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viernes, 21 de noviembre de 2025

[UGT nacional] ' UGT realiza una visita institucional al TJUE en un momento crucial para el derecho laboral europeo La delegación del sindicato, encabezada por el vicesecretario general de Política Sindical, Fernando Luján, y la secretaria de Políticas Europeas, Mari Carmen Barrera, fue recibida por la magistrada y presidenta de la sala 5, Lourdes Arastey'

 'Este miércoles, 19 de noviembre de 2025, una delegación de UGT encabezada por Fernando Luján, el vicesecretario general de Política Sindical, Fernando Luján, y la secretaria de Políticas Europeas, Mari Carmen Barrera, ha realizado una visita institucional al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), en Luxemburgo, en un momento especialmente significativo para los derechos laborales en Europa.

viernes, 14 de noviembre de 2025

[Poder Judicial] 'El Tribunal Supremo y el Tribunal de Justicia de la Unión Europea mantienen un encuentro de trabajo. La presidenta del TS y del CGPJ, Isabel Perelló, destaca que el encuentro es la “manifestación inequívoca del compromiso firme y permanente del Tribunal Supremo con los valores y principios fundamentales que inspiran y sustentan a la Unión Europea” ' . [Temas: obligación de plantear cuestiones prejudiciales en trámites de admisión de recursos de casación, protección de derechos fundamentales europeos y desafíos a la independencia judicial ]

 'El Tribunal Supremo y el Tribunal de Justicia de la Unión Europea han mantenido este viernes un encuentro de trabajo en el que se han abordado asuntos como las implicaciones de la sentencia Kubera en la función casacional del alto tribunal, la protección multinivel en materia de derechos fundamentales y los desafíos actuales del Estado de Derecho y la independencia judicial.

Las delegaciones de ambos órganos judiciales, encabezadas por la presidenta del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial, Isabel Perelló; y por el presidente del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, Koen Lenaerts, se han reunido en la biblioteca del Palacio de las Salesas, donde se han celebrado tres mesas redondas, todas ellas seguidas de un coloquio.

En la primera de ellas, “El Derecho de la Unión Europea y la función casacional del Tribunal Supremo: implicaciones de la sentencia Kubera”, han sido ponentes el abogado general del TJUE, Manuel Campos, y el vicepresidente del Tribunal Supremo, Dimitry Berberoff.

La sentencia Kubera, dictada por la Gran Sala del TJUE el 15 de octubre de 2024, establece que un tribunal contra cuyas resoluciones no quepa recurso en Derecho interno -como los Tribunales Supremos- no puede resolver sobre la admisión de un recurso de casación sin analizar si está obligado a plantear la cuestión prejudicial al TJUE.

miércoles, 3 de septiembre de 2025

Recordatorio. Sentencia el 04/09/2025 del asunto pendiente en Tribunal de Justicia de la UE sobre el abuso de temporalidad en magistrados honorarios italianos, el asunto "Pelavi", donde se pregunta si vale como medida de sanción al abuso el proceso de estabilización que reguló el gobierno en Diciembre de 2021 y si no tendría que dar una indemnización adicional al personal que lo ha superado

 [Recordatorio de entrada publicada el 04/08/2025]

Acaba de publicarse en el calendario  Tribunal de Justicia de la UE la fecha del 4/09/2025 para la sentencia - sin paso previo de informe de conclusiones de la Abogacia General de la UE,del  asunto de petición de decisión prejudicial pendiente sobre la Directiva de la UE sobre el empleo temporal, la 1999/70/CE en el caso de los magistrados honorarios italianos:  el asunto C-253/24 o asunto Pelavi, en el que el tribunal regional de apelación remitente , además de por la posible violación del principio de no discriminación entre el temporal y el fijo de la cláusula 4ª del Acuerdo Marco contenido en dicha directiva por su falta en el pasado del cobro del mes de vacaciones, pregunta si vale como medida para sancionar su situación de  abuso de temporalidad la ley de Diciembre de 2021,  o ley del "procedimiento de confirmación" hasta la jubilación de los magistrados honorarios. 

