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lunes, 4 de julio de 2022

[Snadir] Tras la sentencia europea y del Supremo italiano sobre abuso de temporalidad en los profesores de religión y derecho a una indemnización de "resarcimiento", el Senado italiano aprueba un proceso extraordinario restringido a los profesores de religión temporales más de 3 años

 Informa el sindicato italiano SNADIR este 21/06/2022 que

  1. después de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 13 de enero -que estableció que los profesores públicos de religión italianos contratados por cursos durante más de 3 años estarían en abuso de temporalidad que requiere de una sanción de forma "indispensable"
    y

  2. sólo días después de la  sentencia del Tribunal Supremo de Casación de Italia de 13/06/2022, que, aplicando la citada sentencia europea, había confirmado el abuso de temporalidad en los docentes de religión superados los 3 años de servicio [y dictado, por interpretación conforme, la concesión de una indemnización de "resarcimiento" (por el abuso, no al cese) del abuso igual a la regulada en la normativa laboral  general .si bien sin conceder la medida acompañante de la fijeza]

el Senado italiano ha aprobado este 20/06/2022  una enmienda [1]  en su texto final votado firmado por los senadores de los partidos IV-PSI, IV,M5S, SVP-PATT, UV, PD, LEGA y FI "es decir, por todas las fuerzas políticas de la mayoría", que, en su punto 8, establece  un procedimiento "extraordinario" restringido a los  profesores de religión  con más de 36 meses de servicio en la escuelas públicas italianas, que se realizará para los dos próximos cursos 2022-23 y 2023-2014 con la mitad de todas las vacantes cada año , consistente en una parte de "examen oral didáctico-metodológico" y fase de méritos que fijará de forma homogénea a nivel nacional un decreto del Ministerio de Educación, quien también asignará una partida de los presupuestos del Estado para los gastos del proceso. 

viernes, 1 de abril de 2022

El Defensor del Pueblo español rechaza interponer recurso de inconstitucionalidad contra los procesos de estabilización y el concurso de méritos de la Ley 20/2021 solicitado por algunos "ciudadanos" que consideran vulneran principio de igualdad en el acceso a la función pública. El Defensor recuerda que el Tribunal Constitucional ya ha establecido que tanto procesos donde primen los servicios prestados como procesos restringidos son constitucionales cuando exista una justificación de una situación excepcional

 El defensor del Pueblo ha emitido una resolución [ver texto y resolución firmada] el pasado 24/03/2022, en la que contesta a la petición que le habían llegado de varios "ciudadanos" de que interpusiese un recurso de inconstitucionalidad contra el artículo 2  y las Disposiciones Adicionales 6ª y 8ª de la Ley 20/2021 ,de reducción de temporalidad, que establecen los nuevos procesos de estabilización por concurso-oposición y por concurso de méritos según el caso.

En palabras del Defensor: "las solicitudes, en síntesis, con mayor o menor fundamentación jurídica, que el sistema establecido en la ley para la consolidación de empleo temporal otorga una valoración a los servicios prestados con carácter temporal en la administración  que vulnera el principio de igualdad que proclama el artículo 14 de la Constitución y el derecho a a acceder en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos, con los requisitos que señalen las leyes , que reconoce el artículo 23.2 de la Constitución , todo ello en conexión con el artículo 103.3, que impone la obligación de no exigir para el acceso a la función pública requisito o condición alguna que no sea referible a los principios de mérito y capacidad".

miércoles, 21 de abril de 2021

El senador de Compromís, Carles Mulet, corrige su Proposición de Ley para intentar dar cumplimiento con la Directiva y sentencias europeas sobre abuso de temporalidad mediante una modificación del EBEP que permitir auténticos procesos de consolidación por concursos de méritos restringidos para los temporales de 3 años (en lugar de 5), incluidos los interinos habilitados nacionales de las entidades locales

