viernes, 27 de junio de 2025

La nueva Defensora del Pueblo de la UE responde a las múltipes denuncias recibidas por una posible falta de diligencia de la Comisión Europea en los procedimientos de infracción contra España sobre temporalidad pública: ha abierto un caso de tramitación conjunta y ha solicitado información a la Comisión Europea

Estos días pasados la responsable de los casos de denuncia recibidos por la nueva Defensora Europea del Pueblo , Teresa Anjinho, sobre reclamaciones sobre la falta de  diligencia  e incluso de  "negligencia" de la Comisíón Europea en el tratamiento de los dos procedimientos de infracción de la Comisión Europea contra España  sobre temporalidad ha enviado esta contestación:

"Recientemente presentó usted una reclamación ante la institución del Defensor del Pueblo Europeo, referida a la tramitación por parte de la Comisión Europea de dos procedimientos de infracción contra España en relación con un trato menos favorable a los empleados temporales y con un presunto abuso de los contratos de trabajo de duración determinada en el sector público en España – INFR(2014)4224 e INFR(2014)4334.

La Defensora del Pueblo ha recibido varias reclamaciones sobre esta cuestión, por lo que ha decidido tramitarlas conjuntamente. Me ha sido asignada la responsabilidad de dichas reclamaciones.


Sostiene usted que la Comisión no ha abordado las cuestiones con diligencia y no ha procedido a la tramitación de los dos procedimientos de infracción a su debido tiempo. Considera usted que la Comisión debería tratar estas cuestiones con carácter prioritario e instar a España a que cumpla las obligaciones que le incumben en virtud de la Directiva 1999/70/CE.

Nos hemos puesto en contacto con la Comisión Europea para solicitarle más información en relación con estas reclamaciones, el plazo de respuesta está fijado el 15 de septiembre de 2025. También hemos pedido a la Comisión una inspección de los expedientes, que será realizada por una parte del equipo de investigación de nuestra oficina.

Nos pondremos en contacto con usted en cuanto estemos en condiciones de actualizarle sobre el progreso de la investigación
."

 

Y ha agrupado los casos recibidos en una página de seguimiento común : "Cómo está tramitando la Comisión Europea una denuncia de infracción múltiple por trato menos favorable a los agentes temporales y presunto abuso de los contratos de trabajo de duración determinada en el sector público en España – INFR(2014)4224 e INFR(2014)4334".

Recordemos que una investigación anterior de 2022-2023 del anterior Defensora del Pueblo de la UE por este tema acabó  en Abril de 2023 archivada  afirmando entonces que  no apreciaba "mala administración en este asunto" en cuanto a la forma en que la Comisión Europea estaba tratando (por aquel entonces) las denuncias sobre abuso de temporalidad pública española dado que la Comisión seguía teniendo  abierta un denuncia múltipe CHAP(2013)01917 con un procedimiento de infracción vinculado - el INFR(2014)4334 , de los que había  "informado  meses antes que estaba evaluando la nueva normativa española. 

 

Recordemos una vez más que la Comisión Europea dos procedimientos de infracción desde hace años  en relación personal empleado público temporal español:

  1. el procedimiento de infracción 2014/4224 [INFR(2014)4224] en cuanto a discriminación con los fijos incumplimiento la cláusula 4ª de la Directiva Europea de empleo temporal [1999/70/CE], que es procedimiento "en el que la Comisión Europea  decidió  justo hace un año enviar una 2ª carta de emplazamiento adicional" donde le "pide al Gobierno una solución en dos meses",

  2. y el procedimiento de infracción 2014/4334 [INFR(2014)4334] , que fue extendido en su ámbito al ámbito ya general de los empleados públicos y  asociando un procedimiento asociado de denuncia múltiple de empleados públicos españoles , el CHAP(2013)01917, generado en 2018,  en el marco del asunto "Sánchez Ruiz" entonces en el Tribunal de Justicia de la UE , el asunto que acabaría dando lugar a la sentencia del TJUE de 19/03/2020 Tras esa sentencia, la Comisión Europea estuvo enviando varias informaciones acerca del seguimiento de las reacciones legislativas comunicadas por  España, la Ley 20/2021,, siendo la última información oficial el 03/10/2024 cuando decidió envió una carta de emplazamiento complementaria en el procedimiento de infracción precisamente tras las  nueva sentencias europeas de 2024 , que habían dictaminado que no valen los procesos de stabilización de la ley 20/2021 como sanción al abuso de temporalidad ya cometido por las AAPP de forma masiva.

    En dicha Carta de emplazamiento de 03/10/2024, la Comisión Europea 
    instaba a ESPAÑA 
    a que "impida el uso abusivo de las relaciones laborales de duración determinada y las condiciones laborales discriminatorias en el sector público' y afirmaba que "las nuevas normas nacionales" -ley 20/2021- "siguen sin abordar suficientemente los problemas detectados, en particular por lo que se refiere a la eficacia de las medidas sancionadoras" y dio entonce un plazo inicial de dos meses a España para responder. A día de hoy el Gobierno español no ha regulado normativa alguna en relación, ni tampoco  la Comisión Europea ha avanzado este procedimiento de infracción,  si bien hemos sabido por la reciente vista del asunto Obadal en el TJUE, que España contestó a la carta de emplazamiento con alegaciones en Febrero  y ha enviado una segunda contestación  en Mayo de 2025 , justo semanas después de la reunión del 13 de Marzo del Ministro de Función Pública con la Comisaria Europea de Empleo  por este procedimiento de infracción.

