jueves, 27 de febrero de 2025

Actualizado el Boletín Estadístico del Personal al servicio de las Administraciones Públicas por Función Pública con datos a Julio de 2024. I - Datos globales: sigue reconociendo más de 1 millón de empleados públicos temporales entre todas las AAPP , el 35% de los empleados públicos, pese a los procesos de "estabilización" de plazas. 3/4 están en las CCAA. 50% de temporalidad en instituciones sanitarias

Función Pública del Estado acaba de publicar  una nueva edición de su  Boletín Estadísticos del Personal al servicio de las Administraciones Públicas (BEPSAP) con datos actualizados a Julio de 2024, la cuarta edición elaborada  ya por el Registro Central de Personal [RCP] y que recopila los datos de los efectivos al servicio de la Administración Pública Estatal, las Administraciones de las Comunidades Autónomas, la Administración Local y las Universidades (pero no incluye el sector público empresarial ajeno al propio Estado)

Recordemos que el RCP era una exigencia de la Comisión Europea por el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y que desde la edición  con datos de Enero de 2023 se incluyen por fin en el BEPSAP los nombramientos y contratos temporales de menos de 6 meses (muchas veces encadenados en la misma persona durante años y años) así como los de formación , de tal forma, que el boletín estadístico aumentó pasando a incluir 300 mil empleados públicos temporales y de formación que no se contabilizaban para incluir en la estadística un total de 2.967.578 empleados públicos.

Como la vez anterior , el comunicado que ha difundido Función Pública no incluye un resumen ni un análisis de resultados de los datos de temporalidad que sí se encuentra entre los "Microdatos" , donde se detalla para cada organismo públicos estatal, de las CCAA o de entidades locales el número de funcionarios interinos (aquí se incluyen a los estatutarios interinos de los servicios de salud) y laborales temporales.

Los totales que arrojan esos datos de temporalidad (entre todas las AAPP) a Julio de 2024 resultan ser (por los dos "subtipos de personal" temporal, teniendo en  cuenta "funcionarios interinos" en el BEPSAP incluye a los estatutarios temporales de los servicios de salud):

  • Funcionarios interinos:  725.521  (728.574 eran a enero de 2024)
  • Laborales temporales: 352.195  (324.459 eran a enero de 2024)
  • TOTAL TEMPORALES= 1.077.716 , es decir, el 35,4% del total de 3.043.024 de empleados públicos recogidos en el BEPSAP (a Julio de 2023 eran  1.053.043,  el 35,5%  del total 2.968.522 )


Por tanto,  ha habido no ha habido  reducción en términos absolutos del número de temporales:  la finalización de tandas de procesos selectivo masivos de las anteriores leyes de estabilización (sin fórmula excepcional alguna ni indemnización) y algunos de los derivados de la ley 20/2021 no ha compensado a los que se han jubilado. En todo caso   se sigue reconociendo que sigue habiendo más de 1 millón de empleados públicos temporales.


Según el comunicado  de los mismos datos se extrae que el 18,32% del personal de la Administración del Estado (donde se detallan los datos por edad) tiene una edad de 60-64 años, , con lo que se podría extrapolar en primera aproximación un ritmo de 100 mil empleados públicos jubilados por año entre todas las AAPP. recogidas en el estudio. Como el número de efectivos no se ha incrementado de facto a lo largo de los años  de forma notable , la única forma de que haya más de 1 millón de temporales es que la gran mayoría de los puestos temporales que ocupan hayan sido ocupados de forma temporal durante varios años, de hecho, muchos años.  En ese supuesto  de no estar en un incremento de personal efectivo enorme en los últimos años, como es el caso, de cubrirse todos los puestos de los jubilados de forma temporal durante un plazo menor de 3 años , como ahora marca el EBEP desde su reforma en Diciembre de 2021, no debería haber más de 300 mil empleados públicos temporales. 

Sin embargo, hay  más de 1 millón de temporales , de donde se podría extrapolar que aproximadamente al menos 700 mil puestos temporales estarían todavía .a fecha de Julio de 2024- en fraude de ley de abuso de temporalidad, incluso a Julio de 2024, cuando,  como decíamos ya se han concluido muchos procesos selectivos de las anteriores leyes de estabilización de 2017 y 2018 (con oposición y sin indemnización, con muchos de esos temporales en fraude cesados sin ninguna compensación) , cuyas cifras de de puestos ya convertidos en fijos se  indicaron en 2023 que eran en torno a 240 mil, y, por otro lado, ya se habrían concluido una parte de los procesos selectivos derivados de la ley 20/2021.

