Ha trascendido en redes sociales la contestación del propio Director General de Empleo y Asuntos Sociales de la Comisión Europea, Mario Nava, a una petición personal por transparencia del acta de la reunión que tuvo lugar. el 13 de marzo entre Roxana Mînzatu, la nueva vicepresidenta y comisaria europea de Derechos Sociales, Capacidades, Trabajo de Calidad y Preparación y el Ministro español de Transformación Digital y Función Pública, Óscar López.
En la respuesta se reconoce que la reunión fue sobre la investigación de la Comisión Europea por el procedimiento de infracción , por el abuso de temporalidad en el empleo público español, o procedimiento "INFR(2014)4334 "que aún está en curso" , y por tanto, constituye una de las razones de confidencialidad incluida en la normativa europea para excluir de la obligación de información pública ante una petición por transparencia.
Y el Director General, razona que "la divulgación del documento ahora afectaría al clima de confianza mutua entre las autoridades del Estado miembro y la Comisión, necesario para permitirles resolver el asunto sin tener que recurrir al Tribunal de Justicia"
El Director General afirma que dicho acta de la reunión , “Flash report: Meeting with Óscar López, Spanish Minister for Digital Transformation and Civil Service”, registrado bajo la referencia Ares(2025)2432019, "está totalmente cubierto por la excepción antes mencionada" y no puede hacer pública ni una parte de la reunión. Por tanto, se deduce que fue íntegramente dedicada al tema del procedimiento de infracción citado.
Recordemos que la comisaria Mînzatu es la comisaria responsable tanto del procedimiento de denuncia múltiple y el correspondiente de infracción abiertos contra España sobre abuso de temporalidad en empleo público así como de otro procedimiento de infracción abierto sobre discriminación del empleado público temporal. En este punto , hay que recordar que la Comisión Europea envió el pasado 3 de Octubre una carta de Emplazamiento adicional a ESPAÑA instando al Gobierno español a que impida el abuso de temporalidad en el empleo público , afirmando que las nuevas normas nacionales, incluida la última ley de procesos de estabilización 20/2021- "siguen sin abordar suficientemente los problemas detectados, en particular por lo que se refiere a la eficacia de las medidas sancionadoras" y dando un plazo a España de dos meses para presentar alegaciones.
La Comisión europea también envió el pasado verano otra carta de emplazamiento por la discriminación de las condiciones de empleo de ciertos empleados públicos temporales.
Finalmente, Minzatu recibió en Bruselas al Ministro de Función Publica español el 13 de Marzo, sin trascender ninguna comunicación de dicha reunión.
En concreto, la Comisión Europea mantiene dos procedimientos de infracción desde hace años en relación al personal empleado público temporal o "interino":
- el
procedimiento de infracción 2014/4224 [INFR(2014)4224] en
cuanto a
discriminación con los fijos incumplimiento la cláusula 4ª de la Directiva
Europea de empleo temporal [1999/70/CE], que es
procedimiento "en el que la Comisión Europea decidió este verano enviar una 2ª carta de
emplazamiento adicional" donde le "pide al Gobierno una solución en dos meses",
- y el procedimiento de infracción 2014/4334 [INFR(2014)4334]
, por el que el 03/10/2024 envió una carta de emplazamiento complementaria, sobre
el incumplimiento de la cláusula 5ª de la misma directiva por el abuso
de
temporalidad en el empleo público español , tras la denuncia múltiple de empleados públicos
españoles , también abierta, como CHAP(2013)01917, y por el que el
Gobierno aprobó en la Ley 20/2021, tanto medidas a futuro como unos procesos de estabilización, que las recientes sentencias europeas han dictaminado que no valen como sanción al abuso de temporalidad ya cometido por las AAPP de forma masiva.
Este procedimiento de infracción INFR(2014)4334] fue el objeto de la reunión de la Comisaria con el Ministro de Función Pública
Recordemos por último los pasos de un procedimiento de infracción de la Unión Europea, que pueden conducir a importantes sanciones millonarias:
0. (Procedimiento de infracción informal) Diálogo estructurado o "EU Pilot", para dar oportunidad de solución rápida y evitar el procedimiento formal de infracción
1. "Carta de emplazamiento" al Gobierno del Estado, que supone la apertura del procedimiento formal de infracción. En teoría, en dos meses debe haber observaciones . Es éste el estado en el que se encuentra este procedimiento de infracción
2. "Dictamen motivado" , si no hay respuesta o no es satifactoria. Plazo de dos meses para que el Estado se ajuste al cumplimiento del Derecho de la UE señalado. Puede haber complementarias.
