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miércoles, 22 de julio de 2026

La Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo declara nula, por no contabilizar plazas que ha quedado demostrado cumplían los requisitos, la OPE de estabilización por concurso de méritos en la AGE según el art. 217 del RDL 5/2023, "escoba" de la D.A. 8ª de la Ley 20/2021, en cuanto a plazas de la Administración de Justicia en la CCAA de Andalucía. Afirma que el artículo 217 del RDL 5/2023 era un mandato obligado para todas las AAPP y que la D.A.8ª de la ley 20/201 obligaba a las AAPP a incluir en el concurso de méritos de estabilización TODAS las plazas estructurales ocupadas 31/12/2021 por temporales en la AAPP desde antes de 2016 (sin más)

Acaba de publicarse en el CENDOJ  el texto íntegro de la  sentencia de la Sala de lo Contenciso del Tribnal Supremo de 02/07/2026, publicitada en el BOE de este 20/07/2026, por la que se estima en parte el el recurso contencioso-administrativo nº 174/2024, del sindicato  Interinos de Justicia en Acción y dos particulares recurrentes, contra el Real Decreto 1227/2023, de 27 de diciembre, publicado en el BOE de este 28/12/2023, por el que se aprobó  la oferta de empleo público correspondiente a la tasa adicional de estabilización en la Administración General del Estado prevista en el artículo 217 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio- , el Real Decreto_ley  publicado el 29/06/2023,ratificado posteriormente  por el Congreso, que contenía el "mandato"  para que las AAPP cumplieran la Disposición Adicional 8ª de la Ley 20/2021 y se hiciera un proceso "escoba" de concurso de méritos en número de plazas igual al de todas las plazas de personal a 30/12/2021 temporal desde antes de 2016 que no hubiera "superado" un proceso de estabilización convocado, distinto del concurso de méritos excepcional de la ley 20/2021. 

La Disposición adicional  8ª de la Ley 20/2021  , llamada "Identificación de las plazas , estipulaba, a nuestro juicio, la obligación para todas las AaPP de  incluir en las convocatorias de estabilización por el sistema excepcional de concursos de méritos TODAS las plazas vacantes que estuvieran ocupadas  por temporales que hubieran sido temporales (en la actual vacante o en otro puesto) en la misma Administración Pública desde antes de 01/01/2016,  sin indicar la disposición  a diferencia de la D.A. 6ª, que le fue ra de aplicación la restricción del artículo 2.1. de la ley, , es decir, que no fueran plazas ya convocadas y no resueltas por una OPE de estabilización de las leyes anteriores. 

El texto literal de esta D.A. 8ª de la ley 20/2021,que entró en vigor el 31/12/2021, era: "Adicionalmente, los procesos de estabilización contenidos en la disposición adicional sexta incluirán en sus convocatorias las plazas vacantes de naturaleza estructural ocupadas de forma temporal por personal con una relación, de esta naturaleza, anterior al 1 de enero de 2016.".  La inmensa mayor parte de las AAPP interpretaron que no debían contabilizar plazas para el concurso de méritos por la D.A.8ª si estaban ya convocadas en otros procesos, aunque fueran de un temporal de antes de 2016, y que el artículo 217 del rDL 5/2023 no contenía ninguna obligación sino una habilitación , que era opcional utilizar o no, para ampliar los concursos de méritos.

martes, 21 de julio de 2026

[Comisión Europea] 'El Informe sobre el Estado de Derecho de 2026 refuerza la prosperidad, la seguridad y la resiliencia democrática de Europa' [ Publicado el séptimo informe anual de la Comisión Europea sobre el Estado de Derecho de la UE]

 'La Comisión Europea ha publicado hoy su séptimo informe anual sobre el Estado de Derecho , en el que evalúa la situación del Estado de Derecho en todos los Estados miembros de la UE, así como en cuatro países candidatos: Albania, Macedonia del Norte, Montenegro y Serbia.

