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viernes, 28 de marzo de 2025

[Poder Judicial] 'El Tribunal Superior de Justicia de Murcia reconoce la indemnización a un profesor universitario tras cubrirse su plaza en la UPCT. La Sala de lo Social rechaza declarar nulo el despido y desestima la vulneración de derechos fundamentales, concediendo 20 días de salario por año de servicio. El docente sustituto, contratado desde febrero de 2018 a 2023, no cuestiona la condición de indefinido y no pidió la fijeza.' [Pero, de haberse pedido, “entrañaría un pronunciamiento contra legem, al vulnerar la normativa de igualdad, mérito y capacidad, y contraria a la esencia de una sustitución"]

'La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Murcia (TSJMU) estima parcialmente el recurso de suplicación interpuesto por un profesor contra la Universidad Politécnica de Cartagena (UPCT) por su cese como docente por sustitución en el área de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social reconociendo al demandante una indemnización de 1.089,04 euros.

No obstante, el Tribunal desestima la petición principal del recurrente, que solicitaba la nulidad del despido y la declaración de la existencia de una vulneración de derechos fundamentales.

La Sala confirma la decisión del Juzgado de lo Social 3 de Cartagena de declarar a la parte actora indefinida no fija de plantilla, al haber transcurrido en exceso, y sin causa justificada, el plazo máximo de 3 años de duración del contrato el suscrito por el actor, a falta de previsión legal o normativa específica. “La razón es bien concreta: el actor fue contratado como docente por sustitución el día 12 de febrero de 2018 y cesado por la cobertura reglamentaria de la plaza el día 5 de febrero de 2023”, subrayan los magistrados.

lunes, 24 de marzo de 2025

El Tribunal Constitucional debate este martes si el baremo del concurso de méritos de la ley 20/2021 de la Administración de la CCAA de Navarra es Inconstitucional por puntuar más la experiencia en la misma Administración de Navarra

 El Pleno del Tribunal Constitucional,  en su convocatoria del 25/03/2025,.según .Orden del día, debatirá en primera deliberación el asunto para ser resuelto por Auto, de la cuestión de inconstitucionalidad 9800-2024 de la Sala de lo Contencioso del TDJ de Navarra.sobre los artículos 5.3 y 9.1 de la Ley Foral 19/2022, de 1 de julio, de medidas para la  realización de procesos de estabilización derivados de la Ley 20/2021, en las Administraciones Públicas de Navarra, los artículos que fijan el baremo del concurso de méritos excepcional, que en especial puntúa más la experiencia en la Administración de la CCAA  de Navarra con  respecto a otras AAPP en una proporción 4 a 1.

[Gob. Estado/Min de Transformación Digital y Función Pública] 'Conferencia Sectorial de Transformación Digital: Oscar López acuerda con las CCAA prolongar el programa de formación en competencias digitales'

 'El ministro para la Transformación Digital y de la Función Pública, Óscar López, ha acordado hoy con los gobiernos de las Comunidades Autónomas prolongar el programa de formación en competencias digitales, una iniciativa pensada para que la ciudadanía adquiera competencias digitales, con un foco especial en mayores, mujeres, niñas y colectivos vulnerables. Los Gobiernos autonómicos tendrán ahora seis meses más, hasta junio de 2026, para beneficiar con este programa a más de 660.000 personas.

El acuerdo alcanzado hoy, adoptado por unanimidad, modifica un acuerdo anterior de la Conferencia Sectorial y permitirá a las CCAA ejecutar el presupuesto del programa según los cambios recogidos en la adenda española al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. El programa de competencias digitales del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública cuenta con un presupuesto de 140 millones de euros transferidos a los gobiernos autonómicos.

lunes, 17 de marzo de 2025

Recordatorio. Publicada en el BOE la sentencia del Tribunal Constitucional de 29 de Enero de la inadmisión de la cuestión de inconstitucionalidad del TSJ de Castilla-La Mancha contra las D.A. de concursos de méritos de la ley 20/2021. El Pleno del TC afirma que para el cómputo de plazas a concurso de méritos de la D.A.8ª de la ley no se exigen los requisitos del art. 2.1 de la Ley: el número de plazas que siguieran convocadas en procesos de estabilización anteriores que estuvieran ocupadas por temporales desde antes de 2016 cuando la convocatoria del concurso de méritos de la Ley 20/2021, también se tenían que adicionar al número de plazas del concurso de méritos

