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jueves, 7 de marzo de 2024

[Heraldo de Aragón] Resuelto el problema de la red informática en los hospitale, quedando problemas en centros de salud

Informa el Heraldo de Aragón este 06/03/2024 que ayer por la tarde el Gobierno de Aragón seguía trabajando este miércoles para solucionar el fallo masivo de su red informática desde la tarde del  lunes, asegurando que por la mañana del miércoles ya se había resuelto en los hospitales, quedando algunos problemas en centros de salud.

miércoles, 6 de marzo de 2024

[Heraldo de Aragón] Fallo en la red informática de la CCAA de Aragón afecta a los hospitales

 Informa el Heraldo de Aragón este 05/03/2024 que  en  la tarde del día anterior lunes un problema de comunicaciones causado por una actualización provocó un fallo masivo en la red informática regional que "ha afectado especialmente a los profesionales del sistema público sanitario" especialmente en los hospitales, indicando que se estaba recuperando a lo largo del martes.

jueves, 1 de febrero de 2024

[STEPA] 'Encierro en apoyo de los cientos de trabajadores públicos que el Gobierno de Aragón echa hoy a la calle sin indemnización con décadas de servicio'

Informa este 31/01/2024 el  Sindicato de Trabajador@s por el Empleo Público de Aragón [STEPA] en su cuenta de Twittter de su encierro en el Pignatelli "en apoyo a los cientos de trabajadoras y trabajadores públicos que el Gobierno de Aragón echa hoy a la calle, sin indemnización, con décadas de servicio, mayores de 50 años, sin posibilidad de estabilizar por ley" al haber procedido el Gobierno de Aragón con un concurso de traslados, que tiene las tomas de posesión  y consiguientes ceses este 1 de febrero, con más de mil puestos convocados pocos días antes de la entrada en vigor de la ley 20/2021, incluyendo puestos de centenares de trabajadores temporales de larga duración que no fueron contabilizados al concurso de méritos por la ley 20/2021 en la Administración General de la CCAA   con la excusa de estar ya convocados.

jueves, 11 de enero de 2024

La Sala de lo Contencioso del Supremo vuelve a revocar una indemnización al cese del interino en situación de abuso de temporalidad que concedía una sección del Tribunal Superior de Justicia de Aragón. Reitera una vez más su doctrina de fin de 2021 que de las sentencias europeas no se sigue que sea "necesaria e ineludible" una sanción al abuso de temporalidad en empleo público si no está ya contemplada en la ley española

La Sala de lo Contencioso-Administrativo (la que lleva los casos de personal funcionario de cualquier Administración Pública y del personal estatutario de los Servicios de Salud) del Tribunal Supremo ha dictado este 20/12/2023 una  sentencia más en un recurso de casación  (el 81/2022) del  Gobierno de Aragón contra una sentencia de la sección 3ª de Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Aragón  (la sentencia de 05/11/2021,) que concedía la petición subsidiaria del derecho de indemnización al cese de hasta 33 /días por año al funcionario interino en situación de abuso de temporalidad .(en este caso de 20 días,dado que el empleado público de Sanidad no pedía más).

 Esta sección 3ª de Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Aragón empezó a conceder esta indemnización  desde su  sentencia de 18/05/2020, justo tras la  sentencia europea de 19/03/2020 del asunto "Sánchez Ruiz" -de asunto principal el de un informático nuestro- , por entender debía pasar a considerar por esa jurisprudencia europea que:

  1. hay abuso de temporalidad en esas situaciones aunque se tratara de personal que ya estaba nombrado en una interinidad de vacante 
  2. y es  necesario conceder una sanción reparadora para el personal en abuso que, si no existe,  hay que fijar  buscando una interpretación conforme de la legislación española como pide la sentencia europea, escogiendo esta sección de tribunal regional, si bien no la fijeza, sí el derecho a  una indemnización al cese  de hasta 33 días por año trabajado (o menos si se había solicitado menos), por analogía con el despido improcedente del personal de la empresa privada que recoge el Estatuto General de los Trabajadores.