Ese procedimiento fue  regulado por el gobierno italiano  para modificar la situación de los 6 mil jueces honorarios con un mínimo de servicios prestados,  tras , precisamente, la sentencia previa del TJUE de 16 de julio de 2020 en el asunto C‑658/18, ley que incluía un procedimiento extraordinario de evaluación mediante exposición oral de un caso práctico del ámbito del candidato, restringido , que en caso de ser superado suponía la "confirmación" del magistrado honorario hasta su jubilación a los 70 años -es decir, la fijeza- así como un régimen mejorado de condiciones de trabajo más próximo a la de los jueces de carrera.

lunes, 4 de agosto de 2025

Sentencia el 04/09/2025 del asunto pendiente en Tribunal de Justicia de la UE sobre el abuso de temporalidad en magistrados honorarios italianos, el asunto "Pelavi", donde se pregunta si vale como medida de sanción al abuso el proceso de estabilización que reguló el gobierno en Diciembre de 2021 y si no tendría que dar una indemnización adicional al personal que lo ha superado

 Acaba de publicarse en el calendario  Tribunal de Justicia de la UE la fecha del 4/09/2025 para la sentencia - sin paso previo de informe de conclusiones de la Abogacia General de la UE,del  asunto de petición de decisión prejudicial pendiente sobre la Directiva de la UE sobre el empleo temporal, la 1999/70/CE en el caso de los magistrados honorarios italianos:  el asunto C-253/24 o asunto Pelavi, en el que el tribunal regional de apelación remitente , además de por la posible violación del principio de no discriminación entre el temporal y el fijo de la cláusula 4ª del Acuerdo Marco contenido en dicha directiva por su falta en el pasado del cobro del mes de vacaciones, pregunta si vale como medida para sancionar su situación de  abuso de temporalidad la ley de Diciembre de 2021,  o ley del "procedimiento de confirmación" hasta la jubilación de los magistrados honorarios. 

Ese procedimiento fue  regulado por el gobierno italiano  para modificar la situación de los 6 mil jueces honorarios con un mínimo de servicios prestados,  tras , precisamente, la sentencia previa del TJUE de 16 de julio de 2020 en el asunto C‑658/18, ley que incluía un procedimiento extraordinario de evaluación mediante exposición oral de un caso práctico del ámbito del candidato, restringido , que en caso de ser superado suponía la "confirmación" del magistrado honorario hasta su jubilación a los 70 años -es decir, la fijeza- así como un régimen mejorado de condiciones de trabajo más próximo a la de los jueces de carrera.

lunes, 14 de julio de 2025

[Economist&Jurist] Opinión de Maite Agredano, de CoBAS: el incumplimiento del derecho europeo en abuso de temporalidad con la ley "fallida" de estabilización -con sanción europea en fondos- tiene su raíz en "intereses estructurales" de grandes sindicatos y altos funcionarios en un "mercado" de formación paralelo al sistema de oposiciones

Publicaba Economist&Jurist este 10/07/2025 un artículo de Maite Agredano, delegada del Sector Público de Co.bas Madrid, en el que opina que la oportunidad, parcial, que podía suponer la ley 20/2021de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, "fruto de años de movilización del personal temporal afectado por la contratación abusiva",para proporcionar una solución  a ese problema se ha visto diluida por una "aplicación sesgada y, en ocasiones, contraria al espíritu y la letra de la Ley 20/2021" por parte de numerosas AAPP, especialmente las Comunidades Autónomas , por un poder judicial fragmentado, con una reticencia por parte de los tribunales superiores y por un poder legislativo que considera que la cuestión ya está resuelta aplazando el debate de unas enmiendas a la Ley de Función Pública que permitirían cumplir con la normativa y sentencias europeas en la materia.

Esto deja sin reparación efectiva los trabajadores/as afectados/as,  "erosiona la confianza en las instituciones y deteriora aún más los Servicios Públicos que dependen del personal afectado".

jueves, 19 de junio de 2025

La Comisión Europea vuelve a informar en el procedimento de denuncia múltiple sobre abuso de temporalidad en el sector público italiano que, tras la últimas modificaciones del gobierno italiano, no faltarían medidas para evitar el abuso en ninguno de los colectivos , pero mantiene el procedimiento de infracción para comprobar que son efectivas en dos de ellos. Y reitera la validez del cambio legislativo reciente, en el marco del procedimiento de infracción, sobre la sanción al abuso de temporalidad pública ya cometido: además de la adicional de daños acreditatos, Italia elevó el máximo de la indemnización genérica al abuso sin acreditar daños (a 2 años de salario) y retiró las condiciones de que fuera al cese y no fuera personal estabilizado por un proceso selectivo.