3. "Recurso al Tribunal de Justicia de la Unión Europea", si no hay respuesta o no es satisfactoria, habitualmente con petición de la Comisión al Tribunal que imponga el pago de una suma a tanto alzado o de una multa coercitiva.
4. Sentencia de Recurso del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (después de una media de 2 años) sobre si el Estado ha infringido el Derecho la UE y la imposición de multa y la obligación de adaptar la legislación lo antes posible
5. El asunto vuelve a remitirse al Tribunal de Justicia de la UE, tantas veces como el incumplimiento estime la Comisión con nuevas propuestas de multas
- [19/03/2020] Sentencia esperanzadora del TribunPal Europeo del asunto acumulado "Sánchez Ruiz": hay abuso de temporalidad en la interinidad de vacante prolongada que requiere una sanción, que le corresponde al ordenamiento español fijar, orientando que no puede valer como sanción la convocatoria a proceso selectivo libre ni la figura del indefinido no fijo
- [22/10/2020] Auto del Tribunal Europeo ante cuestiones del Tribunal Supremo portugués: contraria a la Directiva europea una normativa de un Estado miembro que prohíba la conversión en fijo en un sector público si no incluye ninguna otra medida eficaz para evitar y sancionar el abuso de temporalidad
- [11/02/2021] Sentencia del Tribunal Europeo en asunto griego: golpe a la doctrina de nuestro Supremo de que la sentencia europea de 19/03/2021 del asunto acumulado "Sánchez Ruiz y otros" no se aplica a situaciones de un único nombramiento prolongado
- [31/05/2021] Repaso de la Abogacía General de la UE a los principios "bien establecidos de la jurisprudencia del Tribunal Europeo sobre la sanción al abuso de temporalidad": por el derecho a una reparación efectiva ante un abuso -derivado del artículo 47 de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea-, aunque la cláusula 5ª de la Directiva 1999/70 sobre medidas para evitar el abuso de temporalidad en sí no sea de efecto directo, en el caso de que no haya ningúna medida en la legislación nacional suficientemente disuasoria y eficaz prevista para sancionar el abuso de temporalidad, "tendría que dejar de aplicarse cualquier norma del Derecho nacional que obstaculice la conversión en fijo".
- [28/06/2021] [Poder Judicial] '[La Sala de lo Social de] El Tribunal Supremo establece doctrina sobre la duración de un contrato de interinidad por vacante en el sector público tras la sentencia del TJUE La duración máxima será la del tiempo que duren los procesos de selección para cubrir la vacante conforme a lo dispuesto en su normativa legal o convencional específica' ["Una duración superior a tres años debe considerarse injustificadamente larga, lo que comportará que el trabajador interino pase a ostentar la condición de indefinido no fijo". Sentencia confirmando la indemnización al cese de laboral interina de vacante de casi 8 años que demandaba ser considerada indefinida no fija al cese a efectos indemnizatorios por superar el plazo de 3 años]
- [24/12/2021] El Pleno de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo, con discrepancia de 3 magistrados, sentencia este 25/11/2021 seguir concediendo el indefinido no fijo y no la fijeza ante el abuso de temporalidad en empleados públicos laborales que sólo hayan superado proceso selectivo para temporal. Dice que hacerlo iría contra la norma del Estatuto Básico del Empleado Público y que las sentencias del Tribunal europeo no le obligan a dejar de aplicar normativa nacional en abusos de temporalidad. Dos magistrados afirman que conceder la fijeza no viola esa normativa nacional y otro que tendría que haberse consultado al Tribunal Europeo si la norma que impide la fijeza no viola la normativa europea
- [10/10/2023] El
Tribunal Supremo Administrativo portugués sentencia la conversión en
indefinida a la empleada pública del Auto "Gondomar" del Tribunal
Europeo , pese a la prohibición de "fijeza" de la ley portuguesa para
los empleados públicos y ante la ausencia de medidas efectivas de
sanción reparadora: "el principio de igualdad de acceso a la función
pública no puede superponerse ciegamente al derecho a la estabilidad en
el empleo"
- [22/02/2024 El Tribunal de Justicia de la UE, en su sentencia de este 22/02/2024 reafirma la figura del indefinido no fijo como un temporal que mantenido durante años sufre nuevo abuso de temporalidad, tumba tanto la figura del indefinido no fijo para el abuso de temporalidad del laboral público como que puedan valer como sanción indemnizaciones al cese ni procesos de consolidación abiertos [como es la ley 20/2021]. Si el tribunal remitente entiende que se puede hacer la interpretación de que es constitucional, la solución para el laboral público en abuso es la fijeza. Posible futuro cambio jurisprudencial de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo y posible exigencia de la Comisión Europea de más cambios legislativos con medidas completamentarias a la ley 20/2021
- [23/03/2024] [I.