El Estado de Derecho sustenta la prosperidad, la democracia y la seguridad de Europa. Los sistemas judiciales independientes, los marcos eficaces de lucha contra la corrupción, los medios de comunicación libres y pluralistas y sólidos mecanismos de control y equilibrio protegen los derechos de los ciudadanos y mantienen la confianza en las instituciones públicas y en la democracia. Aportan la seguridad jurídica que respalda la inversión, la competitividad y el crecimiento económico.

viernes, 17 de julio de 2026

La Sala de lo Social del Tribunal Supremo dicta varias sentencias de fijeza en los recursos de casación contra sentencias de fijeza del TSJ del País Vasco a empleados públicos laborales: tiene en cuenta su nueva doctrina tras las sentencia del TJUE Obadal -fijeza para aprobados de proceso selectivo para fijo que sufren después abuso de temporaldad- para no admitir los recursos de casación del Gobierno Vasco

 Acaban de publicarse en el CENDOJ varias de las sentencias de los asuntos que la Sala de lo Social del Tribunal Supremo debatió el  día de San Fermín , 7/7/2026, sobre si debía conceder la fijeza laboral a empleados públicos laborales por abuso de temporalidad, naturalmente, aplicando al caso su nueva doctrina fijada primero en su sentencia de 11/07/2026, y segundo en la   sentencia de 30/06/2026 , ambas del Pleno de la Sala , un  cambio de criterio ante el abuso de temporalidad del empleado publico laboraltras la sentencia del de 14/04/2026 en el asunto Obadal  del Tribunal de Justicia de la UE.

En concreto, las sentencias publicadas de la docena de asuntos que abordó ese día son:

  • sentencia de 07/07/2026 al recurso de  casación nº 879/2023 contra la sentencia de fijeza laboral de la Sala de lo Social  del TSJ del País Vasco  de 13/12/2022 (nº rec 2075/2022): se declara a varias trabajadoras fijas, dado que  " superaron la fase de oposición sin plaza en un proceso selectivo para personal fijo y accedieron a la bolsa de trabajo para acceder a contrataciones de interinidad por vacante de duración superior a tres años".

    Se trata de dos empleadas públicas laborales, cocinera y de limpieza, temporales desde 2009 y 2010 respectivamente, asistidas por el abogado Javier García de Vicuña, y bajo contratos laborales  de interinidad  de vacante, que superaron en sus respectivas categorías el proceso selectivo para la provisión de plazas de  personal laboral fijo convocada en 2001, ambas con el resultado de haber superado la fase de oposición, pero no obtuvieron plaza, pasando a integrar la bolsa de trabajo temporal, desde la que accedieron a los empleos temporales.

lunes, 13 de julio de 2026

La Sala de lo Social del Tribunal Supremo debatirá para sentencia este 14/7/2026 media docena de asuntos más sobre si debe conceder la fijeza laboral a empleados públicos laborales por abuso de temporalidad

 Según la agenda de señalamientos TS del 13 al 17 de julio de 2026 la  Sala de lo Social del Tribunal Supremo volverá a a bordar, ya no en Pleno, este 14/0/7/2026 para sentencia otra media docena de asuntos sobre  fijeza laboral como sanción al abuso de temporalidad y lo hará tras  haber decidido primero en su sentencia de 11/07/2026, y segundo en la  reciente sentencia de 30/06/2026 , ambas del Pleno de la Sala , un  cambio de criterio ante el abuso de temporalidad del empleado publico laboral , a su vez  tras la sentencia del de 14/04/2026 en el asunto Obadal  del Tribunal de Justicia de la UE.

Recordemos que  en  estas sentencia de Pleno ha pasado  a conceder la fijeza si el empleado publico laboral está en abuso de temporalidad y tiene superada fase de oposición de un proceso selectivo para fijo sin obtener plaza antes del abuso, concediendo para el resto el derecho a una nueva indemnización presuntiva por daños morales de entre mil y 10 mil euros, incluso si el empleado acabó siendo fijo por un proceso selectivo, , además del habitual derecho a  20 días por año trabajado con tope de 12 mensualidades si hay cese por cobertura o amortización, y además de  una  indemnización por daños demostrables, en la práctica imposible.