Tal y como nos  hicimos eco aquí el Senador de Compromís, Carles Mulet , pese a que por segunda vez el Gobierno del Estado presentó el  "veto" por "razones" presupuestarias a su anterior y segunda iniciativa en el Senado de Proposición de Ley  para la consolidación extraordinaria por varias opciones con vistas a su fijeza administrativa,del personal público en abuso de temporalidad para cumplir con la normativa y sentencias europeas volvió  a presentar por el Grupo de Izquierda Confederal del Senado el pasado 29/03/2021 una tercera iniciativa al respecto (nº de iniciativa 622/63), de modificación del EBEP para permitir auténticos procesos de consolidación por concursos de méritos restringidos al empleado temporal público más de 5 años, incluidos los interinos habilitados nacionales de las entidades locales. 

jueves, 15 de abril de 2021

Recordatorio. El senador de Compromís, Carles Mulet, vuelve a presentar una Proposición de Ley para intentar dar cumplimiento con la Directiva y sentencias europeas sobre abuso de temporalidad: la modificación del EBEP para permitir auténticos procesos de consolidación por concursos de méritos restringidos al empleado temporal público más de 5 años, incluidos los interinos habilitados nacionales de las entidades locales

[Recordatorio de entrada publicada el 09/04/2021El Senador de Compromís, Carles Mulet , pese a que por segunda vez el Gobierno del Estado presentó el  "veto" por "razones" presupuestarias a su anterior y segunda iniciativa en el Senado de Proposición de Ley  para la consolidación extraordinaria por varias opciones con vistas a su fijeza administrativa,del personal público en abuso de temporalidad para cumplir con la normativa y sentencias europeas -lo que significó el fin de esa iniciativa como la anterior sin ni poder llegar a debatirse en las cámaras-, volvió  a presentar por el Grupo de Izquierda Confederal del Senado el pasado 29/03/2021 una tercera iniciativa al respecto: (nº de iniciativa 622/63) de título "Proposición de Ley de medidas urgentes para la consolidación de los funcionarios interinos de la  Administración Local con habilitación de carácter nacional, en cumplimiento de la Directiva 1999/70/CE del Consejo, de 28 de junio"


En la redacción original propuesta  para la Proposición de Ley (publicada como tal propuesta registrada en el Boletín Oficial del Senado de 08/04/2021, NO evidentemente como ley alguna ya aprobada), tras razonar en su exposición de motivos que en las entidades locales hay en la actualidad "3.300 puestos reservados a Habilitados Nacionales  desempeñados por funcionarios/as interinos/as con una antigüedad media de más de 10 años de ejercicio, el 40% del total de puestos existentes" , por tanto en situación de abuso de temporalidad que supone una violación de la Directiva Europea 1999/70/CE, abuso que debe ser resarcido al trabajador según la reciente jurisprudencia del Tribunal Europeo de obligado cumplimiento , siendo la medida más razonable la de la estabilidad mediante disposición administrativa frente al coste económico inmenso que supondrían indemnizaciones si se prosigue con lo pretendido de convocar en OPEs libres convencionales los puestos de este personal, ,se PROPONE en la parte dispositiva  algo que  de resultar aprobada tal cual tendría  un ámbito mayor.  En concreto, reza literalmente:

viernes, 9 de abril de 2021

El senador de Compromís, Carles Mulet, vuelve a presentar una Proposición de Ley para intentar dar cumplimiento con la Directiva y sentencias europeas sobre abuso de temporalidad: la modificación del EBEP para permitir auténticos procesos de consolidación por concursos de méritos restringidos al empleado temporal público más de 5 años, incluidos los interinos habilitados nacionales de las entidades locales

 El Senador de Compromís, Carles Mulet , pese a que por segunda vez el Gobierno del Estado presentó el  "veto" por "razones" presupuestarias a su anterior y segunda iniciativa en el Senado de Proposición de Ley  para la consolidación extraordinaria por varias opciones con vistas a su fijeza administrativa,del personal público en abuso de temporalidad para cumplir con la normativa y sentencias europeas -lo que significó el fin de esa iniciativa como la anterior sin ni poder llegar a debatirse en las cámaras-, volvió  a presentar por el Grupo de Izquierda Confederal del Senado el pasado 29/03/2021 una tercera iniciativa al respecto: (nº de iniciativa 622/63) de título "Proposición de Ley de medidas urgentes para la consolidación de los funcionarios interinos de la  Administración Local con habilitación de carácter nacional, en cumplimiento de la Directiva 1999/70/CE del Consejo, de 28 de junio"