Por tanto, muy probablemente, llegó a haber más de 1 millón de puestos temporales cubiertos de forma temporal durante más de 3 años, en su inmensa mayor parte, a su vez, por empleados públicos en situación personal de abuso de temporalidad. Recordemos que la Comisión Europea mantiene abierto el procedimiento de infracción INFR(2014)4334 en relación a este abuso masivo de temporalidad en el empleo público español, ya en ámbito público general, desde la
sentencia  del Tribunal Europeo de 19/03/20220 en el asunto acumulado "Sánchez Ruiz" (en un origen era de cierto personal de Justicia)

 

En cuanto al reparto de estos temporales por los 3 grandes tipos de administración del Estado, autonómica y local los totales son:

  • Temporales en SECTOR PUBLICO DE LAS COMUNIDADES AUTONOMAS : 773.166 (el 41,3% del total de empleados en la CCAA 1.868.752 , y el 71,7% de todos los temporales

  • Temporales en  SECTOR PUBLICO DEL ESTADO: 28.499  (el 5,3%  del total de 534.498)

  • Temporales en ENTIDADES LOCALES:  276.051  (el 43,1% del total de 639.774 empleados públicos de entidades locales)


Es decir, las CCAA siguen teniendo en sus AAPP casi 3/4 de los empleados públicos temporales de toda España. En una próxima entrada publicaremos el reparto  de esta temporalidad por CCAA y por sector (Administración general, Docentes no universitarios, personal de servicio de salud, ...)


En cuanto al reparto en algunas "Áreas" o subáreas, siempre datos globales de todas las AAPP recogidas en el BEPSAP, tenemos:

  • temporales  de instituciones sanitarias:  351.885  de 706.954 empleados (50% de temporalidad)
  • temporales de la Administración General de las CCAA: 91.690 de 240.094 empleados (38% de temporalidad)
  • temporales docentes no universitarios: 221.941 de 665.669 empleados (33% de temporalidad)
  • ...



Recordemos que el "acuerdo de funcionamiento" original firmado entre la CE y España de sus compromisos por el Plan de Recuperación y los fondos asociados, figura el hito [nº 150] Objetivo "Estabilización del empleo público" , asociado a la reforma 1 del Componente 11 sobre la AAPP  (C11.R1),  exigía:

    • Fecha de cumplimiento  [comprometida] : Cuarto cuatrimestre de 2024
    • Descripción: "Finalización de los procedimientos de contratación para estabilizar el empleo (a través de contratos o puestos estatutarios del personal) que involucran al menos 300 000 puestos (incluidos los que derivan de los procedimientos de estabilización de 2017 y 2018)"
    • Información adicional: "Los procedimientos de selección se considerarán concluidos una vez que se publiquen en el Diario Oficial las resoluciones correspondientes incluyendo las listas de candidatos que hayan superado el procedimiento de estabilización."
    • Mecanismo de verificación: [básicamente, copia de los Diarios Oficiales con las convocatorias publicadas antes de 31/12/2022 y certificados con el "número de  puestos estabilizados"]


Cuando el Gobierno español envió a la Comisión Europea en Abril de 2021 su Plan de Transformación, Recuperación y Resiliencia español reconoció que de los procesos de estabilización de las leyes anteriores de 2017 y 2019 estaban  convocadas 154 mil plazas de las 218 mil ofertadas y  finalizadas sólo estaban 56 mil plazas (siempre entre todas las AAPP):

Estabilizaciones por leyes 2017/8 a Abril de 2021
 

Recordemos también que en la evaluación preliminar de la Comisión Europea del cumplimiento satisfactorio del otro hito, el 144,  de tener publicada norma legal extraordinaria para reducir la temporalidad pública española  - al 8% indicaba el texto sobre su objetivo-, la Comisión Europa entendió que  era "positiva" con el artículo 2 del Real Decreto Ley 14/2021 de establecer "medidas de estabilización" pero apostillando  "sin perjuicio del procedimiento de infracción INFR(2014)4334" que en paralelo mantenía abierto en relación a la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 19/03/2020 para evaluar precisamente ,si, primero el RDL 14/2021 y después la Ley 20/2021, dan satisfacción a las exigencias de la sentencia y normativa europea en materia de abuso de temporalidad. Probablemente, la CE creyó en abril de 2021 que la temporalidad estructural pública de larga duración se situaba en 300 mil (cuando debía ser de 800 mil o más).