viernes, 5 de enero de 2024

[RTVE y Onda Cero Aragón] El sindicato STEPA pide amparo al defensor del pueblo de Aragón ante el incumplimiento del gobierno aragónes de las leyes estatales de estabilización por concurso de méritos

Informan RTVE y Onda Cero de Aragón  este 04/01/2023 que e sindicato STEPA, han  presentado una solicitud de amparo al defensor del pueblo de Araǵon, por  la situación masiva de abuso de temporalidad de la Administración General de la CCAA de Aragón, cifrada en un 51%  de interinos, y el incumplimiento por parte tanto del gobierno anterior como del actual de la CCA, de lo establecido por la ley 20/2021 y el Real Decreto-Ley 5/2023 , al haber incluido un número de plazas mucho menor a los concursos de méritos de estabilización que las que deberían por esas leyes [estando  previstos en el próximo mes ceses inminentes de temporales de incluso más de 15 años por procesos ajenos a los de estabilización, como  concursos de traslados de funcionarios fijos que incluyeron parte de las plazas de temporales que con la ley 20/2021 tendrían que haber salido a concurso de méritos].

jueves, 4 de enero de 2024

[Heraldo de Aragón] Empleados públicos con el apoyo de la Asociación de Veterinarios Oficiales de Aragón (AVOA) y el Colectivo de Interinos presentan denuncia penal ante la Fiscalía contra los responsables del gobierno anterior y actual de Aragón ante el incumplimiento de las ley 20/2021 y RDL 5/2023 del Estado en la Administracion General de Aragón

Informa el Heraldo de Aragón este 03/01/2023 que en el día de ayer 20 empleados públicos con el apoyo de la Asociación de Veterinarios Oficiales de Aragón (AVOA) y la plataforma  "Colectivo de Interinos", ajenos al sindicato STEPA, han  presentado ante la Fiscalía denuncia penal por "prevaricación, malversación o desobediencia" contra los responsables del anterior y el actual Gobierno de Aragón  por la situación de abuso de temporalidad de la Administración General de la CCAA de Aragón, cifrada en un 51%  de interinos, y que pese a las inmensas duraciones de la temporalidad de la mayoría de ellos- más de 15 años en el caso de los 20 denunciantes- dichos Gobiernos han incluido a procesos de estabilización por concurso de méritos un número de plazas mucho menor que las que deberían incluir para cumplir con lo establecido por la ley 20/2021 y el Real Decreto-Ley 5/2023 .

miércoles, 3 de enero de 2024

Recordatorio. Publicada la oferta de empleo público en la Administración General de la CCAA de Aragón para 2023 con 313 plazas a concurso de méritos de estabilización por el artículo 217 del Real Decreto-ley 5/2023, cifra muy inferior a la demandada por el sindicato STEPA. Publicada ley de Presupuestos de Aragón con una disposición adicional para revisar los números de plazas afectadas por la ley 20/2021

 [Recordatorio de entrada publicada el 29/12/2023]

Tal y como acordó el Consejo de Gobierno de la CCAA de Aragón el 27/12/2023, se ha publicado en el BOA de este 29/12/2023 el " DECRETO 297/2023, de 27 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la oferta de empleo público para 2023 en el ámbito de Administración General de la Comunidad Autónoma de Aragón", que tiene un total de 843 plazas, de las que  313 plazas serán para procesos de estabilización por concurso de méritoshaciendo uso del artículo 217 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio" , RDL que fue aprobado este verano por el Gobierno del Estado , ratificado  por el Congreso y de obligado cumplimiento para todas las AAPP.