La  Comisión Europeaa acaba de publicar en su página de seguimiento de denuncias múltiples una nueva actualización, de 12/06/2025, de la "Información sobre el curso dado a la denuncia registrada con la referencia CPLT(2013) 2870 – Posible abuso de sucesivos contratos de duración determinada en el sector público italiano", denuncia que, recordemos tiene dos procedimientos de infracción en curso asociados:

  • el INFR(2014)4231 sobre la falta todavía de sanción adecuada al abuso de temporalidad en el caso de los empleados públicos y de medidas para prevenir el abuso en ciertos tipos de empleados, y por el que la Comisión Europeo llevó el pasado Octubre en el paso final del procedimiento, ante el Tribunal de Justicia de la UE a Italia para imponerle una multa

  • el INFR(2024)2277  sobre la discriminación del profesorado temporal en los centros públicos  al no tener derecho a una progresión salarial por antigüedad que tienen los fijos
Y lo hace poco después de haber publicado una actualización , en Marzo, que ya comentamos aquí por su especial importancia de los cambios legislativos aprobados por el gobierno y parlamento italiano para conseguir tener por fin unas medidas de penalización (sanción) al abuso de temporalidad ya cometido en todos los coelctivos  de empleados públicos, así como, ya para casi todos los colectivos y sólo aparentemente para parte los que faltaban, personal de centros educativos e investigación, medidas para evitar que se cometa abuso de temporalidad pública.

viernes, 13 de junio de 2025

Recordatorio de hace 1 año [13/06/2024] Sentencia de este 13/06/2024 del Tribunal de Justicia de la UE en los asuntos acumulados #GenCat: no valen como sanción al abuso de temporalidad pública la doctrina del Contencioso del Supremo ni los procesos de estabilización e indemnización al cese o con tope de la ley 20/2021. Ante la falta en la normativa nacional de medidas válidas de sanción debe intentar realizarse una "interpretación conforme" del derecho nacional, sin ser contra él, para aplicar la fijeza como sanción, modificando la jurisrpudencia incompatible del Supremo, siendo posible en este caso con la declaración de personal indefinido con la misma condiciones de cese que el funcionario de carrera

 [Recordatorio de entrada publicada el 13/01/2024 , OJO hace justo un año]

Este mismo jueves 13/06/2024, como  estaba previsto, ha tenido lugar la lectura -transmitida en streaming en la web del TJUE- y publicación de la importante sentencia del  Tribunal de Justicia de la UE a a las cuestiones prejudiciales, planteadas  por el Juzgado de lo contencioso-administrativo nº 17  de Barcelona en los asuntos acumulados (como asunto "DG de la Función Pública, Generalitat de Catalunya y otros" que podemos abreviar en asunto "Generalitat de Catalunya" o #GenCat):

En estos asuntos se cuestionaba
  1. si puede ser válida la actual doctrina de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo para el abuso de temporalidad del empleado público funcionario o estatutario interino y sobre la fijeza como sanción necesaria cuando no hay ninguna medida válida contemplada en la normativa aplicable al sector de trabajadores en cuestión [ver un repaso de las  preguntas aquí]
  2. si los procesos de estabilización de la ley 20/2021 pueden considerarse una medida válida de sanción/reparación del abuso
    [ver un repaso de las  preguntas aquí]

 

Finalmente, acaba de  publicarse  la sentencia íntegra con estos puntos fundamentales en su texto:

jueves, 24 de abril de 2025

Publicada en la web del Tribunal de Justicia de la UE como asunto C-155/25 el recurso de incumplimiento ante el Tribunal de Justicia de la UE interpuesto por la Comisión Europea contra Italia por la falta todavía de medidas para evitar el abuso en algunos colectivos de empleados públicos (personal administrativo de ciertas escuelas)

 Se ha publicado en la web del Tribunal de Justicia de la Unión Europea [TJUE]  la página donde se seguirá, clasificado como asunto C-155/25 el recurso ante el TJUE  interpuesto el 21 de febrero de 2025 por la Comisión Europea  contra la  República Italiana  como último paso , deicidido el pasado Octubre, del procedimiento de infracción INFR(2014)4231 que tenía abierto contra Italia sobre la falta (todavía) de sanción adecuada al abuso de temporalidad en el caso de los empleados públicos y de medidas para prevenir el abuso en ciertos tipos de dichos empleados (personal administrativo de ciertas escuelas,trabajadores sanitarios,  de enseñanzas artísticas, de organismos públicos de investigación, agentes forestales, bomberos y profesores de religión) , y por el que la Comisión Europeo llevó el pasado Octubre en el paso final del procedimiento, ante el Tribunal de Justicia de la UE a Italia para imponerle una multa.