En la redacción original propuesta  para la Proposición de Ley (publicada como tal propuesta registrada en el Boletín Oficial del Senado de 08/04/2021, NO evidentemente como ley alguna ya aprobada), tras razonar en su exposición de motivos que en las entidades locales hay en la actualidad "3.300 puestos reservados a Habilitados Nacionales  desempeñados por funcionarios/as interinos/as con una antigüedad media de más de 10 años de ejercicio, el 40% del total de puestos existentes" , por tanto en situación de abuso de temporalidad que supone una violación de la Directiva Europea 1999/70/CE, abuso que debe ser resarcido al trabajador según la reciente jurisprudencia del Tribunal Europeo de obligado cumplimiento , siendo la medida más razonable la de la estabilidad mediante disposición administrativa frente al coste económico inmenso que supondrían indemnizaciones si se prosigue con lo pretendido de convocar en OPEs libres convencionales los puestos de este personal, ,se PROPONE en la parte dispositiva  algo que  de resultar aprobada tal cual tendría  un ámbito mayor.  En concreto, reza literalmente:

lunes, 1 de marzo de 2021

El Tribunal Constitucional declara inconstitucional la disposición de Ley vasca que habilitaba procesos restringidos de consolidación en los cuerpos de Policía locales por no estar contemplados en la Ley estatal del Estatuto Básico del Empleado Público y sólo tener el Estado competencias sobre normativa básica del funcionario. Ni se usó por el Estado el argumento de violación del artículo 23 de la Constitución de igualdad en el acceso a la Función Pública. La misma disposición ya para todos los cuerpos y escales va en un Proyecto actual de Ley vasca.

Gracias al Instituto de Derecho Local de la UAM hemos tenido acceso al  texto compelto de la Sentencia que el Pleno del Tribunal Constitucional ha dictado  este pasado 18/02/2021 al recurso de inconstitucionalidad nº 3681-2020, interpuesto por el presidente del Gobierno del Estado contra el apartado 2º de la Disposición transitoria 10ª de la Ley 7/2019, de 27 de junio, de modificación de la Ley de Policía del País Vasco, que recordemos rezaba:

"De existir en la categoría correspondiente del Cuerpo de Policía local un porcentaje de interinidad superior al 40 % podrá incorporarse al proceso especial de consolidación de empleo, un turno diferenciado de acceso para quienes acrediten un mínimo de 8 años de antigüedad en la administración convocan/e en la categoría de la policía local a la que pertenecen las plazas convocadas, reservando para dicho turno diferenciado de acceso hasta el 60 % de las plazas ofertadas"

Este recurso de inconstitucionalidad tiene el gran interés añadido de que la misma disposición, pero ya para todos lo cuerpos y escalas, de las AAPP vascas están incluidas en la  el actual Proyecto de Ley de Cuerpos y Escalas del Páis Vasco, que el Gobierno Vasco defiende como una medida conveniente ante la situación de elevada temporalidad entre algunos cuerpos de funcionarios  de sus múltiples AAPP.  Y como veremos, también curiosamente, defiende esta disposición como una posible  medidas de sanción disuasoria para la administración y reparadora para el trabajador como obliga la Directiva Europea 1999/70/CE tal y como ha señalado es indispensable que exista ante el abuso de temporalidad en el empleo público español  la famosa sentencia  del Tribunal Europeo de 19/03/2020 del asunto acumulado "Sánchez Ruiz y otros", siendo el asunto principal el de un informático nuestro. 
 
Decimos curiosamente porque en dicha sentencia europea se califica de  abuso las situaciones personales de temporalidad prolongada más allá del plazo establecido para cubrir el puesto cuando es una necesidad permanente, sin exigir que haya porcentajes de temporalidad por encima de nivel alguno , y establece que no puede valer como la "indispensable " sanción convocar el puesto del "abusado" a un proceso selectivo de libre concurrencia con futuro incierto para el abusado , citando como ejemplo los "procesos de consolidación" del mismo Estatuto Básico del Empleado Público [EBEP].