Así, la exposición de motivos del Decreto reza literalmente:

viernes, 29 de diciembre de 2023

Publicada la oferta de empleo público en la Administración General de la CCAA de Aragón para 2023 con 313 plazas a concurso de méritos de estabilización por el artículo 217 del Real Decreto-ley 5/2023, cifra muy inferior a la demandada por el sindicato STEPA. Publicada ley de Presupuestos de Aragón con una disposición adicional para revisar los números de plazas afectadas por la ley 20/2021

Tal y como acordó el Consejo de Gobierno de la CCAA de Aragón el 27/12/2023, se ha publicado en el BOA de este 29/12/2023 el " DECRETO 297/2023, de 27 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la oferta de empleo público para 2023 en el ámbito de Administración General de la Comunidad Autónoma de Aragón", que tiene un total de 843 plazas, de las que  313 plazas serán para procesos de estabilización por concurso de méritoshaciendo uso del artículo 217 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio" , RDL que fue aprobado este verano por el Gobierno del Estado , ratificado  por el Congreso y de obligado cumplimiento para todas las AAPP.

jueves, 28 de diciembre de 2023

[Gob. de Aragón] 'El Consejo de Gobierno aprueba la Oferta de Empleo Público para 2023, con un total de 843 plazas de reposición ordinaria y 313 plazas de estabilización' [para concurso de méritos en virtud del artículo 217 del Real Decreto-ley 5/2023; cifra muy inferior a la demandada por el sindicato STEPA]

'El Consejo de Gobierno, reunido este miércoles por última vez en este año, ha dado luz verde a la Oferta de Empleo Público (OPE) para 2023, la cual comprende un total de 843 plazas, siendo 530 correspondientes a la tasa de reposición ordinaria y 313 plazas sujetas a procesos de estabilización, de la misma forma que contará con 96 plazas de promoción interna.

La OPE para el año 2023, aprobada hoy por el Ejecutivo aragonés en cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 23 de la Ley de Ordenación de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón, incorpora, por una parte, la oferta ordinaria -derivada de la tasa de reposición establecida por la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2023- y, por otra parte, una tasa adicional para la estabilización del empleo temporal de larga duración.

viernes, 15 de diciembre de 2023

Enmiendas presentadas por el Partido Aragonés al Proyecto de Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón de 2024 de procesos de estabilización con todas las plazas de temporales de antes de 2016 según ley 20/2021 y Real Decreto-Ley 5/2023 del Estado

 'a) ENMIENDA NÚM. 232

La A.P. Partido Aragonés, al amparo de lo establecido en el artículo 193.1 del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula la siguiente enmienda al Proyecto de Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2024.
ENMIENDA DE ADICIÓN AL ARTICULADO
 
Adición de una nueva Disposición Adicional quedando el texto de la siguiente forma: DISPOSICIÓN ADICIONAL CUADRAGÉSIMA CUARTA. Consolidación empleo temporal 
 
El Departamento de Hacienda y Administración Pública deberá proceder a la identificación inmediata de todos los puestos que, a fecha 30 de diciembre de 2021, cumplían con los requisitos señalados en el artículo 2.1 y disposiciones adicionales sexta y octava de la Ley 20/2021. Dichos puestos computados por especialidades y categorías, determinan el número global de plazas que cumplen con los requisitos definidos en la Ley 20/2021, y por tanto, en el caso de que difieran de las plazas ofertadas en el Decreto 75/2022, de 26 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2022, para la estabilización de empleo temporal en el ámbito de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Aragón, se deberá proceder a su modificación, incluyendo todas las plazas que cumplen con la Ley.

lunes, 13 de noviembre de 2023

[CGT Ayuntamiento Zaragonza] 'Información sobre el segundo Concurso de Méritos (personal interino contratado antes de 1 enero de 2016)'

'La publicación de esta nueva Oferta de Empleo Pública bajo el paraguas del concurso de méritos derivado del artículo 217 del R.D.L. 5/2023 (https://www.boe.es/eli/es/rdl/2023/06/28/5) no es potestativa para las administraciones, sino todo lo contrario, es obligatoria y así lo avalan todos los dictámenes propios y externos a los hemos tenido acceso.

 

¿A QUIÉN AFECTA ESE ARTÍCULO 217?