 [Recordatorio de entrada publicada el 03/03/2025]

Este 28/02/2025 se ha publicado en el BOE la sentencia 27/2005 de 29/01/2025 del Tribunal Constitucional, deliberada en el Pleno del Tribunal Constitucional del 28 de Enero, con la inadmisión de  la cuestión de inconstitucionalidad del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha sobre las Disposiciones Adicionales que obligan a todas las AAPP a realizar concursos de méritos de la ley 20/2021, en cuanto a que implicarían una valoración principal de la experiencia en el mismo cuerpo o una invasión de competencias autonómicas, y de la que ha nos hicimos eco aquí en otra entrada.

 El Pleno decidió la inadmisión (sin entrar en el fondo de si son constitucionales o no las D.A.) al "ir la cuestión que plantea el TSJ de CLM más allá de la necesidad" para el proceso judicial en cuyo marco planteó la cuestión, siendo necesario para llegar a este punto que el propio Pleno del Tribunal Constitucional concluyera que para el cómputo de plazas a concurso de méritos de la D.A.8ª de la ley no se exigen los requisitos del art. 2.1. de la ley que sí exigen  para el cómputo de plaza según la D.A. 6ª_: así las plazas  convocadas en procesos de estabilización según las leyes estatales anteriores de 2017 y 2018 que estuvieran ocupadas por temporales desde antes de 2016 cuando la convocatoria del concurso de méritos, también se tenían que adicionar al número de plazas del concurso de méritos, aunque estuviera y siguieran convocadas.

martes, 11 de marzo de 2025

[Poder Judicial] 'El TSJ de Aragón entiende que el cambio de un contrato indefinido no fijo que pasa a fijo no genera indemnización para el trabajador La Sala estima un recurso presentado por la Diputación General de Aragón en contra de la petición de un trabajador, contratado por dicha administración como temporal, que solicitaba ser indemnizado por su cese como indefinido no fijo cuando pasó a ser contratado fijo para la misma administración pública.'

 'La Sala Social del TSJ de Aragón, en la sentencia dictada, ha fallado a favor de la Diputación General de Aragón al considerar que “aunque la contratación temporal del trabajador (con reiterados contratos de indefinido no fijo) fue abusiva (…) no puede ignorarse que esa circunstancia le ha permitido acogerse al sistema excepcional de consolidación de empleo con el que ha adquirido la condición de trabajador fijo y que esa novación de su contrato no ha sido a iniciativa del empresario, sino a su decisión de participar en dicho proceso”. En este sentido añaden que haber superado el proceso selectivo no ha supuesto para el trabajador “la extinción de su relación laboral” con la DGA.

Los magistrados de la Sala argumentan también que como ya dijeran en su sentencia de 11 de octubre de 2024, "La indemnización de 20 días por año corresponde a la extinción de una relación indefinida no fija por la cobertura de la plaza, pero no a quien no ve extinguida la relación laboral al haber superado el proceso selectivo adquiriendo la condición de fijo".

lunes, 3 de marzo de 2025

Publicada en el BOE la sentencia del Tribunal Constitucional de 29 de Enero de la inadmisión de la cuestión de inconstitucionalidad del TSJ de Castilla-La Mancha contra las D.A. de concursos de méritos de la ley 20/2021. El Pleno del TC afirma que para el cómputo de plazas a concurso de méritos de la D.A.8ª de la ley no se exigen los requisitos del art. 2.1 de la Ley: el número de plazas que siguieran convocadas en procesos de estabilización anteriores que estuvieran ocupadas por temporales desde antes de 2016 cuando la convocatoria del concurso de méritos de la Ley 20/2021, también se tenían que adicionar al número de plazas del concurso de méritos

 Este 28/02/2025 se ha publicado en el BOE la sentencia 27/2005 de 29/01/2025 del Tribunal Constitucional, deliberada en el Pleno del Tribunal Constitucional del 28 de Enero, con la inadmisión de  la cuestión de inconstitucionalidad del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha sobre las Disposiciones Adicionales que obligan a todas las AAPP a realizar concursos de méritos de la ley 20/2021, en cuanto a que implicarían una valoración principal de la experiencia en el mismo cuerpo o una invasión de competencias autonómicas, y de la que ha nos hicimos eco aquí en otra entrada.