En esta sentencia, el Tribunal constitucional, relata que el abogado del Estado defendía en el recurso (entre otras cosas):

[Deia] El Tribunal Constitucional anula la disposición de consolidación de los interinos de la Ley de Policía Vasca a instancias del Gobierno del Estado que rechazaba que pueda haber procesos restringidos con la actual normativa básica estatal para el empleado público [que sólo puede modificar el Estado]. Torpedo para la misma disposición del Proyecto de Ley de Cuerpos y Escalas del Gobierno Vasco

Informaba Deia el pasado 26/02/2021 de más detalles de la noticia acerca de que el Tribunal Constitucional había tumbado en sentencia de 18/02/2021, a petición del Estado, la misma disposición sobre procesos especiales de consolidación de empleo de la ley de Policía Vasca que va en el actual Proyecto de Ley de Cuerpos y Escalas del Gobierno Vasco -calificando el medio  esta sentencia de "torpedo" para ese proyecto. 

Según el medio, el Gobierno del Estado  lo que rechazaba en su recurso es que pueda haber un proceso restringido para empleados públicos temporales  [habilitado por una ley autonómica] porque "vulneraría el principio de libre concurrencia, igualdad, mérito, capacidad y publicidad que se contiene en la normativa básica estatal" [es decir, la ley del Estatuto Básico del Empleado Público, o dicho de la forma contraria, el Gobierno del Estado argumenta que sólo el Estado podría -mediante modificaciones del EBEP u otra nueva normativa de rango legal básica estatal - habilitar la posibilidad de procesos de consolidación de acceso restringido]

viernes, 26 de febrero de 2021

[Gobierno del País Vasco] 'El Gobierno Vasco "no comparte" la resolución del Tribunal Constitucional que anula una parte de la Ley de Policía del País Vasco y considera que da la "espalda" a los mandatos del tribunal europeoLakua no cejará en el empeño de buscar soluciones a la alta interinidad en la Administración y conmina al Gobierno español a que modifique el Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP). '

'El Gobierno Vasco “no comparte” la resolución del Tribunal Constitucional que considera inconstitucional el segundo apartado de la disposición transitoria décima de la Ley 7/2019, de 27 de junio, de quinta modificación de la Ley de Policía del País Vasco. Esta disposición ahora anulada señala que, de existir en la categoría correspondiente del cuerpo de Policía Local-Udaltzaingoa un porcentaje de interinidad superior al 40%, podrá incorporarse al proceso especial de consolidación de empleo un turno diferenciado de acceso para quienes acrediten un mínimo de ocho años de antigüedad en la administración convocante en la categoría de la policía local a la que pertenecen las plazas convocadas.

La resolución del Tribunal Constitucional responde al recurso presentado por el Gobierno español referente a la consolidación de empleo. El Ejecutivo vasco considera que esta decisión del alto tribunal está “fuera de la realidad” actual por cuanto que impide dar solución a la situación de alta interinidad del empleo público en la Administración. El Gobierno vasco subraya que los esfuerzos realizados para poner fin a la temporalidad vuelven a chocar con las decisiones recentralizadoras, recurriendo a la vía judicial y a la normativa básica, bloquea las medidas adoptadas por Lakua.

jueves, 25 de febrero de 2021

[Noticias de Gipuzkoa] El Tribunal Constitucional tumba a instancias del Estado la misma disposición sobre procesos especiales de consolidación de empleo de la ley de Policía Vasca que va en el actual Proyecto de Ley de Cuerpos y Escala del Gobierno Vasco

Informa Noticias De Gipuzkoa este 25/02/2021 que finalmente el Tribunal Constitucional , resolviendo el  recurso de inconstitucionalidad [nº 3681-2020 de 09/09/2020] que interpuso el Gobierno del Estado, ha decidido anular por inconsitucional Disposición transitoria décima de la  laLey vasca 7/2019  de modificación de la Ley de Policía publicada en 2019, que se encontraba suspendidas por prerrogativa del Estado desde entonces y que establecía para el caso de la policía de las AAPP de esta CCAA las entidades locales cuyo Cuerpo de Policía local tuviera un  porcentaje de interinidad superior al 40% pudieran realizar procesos especiales de consolidación de empleo con un turno diferenciado de acceso restringido a los propios interinos con más de 8 años de antigüedad en la administración convocante  en la categoría de las plazas convocadas, apuntando el medio que, si bien estos procesos contarían además de la fase de méritos con una fase de oposición, ésta sería práctica con pruebas de pericia en las tareas habituales del puesto.