  1. Que la plaza cumpla estas condiciones: plaza ocupada de forma temporal a 30 de diciembre de 2021, por personal con una relación de esa naturaleza anterior al 1 de enero de 2016 (se aumenta en un año en base a la Ley 20/2021 el requisito de ocupación de plaza).
  • Que no se haya superado ningún proceso de estabilización. Es una condición para convocar estas plazas, que el proceso no sea bajo el amparo de la Ley 20/2021 y que no se haya superado, se esté suspendido (incluso si ya estás cesado).
  • Las Ofertas de Empleo Público deberán estar aprobadas antes del 31 de diciembre de 2023. En todos aquellos procesos en marcha, sin saber si has suspendido o no, no podrán ser convocadas las plazas de las afectadas.

 

viernes, 3 de noviembre de 2023

[Poder Judicial] 'El TSJ de Aragón ratifica las indemnizaciones a tres médicos de atención primaria de Teruel por valor de 45.000 euros Los magistrados consideran que el SAS es responsable al no haber actuado para minimizar esos riesgos empleando todos los medios a su alcance para paliar la situación y ratifican la condena que le fue impuesta por el Juzgado de lo Social de Teruel'

'La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Aragón ha desestimado el recurso presentado por el Servicio Aragonés de Salud contra la sentencia del juzgado de lo Social de Teruel que condenó al SAS por incumplir sus obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales, al no adoptar las medidas recogidas en el Informe Técnico de Evaluación de riesgos de los puestos de trabajo de Médico de Atención Primara (MAP) y no atender a los requerimientos de la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Teruel. La magistrada del juzgado de lo Social de Teruel, redactora de la sentencia ahora recurrida, expresó en su resolución que estos incumplimientos suponen “un peligro cierto y grave para la salud de los médicos, porque vulneran el derecho a la vida y la integridad física y moral de los mismos”.

En su resolución, los magistrados de la Sala confirman el pronunciamiento de la sentencia de primera instancia, y expresan que “que la omisión de normas preventivas ha supuesto un efectivo daño y riesgo para la salud de los demandantes y consecuentemente, ha supuesto la vulneración del derecho a la integridad física/moral y vida del art. 15 de la CE, de los demandantes, riesgos que por otra parte eran conocidos por la demandada pues se había advertido ya de los mismos en varios informes”.

miércoles, 20 de septiembre de 2023

[El Heraldo de ARagón] Juzgado contencioso de Huesca anula la convocatoria de concuros-oposición de estabilización de la ley 20/21 de la Diputación provincial por puntuar cinco veces la experiencia en la propia diputación con respecto a otras AAPP.

Informa el Heraldo de Aragón este 19/09/2023 que el juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Huesca ha estimado la demanda interpuesta por una academia de oposiciones de Zaragoza y ha anulado la convocatoria del concurso-oposición de estabilización por Ley 20/2021 de  17 plazas de administrativo de la Diputación Provincial de Huesca por considerar excesivo que la experiencia en la propia diputación  se valore 5 veces con respecto a la de otra AAPP, no aceptandp, el argumento de la AAPP de que en este proceso de concurso-oposición se realizaba ese privilegio amparado en el  "marco excepcional" dela  Ley 20/2021 de estabilización.

miércoles, 12 de julio de 2023

La Sala de lo Contencioso del Supremo sigue revocando la indemnización al cese de hasta 33 días/año del interino en situación de abuso de temporalidad que concedía el Tribunal Superior de Justicia de Aragón. Reitera, en su sentencia al recurso de la sentencia pionera en Aragón, una vez más su doctrina de fin de 2021 que de las sentencias europeas no se sigue que sea "necesaria e ineludible" una sanción al abuso de temporalidad en empleo público si no está ya contemplada en la ley española