En concreto este 14/07/2026 abordará los recursos, que se suman a los que ya debatió el martes pasado 7/7/2026:

jueves, 9 de julio de 2026

[Comisión Europea] Paquete de procedimientos de infracción de Julio. 'La Comisión insta a Italia a que adapte su legislación sobre las condiciones laborales de los jueces honorarios al Derecho de la UE' [en reacción a la Sentencia del TJUE en el asunto Pelavi]

[08/07/2026]  'Hoy, la Comisión Europea decidió enviar un dictamen motivado a Italia (INFR(2025)2159) en relación con los jueces honorarios que ya estaban en servicio el 15 de agosto de 2017.

 La legislación italiana exige que estos jueces honorarios renuncien a los derechos derivados de su anterior servicio honorario —incluidos los derechos basados ​​en el Derecho de la UE— para obtener la condición de empleado permanente. Sin embargo, el Tribunal de Justicia (asunto C-253/24, Pelavi) dictaminó que dichas renuncias infringen el Derecho de la UE.  

Además, la Comisión ha detectado un trato discriminatorio hacia estos jueces en función de sus derechos laborales a tiempo parcial o con contrato de duración determinada. La respuesta de Italia a la notificación formal de la Comisión no ha resuelto estas quejas.  

martes, 7 de julio de 2026

Recordatorio. La Sala de lo Social del Tribunal Supremo debatirá para sentencia el 7/7/2026 más de una decena de asuntos sobre si debe conceder la fijeza laboral a empleados públicos laborales por abuso de temporalidad

 [Recordatorio de entrada publicada el 02/07/2026 en este blog]

 Según la agenda de señalamientos TS del 06 al 10 de julio de 2026 la  Sala de lo Social del Tribunal Supremo abordará  , ya no en Pleno, el 07/0/7/2026 para sentencia más de uan decena de asuntos sobre  fijeza laboral como sanción al abuso de temporalidad y lo hará tras  haber decidido recientemente  en su sentencia de 11/05/2026 del Pleno un   cambio de criterio ante el abuso de temporalidad del empleado publico laboral  tras la sentencia del de 14/04/2026 en el asunto Obadal  del Tribunal de Justicia de la UE,  y tras haberabordado también en Pleno para sentencia el pasado 24/06/2026 otro asunto (cuya sentencia sigue pendiente de publicación en el CENDOJ).

 

Recordemos que  en la sentencia de Pleno de 11/05/2026 pasó  a conceder la fijeza si el empleado publico laboral está en abuso de temporalidad y tiene superada fase de oposición de un proceso selectivo para fijo sin obtener plaza antes del abuso, concediendo para el resto una nueva indemnización presuntiva por daños morales de entre mil y 10 mil euros , además de la habitual de 20 días por año trabajado con tope de 12 mensualidades si hay cese por cobertura o amortización, y además de  la  en práctica imposible indemnización por daños demostrables.


En concreto abordará los recursos:

viernes, 3 de julio de 2026

[Arauz] Dos juzgados de lo Social de Madrid declaran improcedente el despido de dos trabajadores de la Comunidad de Madrid

'Acabamos de recibir dos sentencias de Secciones de lo Social de Madrid, Plazas núms. 12 y 30, que declaran improcedente el despido de dos trabajadores públicos y condenan a la Comunidad de Madrid a que opte en el plazo  de cinco días por readmitir al trabajador, o, en caso contrario, indemnizarle en cuantías de 63.241,27 euros y de 61.384,97 euros .'

Fuente: Nota del gabinete de Araúz de  03/7/2026 recibida en APISCAM


[TJUE] 'Sentencia del Tribunal de Justicia en el asunto C-738/22 P Google y Alphabet/Comisión. Google Android: el Tribunal de Justicia confirma la multa de unos 4 100 millones de euros impuesta a Google'

'En 2018, la Comisión Europea adoptó una Decisión en la que concluyó [1] que Google había abusado de su posición dominante al imponer, en particular mediante acuerdos de preinstalación y condiciones de concesión de licencias de determinadas aplicaciones, la preeminencia de su motor de búsqueda Google Search y de su navegador Chrome en los dispositivos móviles que funcionaban con el sistema operativo Android, que también ofrece Google [2]-

jueves, 2 de julio de 2026

La Sala de lo Social del Tribunal Supremo debatirá para sentencia el 7/7/2026 más de una decena de asuntos sobre si debe conceder la fijeza laboral a empleados públicos laborales por abuso de temporalidad s

