plazas que claramente tienen que salir a Concurso de Méritos...
Esto se llama fraude de Ley: con el fn de no aplicar una Ley y conociendo ya su contenido convocan días antes para eludirla. ¡Se debe denunciar por los afectados!
Los que conocían el contenido de esa Ley para no aplicarla convocando días antes, también conocen el contenido de las sentencias que dará la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Madrid a esas denuncias de los abusados
Si pasara como con los Tribunales Administrativos Regionales en Italia, ¡otro gallo cantaría!
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