La Sala de lo Contencioso-Administrativo (la que lleva los casos de personal funcionario de cualquier Administración Pública y del personal estatutario de los Servicios de Salud) del Tribunal Supremo ha dictado una nueva sentencia este 23/06/2023 por otro de los recursos de casación (el nº 7034/2020 de la sección 4ª  que había sido admitido  a trámite hace  ya más de un año) del Gobierno de Aragón contra la sentencia pionera de la sección 3ª de la Sala del o Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Aragón  de 18/05/2020  (rec.nº  547/2019), por la demanda de 7 empleadas públicas del Servicio Aragonés de Salud, estatutarias interinas cesadas  de una vacante que habían ocupado entre 2 a 7 años, acumulando temporalidades con nombramientos estatutarios de eventuales previos,de entre 10 a 26 años, y que demandaba la anulación del cese con vuelta al puesto trabajo en situación de fijeza ("indefinido"), o , subsidiariamente el derecho al abono de una indemnización al cese .


Recordemos una vez más que la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Aragón había sido pionera , precisamente con esta sentencia de 18/05/2020  y la sentencia 139/2020 de 9/06/2020  del caso de un docente que reiteraba tal cual la anterior y de las que nos hicimos eco aquí) en incorporar la sentencia europea de 19/03/2020 del asunto "Sánchez Ruiz" , entendiendo que:
  1. había abuso de temporalidad en esas situaciones aunque se tratara de personal que ya estaba nombrado en una interinidad de vacante 
  2. y que era necesario conceder una sanción reparadora para el personal en abuso y había fijando como sanción, repitiendo sus sentencias desde justo esta sentencia pionera  de 18 de mayo , si bien no la fijeza, sí   una indemnización al cese  de hasta 33 días por año trabajado (o menos si se había solicitado menos), por analogía con el despido improcedente del personal de la empresa privada que recoge el Estatuto General de los Trabajadores.

Y , como era de esperar al menos por el momento,esta Sala de lo Contencioso del Supremo repite exactamente la argumentación utilizada en  su sentencia de 22/02/2023, por el caso de 16 estatutarios temporales del Servicio de Salud de Aragón y de la que nos hicimos eco aquí en otra entrada previa,  en su sentencia de 06/03/2023 por el caso de otra empleada públicos del Servicio Aragonés de Salud  de la que también nos hicimos eco aquí y en su sentencia de 06/06/2023 por el caso de un Ingeniero Técnico de Obras Públicas de la Consejería de Sanidad, funcionario interino durante 11 años  de la que también nos hicimos eco aquí , se remite una vez más  a su  doctrina reciente sobre abuso de temporalidad en personal funcionario y estatutario tras su  importante  sentencia de 30/11/2021  (recurso de casación 6302/2018) y  sentencias siguientes (como la serie de sentencias derivadas desde primeros de  Diciembre de 2021 y las  primeras sentencias a las demandas de fijeza del grupo de demandas del SERMAS de 2016 que dio lugar a la sentencia europea de 19/03/2020):

lunes, 3 de julio de 2023

[STEPA] 'Casi 200 empleados temporales con hasta 30 años de servicio, afiliados al sindicato, han presentado una demanda en la que piden la nulidad del Decreto [del Gobierno de Aragón] por el que se convocó la Oferta Especial de Empleo [de su Administración General] con solo 571 plazas de estabilización (apenas el 14 %), por “incontestable fraude de ley y mala fe” . STEPA reclama además que se incorporen todas las plazas omitidas de las ofertas de empleo anteriores todavía en curso y evitar así ceses de trabajadores en abuso derivados de estos procesos ordinarios y sin ningún tipo de indemnización.'

 [29/06/2023] 'La demanda presentada al Tribunal Superior de Justicia de Aragón por unos 200 empleados del Gobierno de Aragón y el sindicato STEPA reclama la nulidad de la oferta pública de empleo de estabilización para cubrir 571 plazas en la Administración General autonómica, dentro del proceso abierto por la Ley 20/2021 para regularizar a los trabajadores en abusode temporalidad y reducir esta al 8% (en la actualidad es casi del 50%). El recurso legal demuestra que son, al menos, 4.089 los puestos que deberían haberse incluido, por lo que se pide a los jueces que esta OPE “pase a incorporar todas las plazas que reúnan los requisitos previstos”, lo que también conlleva sacar de cualquier otra convocatoria en marcha las que deberían haberse incluido en esta.