Según la agenda de señalamientos TS del 06 al 10 de julio de 2026 la  Sala de lo Social del Tribunal Supremo abordará  , ya no en Pleno, el 07/0/7/2026 para sentencia más de uan decena de asuntos sobre  fijeza laboral como sanción al abuso de temporalidad y lo hará tras  haber decidido recientemente  en su sentencia de 11/05/2026 del Pleno un   cambio de criterio ante el abuso de temporalidad del empleado publico laboral  tras la sentencia del de 14/04/2026 en el asunto Obadal  del Tribunal de Justicia de la UE,  y tras haberabordado también en Pleno para sentencia el pasado 24/06/2026 otro asunto (cuya sentencia sigue pendiente de publicación en el CENDOJ).

Recordemos que  en la sentencia de Pleno de 11/05/2026 pasó  a conceder la fijeza si el empleado publico laboral está en abuso de temporalidad y tiene superada fase de oposición de un proceso selectivo para fijo sin obtener plaza antes del abuso, concediendo para el resto una nueva indemnización presuntiva por daños morales de entre mil y 10 mil euros , además de la habitual de 20 días por año trabajado con tope de 12 mensualidades si hay cese por cobertura o amortización, y además de  la  en práctica imposible indemnización por daños demostrables.

En concreto abordará los recursos:

miércoles, 1 de julio de 2026

[Poder Judicial] 'El Tribunal Supremo da plazo a las partes para que informen sobre la procedencia de formular una cuestión prejudicial al TJUE sobre el Real Decreto de regularización de extranjeros La Sala Tercera dicta dos providencias sobre medidas cautelares solicitadas por la Comunidad Valenciana y Aragón'

 'La Sección Quinta de la Sala Tercera del Tribunal Supremo ha dictado dos providencias en los recursos interpuestos por la Comunidad Autónoma de Valencia y por la de Aragón en contra de determinados aspectos del Real Decreto 316/2026, de 14 de abril, conocido como “Real Decreto de regularización de extranjeros”, por el que se modifica el Real Decreto 1155/2024, de 19 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social. 

En dichas providencias se confiere traslado a las partes para que, en el plazo común e improrrogable de cinco días, puedan expresar su parecer acerca de la procedencia de formular ante el TJUE cuestión prejudicial interpretativa en relación con una serie de extremos del Real Decreto que, en su caso, podrían entrar en conflicto con el Derecho de la Unión Europea.

martes, 30 de junio de 2026

Recordatorio. La Sala de lo Social del Tribunal Supremo abordará este 30 de junio para sentencia un nuevo asunto de unificación de doctrina sobre la competencia de los juzgados y tribunales de lo Social, en lugar de lo Contencioso-Administrativo, en casos de fraude de excesivos nombramientos temporales de carácter administrativo: caso de "contratada administrativa" del Servicio Navarro de Salud ya interina de vacante

 [Recordatorio de entrada publicada el 26/06/2026]

Según la agenda de señalamientos TS del 29 de junio al 03 de julio de 2026  la Sala de lo Social del Tribunal Supremo abordará este martes 30 de Juno para sentencia un nuevo asunto de unificación de doctrina sobre la competencia de los juzgados y tribunales de lo Social, en lugar de lo Contencioso-Administrativo,  en casos de fraude en nombramientos temporales de carácter administrativoel recurso de casación nº 508/2025 de una empleada pública del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea [SNS-O], temporal durante 7 años seguidos en la misma categoría, contra la sentencia de 06/11/2024 del Tribunal Superior de Justicia de Navarra  (recurso nº 268/2024) que había confirmado la incompetencia del Orden Social dictada por el Juzgado Social nº2 de Navarra por tratarse de personal con contratación administrativa del Servicio Navarro de Salud..