 

Recordemos que la Comisión Europea  informó recientemente  que pasaba a validar -por fin- el nuevo cambio legislativo realizado por el Gobierno italiano, en el marco del procedimiento de infracción,en cuanto a  la sanción ante el abuso de temporalidad en los empleados públicos: además de la indemnización adicional de daños acreditados, el Gobierno elevó el máximo de la sanción genérica al abuso sin acreditar daños (a 2 años) , retiró que fuera al cese y se excluyera del derecho a esa indemnización al personal estabilizado por un proceso selectivo (como los emprendidos en reacción a la sentencia del TJUE del asunto de cuestión prejudicial "Mascolo" de 2014)

Pero la Comisión Europe decidió mantener el procedimiento de infracción, llevando a Italia ante el TJUE, por la falta todavía de medidas para evitar el abuso en algunos colectivos, que a la vista del recurso de incumplimiento ahora publicado, se observa que se trata ya sólo del citadfopersonal administrativo y técnico de ciertas escuelas (las "ATA").

viernes, 28 de marzo de 2025

[Tribunal de Justicia de la UE] 'Estadísticas judiciales de 2024: notable aumento tanto de los asuntos planteados ante el Tribunal de Justicia como de los asuntos concluidos por la institución en su conjunto Con 922 asuntos concluidos durante el año, el Tribunal General mejora sus resultados del año pasado y supera ostensiblemente la media de los últimos años. También consigue reducir de forma significativa el stock de asuntos pendientes' [Plazo medio de tramitación de las peticiones de decisión prejudicial en el TJUE de 17,2 meses]

'El número de asuntos planteados ante ambos órganos jurisdiccionales en 2024 fue de 1 706. Esta cifra es comparable a la de los años anteriores (1 689 en 2023; 2 1 710 en 2022; 1 720 en 2021). Por lo que respecta al número de asuntos tramitados, el Tribunal de Justicia y el Tribunal General concluyeron en total 1 785 asuntos en 2024, una cifra excepcional en comparación con la de los años anteriores (1 687 en 2023; 1 666 en 2022; 1 723 en 2021).

En cuanto al número de asuntos pendientes ante ambos órganos jurisdiccionales, 2 508, 3 disminuye con respecto al año anterior (2 587 en 2023) y se sitúa por debajo del nivel registrado durante los años 2020 a 2022.

[...]

Tribunal de Justicia
El número de asuntos planteados ante el Tribunal de Justicia en 2024 fue de 920. No se trata de la cifra más elevada de su historia —el récord se estableció cinco años antes, con 966 nuevos asuntos en 2019—, pero aun así supone un incremento del 12 % con respecto al año anterior (821 nuevos asuntos en 2023). 

El objeto de los asuntos sometidos al Tribunal de Justicia durante el año transcurrido coincide, globalmente, con el de los años anteriores. Al igual que en el pasado, en 2024 se le plantearon numerosos asuntos relativos a la protección de los consumidores y del medio ambiente, a la política social y a los transportes, así como a la competencia y a las ayudas de Estado. Un elevado número de asuntos trata sobre la política económica y monetaria, sobre las medidas restrictivas adoptadas en el contexto de la guerra en Ucrania y sobre el espacio de libertad, seguridad y justicia. Nada menos que 123 asuntos, entre ellos 117 peticiones de decisión prejudicial, se plantearon ante el Tribunal de Justicia en este último ámbito en 2024, 40 más que el año anterior. 

El Tribunal de Justicia concluyó 863 asuntos, es decir, una cifra casi idéntica al récord alcanzado cinco años antes (865). Este resultado, que supone un incremento del 10 % con respecto al año anterior, en el que se concluyeron 783 asuntos, pone de manifiesto los constantes esfuerzos del Tribunal de Justicia para hacer frente a su carga de trabajo.