 El Pleno decidió la inadmisión (sin entrar en el fondo de si son constitucionales o no las D.A.) al "ir la cuestión que plantea el TSJ de CLM más allá de la necesidad" para el proceso judicial en cuyo marco planteó la cuestión, siendo necesario para llegar a este punto que el propio Pleno del Tribunal Constitucional concluyera que para el cómputo de plazas a concurso de méritos de la D.A.8ª de la ley no se exigen los requisitos del art. 2.1. de la ley que sí exigen  para el cómputo de plaza según la D.A. 6ª_: así las plazas  convocadas en procesos de estabilización según las leyes estatales anteriores de 2017 y 2018 que estuvieran ocupadas por temporales desde antes de 2016 cuando la convocatoria del concurso de méritos, también se tenían que adicionar al número de plazas del concurso de méritos, aunque estuviera y siguieran convocadas.

[Poder Judicial] 'La Audiencia de A Coruña condena a una enfermera que accedió al historial clínico de una mujer y de su hijo sin su consentimiento. La Sala considera probado que realizó un total de 13 consultas sin permiso' [Condena a 6,5 años de cárcel]

'La sección sexta de la Audiencia Provincial de A Coruña, con sede en Santiago de Compostela, ha condenado a seis años y medio de cárcel a una enfermera que trabajaba en el Servizo Galego de Saúde (Sergas) por acceder, sin su consentimiento y en tres ocasiones, a la historia clínica de la madre de un compañero de colegio de su hijo y, diez veces, a la del menor. Además, el tribunal le ha impuesto el pago de una indemnización de 2.000 euros a cada una de las víctimas. La Sala no ha considerado probado que la acusada hubiera puesto en conocimiento de terceros datos o hechos conocidos a través de los referidos accesos.

viernes, 28 de febrero de 2025

[Poder Judicial] 'El TSXG anula el cese de una interina hasta que la Administración provea “de forma legal y reglamentaria” su puesto La plaza, según explica la Sala, fue convocada en un proceso selectivo, pero no se ha cubierto con ninguno de los aspirantes que lo han superado '

 'La sección primera de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha estimado parcialmente las pretensiones del recurso interpuesto por una interina contra la resolución dictada en octubre de 2022 por el secretario general de la Subdelegación del Gobierno en Ourense por la que se acordaba el cese de la demandante, funcionaria interina de la escala de Médicos Inspectores del Cuerpo de Inspección Sanitaria de la Seguridad Social, en el puesto de médica evaluadora en la dirección provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social en Ourense.

jueves, 27 de febrero de 2025

Actualizado el Boletín Estadístico del Personal al servicio de las Administraciones Públicas por Función Pública con datos a Julio de 2024. I - Datos globales: sigue reconociendo más de 1 millón de empleados públicos temporales entre todas las AAPP , el 35% de los empleados públicos, pese a los procesos de "estabilización" de plazas. 3/4 están en las CCAA. 50% de temporalidad en instituciones sanitarias

Función Pública del Estado acaba de publicar  una nueva edición de su  Boletín Estadísticos del Personal al servicio de las Administraciones Públicas (BEPSAP) con datos actualizados a Julio de 2024, la cuarta edición elaborada  ya por el Registro Central de Personal [RCP] y que recopila los datos de los efectivos al servicio de la Administración Pública Estatal, las Administraciones de las Comunidades Autónomas, la Administración Local y las Universidades (pero no incluye el sector público empresarial ajeno al propio Estado)

Recordemos que el RCP era una exigencia de la Comisión Europea por el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y que desde la edición  con datos de Enero de 2023 se incluyen por fin en el BEPSAP los nombramientos y contratos temporales de menos de 6 meses (muchas veces encadenados en la misma persona durante años y años) así como los de formación , de tal forma, que el boletín estadístico aumentó pasando a incluir 300 mil empleados públicos temporales y de formación que no se contabilizaban para incluir en la estadística un total de 2.967.578 empleados públicos.

Como la vez anterior , el comunicado que ha difundido Función Pública no incluye un resumen ni un análisis de resultados de los datos de temporalidad que sí se encuentra entre los "Microdatos" , donde se detalla para cada organismo públicos estatal, de las CCAA o de entidades locales el número de funcionarios interinos (aquí se incluyen a los estatutarios interinos de los servicios de salud) y laborales temporales.