Recordemos que la Sala de lo Social del Tribunal Supremo , en sus recientes sentencias de  03/12/2025 y 27/05/2026  ha reiterado que sí es posible la competencia de lo Social ante ciertas "irregularidades" en el uso de la contratación administrativa y además en dichas sentencias ha considerado que el exceso o "abuso de temporalidad" en la concatenación de modalidades administrativas sin plaza de plantilla puede ser una de esas irregularidades o fraudes que permitan la competencia del orden de lo Social, o al menos, así lo sentenció en el recurso de casaciones de dichas sentencia, en ambos casos profesores de secundaria de Navarra, contratados por cursos durante más de 10 años, con contratos administrativos cada curso por "necesidades de personal docente existentes en el Departamento de Educación debidamente justificadas" (pero no bajo una contratación administrativa de interino de vacante).

viernes, 26 de junio de 2026

La Sala de lo Social del Tribunal Supremo abordará este 30 de junio para sentencia un nuevo asunto de unificación de doctrina sobre la competencia de los juzgados y tribunales de lo Social, en lugar de lo Contencioso-Administrativo, en casos de fraude de excesivos nombramientos temporales de carácter administrativo: caso de "contratada administrativa" del Servicio Navarro de Salud ya interina de vacante

Según la agenda de señalamientos TS del 29 de junio al 03 de julio de 2026  la Sala de lo Social del Tribunal Supremo abordará este martes 30 de Juno para sentencia un nuevo asunto de unificación de doctrina sobre la competencia de los juzgados y tribunales de lo Social, en lugar de lo Contencioso-Administrativo,  en casos de fraude en nombramientos temporales de carácter administrativoel recurso de casación nº 508/2025 de una empleada pública del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea [SNS-O], temporal durante 7 años seguidos en la misma categoría, contra la sentencia de 06/11/2024 del Tribunal Superior de Justicia de Navarra  (recurso nº 268/2024) que había confirmado la incompetencia del Orden Social dictada por el Juzgado Social nº2 de Navarra por tratarse de personal con contratación administrativa del Servicio Navarro de Salud..

Recordemos que la Sala de lo Social del Tribunal Supremo , en sus recientes sentencias de  03/12/2025 y 27/05/2026  ha reiterado que sí es posible la competencia de lo Social ante ciertas "irregularidades" en el uso de la contratación administrativa y además en dichas sentencias ha considerado que el exceso o "abuso de temporalidad" en la concatenación de modalidades administrativas sin plaza de plantilla puede ser una de esas irregularidades o fraudes que permitan la competencia del orden de lo Social, o al menos, así lo sentenció en el recurso de casaciones de dichas sentencia, en ambos casos profesores de secundaria de Navarra, contratados por cursos durante más de 10 años, con contratos administrativos cada curso por "necesidades de personal docente existentes en el Departamento de Educación debidamente justificadas" (pero no bajo una contratación administrativa de interino de vacante).

martes, 23 de junio de 2026

[Poder Judicial] 'El Tribunal Supremo condena al exministro José Luis Ábalos y a su exasesor Koldo García a 24 años y 19 años de prisión, respectivamente, por delitos de organización criminal, cohecho, malversación y tráfico de influencias La sentencia ha sido dictada por unanimidad'

 'La Sala Segunda del Tribunal Supremo ha notificado hoy la sentencia del llamado 'caso mascarillas', por la que condena al exministro José Luis Ábalos a 24 años y 3 meses de prisión y a su exasesor Koldo García a 19 años, ocho meses y un día de prisión por delitos de organización criminal, cohecho, malversación y tráfico de influencias. 

El empresario Víctor de Aldama, al que se aplica la atenuante muy cualificada de colaboración con la Justicia, ha sido condenado a 4 años y 6 meses de prisión por delitos de organización criminal y cohecho. El tribunal ha acordado suspender la ejecución de la pena por su aportación al descubrimiento de los delitos y a condición de no delinquir, presentar un informe semestral de actividades y realizar trabajos en beneficio de la comunidad durante un año. 

miércoles, 17 de junio de 2026

El Pleno de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo vuelve a debatir el 24/06/2026 si debe conceder la fijeza laboral a una empleada del Gobierno Vasco temporal durante 30 años y que tiene aprobado un proceso selectivo para ser fijo. Es uno de los casos en los que el TSJ del Pais Vasco tenía el criterio de conceder la fijeza como sanción al abuso por normativa y sentencias europeas.