Beltrán] Sobre la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de
22/02/2024: la figura del indefinido no fijo no es adecuada para
combatir el abuso y queda abierta la puerta para fijeza para el
personal laboral en abuso de temporalidad
- [31/05/2024] [Poder
Judicial] 'El Tribunal Supremo pregunta al TJUE sobre la situación de
los empleados públicos con temporalidad abusiva' [ si es contrario a la
directiva europea no conceder la fijeza por los principios
constitucionales y si una indemnización superior al cese del indefinido
no fijo es una medida suficiente]
- [03/10/2024] Comisión Europea insta a ESPAÑA a que mejore medidas sancionadoras del abuso de temporalidad pública
- [30/01/2025] [El Confidencial] La EPA sobre datos de finales de 2024 sigue arrojando más de un millón de empleados públicos temporales, el 28,3% lejos del objetivo del 8%: "Fracaso" del plan de estabilización de 2021 que además el Tribunal de Justicia de la UE ha sentenciado insuficiente como medida ante el abuso de temporalidad
- [17/02/2025] [ABC] La EPA sobre datos de finales de 2024 sigue arrojando un nivel de temporalidad en el empleo públco del 28%, muy lejos del objetivo del 8% exigido por la UE: "fracaso del proceso de estabilización" de 2021 que además el Tribunal de Justicia de la UE ha sentenciado insuficiente como medida ante el abuso de temporalidad instando en su lugar a la conversión en fijos
- [27/02/2025] Actualizado el Boletín Estadístico del Personal al servicio de las Administraciones Públicas por Función Pública con datos a Julio de 2024. I - Datos globales: sigue reconociendo más de 1 millón de empleados públicos temporales entre todas las AAPP , el 35% de los empleados públicos, pese a los procesos de "estabilización" de plazas. 3/4 están en las CCAA. 50% de temporalidad en instituciones sanitarias
- [27/02/2025 [ElDiario.es/20 Minutos] La Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo mantiene que no puede conceder ningún tipo de fijeza como sanción al abuso de temporalidad porque iría contra la Constitución española y reitera su doctrina vigente desde 2018 sobre las consecuencias del abuso de temporalidad en el funcionario interino [Sentencias a dos de los recursos de casación del pasado 11 de Febrero
- [10/03/2025] La Comisaria europea de Empleo, Roxana Mînzatu, se reúne este jueves 13 con el Ministro español de Función Pública, Óscar López. Su dirección general de Empleo mantiene dos procedimiento de infracción contra España por los empleados públicos temporales
- [|2/03/2025] [CEPPT] Campaña de envío masivo de cartas a la Comisaria europea de Empleo, Roxana Mînzatu, ante su reunión con el Ministro español de Función Pública, Óscar López
- [14/03/2025] El pleno del Congreso de ayer acordó a última hora que el debate y votación final del Proyecto de Ley de la Función Pública de la Administración del Estado sea en el Pleno del Congreso ( la "avocación a Pleno"). El proyecto de ley tiene enmiendas presentadas por Junts , Podemos y SUMAR para que se haga "fijos a extinguir" a los empleados públicos en abuso de temporalidad por llevar más de 3 años para cumplir con las sentencias europeas y evitar las sanciones de la Comisión Europea
- [27/03/2025] [El Diario] FETAP de CGT se reúne con el gabinete de la Comisaria de Empleo de la UE para que actúe contra el abuso de temporalidad pública en España
- [11/04/2025] [CGT-FETAP] 'Sindicatos y plataformas se coordinan en el Congreso para exigir fijeza ante el abuso de temporalidad en el sector público' [Reunión con SUMAR]
- [7/05/2025] [Comisión Europea] 'La vicepresidenta ejecutiva de Derechos Sociales, Capacidades, Empleo de Calidad y Preparación Mînzatu visita Barcelona y Madrid para promover la innovación y el compromiso social' [Se reunirá este jueves 8 con el presidente del Gobierno español. Es la comisaria europea responsable del procedimiento de infracción contra España por el abuso de temporalidad pública]