Recientemente ,en su comparecencia de 18/12/2024, el nuevo Ministro para la Transformación Digital y de la Función Pública en la Comisión de Hacienda y Función Publica  anunció que ya se habíann conseguido 321 mil "plazas estabilizadas" y por tanto superar la cifra del hito comprometido con la Comisión Europea, en alusión a ese hito n° 150 de tener 300 mil plazas estabilizadas. 


Pero según nuestra comparativa realizada con los datos a Julio de 2023, más adecuados para este propósito, del número de plazas convocadas a concurso de méritos de estabilización con las cifras de temporales para los 3 sectores comunes a todas las CCAA (Administración General, docentes no universitarios e instituciones sanitarios del personal de las propias CCAA) ,  se concluye que al menos 3/4 del personal en abuso de temporalidad de esos sectores, es decir, ya sólo medio millón de empleados por esos 3 sectores, no ha podido obtener fijeza por los concursos de méritos de la citada ley 20/2021 (aparte de que no todos los que la han obtenido plaza fija con ellos estaban en abuso).

Este hecho fue señalado en el informe registrado en la Comisión Europea por la Coordinadora Estatal de Personal Público Temporal [CEPPT para el Procedimiento de infracción contra España INFR(2014)4334 sobre abuso de temporalidad en empleo público, solicitando que avance al paso de Dictamen Motivado, para exigir a España normativa complementaria que aporte una solución válida ante la reciente jurisprudencia europea para el abuso de temporalidad existente y el personal en fraude de ley cesado.

 

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12 comentarios:

Anónimo dijo...

Multas coercitivas ya! Que paguen los responsables de la AAPP. Fijeza ya como fórmula reparatoria a los abusados.

Anónimo dijo...

Menuda tomadura de pelo

Anónimo dijo...

Que alguien diga de una puta vez, cuantos cesados habrá tras todo este bochorno!!!!

Anónimo dijo...

Y quieren atraer talento????

Vamos no me jodas. Se jubilan 100.000 compañeros al año , y ni por esas.
Somos putos cromos los temporales, ahora te quito, ahora te pongo.

Anónimo dijo...

1436, Llevas razón. A ver por qué ese empeño y deslealtad a esos/as comparera en no haber estilizado a personal co 19, 29, 30 años en abuso. Y sacar plazas encima por libres.
Me pregunto, quien po e esos exámenes tan difíciles eliminatorios para los interinos. Quienes entran! También habría que ver si hay algún allegado.

Anónimo dijo...

Joder. Joder. Si se jubilan 100.000 al año., y no hay cambios. Eso quiere decir que 50.000 han debido ser sustituidos con temporales cesados o gente de la calle.
Si consiguen estabilizar a 350.000 abusados en 2 años y medio. Eso son 140.000 al año.

Por tanto.
Cesados 450.000 (Abusados puteados)
Cesados Repescados 100.000
Cesados al Paro 350.000 (Sustituidos con otros Cromos)

Temporales sin abuso (600.000)
Temporales ya abusados (100.000)

Anónimo dijo...

Gracias 14:53. Son cifras que asustan.
Cesar a 450.000 compañeros. Ya hay que tener cuajo!!!

Anónimo dijo...

Si tienen que indemnizarnos con 30.000 euros a 450.000.
13 mil 500 millones de euros.

Sinverguenzas!!!

Anónimo dijo...

Es que ya ha salido la sentencia del Supremo CA y ha dicho que nos corresponde 30 mil euros como sanción al abuso?

Anónimo dijo...



No hay problema en la temporalidad ni en el abuso de temporalidad en el sector público.



El Tribunal Supremo mantiene la doctrina de "BARRA LIBRE PARA EL ABUSO DE TEMPORALIDAD EN EL SECTOR PÚBLICO"


https://www.eldiario.es/economia/supremo-reitera-sentencias-europeas-no-obligan-fijos-interinos-automaticamente_1_12090181.html


Anónimo dijo...


Pues tendremos que denunciar ante la Comisión Europea

Anónimo dijo...

¿ Y de indemnizar?