 Según la Agenda de señalamientos TS del 22 al 26 de junio de 2026 el Pleno de la  Sala de lo Social del Tribunal Supremo abordará  el 24/06/2026 para sentencia un nuevo asunto sobre  fijeza laboral como sanción al abuso de temporalidad el recurso de casación nº  1685/2023 contra la sentencia de 31/03/2023 (recurso 2585/2022) de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, por el caso de una empleada de limpieza, temporal desde 1995, y desde 2009 en el mismo centro,  que tiene aprobada, sin obtener plaza, una prueba selectiva para ser fija  en 2001 y que demandaba la fijeza laboral , subsidiariamente indefinido no fija, como sanción al abuso de temporalidad.

El Juzgado de lo Social le había desestimado la fijeza y le concedió el carácter de indefinida no fija,  pero la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, estimó su recurso, y decidió concederle la fijeza laboral teniendo en cuenta que tenía aprobado un proceso selectivo

Se trata de uno de los casos  en los que el TSJ del Pais Vasco sentenció la fijeza laboral  bajo  criterio propio, a diferencia del criterio mantenido por el Supremo entonces), de conceder la fijeza como sanción al abuso por normativa y sentencias europeas, en casos de tener superado un proceso selectivo.

 

lunes, 15 de junio de 2026

Publicada en el BOE la convocatoria por oposición de 375 plazas de Juez y 200 de Fiscal sin que se haya realizado ni siquiera aprobado el proceso de estabilización de jueces y fiscales sustitutos de larga duración

Se ha publicado en el BOE de este 15/06/2026  la  convocatoria del Consejo General del Poder Judicial de pruebas selectivas por oposición en turno libre de  

  • 375 plazas  para su posterior acceso a la Carrera Judicial por la categoría de Juez  (tras el preceptivo curso en la Escuela Judicial)
  • y de 200 plazas para su posterior ingreso en la Carrera Fiscal  (tras el preceptivo curso en el Centro de Estudios Jurídicos)


También se han publicado en el mismo BOE las convocatorias de 125 plazas para ser Magistrados de los diferentes órdenes jurisdiccionales, restringidos a juristas de especial reconocimiento con 10 años de antigüedad mínima en la profesión y por el sistema especial habitual de oposición por la realización de un dictamen y méritos (el denominado "cuarto turno").

 Se da la circunstancia de que sigue pendent la publicación del "procedimiento de estabilización" de jueces y fiscales sustitutos  (por concurso-oposición eliminatoria pero sin la oposición habitual y abierto sólo a profesionales con más de 5 años de antigüedad) en más de mil plazas que fue comprometido por el Ministerio de Justicia y cuya regulación de hecho sigue pendiente de ser aprobada, al estar incluida en un principio como una disposición adicional del proyecto de ley "urgente" de  reforma de la carrera judicial que sigue  en tramitación en el Congreso "(proyecto de ley de nº expdte 121/59) Ese proyecto  de ley siguen en el mismo paso desde hace casi just un año: a la  espera al Informe de la Ponencia que designe la Comisión de Justicia.

viernes, 12 de junio de 2026

[Poder Judicial] 'El Tribunal Supremo informa desfavorablemente al indulto del exfiscal general del Estado Álvaro García Ortiz al no apreciar razones de justicia, equidad o utilidad pública El tribunal insiste en la sustancial falta de contenido del indulto que se solicita'

'El tribunal de la Sala Penal del Tribunal Supremo que condenó al exfiscal general del Estado Álvaro García Ortiz por delito de revelación de datos reservados ha emitido informe desfavorable a la concesión del indulto solicitado para él por varios ciudadanos al no advertir razones de justicia, equidad o utilidad pública que permitan dar fundamento a la petición. 

En su informe, el tribunal destaca que “los hechos fueron graves, han producido una afectación importante de la institucionalidad del ministerio público por la relevancia de su función, como promotor de la justicia, garante de la independencia judicial y del ejercicio de los derechos de los ciudadanos de acuerdo a la legalidad”. 

viernes, 5 de junio de 2026

[Comisión Europea] 'El cuadro de indicadores de la justicia de 2026 destaca la importancia de unos sistemas judiciales eficaces para la competitividad y el mercado único de la UE'

 'La Comisión Europea ha publicado hoy la decimocuarta edición del cuadro de indicadores de la justicia en la UE, un informe anual que proporciona datos comparativos sobre la eficiencia, la calidad y la independencia de los sistemas judiciales entre los Estados miembros de la UE.