Además de por vulnerar la Ley 20/2021 en la determinación de plazas, los fundamentos de derecho argumentan que la oferta recurrida también es nula de pleno derecho por “no haberse observado en su procedimiento de elaboración trámites esenciales” y por “carecer de la mínima motivación jurídica exigible”.

La demanda se basa en documentos y datos del propio Gobierno de Aragón, por lo que resalta que “el fraude y la mala fe son incontestables” y evidencia cómo el Gobierno cuatripartito de Javier Lambán tuvo la intención expresa de “evitar, en la medida de lo posible, la aplicación de la citada norma, vaciándola de contenido al reducirla, por razón de las plazas ofertadas, a la mínima expresión”.


LA OPE SOLO INCLUYE EL 14% DE LAS PLAZAS

La oferta de empleo recurrida proviene de la Ley 20/2021 de Medidas Urgentes para la Reducción de la Temporalidad en el Empleo Público, que obliga a todas las administraciones a convocar procesos extraordinarios de estabilización de sus trabajadores temporales en abuso: mediante concurso de méritos para los que han ocupado su plaza durante más de seis años y por concurso-oposición para los que llevan entre tres y seis. Así se busca cumplir con las exigencias de la Unión Europea de reducir el índice de temporalidad en el sector público y sancionar la utilización de contratos temporales para cubrir plazas que deberían ser permanentes, al igual que las sanciones existentes en el sector privado.

lunes, 26 de junio de 2023

La Sala de lo Contencioso del Supremo sigue revocando la indemnización al cese de funcionario interino en situación de abuso de temporalidad que concedía el Tribunal Superior de Justicia de Aragón. Reitera una vez más su doctrina de fin de 2021 que de las sentencias europeas no se sigue que sea necesaria una sanción al abuso de temporalidad en empleo público que no esté contemplada en la ley española. Avanza que no se aplica la indemnización de la DT2 de la Ley 20/2021 a interinos nombrados antes de su entrada en vigor

La Sala de lo Contencioso-Administrativo (la que lleva los casos de personal funcionario de cualquier Administración Pública y del personal estatutario de los Servicios de Salud) del Tribunal Supremo ha dictado una nueva sentencia este 06/06/2023 por otro de los recursos de casación (el nº 7335/2021 de la sección 4ª  que había sido admitido a trámite  hace ya más de un año) del Gobierno de Aragón contra una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Aragón , en este caso de 29/06/2021  en el recurso de número 570/2019 de la Sección 2 de su Sala de lo Contencioso) , por la demanda de un Ingeniero Técnico de Obras Públicas de la Consejería de Sanidad, funcionario interino durante 11 años en el mismo puesto "al cubrirse la plaza por un funcionario de carrera tras el correspondiente proceso selectivo", y que demandaba la anulación del cese con vuelta al puesto trabajo en situación de fijeza, o , subsidiarimente el derecho al abono de una indemnización de 20 días por año trabajado como "funcionario indefinido no fijo".


Recordemos una vez más que la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Aragón había sido pionera en incorporar la sentencia europea de 19/03/2020 del asunto "Sánchez Ruiz" , entendiendo que había abuso de temporalidad en esas situaciones aunque se tratara de personal que ya estaba nombrado en una interinidad de vacante y que era necesaria conceder una sanción reparadora para el personal en abuso y había sentenciado, repitiendo sus sentencias desde la pionera 124/2020, de 18 de mayo , el abuso y como sanción, si bien no la fijeza, sí  el establecimiento de una indemnización al cese, en este caso necesariamente de 20 díaspor año que era lo solicitada, pero en otros casos había fijado, si se pedía más ,  de hasta 33 días por año trabajado, por analogía con el despido improcedente del personal de la empresa privada que recoge el Estatuto General de los Trabajadores.