El plazo medio de tramitación de las peticiones de decisión prejudicial, por su parte, pasó de 16,8 meses en 2023 a 17,2 meses en 2024, mientras que el de tramitación de los recursos directos pasó en el mismo período de 20,8 meses a 21,5 meses. En cuanto al plazo medio de tramitación de los asuntos sometidos al procedimiento prejudicial de urgencia, pasó de 4,3 meses en 2023 a 3,3 meses en 2024. 

miércoles, 12 de marzo de 2025

La Comisión Europea informa en el procedimento de denuncia múltiple sobre abuso de temporalidad en el sector público italiano que valida el nuevo cambio legislativo, en el marco del procedimiento de infracción, de la sanción al abuso de temporalidad pública: además de la adicional de daños acreditatos, se ha elevado el máximo de la sanción genérica al abuso sin acreditar daños (a 2 años) y se ha retirado que sea al cese y la exclusión del estabilizado por un proceso selectivo. Mantiene el procedimiento de infracción por la falta todavía de medidas para evitar el abuso en algunos colectivos

La  Comisión Europeaa acaba de publicar en su página de seguimiento de denuncias múltiples una actualización de la "Información sobre el curso dado a la denuncia registrada con la referencia CPLT(2013) 2870 – Posible abuso de sucesivos contratos de duración determinada en el sector público italiano", denuncia que, recordemos tiene dos procedimientos de infracción en curso asociados:

  • el INFR(2014)4231 sobre la falta todavía de sanción adecuada al abuso de temporalidad en el caso de los empleados públicos y de medidas para prevenir el abuso en ciertos tipos de empleados, y por el que la Comisión Europeo llevó el pasado Octubre en el paso final del procedimiento, ante el Tribunal de Justicia de la UE a Italia para imponerle una multa

  • el INFR(2024)2277  sobre la discriminación del profesorado temporal en los centros públicos  al no tener derecho a una progresión salarial por antigüedad que tienen los fijos

Recordemos una vez más qui, el propio Gobierno italiano promulgó en 2015, pocos meses después de la sentencia "Mascolo" de 2014 del tribunal europeo  un primer cambio legislativo ( el Decreto Legislativo 81/2015 de transposición a su sector público de la   Directiva Europea 1999/70/CE sobre empleo temporal ) por el que modificaba el previo  Decreto nº 368 de 06/09/2001, y junto con la interpretación de su aplicación de su Tribunal Supremo, quedando establecido un sistema triple de medidas disuasorias y sanción de tipo indemnización al abusado y sanción al empleador en caso de (futuro) abuso en el sector público:

viernes, 28 de febrero de 2025

[TJUE] 'Compromiso solemne ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea de la Defensora del Pueblo Europea' [ Teresa Anjinho, nueva Defensora del Pueblo Europea]

 'En virtud del artículo 228 TFUE, el Parlamento Europeo, mediante decisión de 17 de diciembre de 2024, ha elegido a Teresa Anjinho, de nacionalidad portuguesa, para el cargo de Defensora del Pueblo Europea para un mandato de cinco años hasta el final de la legislatura.


En el Tribunal de Justicia se ha celebrado hoy a las doce una audiencia solemne  durante la cual la nueva Defensora del Pueblo Europea ha asumido su compromiso solemne'

miércoles, 26 de febrero de 2025

Recordatorio. Contencioso del Tribunal Supremo aborda este martes 11 de Febrero los recursos de casación admitidos hace medio año tras la sentencia del Tribunal europeo de 13/06/2024 para determinar si es suficiente para el abuso un criterio temporal y si revisa su doctrina de la consecuencia ante el abuso de temporalidad del funcionario interino (incluye estatutario temporal de servicio de salud) e introduce fijeza o alguna indemnización penalizadora como sanciones. También abordará cuestiones para ver si en el caso del personal docente de más de 3 años no habría abuso si hay cambios de centros, funciones o hubo convocatorias de procesos selectivos

[Recordatorio de entrada publicada el 07/02/2025]  Poder Judicial ha publicado la agenda de señalamientos TS del 10 al 14 de febrero de 2025 , y están señalados para la mañana del martes 11 de Febrero los importantes  recursos de casación admitidos a trámite el pasado verano por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo tras la sentencia del Tribunal europeo de 13/06/2024 para determinar si es suficiente para el abuso un criterio temporal y si revisa su doctrina de la consecuencia ante el abuso de temporalidad del funcionario interino (incluye estatutario temporal de servicio de salud) e introduce fijeza o alguna indemnización penalizadora como sanciones. También se abordarán en algunos de eso recursos si en el caso del personal docente de más de 3 años no habría abuso si hay cambios de centros, funciones o hubo convocatorias de procesos selectivos