La edición de 2026 muestra una mejor percepción de la independencia y eficiencia de los sistemas judiciales. También destaca el papel esencial de unos sistemas judiciales eficaces y de unas autoridades independientes en el fomento de un entorno justo y competitivo, incluidos los datos sobre los agentes clave del mercado único. Por primera vez, el cuadro de indicadores también incluye una visión general de las competencias de los tribunales administrativos y los tribunales ordinarios más altos de los Estados miembros en asuntos relacionados con las empresas.

[ICAM] 'Los datos toman el mando de la medicina: juristas y sanitarios analizan en el ICAM los desafíos del nuevo modelo asistencial. El IV Congreso de Derecho Sanitario reúne en Madrid a juristas, profesionales sanitarios, académicos y responsables públicos para analizar el impacto de la IA, el Espacio Europeo de Datos Sanitarios y la medicina personalizada. Desde la Comunidad de Madrid, el viceconsejero de Digitalización y la directora general de Inspección y Ordenación Sanitaria destacan la gobernanza del dato y la confianza ciudadana como claves de la transformación sanitaria'' [Proyecto Madrid Health Data Space]

'Los datos se han convertido en una de las infraestructuras críticas de la nueva medicina. Su capacidad para anticipar riesgos, personalizar tratamientos, acelerar la investigación y optimizar recursos está impulsando un cambio de paradigma que afecta tanto a la práctica sanitaria como al marco jurídico que la regula.

Sobre esta transformación de fondo ha girado la inauguración del IV Congreso de Derecho Sanitario del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM), un encuentro reconocido de interés sanitario y social por la Comunidad de Madrid que durante dos jornadas reunirá a juristas, profesionales sanitarios, investigadores y responsables públicos para analizar los desafíos jurídicos de la nueva sanidad digital.

jueves, 4 de junio de 2026

Recordatorio. [ICAM] IV Congreso de Derecho Sanitario del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid 4 y 5 de junio “Retos sanitario-legales de pacientes, profesionales, centros y servicios sanitarios en salud digital, en el Espacio Europeo de Datos Sanitarios e internacional"

 [Recordatorio de entrada publicada el 25/05/2026]

  'El Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid ya ha hecho público el programa del IV Congreso de Derecho Sanitario, que se celebrará los próximos 4 y 5 de junio bajo el lema “Retos sanitario-legales de pacientes, profesionales, centros y servicios sanitarios en salud digital, en el Espacio Europeo de Datos Sanitarios e internacional. La OMS y la Organización Panamericana de la Salud en la protección a la salud global y crisis humanitarias. One Health”.

El encuentro reunirá en el ICAM a destacados representantes del ámbito jurídico, sanitario, académico, institucional y profesional para analizar algunos de los grandes desafíos actuales del Derecho Sanitario, con especial atención a la transformación digital del sistema de salud, la inteligencia artificial, la protección de datos, la movilidad de pacientes y profesionales, la responsabilidad sanitaria, la salud global y el enfoque One Health.

El Congreso ha recibido, además, el reconocimiento de interés sanitario / social de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid, lo que refuerza la relevancia institucional y profesional de esta cita.

martes, 2 de junio de 2026

[UGT Servicios Públicos Extremadura] ' La Plaza nº 4 del Tribunal de lo social de Badajoz ha dictado una resolución que obliga a la Junta de Extremadura a abonar una doble indemnización de más de 32.000,00 euros.La juzgadora determina que el trabajador debe ser compensado tras encadenar contratos temporales durante 16 años, a pesar de que el afectado logró superar recientemente el proceso selectivo para convertir su plaza en fija'

'Un juzgado de lo social de Badajoz ha condenado a la Junta de Extremadura a indemnizar con 32.498,91 euros a un trabajador del ámbito agrario y docente que encadenó durante 16 años una relación laboral precaria dentro de la Administración.

La sentencia descarta que existiera un despido improcedente, pero aprecia que el cese de su condición de indefinido no fijo y el prolongado abuso de temporalidad merecen una doble compensación económica.

El demandante comenzó a prestar servicios en 2009 y fue reconocido judicialmente como personal indefinido no fijo en el año 2016.