- [08/05/2025] [Gobierno del Estado] El Presidente del Gobierno recibe a las 17h a Roxana Minzatu, la vicepresidenta ejecutiva de Derechos Sociales, Capacidades, Empleo de Calidad y Preparación de la Comisión Europea. [Es la comisaria europea responsable del procedimiento de infracción contra España por el abuso de temporalidad pública]
- [09/05/2025] [PAFP] La vicepresidenta de Empleo y Derechos Sociales de la UE, Roxana Minzatu, en su visita a España, se reúne con la Plataforma de Afectados por la Función Pública por la situación de abuso de temporalidad pública en España
- [09/05/2025] [ANSITI] 'Este jueves hemos trasladado nuestras reivindicaciones de fijeza a la comisaria Roxana Minzatu' [La Vicepresidenta de Derechos Sociales y Empleo de la UE se reunió en su visita a Madrid con plataformas por el abuso de temporalidad pública existente]
- [15/05/2025] [ABC] España será sancionada por la Comisión Europea si sigue la falta de medidas válidas ante la UE para el abuso de temporalidad público
21 comentarios:
Acuerdo marco 70/1999 que afecta a 200 millones de trabajadores de la Unión y, en consecuencia, a la totalidad de las legislaciones nacionales.
Límite para las trasposición de la directiva a la legislación nacional: julio de 2001.
Jerarquía básica del derecho de la países integrantes de la Unión, con prevalencia de su derecho sobre las leyes nacionales, incluyendo la Constitución.
Desastre de la ley 20/21 que no sólo no soluciona nada, sino que inventa mecanismos ya no alejados, sino directamente enfrentados a la jurisprudencia europea, por no mencionar ciertas soluciones "imaginativas" y, si cabe, más aberrantes que la citada ley.
Y después de 26 años de la directiva y 24 años de la obligación de trasposición, la situación es insostenible.
La administración de un país miembro no puede defender, ni sostener, un marco especial frente a unos principios básicos que regulan el mercado de trabajo de 27 países y a todos sus agentes económicos, por no mencionar pretender una excepcionalidad en la arquitectura fundamental jurídica que la rige.
Y eso sin considerar los evidentes efectos perversos y disfuncionales en términos económicos y jurídicos que ocasiona la dualización de facto de un mercado de trabajo.
Sin tutela judicial efectiva, sin elementos sancionadores suficientes y adecuados que corrijan y resarzan la situación, sobre el principio de igualdad ante la ley, carece completamente de sentido hablar de derecho en la UE y, como consecuencia de la propia operatividad de la misma.
Y esto lo sabe cualquiera con dos dedos de frente, empezando por el comisario.
Pues ya van tarde para apretarle los......
Cesados con sentencia de abuso y sin sanción.. ya la readmisión y la reparación. Ni Supremo ni Constitucional mirando hacia otro lado. Justicia ya.
En este asunto quien resiste vence. Por ejemplo, sería ajustado a derecho de la UE eliminar el concepto de funcionarios de carrera, lo que no es ajustado a derecho es establecer un concepto antijurídico como el de temporales indefinidos y, añado, "eternos", sin posibilidad de promoción, traslado, excedencia... y hasta hace poco, sin antigüedad.
Recordemos que muchos países carecen de la figura de funcionarios de carrera, pero ninguno, salvo España, pretenden sostener una figura que institucionaliza la dualidad manifiesta, jurídicamente indefendible, en un mercado de trabajo específico, como es el caso de la administración española.
Quisiera yo que la proxima vez que me pillen a 180Kms/h el señor agente (o su superior) se reuna conmigo antes para explicarme los motivos de tal proceso de infracción y debatir si es mejor quitarme puntos, sanción económica o regañina cual madre.
No se Nick, pero las leyes se cumplen no se cuestionan.