Recordemos que, a nuestro juicio, en la sentencia de 13/06/2024 del Tribunal de Justicia de la UE  en los asuntos acumulados "DG de la Función Pública, Generalitat de Catalunya y otros", en concreto los asuntos  "KT/DG de la Función Pública,  Generalitat de Catalunya" o C-331/22 y "HM y VD/Generalitat de Catalunya"o C-332/22, o  "Generalitat de Catalunya y otros" [#GenCat] ambos cuestiones prejudiciales, planteadas  por el Juzgado de lo contencioso-administrativo nº 17  de Barcelona, el alto tribunal europeo dijo:

  • no valen como sanción al abuso de temporalidad del empleado público funcionario interino o estatutario de servicio de salud ni la doctrina del Contencioso del Supremo ni los procesos de estabilización e indemnización al cese o con tope contenidos en  la ley 20/2021 de 28 de Diciembre de 2021,

  • ante la falta en la normativa nacional de medidas válidas de sanción debe intentar realizarse una "interpretación conforme" del derecho nacional, sin ser contra él, para aplicar la fijeza como sanción, debiéndose modificar esa jurisprudencia incompatible de la Sala de lo Contencioso del Supremo, indicando que es posible en este caso con la declaración de personal indefinido con la misma condiciones de cese que el funcionario de carrera

viernes, 7 de febrero de 2025

Contencioso del Tribunal Supremo aborda este martes 11 de Febrero los recursos de casación admitidos hace medio año tras la sentencia del Tribunal europeo de 13/06/2024 para determinar si es suficiente para el abuso un criterio temporal y si revisa su doctrina de la consecuencia ante el abuso de temporalidad del funcionario interino (incluye estatutario temporal de servicio de salud) e introduce fijeza o alguna indemnización penalizadora como sanciones. También abordará cuestiones para ver si en el caso del personal docente de más de 3 años no habría abuso si hay cambios de centros, funciones o hubo convocatorias de procesos selectivos

Poder Judicial ha publicado la agenda de señalamientos TS del 10 al 14 de febrero de 2025 , y están señalados para la mañana del martes 11 de Febrero los importantes  recursos de casación admitidos a trámite el pasado verano por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo tras la sentencia del Tribunal europeo de 13/06/2024 para determinar si es suficiente para el abuso un criterio temporal y si revisa su doctrina de la consecuencia ante el abuso de temporalidad del funcionario interino (incluye estatutario temporal de servicio de salud) e introduce fijeza o alguna indemnización penalizadora como sanciones. También se abordarán en algunos de eso recursos si en el caso del personal docente de más de 3 años no habría abuso si hay cambios de centros, funciones o hubo convocatorias de procesos selectivos

Recordemos que, a nuestro juicio, en la sentencia de 13/06/2024 del Tribunal de Justicia de la UE  en los asuntos acumulados "DG de la Función Pública, Generalitat de Catalunya y otros", en concreto los asuntos  "KT/DG de la Función Pública,  Generalitat de Catalunya" o C-331/22 y "HM y VD/Generalitat de Catalunya"o C-332/22, o  "Generalitat de Catalunya y otros" [#GenCat] ambos cuestiones prejudiciales, planteadas  por el Juzgado de lo contencioso-administrativo nº 17  de Barcelona, el alto tribunal europeo dijo:

  • no valen como sanción al abuso de temporalidad del empleado público funcionario interino o estatutario de servicio de salud ni la doctrina del Contencioso del Supremo ni los procesos de estabilización e indemnización al cese o con tope contenidos en  la ley 20/2021 de 28 de Diciembre de 2021,

  • ante la falta en la normativa nacional de medidas válidas de sanción debe intentar realizarse una "interpretación conforme" del derecho nacional, sin ser contra él, para aplicar la fijeza como sanción, debiéndose modificar esa jurisprudencia incompatible de la Sala de lo Contencioso del Supremo, indicando que es posible en este caso con la declaración de personal indefinido con la misma condiciones de cese que el funcionario de carrera


viernes, 18 de octubre de 2024

[Consejo General Abogacía Española] Opinión de Javier Junceda, abogado. 'Los interinos y el derecho comunitario: un debate necesario' [En su sentencia del 13 de Junio el Tribunal de Justicia de la UE ha recordado que la Cláusula 5 debe interpretarse en consonancia con el art. 47 de la Carta de Derechos Fundamentales de la UE, permitiendo la conversión de contratos temporales abusivos en contratos fijos", "la única vía", "si el derecho nacional no proporciona una solución efectiva"]

'El problema de los empleados públicos interinos en España ha persistido durante años, planteando desafíos tanto a nivel nacional como en el marco del derecho comunitario. A pesar de los esfuerzos legislativos nacionales para resolver esta situación, como la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, el conflicto sigue vigente, y su resolución parece cada vez más ligada a la interpretación del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) y su jurisprudencia sobre la Directiva 1999/70/CE. Esta directiva, concebida para limitar el abuso de los contratos de trabajo de duración determinada, exige soluciones más efectivas de las que se han implementado hasta ahora en España.