Los totales que arrojan esos datos de temporalidad (entre todas las AAPP) a Julio de 2024 resultan ser (por los dos "subtipos de personal" temporal, teniendo en  cuenta "funcionarios interinos" en el BEPSAP incluye a los estatutarios temporales de los servicios de salud):

  • Funcionarios interinos:  725.521  (728.574 eran a enero de 2024)
  • Laborales temporales: 352.195  (324.459 eran a enero de 2024)
  • TOTAL TEMPORALES= 1.077.716 , es decir, el 35,4% del total de 3.043.024 de empleados públicos recogidos en el BEPSAP (a Julio de 2023 eran  1.053.043,  el 35,5%  del total 2.968.522 )


Por tanto,  ha habido no ha habido  reducción en términos absolutos del número de temporales:  la finalización de tandas de procesos selectivo masivos de las anteriores leyes de estabilización (sin fórmula excepcional alguna ni indemnización) y algunos de los derivados de la ley 20/2021 no ha compensado a los que se han jubilado. En todo caso   se sigue reconociendo que sigue habiendo más de 1 millón de empleados públicos temporales.

miércoles, 26 de febrero de 2025

[Poder Judicial] 'El TSJ condena al Servicio Navarro de Salud a reintegrar 22.554 euros por un tratamiento de crecimiento realizado en una clínica privada La Sala de lo Social del TSJN concluye que los criterios esgrimidos por la Administración foral para denegar la referida hormona “no fueron los correctos”, puesto que “era patente tanto la necesidad como la idoneidad del tratamiento”'

'El Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha confirmado el reintegro de 22.554,88 euros concedida por el Juzgado de lo Social número 4 de Pamplona a los padres de una niña con “considerables” problemas de crecimiento que, tras el infructuoso tratamiento a su hija en el Servicio Navarro de Salud (SNS), acudieron a la Clínica Universidad de Navarra (CUN), en donde se le administró con éxito la hormona de crecimiento durante casi tres años.

En su sentencia, contra la que únicamente cabe interponer recurso de casación para la unificación de doctrina ante el Tribunal Supremo, la Sala de lo Social del TSJN concluye que los criterios esgrimidos por la Administración foral para denegar la hormona del crecimiento “no fueron los correctos”, puesto que “era patente tanto la necesidad como la idoneidad del tratamiento”, unos extremos que quedaron corroborados a la vista del resultado obtenido, ya que la paciente experimentó “no solo una mejoría en el crecimiento, sino también en su bienestar emocional”.  

sábado, 22 de febrero de 2025

Recordatorio 22 de febrero de 2024: El Tribunal de Justicia de la UE, en su sentencia de este 22/02/2024 a asuntos acumulados Consejería de Presidencia C.M./UNED/AMAS, reafirma la figura del indefinido no fijo como un temporal que mantenido durante años sufre nuevo abuso de temporalidad , tumba tanto la figura del indefinido no fijo para abuso de temporalidad del laboral público como que , en general, puedan valer como sanción indemnizaciones al cese ni procesos de consolidación abiertos [como es la ley 20/2021]. Si el tribunal remitente entiende que se puede hacer la interpretación de que es constitucional, la solución para el laboral público en abuso es la fijeza. Posible futuro cambio jurisprudencial de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo y posible exigencia de la Comisión Europea de más cambios legislativos con medidas completamentarias a la ley 20/2021

 [Recordatorio de entrada publicada en este blog el 22/02/2024 OJO justo hace un año] Este mismo jueves 22/02/204 a las 09:30, como  estaba previsto ha tenido lugar la lectura y publicación de la importante sentencia del del Tribunal de Justicia de la UE  de los asuntos acumulados C-59/22, C-110/22, C-159/22 o asuntos "Consejería de Presidencia, Justicia e Interior de la Comunidad de Madrid/UNED/AMAS de la Comunidad de Madrid" , todos por cuestiones prejudiciales de la sección 2ª de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid. En concreto, se trata de los asuntos:


Recordemos que en los dos primeros asuntos, ambos sobre personal laboral ya declarado previamente como indefinido no fijo, esta sección de la sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid  cuestionaba en general la actual doctrina de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo de conceder nada más que esa figura de indefinido no fijo al laboral empleado público como sanción al abuso de temporalidad y , preguntaba al Tribunal Europeo, refiriéndose en concreto ya a estos casos de personal ya indefinido no fijo:_
  •  si esa figura  del "indefinido no fijo" [INF] es un "contrato de duración determinada" de los de la cláusula 5ª en la Directiva 1999/70/CE [es decir, temporal], y si, en ese caso, no debería considerarse abuso de temporalidad según dicha cláusula 5ª de la Directiva permanecer a su vez  tiempo bajo esa figura de indefinido no fijo sin que se cumpliera con la obligación de cobertura inmediata del puesto con el proceso selectivo y cuál debería ser la consecuencia de este abuso, si en especial valdrían como sanción, considerando el tribunal remitente que no,:
    • la indemnización al cese de sólo 20 días por año trabajado con tope de 12 meses que ya tiene concedido al indefinido no fijo 
    • el ŕegimen de "responsabilidades" difuso e inconcreto establecido especialmente desde el Real Decreto-Ley 14/21  vigente cuando se emitieron los dos primeros Autos de los dos primeros asuntos, y que fue incorporado tal cual en la posterior nueva Ley 20/2021
    • los procesos selectivos denominados "de estabilización" pero que son de libre concurrencia y convencionales, por tanto de futuro incierto para la persona en abuso que puede acabar perdiendo el empleo, con oposición en general, tanto los derivados de las leyes estatales de 2017 y 2018 como los derivados del Real Decreto-Ley 14/2021 -los vigentes  cuando se emitieron los dos primeros Autos de los dos primeros asuntos-, estos últimos , los procesos derivados del RDL 14/2021, ya admeás  con una compensación de 20 días por año con tope 12 mensualidades en el caso de perder el empleo por dicho proceso selectivo,

  •  si se considera que no hay medidas válidas de sanción, es decir "en caso de considerar que no existen medidas suficientemente disuasorias en la legislación española", si la consecuencia deabuso de temporalidad en  un empleado público laboral indefinido no fijo mantenido años debe ser , en lugar del simple mantenimiento como indefinido no fijo hasta que la administración proceda con el proceso selectivo para la cobertura de su puesto o la amoritzación, pues "el reconocimiento  del trabajador como fijo plenamente, sin matizaciones", e  incluso aunque se esté interpretando por el Supremo  que el principio de igualdad en el acceso de la Constitución Española impide esa fijeza, preguntando entonces además, si dado que para esta Sala remitente no hay problema constitucional en dicha fijeza por abuso para los empleados públicos laborales, no sería válida esa "interpretación conforme" del derecho español al europeo que permite considerar que en estos casos de empleados laborales en abuso no se viola la Constitución con la conversión en fijo (siempre como única medida de sanción ya posible a falta de otras medidas de sanción contempladas en la ley , como sería el caso de cuando se pusieron las demandas si el tribunal no admite como válidas ni la permanencia en indefinidoo no fijo, ni su indemnización de 20 días al cese ni dichos procesos selectivos abiertos)

jueves, 20 de febrero de 2025

El Pleno del Tribunal Constitucional del 28 de Enero decidió inadmitir la cuestión de inconstitucionalidad del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha sobre los concursos de méritos de la ley 20/2021 en cuanto a la valoración principal de la experiencia en el mismo cuerpo o una invasión de competencias autonómicas: inadmisión (sin entrar en el fondo de si son constitucionales o no las D.A.) al "ir la cuestión que plantea el TSJ de CLM más allá de la necesidad" para el proceso judicial en cuyo marco planteó la cuestión. El TC afirma que para el cómputo de plazas a concurso de méritos de la D.A.8ª de la ley no se exigen los requisitos del art. 2.1: las plazas convocadas en procesos de estabilización anteriores que estuvieran ocupadas por temporales desde antes de 2016 cuando la convocatoria del concurso de méritos, también se tenían que adicionar al número de plazas del concurso de méritos]

Acaban de publicarse los resultados del orden del día del Pleno del Tribunal Constitucional de 28/01/2025, que abordaba ya en primera deliberación, para poder dictar incluso una sentencia, la importante  cuestión de inconstitucionalidad  admitida a trámite, (nº CI 2796/2024) sobre  las  disposiciones adicionales 6ª y 8ª en sí de la ley 20/2021 de concursos de méritos excepcionales de estabilización, promovida por la sección 2ª de Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (en el marco del recurso nº 491/2022),  en cuanto a que en el concurso de méritos  haya de "valorarse principalmente la experiencia en el cuerpo o escala de que se trate" (según el artículo 2.4 de la ley), con lo que "podría resultar contraria al derecho de acceso a las funciones públicas en condiciones de igualdad (art. 23.2 CE)" . También examinará si esas D.A. violan la distribución constitucional de competencias "por exceder del carácter de base del régimen estatutario de los funcionarios públicos (art. 149.1.18 CE), vulnerando las potestades de autoorganización de las CCAA".