Y , como era de esperar al menos por el momento,esta Sala de lo Contencioso del Supremo repite exactamente la argumentación utlizada en  su sentencia de 22/02/2023, por el caso de 16 estatutarios temporales del Servicio de Salud de Aragón y de la que nos hicimos eco aquí en otra entrada previa, y en su sentencia de 06/03/2023 por el caso de otra empleada públicos del Servicio Aragonés de Salud y de la que también nos hicimos eco aquí, se remite una vez más  a su  doctrina reciente sobre abuso de temporalidad en personal funcionario y estatutario tras su  importante  sentencia de 30/11/2021  (recurso de casación 6302/2018) y  sentencias siguientes (como la serie de sentencias derivadas desde primeros de  Diciembre de 2021 y las  primeras sentencias a las demandas de fijeza del grupo de demandas del SERMAS de 2016 que dio lugar a la sentencia europea de 19/03/2020):

viernes, 19 de mayo de 2023

[STEPA] 'Campaña dirigida a los partidos políticos para que firmen el siguiente compromiso: Identificar todas las plazas que cumplían los requisitos establecidos por la Ley 20/2021, priorizando su ejecución sobre otras OPEs y no ofertando sus plazas en ningún otro sistema de provisión de puestos'

'Ayer, 17 de mayo, en aplicación de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público enviamos a los diferentes partidos políticos el siguiente compromiso, considerando que a pesar de que el plazo para la aprobación y publicación de la Oferta de Empleo para la Estabilización finalizó el 1 de junio de 2022, deben:

1.- Identificar todas las plazas que cumplían los requisitos establecidos por la Ley 20/2021 a la fecha de su entrada en vigor, y en el caso de que existan plazas que no hayan sido incluidas por el Gobierno de Aragón en la Oferta de Empleo Público proceder a su inclusión.

2.- Priorizar la ejecución de esta Oferta de Estabilización sobre el resto de Ofertas de Empleo Público (OEP), agilizando la ejecución de todas las convocatorias derivadas de estas OEP en el menor plazo de tiempo posible y antes de 31/12/2024, cumpliendo con la normativa vigente, y no ofertando dichas plazas en ningún otro sistema de provisión de puestos.

3.- Dotar a la Administración de los medios y mecanismos necesarios para llevar a cabo los procesos selectivos y los procedimientos de provisión de puestos de trabajo con el objetivo de reducir la temporalidad.


¿Quiénes lo firmarán?


Reivindicamos desde hace más de cuatro años, una SOLUCIÓN JUSTA, LEGAL Y A COSTE CERO para los más de 17.000 empleados públicos temporales en abuso de temporalidad del Gobierno de Aragón

La temporalidad del Gobierno de Aragón afecta en la actualidad al 49,5 % de la plantilla según los últimos datos del boletín estadístico del Gobierno de Aragón. El sector de Administración general es el más afectado con el 55 % de temporalidad, seguido del SALUD con el 47 % y de Educación con el 45 %. 

viernes, 21 de abril de 2023

Recordatorio. La Sala de lo Contencioso del Supremo sigue revocando la indemnización de 33 días por año al cese en situación de abuso de temporalidad del Tribunal Superior de Justicia de Aragón. Reitera su doctrina de fin de 2021 que de las sentencias europeas no se sigue que sea necesaria una sanción al abuso de temporalidad en empleo público que no esté contemplada en la ley española

[Recordatorio de entrada publicada el 29/03/2023] La Sala de lo Contencioso-Administrativo (la que lleva los casos de personal funcionario de cualquier Administración Pública y del personal estatutario de los Servicios de Salud) del Tribunal Supremo ha dictado sentencia este 06/03/2023 en otro de los recursos de casación (el nº 3889/2021 de la sección 4ª  que había admitido a trámite  hace un año) del Gobierno de Aragón contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Aragón de 15/03/2021  (nº de de recurso: 414/2019 de la Sección 2 de su Sala de lo Contencioso) , por la demanda de una empleados públicos del Servicio Aragonés de Salud, con una antigüedad de más de 21 años on variopintas secuencias de nombramientos temporales de personal estatutario interino (en vacante), eventual  o de sustitución, siendo el último uno prolongado en vacante que acabó finalmente cesada en 2019  por un proceso para la cobertura fija de su puesto, y que demandaba la vuelta al trabajo en situación de fijeza y una indemnización.