Se da la circunstancia de que en unas disposición transitoria idéntica ha sido incluida por el Gobierno Vasco en su Proyecto de Ley de Cuerpos y Escalas, que aprobó en Diciembre aprobó en Diciembre del año pasado y que estos días se encontraba presentando en aras a su aprobación como ley por el parlamento vasco.

miércoles, 24 de febrero de 2021

[Gobierno Vasco] 'Garamendi aboga por una nueva ley que facilite los procesos de acceso al empleo público y ayude a reducir la tasa de interinidad de la Administración.a Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno explica a los grupos parlamentarios los objetivos y detalles del Proyecto de Ley de Cuerpos y Escalas'

 'La Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno, Olatz Garamendi, ha defendido hoy el proyecto de Ley de Cuerpos y Escalas cuya aprobación facilitaría los procesos de acceso al empleo público y procuraría una mejor ordenación y racionalización de las y los trabajadores públicos en la Administración pública. La norma incluye una vía de acceso a la Administración que permitiría reducir la alta tasa de interinidad a través de procesos de consolidación en plazas de naturaleza estructural. Asimismo, establece que se valoraría la experiencia en cualquier administración pública, así como los servicios prestados en la administración convocante.

Garamendi ha detallado el proyecto de ley a los grupos parlamentarios vascos durante su comparecencia en el Parlamento Vasco para explicar esta iniciativa aprobada en el Consejo de Gobierno el pasado mes de noviembre y remitida luego a la Cámara vasca para su tramitación y debate. “Es una ley muy necesaria, que permitirá reordenar las funciones y titulaciones para cada puesto de trabajo y simplificará el número de grupos y subgrupos profesionales de la Administración”, ha señalado durante su intervención. Asimismo, flexibilizará los procesos para actualizar y modificar los requisitos de cada puesto en función de los cambios que se produzcan en las titulaciones profesionales.

jueves, 14 de enero de 2021

[El Diario.es- VerTele / ABC] 300 interinos de RTVE denuncian su situación de abuso de larga temporalidad en la campaña #InterinosRTVE y reclaman una solución. La sección sindical de UGT de RTVE apoya que sea un concurso restringido de méritos

Informa  VerTele de  El Diario.es este 13/01/2021 de la campaña exitosa en redes sociales mediante el hashtag #InterinosRTVE por la que los  más de 300 trabajadores de la empresa pública estatal de RTVE denuncian la situación de  abuso de temporalidad:  la mitad han encadenado contratos temporales durante más de 10 años y un centenar tiene más de 13 años de temporalidad, el tiempo que lleva RTVE sin convocar oposiciones, reclamando el colectivo una solución a esta situación.

El medio traslada mensajes no sólo de denuncia de los afectados sino de apoyo de los propios compañeros [ver por ejemplo este tweet de Almudena Ariza]

ABC también se hace eco de esta campaña, informando este 13/01/2021 que la sección sindical de UGT muestra su apoyo a que como solucíón especial se realice un concurso restringido de méritos, pero no CCOO que disiente en este punto.

 

miércoles, 2 de diciembre de 2020

[Gob. Vasco] 'El Consejo de Gobierno aprueba el Proyecto de Ley de Cuerpos y Escalas que actualizará la estructura del personal de la Administración General (Consejo de Gobierno 1-12-2020)' [Contiene disposiciones adicionales de posible turnos especial de acceso en OPEs para temporales más de 8 años en el cuerpo convocado en los casos que la temporalidad supere el 40% de la plantilla; y posibles procesos de concurso-oposición de "consolidación" con hasta el 20% de los méritos por servicios prestados sólo en la Administración convocante]

 'El Consejo de Gobierno ha aprobado hoy el Proyecto de Ley de Cuerpos y Escalas que actualizará la estructura del personal de la Administración General de Euskadi y sus organismos autónomos. La ley permitirá reordenar las funciones y titulaciones para cada puesto de trabajo y simplificará el número de grupos y subgrupos profesionales de la Administración. Asimismo, flexibilizará los procesos para actualizar y modificar los requisitos de cada puesto en función de los cambios que se produzcan en las titulaciones profesionales.