La Ley 20/2021 pretende estabilizar a los empleados interinos, pero no ha logrado aplacar las críticas del TJUE, que considera estas medidas insuficientes y contrarias a la Cláusula 5 de la Directiva 1999/70/CE. En la sentencia del 13 de junio de 2024, el TJUE declaró que la estrategia de estabilización española no ofrece soluciones proporcionadas ni disuasorias que garanticen la plena eficacia del derecho comunitario. De hecho, mantiene en situación de temporalidad a muchos empleados, lo que perpetúa el abuso que la directiva pretende evitar.

Ante esta insuficiencia, el TJUE ha recordado que la Cláusula 5 debe interpretarse en consonancia con el artículo 47 de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea, permitiendo la conversión de contratos temporales abusivos en contratos fijos. Si el derecho nacional no proporciona una solución efectiva, esta conversión puede ser la única vía para garantizar la estabilidad de los trabajadores y el cumplimiento de los objetivos de la normativa comunitaria.

Recordatorio [31/05/2021] Repaso de la Abogacía General de la UE a los principios "bien establecidos de la jurisprudencia del Tribunal Europeo sobre la sanción al abuso de temporalidad": por el derecho a una reparación efectiva ante un abuso -derivado del artículo 47 de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea-, aunque la cláusula 5ª de la Directiva 1999/70 sobre medidas para evitar el abuso de temporalidad en sí no sea de efecto directo, en el caso de que no haya ningúna medida en la legislación nacional suficientemente disuasoria y eficaz prevista para sancionar el abuso de temporalidad, "tendría que dejar de aplicarse cualquier norma del Derecho nacional que obstaculice la conversión en fijo".

[Recordatorio de entrada publicada el 31/05/2021 OJO hace más 3 años] El Informe de Conclusiones de la Abogacía General de la Unión Europea, por el abogado general Evgeni Tanchev , como paso previo a la sentencia del Tribunal europeo en el asunto italiano "Gilda-UNAMS" sobre los profesores públicos de religión excluidos de la conversión administrativa a fijos de docentes temporales de larga duración realizada en Italia tras la sentencia del Tribunal Europeo del Asunto "Mascolo" en 2014, contiene lo que el propio abogado llama repaso a los principios "bien establecidos de la jurisprudencia del Tribunal Europeo sobre la sanción al abuso de temporalidad (en el empleo público en especial), y que ya trasladamos en la entrada que publicamos sobre dicho informe.

Por su evidente interés, extraemos a esta entrada independiente, lo que entendemos que a juicio de dicha Abogacía General de la UE (entrecomillando párrafos literales del informe del abogado General y dejando de lado las apreciaciones sobre el derecho a la no discriminación religiosa) son los  principios relacionados con la sanción del recurso abusivo a la temporalidad que están bien establecidos en la jurisprudencia" del Tribunal Europeo:

lunes, 7 de octubre de 2024

[Comisión Europea ] 'La Comisión decide llevar a ITALIA ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea por no poner fin al uso abusivo de contratos de duración determinada [ya sólo del personal administrativo, técnico y auxiliar en las escuelas públicas] y a las condiciones de trabajo discriminatorias [de los profesores temporales de escuelas públicas]' [Por el procedimiento de infracción INFR(2014)4231 que estuvo abierto por una denuncia múltiple de más tipos de empleados públicos que quedaron fuera de la reforma de 2017 tras la sentencia europea Mascolo]

[03/10/(204] 'La Comisión Europea ha decidido hoy llevar a Italia ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea por no poner fin al uso abusivo de los contratos de duración determinada y a las condiciones de trabajo discriminatorias (Directiva 1999/70/CE del Consejo). Según la Comisión, Italia no dispone de las normas necesarias para prohibir la discriminación en sus condiciones de trabajo y el uso abusivo de sucesivos contratos de duración determinada.