 Y el resultado que figura para esta importante cuestión de inconstitucionalidad es "inadmitir la presente cuestión de inconstitucional".

viernes, 14 de febrero de 2025

Recordatorio [24/01/2025]. El Pleno del Tribunal Constitucional aborda este martes 28 de Enero la cuestión de inconstitucionalidad que admitió del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha sobre los concursos de méritos de la ley 20/2021 en cuanto a la valoración principal de la experiencia en el mismo cuerpo

[Recordatorio de entrada publicada el 24/01/2025 OJO HOY es 14/02/2025, por tanto 10 días después del orden del día referido en esta noticia nuestras de hace 3 semanas, y cuyos "resultados" seguían sin publicarse a 13/02/2025]

Según el orden del día , el Pleno del Tribunal Constitucional tiene previsto volver a abordar este martes 28/01/2024, para resolverla por sentencia  ,   la  cuestión de inconstitucionalidad  admitida a trámite, (nº CI 2796/2024) sobre  las  disposiciones adicionales 6ª y 8ª de la ley 20/2021 de concursos de méritos excepcionales de estabilización, promovida por la sección 2ª de Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (en el marco del recurso nº 491/2022),  en primer lugar en cuanto a que en el concurso de méritos  haya de "valorarse principalmente la experiencia en el cuerpo o escala de que se trate" (según el artículo 2.4 de la ley), con lo que "podría resultar contraria al derecho de acceso a las funciones públicas en condiciones de igualdad (art. 23.2 de la Constitución Española [CE])". También examinará si esas D.A. violan la distribución constitucional de competencias "por exceder del carácter de base del régimen estatutario de los funcionarios públicos (art. 149.1.18 CE), vulnerando las potestades de autoorganización de las CCAA".

[Servicio Andaluz de Salud] 'Artífices de la transformación digital de la sanidad pública en Andalucía '

 'La pasada semana tuvimos la oportunidad de participar en diferentes foros públicos a los que asistieron distintos perfiles profesionales, tanto del ámbito de la tecnología como de la salud. De esta forma, conseguimos que nuestras soluciones digitales, nuestras iniciativas, nuestro trabajo diario, que contribuye y nos convierte en artífices de la transformación digital de la sanidad pública andaluza, llegue a un público más amplio; incluso, nos encontramos con futuros ingenieros de la salud a los que los introdujimos en el mantenimiento de las infraestructuras en los hospitales.

Estuvimos en: Retos/apuesta por la transformación digital de las apps en Andalucía: Gobierno del Dato, Ciberseguridad e IA, organizado por la Revista Sociedad de la Información (SOCINFO) en la Fundación Cajasol en Sevilla, en la que el director general, Ismael Vargas Pina, afirmó que "la digitalización ya es una realidad dentro del Servicio Andaluz de Salud, por lo que la pregunta no es si debemos digitalizar, sino hacerlo de una forma efectiva con una estrategia sólida y con soluciones digitales que sirvan tanto al profesional sanitario como al ciudadano". En este encuentro también participó el director gerente de la Agencia Digital de Andalucía, Raúl Jiménez.

jueves, 13 de febrero de 2025

[SER Canarias] La Consejera de Presidencia y Administraciones del Gobierno de Canarias: "sobraban" los procesos de estabilización,dado que el Gobierno nacional podría haber "hecho fijos a los interinos" directamente por las sentencias europeas, "faltó valentía"

 Informa SER Canarias este 12/02/2025 que en la rueda de prensa posterior al Consejo de gobierno canario , la Consejera de Presidencia, Administraciones, Justicia y Seguridad del Gobierno de Canarias, Nieves Lady Barreto, en su información sobre la aprobación de iniciar proyecto de Ley de Empleo Público de la CCAA Canaria, ha afirmado que "sobraban" los  "procesos de estabilización" de plazas emprendidos dado  que se han "quedado cortos" a la hora de reducir de forma urgente la temporalidad cuando  -mediante  normativa nacional- se podría haber hecho "directamente fijos" a los interinos para cumplir con la sentencias europeas, para lo que "ha faltado valentía".