Toda esta materia está regulada por la ley actual que data de 2004. La nueva realidad recomienda una adecuación normativa para actualizar los grupos y subgrupos recogidos en la norma actual, de forma que se adecúen a las nuevas titulaciones creadas y respondan mejor a las titulaciones y perfiles profesionales que requiere una Administración moderna. Esto redundaría en una mejora en la organización de los recursos humanos lo que, a su vez, permitiría una respuesta adecuada a las necesidades de la ciudadanía. Supondría, además, un avance en la racionalización de la selección del personal, en coherencia con las necesidades organizativas de cada momento.

La futura ley busca simplificar el actual número de grupos y subgrupos, de modo que habrá 2 cuerpos profesionales y, dentro de ambos, se incluirán 54 escalas: 

  • El Cuerpo general: que integrará a quienes realizan funciones vinculadas a la actividad administrativa. Este cuerpo tendrá 4 escalas profesionales: superior de la Administración, de gestión administrativa, administrativa y auxiliar administrativa.
  • El Cuerpo especial: integrará a quienes realizan funciones que requieren un conocimiento específico propio de una profesión o de puestos determinados. Este cuerpo distinguirá 50 escalas profesionales, como, por ejemplo, farmacia, minas, jurídica, cartográfica, medicina, urbanismo, etc.

El proyecto de ley contiene dos disposiciones adicionales que posibilitarán la creación de turnos especiales de acceso en las OPE para los trabajadores interinos que acrediten un mínimo de ocho años de antigüedad en los cuerpos y escalas a los que pertenezcan las plazas convocadas. Este canal se habilitará en los casos en los que la interinidad supere un 40% de la plantilla. El proceso constará de una única prueba, de carácter práctico, relacionada con los procedimientos y funciones habituales de los puestos de cada convocatoria. Será una prueba eliminatoria dentro de los concursos-oposición.

lunes, 20 de julio de 2020

[Noticias de Gipuzkoa] El Gobierno del Estado mantiene la discrepancia previa al recurso de inconstitucionalidad que planteó a los procesos restringidos de consolidación de la ley vasca de policía publicada el año pasado, también previstos en el Proyecto de Ley de Función Pública vasca y se remite a los procesos de estabilización de las leyes de presupuestos estatales de 2017 y 2018 -los procesos de estabilización- como los únicos posibles

Informa Noticias de Gipuzkoa este 20/07/2020 que el acuerdo parcial al que han llegado el Gobierno del Estado con el Gobierno Vasco en la Comisión Bilateral por las discrepancias [previas a recurso de inconstitucionalidad]  planteadas por el gobierno estatal a varias leyes del parlamento vasco, entre ellas la Ley vasca 7/2019 de modificación de la Ley de Policía publicada el año pasado, no ha incluido tal y como se publica en el mismo día de hoy el Boletín Oficial de ambas partes, acuerdo alguno sobre la Disposición transitoria décima de la citada ley regional de "Procesos selectivos de consolidación de empleo en los cuerpos de Policía local",  que establecía para el caso de la policía de las AAPP de esta CCAA, y al igual que el "Proyecto de Ley de Empleo Público Vasco" para todas sus AAPP, que las entidades locales cuyo Cuerpo de Policía local tenga un  porcentaje de interinidad superior al 40% pudieran realizar procesos especiales de consolidación de empleo con un turno diferenciado de acceso restringido a los propios interinos con más de 8 años de antigüedad en la administración convocante  en la categoría de las plazas convocadas, apuntando el medio que, si bien estos procesos contarían además de la fase de méritos con una fase de oposición, ésta sería práctica con pruebas de pericia en las tareas habituales del puesto.