La Coordinadora Estatal de Trabajadores Públicos Temporales presentó , así como otros colectivos y abogados , ante la Comisión Europea un informe para el procedimiento de infracción contra España sobre abuso de temporalidad en empleo público que desmontaba las tesis  del Estado español sobre la temporalidad ilícita de Empleados Públicos, solicitando el paso a Dictamen Motivado del procedimiento sobre el abuso. La Comisaría europea , en su reciente visita a España, se reunió con la Plataforma de Afectados por la Función Pública por la situación de abuso de temporalidad pública en España, recogiendo las reivindicaciones de fijeza.


Nótese, por último, que en España, probablemente existan en torno a unos 700 mil empleados públicos en situación de abuso de temporalidad,

 

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13 comentarios:

Anónimo dijo...

Hay va el primero e interesante articulo:

https://diario16plus.com/nacional/interinos-estamos-pagando-factura-ineptitud-politica_509586_102.html

Anónimo dijo...

y otro mas

https://www.20minutos.es/noticia/5726096/0/consejo-europa-vuelve-fallar-contra-despido-improcedente-espana-reaviva-debate-sobre-su-reforma/

Anónimo dijo...

Me ha sido asignada la responsabilidad de dichas reclamaciones. Bien y que piensa hacer usted?. Esperar otro año más?.

Anónimo dijo...

Alguien da más, igualdad merito y capacidad: La medida estrella, y más controvertida, es el proceso extraordinario de estabilización de, concretamente, 1.004 jueces y fiscales sustitutos (673 jueces y 331 fiscales).

Se alega que ese proceso es consecuencia de una serie de sentencias del TJUE en relación al abuso en la temporalidad en el empleo público. Dicha argumentación es una falacia que trata de ocultar otra finalidad. La opción del proyecto legislativo es claramente facilitar el acceso a la carrera judicial de todos los sustitutos mediante un sistema que, a la postre, es una simple formalidad para dar la apariencia de una selección que no es tal, dando preferencia, frente a cualquier otro profesional jurídico, a quienes hayan sido jueces o magistrados sustitutos, al introducirse en la norma unos baremos de méritos que potencian la experiencia en los listados de jueces o magistrados sustitutos frente a otros méritos profesionales, lo que supone el abandono del principio de mérito y capacidad que debe existir en todo acceso a la función pública, y mucho más para la función de juez o fiscal. Además, el proyecto permite también el acceso a cualesquiera licenciado o graduado en derecho con el único requisito de tener cinco años de ejercicio profesional.

Anónimo dijo...



La legislación de la Unión Europea debería aplicarse igual para todos los trabajadores de la Unión Europea.

En España no se aplican las sentencias del TJUE ni Directiva 70 99

En España a los trabajadores interinos en abuso de temporalidad se les despide sin ninguna indemnización

En España existe despido libre y gratuito para los trabajadores en abuso de temporalidad.

Por qué permite la Comisión Europea está discriminación en función de la nacionalidad?

Anónimo dijo...

Justicia ya. No más sentencias de abuso reconocido sin sanción y con condena en costas en el TS. Abuso sin sanción no es normal en un país democrático del primer mundo.

Anónimo dijo...



17:37

Entonces usted prefiere los pagos en dinero negro, en lugar de la aplicación de la FIJEZA como sanción al abuso de temporalidad en el sector público?


https://www.eldiario.es/politica/negocio-negro-jueces-fiscales-4-000-euros-mes-preparar-opositores_1_8200794.html

Anónimo dijo...

Aplicación de la Directiva ya. No sólo deben estabilizarse a los jueces sustitutos que han demostrado sobradamente los principios de igualdad, mérito y capacidad, algunos dictando sentencias décadas ya. Si no lo han demostrado con eso que venga Dios y lo vea.
Pero igualmente debe aplicarse la estabilización porque así lo establecen las directivas y las sentencias europeas a los miles y miles de interinos abusados de larga duración que no tienen la suerte de pertenecer a los privilegiados colectivos de jueces y fiscales sustitutos.

Anónimo dijo...

El problema que tienen los jueces que aprobaron la oposición pagando en negro a preparadores magistrados por tanto delincuentes por ocultar esos buenos dineros al fisco es que el Gobierno en 3 años va a abrir las ventanas de la judicatura y la fiscalía con 2.500 nuevos jueces y fiscales fijos que van a conseguir que esas magistraturas del Estado huelan un poco menos a caspa y a naftalina. Y eso es lo que les fastidia. No la estabilización que dicta Europa sino que a más jueces con plaza, menos pastel de poder a repartir entre las asociaciones conservadoras de la magistratura y menos juez retrógrado dictando sentencias por ahí y saltándose a la torera el principio de prevalencia del Derecho Europeo.

Anónimo dijo...

Amén!

Anónimo dijo...

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Anónimo dijo...

17:37
Seguramente cuando esos jueces se fueron de vacaciones o estuvieron de baja(pero seguramente preparando bajo manga a opositores) y les cubrieron esos jueces sustitutos haciendo exáctamente igual su trabajo y dictando sentencias(cosa muy seria, como Ud. supondrá), no protestaron ni les pareció mal que gente sin mérito ni capacidad les sustituyeran... Y ya el colmo es que quieran hacer huelga pero sin perder días de salario. Eso ya es de caraduras nivel Dios...

Anónimo dijo...

Cuánta razón. Algo huele a podrido en la judicatura española...