Recordemos una vez más que el Tribunal Superior de Justicia de Aragón había sido pionero en incorporar la sentencia europea de 19/03/2020 del asunto "Sánchez Ruiz" , entendiendo que había abuso de temporalidad en esas situaciones aunque se tratara de personal que ya estaba nombrado en una vacante y que era necesaria conceder una sanción reparadora para el personal en abuso y había sentenciado, repitiendo su sentencia  124/2020, de 18 de mayo (recurso de apelación 547/2019) también sobre estatutarios del servicio aragonés de Salud, el abuso y el establecimiento de una indemnización al cese que "al tiempo sirva como compensación a los perjuicios derivados de haber padecido el abuso en la contratación temporal, y como medida disuasoria contra el uso de esta forma de contratación con fines distintos a los que le son propios según la jurisprudencia comunitaria" que fijó en 33 días por año trabajado, por analogía con el despido improcedente del personal de la empresa privada que recoge el Estatuto General de los Trabajadores.

martes, 4 de abril de 2023

Recordatorio. La Sala de lo Contencioso del Supremo sigue revocando la indemnización de 33 días por año al cese en situación de abuso de temporalidad del Tribunal Superior de Justicia de Aragón. Reitera su doctrina de fin de 2021 que de las sentencias europeas no se sigue que sea necesaria una sanción al abuso de temporalidad en empleo público que no esté contemplada en la ley española

 [Recordatorio de entrada publicada el 29/03/2023] La Sala de lo Contencioso-Administrativo (la que lleva los casos de personal funcionario de cualquier Administración Pública y del personal estatutario de los Servicios de Salud) del Tribunal Supremo ha dictado sentencia este 06/03/2023 en otro de los recursos de casación (el nº 3889/2021 de la sección 4ª  que había admitido a trámite  hace un año) del Gobierno de Aragón contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Aragón de 15/03/2021  (nº de de recurso: 414/2019 de la Sección 2 de su Sala de lo Contencioso) , por la demanda de una empleados públicos del Servicio Aragonés de Salud, con una antigüedad de más de 21 años on variopintas secuencias de nombramientos temporales de personal estatutario interino (en vacante), eventual  o de sustitución, siendo el último uno prolongado en vacante que acabó finalmente cesada en 2019  por un proceso para la cobertura fija de su puesto, y que demandaba la vuelta al trabajo en situación de fijeza y una indemnización.


Recordemos una vez más que el Tribunal Superior de Justicia de Aragón había sido pionero en incorporar la sentencia europea de 19/03/2020 del asunto "Sánchez Ruiz" , entendiendo que había abuso de temporalidad en esas situaciones aunque se tratara de personal que ya estaba nombrado en una vacante y que era necesaria conceder una sanción reparadora para el personal en abuso y había sentenciado, repitiendo su sentencia  124/2020, de 18 de mayo (recurso de apelación 547/2019) también sobre estatutarios del servicio aragonés de Salud, el abuso y el establecimiento de una indemnización al cese que "al tiempo sirva como compensación a los perjuicios derivados de haber padecido el abuso en la contratación temporal, y como medida disuasoria contra el uso de esta forma de contratación con fines distintos a los que le son propios según la jurisprudencia comunitaria" que fijó en 33 días por año trabajado, por analogía con el despido improcedente del personal de la empresa privada que recoge el Estatuto General de los Trabajadores.