[CGT] 'El Tribunal Superior de Justicia de Valencia falla contra el uso del SEPE y Labora para seleccionar a trabajadores públicos'

 'La Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana ha dictado una sentencia que pone en entredicho el uso del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) y de LABORA, su homólogo en la Comunidad Valenciana, para la selección de personal en la administración pública. Esta decisión refuerza la obligatoriedad de respetar los principios constitucionales de igualdad, mérito, capacidad y publicidad en el acceso a la función pública.

El fallo estima el recurso interpuesto por el Sindicato de Administración Pública de la CGT Alicante contra el Ayuntamiento de Alicante, declarando nulo el proceso de selección llevado a cabo a través de LABORA para la cobertura interina de una plaza de profesor de trompeta en la Banda Municipal de Música. La sentencia deja claro que el uso de estos mecanismos no puede sustituir las bolsas de empleo establecidas, ni vulnerar los procedimientos reglados de selección.

miércoles, 5 de febrero de 2025

Admitida a trámite otra cuestión de inconstitucionalidad planteada por la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra sobre el concurso de méritos de la ley 20/2021 para secretarios de entidades locales navarras ,

EL BOE de este 04/02/2024 ha publicado la admisión a trámite  en el Pleno del pasado 28/01/2025, una nueva cuestión de inconstitucionalidad del Tribunal Superior de Justicia de Navarra sobre los concursos de méritos de la ley 20/2021 de concursos de méritos de secretarios de entidades locales navarras , , presumiblemente, por primar la experiencia en Navarra en su baremo.

Recordemos que el Pleno del Tribunal Constitucional ya habia admitido a trámite varias cuestiones de inconstitucionalidad del Tribunal Superior de Justicia de Navarra sobre los concursos de méritos de la Administración de Navarra y de secretarios de entidades locales navarras , en ambos casos, por primar la experiencia en Navarra.  

Recordatorio. Resumen de la entrega de los Premios Nacionales de Informática y Salud 2024 de la SEIS: presidió la Ministra de Sanidad, premio en innovación al H. Infanta Leonor de la C. de Madrid, a la trayectoria profesional a Mercedes Alfaro ,...

 [Recordatorio de entrada publicada el 29/01/2025] Durante la noche de ayer, martes 28 de enero de 2025, tuvo lugar el acto de entrega de los XXX Premios Nacionales de Informática y Salud que organiza todos los años la Sociedad Española de Informática de la Salud [SEIS].

El evento, que cumplía 30 ediciones, fue presidido por la propia Ministra de Sanidad, Mónica García, y fue conducido por Ángeles Cisneros, Vocal de la Junta Directiva de la SEIS y Subdirectora de Gestión en el SACYL quien excusó la ausencia por enfermedad de la Coordinadora del acto, la Vicepresidenta de Comunicación de la SEIS y ex-Directora General de Sistemas de Información Sanitaria del SERMAS, Zaida Sampedro.

 
 
En primer lugar, intervino del presidente de la SEIS, Luciano Sáez, quien  recordó que el objetivo de estos premios es su objetivo es resaltar, felicitar y reconocer  a protagonistas  que sirvan de referente y estímulo en el sector. Agradeció especialmente la presencia de la Ministra de Sanidad,  calificó de "vital" el papel de su ministerio e hizo un reconocimiento de la complejidad del trabajo realizado por su Secretaría de Salud Digital , en relación con otras entidades del Estado, las CCAA y la Unión europea. 
 
Imagen: SEIS

 
 
Tras una amplia mención  de los premiados y los motivos para concederles el premio, habló de los dos próximos eventos previstos de la SEIS para 2025: el Foro Seguridad y Protección Datos el 19 y 20 de Febrero en Santander y el Congreso Nacional INFORSALUD 2025 del 1 al 3 de Abril en Madrid, así como del trabajo del Comité Técnico Nacional de inteligencia Artificial en Salud, creado en el seno de la SEIS
 

Finalizó esta sesión inaugural la Ministra de Sanidad , Mónica García , quien quiso poner en valor el papel de la "salud digital" y de los "informáticos de la salud" reconociendo que desde el Ministerio "valoran  profundamente el trabajo  realizado por la SEIS", que "refuerza las bases del SNS". Afirmó que "la salud digital no es solamente una opción, es la palanca de cambio que nos va a permitir construir un sistema sanitario más equitativo, más eficaz y más capaz" y dedicó una parte de su discurso a reconocer la labor de una de las premiadas, Mercedes Latorre, con una amplia trayectoria en el Ministerio.