La Comisión considera que la legislación italiana que determina el salario de los profesores con contrato de duración determinada en las escuelas públicas no prevé una progresión salarial progresiva basada en los períodos de servicio anteriores. Esto constituye una discriminación en comparación con los profesores contratados de forma permanente, que tienen derecho a dicha progresión salarial. Además, en contra de la legislación de la UE, Italia no ha adoptado medidas efectivas para evitar el uso abusivo de sucesivos contratos de trabajo de duración determinada del personal administrativo, técnico y auxiliar en las escuelas públicas. Esto vulnera la legislación de la UE sobre el trabajo de duración determinada.

viernes, 4 de octubre de 2024

El Gobierno italiano publica nueva normativa por Decreto Ley sobre las condiciones de los magistrados honorarios para evitar en el marco del procedimiento de infracción abierto tras sentencias del TJUE previas, que la Comisión Europea lleve a Italia ante el Tribunal de Justicia de la UE y le imponga una sanción. Centrado en las condiciones de los magistrados honorarios ya estabilizados y en acotar el posible uso de esa figura temporal, incluye la habilitación de nuevos procesos de "confirmación" (estabilizaciones restringidas) para los magistrados que no participaron en los anteriores con las antiguas condiciones

El Gobierno Italiano , tras  los plazos que la Comisión Europea le había ido concediendo para que realizara cambios legislativos por el procedimiento de infracción INFR(2016)4081  sobre las condiciones laborales de los "magistrados honorarios" italianos que había abierto por sentencias de cuestiones prejudiciales en el Tribunal de Justicia de la UE, finalmente  ha aprobado este 16/09/2024  por decreto una normativa complementaria  "sobre las condiciones de los magistrados honorarios confirmados" incluida en su Decreto-ley nº 131 de 16/09/2024.

 Tal como expuso su ministerio de justicia ante el parlamento italiano para presentar el Decreto Ley al día siguiente de su publicación, la nueva norma contiene, entre otras,   "disposiciones urgentes para la ejecución de las obligaciones derivadas de actos de la Unión Europea y de procedimientos de infracción y preinfracción pendientes contra el Estado italiano", llegando aafirmar que "la necesidad de intervención es evitar que la Comisión Europea lleve a Italia ante el Tribunal de Justicia de la UE por la violación de los derechos de los magistrados honorarios como trabajadores". La Comisión Europea, de hecho, "ha iniciado un procedimiento de infracción contra Italia y, en particular, ha acusado al Estado italiano de incumplimiento de algunas directivas de la normativa prevista por el Decreto Legislativo del 13 de julio de 2017, n. 116, sobre magistrados honorarios, con referencia a las normas que rigen la relación laboral de los magistrados honorarios."

[Comisión Europea] ' La Comisión insta a ITALIA a que adapte al Derecho de la Unión su legislación relativa a las condiciones de trabajo de los jueces honorarios'

 [03/10/2024] 'La Comisión Europea ha decidido hoy enviar un dictamen motivado complementario a Italia [INFR(2016)4081] por no haber adaptado plenamente al Derecho laboral de la Unión su legislación nacional aplicable a los jueces honorarios. 

El dictamen motivado complementario se refiere a los jueces honorarios que entraron en funciones después del 15 de agosto de 2017, puesto que Italia no ha proporcionado ninguna respuesta sustantiva ni ha adoptado ninguna medida para abordar las cuestiones señaladas por la Comisión en su dictamen motivado de julio de 2023. A juicio de la Comisión, la legislación italiana sigue incumpliendo las normas de la UE en materia de trabajo de duración determinada, trabajo a tiempo parcial y ordenación del tiempo de trabajo (Acuerdo marco anejo a la Directiva 1999/70/CE, Acuerdo marco anejo a la Directiva 97/81/CE y Directiva 2003/88/CE, respectivamente). 

martes, 1 de octubre de 2024

Recordatorio. El Tribunal de Justicia de la UE rechaza la solicitud de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo de procedimiento "acelerado" para el asunto Obadal, el de su cuestión prejudicial tras la sentencia del TJUE de 22/02/2024 , si bien "le dará prioridad"

 [Recordatorio de entrada publicada el 13/09/2024] Acaba de publicarse en la la página web del Tribunal de Justicia de la Unión Europea [TJUE]  donde se sigue el asunto Obadal o C-418/24 - el asunto de la  cuestión prejudicial que elevó finalmente la Sala de lo Social del Tribunal Supremo al Tribunal de Justicia de la UE tras la importante sentencia del TJUE de 22/02/2024- el Auto del TJUE por el que  rechaza la solocitud que hizo el Supremo en su auto de elevación  de que se siguiera el procedimiento  acelerado.