Porque de ser así, yo no veo con buenos ojos eso de pagar el IVA (impuesto europeista por excelencia) y el señor de ZARA, Mercadona o Iberdola no me dejan pagar sin IVA
Y a los que evitaron aplicar la ley 20/21 y el Rdl 5/23 a escasos días y urgieron aplicar las leyes anteriores que?
Esto es un sin vivir. No acaba nunca. Y más bla bla bla! Venga a retorcer y retorcer a ver si nos escapamos. Como es posible que después de 26 años estemos así?
Esto debería trascender en los medios de comunicación. No puede ser que se esté ocultando información para supuestamente evitar una sanción del TJUE por un incumplimiento que se lleva haciendo desde hace más de 20 años.Es una vergüenza.
De no hacer nada, les van a llover demandas
clima de confianza mutua entre las autoridades del Estado miembro y la Comisión
¡claro! : la Comisión Europea sigue confiando en que el Gobierno español hará algo (estabilizar empleo y sanciones a futuro) esta vez que sí sea válido ante normativa y sentencias europeas y el Gobierno Español confía en que la Comisión Europea siga picando en creerse sus engaños, para seguir haciendo, al menos para el empleo temporal abusivo existente, pues justo lo que ya ha proscrito como válido el tribunal europeo
Entre tanto, miles de interinos cesados sin indemnización alguna o irrisoria y sin tutela judicial efectiva alguna
Yo confío que está pronta la solución a todo este calvario que padecemos. Ánimo compañeros, ya queda poco
amén
El Ministro ya lo ha dicho.
Va a haber 2 Leyes, y una de ellas se va a tratar el tema del acceso al Empleo Público y/o al Fijo a Extinguir.
Paciencia!!!
Que si Bolaños ha movido ficha, Óscar también lo hará!
Eso sí, si no sale será por el PP y Vox!
Una Ley este año, la otra el año q viene! 👏👏👏
El ministro de disfunción pública y el gobierno de España, son anti sociales y anti Europeos. Por eso no hacen caso de la Directiva 70 99 y las sentencias del TJUE
España no sanciona el abuso de temporalidad en el sector público
Lo único que les preocupa son los juicios de la mujer y el hermano del Presidente de Gobierno.
Lo que hacen con los trabajadores temporales es despedirlos a "coste cero"
http://apiscam.blogspot.com/2025/05/fsc-ccoo-nacional-coo-rechaza-el-plan.html?m=1
Que legislen y reparen el abuso. Fijeza ya!. Cada vez más cerca.
¿Pero como más paciencia? Lo siento, pero ya no tenemos y confianza en el sistema, tampoco.
Algunos estamos cesados, teniéndonos que gastar nuestro poco dinero en abogados y aún sabiendo que no va a servir para nada. Lo único que han hecho es dejar pasar el tiempo y enterrar los cadáveres en la cuneta.
La verdad es que 1 año era tiempo suficiente para cumplir las sentencias del TJUE de 2024, pero el TS tardó 9 meses en pronunciarse y aún encima para decir lo mismo que antes, es decir, tirar 9 meses a la basura para declararse insumiso al derecho de la UE. Por otra parte, está la segunda carta de emplazamiento de la Comisión Europea en el marco del procedimiento de infracción, ¿alguien sabe cuando acaban los dos meses para presentar alegaciones?
Ni unos, ni otros, lo han querido solucionar.
Así que, ya basta de reírse de las victimas. Se acabó el tiempo.
Por favor, ejecuten el procedimiento de infracción.
Basta ya de enchufes y corruptelas en la contratación de personas en la Administración. Sancionen de una vez el abuso sufrido de los cesados, con décadas de trabajo a las espaldas, y con sentencias de abuso. Reparen el daño que se ha causado. Fijeza es justicia.
FIJEZA YA! BASTA DE DEGRADAR A MÁS DE UN MILLÓN DE PERSONAS Y SUS FAMILIAS.
Y dónde están los sindicatos CCOO, UGT y CSIF? No se les ve defendiendo a ningún abusado. Por qué será? Perpetuando el abuso sin sanción y forrándose con las sindiacademias. La corrupción es una gran mancha con muchos actores en sincronía.
Tela.
https://x.com/ADPSE_/status/1926928877550506161
Publicar un comentario