 

Imagen: SEIS

 

[STEPA] 'STEPA denuncia el fracaso de la estabilización del gobierno de Aragón: la temporalidad se mantiene en casi el 50% a pesar de los ceses de interinos. El sindicato aragonés pide un cambio de rumbo en la Administración aragonesa para garantizar el cumplimiento de las leyes de estabilización y poner fin al caos y deterioro de servicio público. El último boletín de la DGA muestra que, de los 70.000 empleados públicos, casi la mitad sigue con contratos temporales, a pesar de los intentos de estabilización y los recortes de personal'

'El Sindicato de Trabajadores y Trabajadoras por el Empleo Público de Aragón (STEPA) denuncia que los datos del último Boletín estadístico del personal al servicio de la comunidad autónoma de Aragón, publicados esta semana, con más de seis meses de retraso, muestran “el total fracaso del Gobierno de Aragón presidido por Jorge Azcón (PP), para reducir la temporalidad, pese a su empeño centrado en el cese de interinos”. El porcentaje de trabajadores con contrato temporal es del 47,6%, cuando por ley no debería superar el 8%.
 
El sindicato –tercera fuerza en la Administración General junto a CATA- reclama ante esta situación “un cambio de rumbo en la administración que garantice el cumplimiento de las leyes de estabilización porque solo aprovechando la experiencia de las personas con muchos años en la administración, en lugar de despedirlas, se podrá acabar con el caos actua y alcanzar tasas de temporalidad aceptables”.
 

miércoles, 29 de enero de 2025

Resumen de la entrega de los Premios Nacionales de Informática y Salud 2024 de la SEIS: presidió la Ministra de Sanidad, premio en innovación al H. Infanta Leonor de la C. de Madrid, a la trayectoria profesional a Mercedes Alfaro ,...

Durante la noche de ayer, martes 28 de enero de 2025, tuvo lugar el acto de entrega de los XXX Premios Nacionales de Informática y Salud que organiza todos los años la Sociedad Española de Informática de la Salud [SEIS].

El evento, que cumplía 30 ediciones, fue presidido por la propia Ministra de Sanidad, Mónica García, y fue conducido por Ángeles Cisneros, Vocal de la Junta Directiva de la SEIS y Subdirectora de Gestión en el SACYL quien excusó la ausencia por enfermedad de la Coordinadora del acto, la Vicepresidenta de Comunicación de la SEIS y ex-Directora General de Sistemas de Información Sanitaria del SERMAS, Zaida Sampedro.

 
 
En primer lugar, intervino del presidente de la SEIS, Luciano Sáez, quien  recordó que el objetivo de estos premios es su objetivo es resaltar, felicitar y reconocer  a protagonistas  que sirvan de referente y estímulo en el sector. Agradeció especialmente la presencia de la Ministra de Sanidad,  calificó de "vital" el papel de su ministerio e hizo un reconocimiento de la complejidad del trabajo realizado por su Secretaría de Salud Digital , en relación con otras entidades del Estado, las CCAA y la Unión europea. 
 
Imagen: SEIS

 
 
Tras una amplia mención  de los premiados y los motivos para concederles el premio, habló de los dos próximos eventos previstos de la SEIS para 2025: el Foro Seguridad y Protección Datos el 19 y 20 de Febrero en Santander y el Congreso Nacional INFORSALUD 2025 del 1 al 3 de Abril en Madrid, así como del trabajo del Comité Técnico Nacional de inteligencia Artificial en Salud, creado en el seno de la SEIS
 

Finalizó esta sesión inaugural la Ministra de Sanidad , Mónica García , quien quiso poner en valor el papel de la "salud digital" y de los "informáticos de la salud" reconociendo que desde el Ministerio "valoran  profundamente el trabajo  realizado por la SEIS", que "refuerza las bases del SNS". Afirmó que "la salud digital no es solamente una opción, es la palanca de cambio que nos va a permitir construir un sistema sanitario más equitativo, más eficaz y más capaz" y dedicó una parte de su discurso a reconocer la labor de una de las premiadas, Mercedes Latorre, con una amplia trayectoria en el Ministerio.

 

Imagen: SEIS