'El 7 de mayo de 2025, la vicepresidenta ejecutiva de Derechos Sociales y Capacidades, Empleo de Calidad y Preparación, Roxana Mînzatu, iniciará una misión de dos días en España para promover la educación, la innovación, la inclusión y la cohesión social en Europa.
Durante su primer día en Barcelona, la vicepresidenta Mînzatu visitará el Barcelona Supercomputing Centre para conocer el proyecto Quantum Spain, una iniciativa emblemática en el campo de la computación cuántica, impulsada por NextGenerationEU. Este proyecto demuestra la ambición europea de liderazgo tecnológico y autonomía estratégica, al tiempo que destaca la importancia de las disciplinas STEM para la educación, la competitividad europea y una mejor representación de las niñas y las mujeres en estas disciplinas.
[... ]
Al día siguiente en Madrid, el vicepresidente ejecutivo Mînzatu participará en una serie de reuniones con los principales actores nacionales. Se reunirá con la ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, la ministra de Trabajo y Economía Social, representantes de la Comisión Mixta para la Unión Europea del Congreso de los Diputados, miembros del Consejo Económico y Social, así como con el presidente del Gobierno español, Pedro Sánchez, para avanzar juntos en una visión compartida de una Europa más justa.
La jornada en Madrid también incluirá una visita a un centro de formación profesional del sector de la automoción, cofinanciado por el Fondo Social Europeo.'
Fuente y texto completo original en francés: Nota de prensa de la Comisión Europea de 06/05/2025
Traducción de Google
NOTA DEL EDITOR Nótese que Mînzatu es la comisaria responsable de los procedimientos de denuncia múltiple y de infracción abiertos contra España sobre abuso de temporalidad en empleo público así como del procedimiento de infracción abierto sobre discriminación del empleado público temporal, mientras que Óscar López es el ministro español responsable de la normativa sobre los empleados públicos, y por tanto, es el receptor de la carta de Emplazamiento adicional a ESPAÑA que envío la Comisión Europea el pasado 3 de Octubre, instándole a que impida el abuso de temporalidad en el empleo público , afirmando que las nuevas normas nacionales, incluida la última ley de procesos de estabilización 20/2021- "siguen sin abordar suficientemente los problemas detectados, en particular por lo que se refiere a la eficacia de las medidas sancionadoras" y dando un plazo a España de dos meses para presentar alegaciones.
La Comisión europea también envió el pasado verano otra carta de emplazamiento por la discriminación de las condiciones de empleo de ciertos empleados públicos temporales.
Minzatu recibió en Bruselas al Ministro de Función Publica español el 13 de Marzo, sin trascender ninguna comunicación de dicha reunión.
Recordemos que la Comisión Europea mantiene dos procedimientos de infracción desde hace años en relación al personal empleado público temporal o "interino":
- el
procedimiento de infracción 2014/4224 [INFR(2014)4224] en
cuanto a
discriminación con los fijos incumplimiento la cláusula 4ª de la Directiva
Europea de empleo temporal [1999/70/CE], que es
procedimiento "en el que la Comisión Europea decidió este verano enviar una 2ª carta de
emplazamiento adicional" donde le "pide al Gobierno una solución en dos meses",
- y el procedimiento de infracción 2014/4334 [INFR(2014)4334] , por el que el 03/10/2024 envió una carta de emplazamiento complementaria, sobre el incumplimiento de la cláusula 5ª de la misma directiva por el abuso de temporalidad , tras la denuncia múltiple de empleados públicos españoles , también abierta, como CHAP(2013)01917, y por el que el Gobierno aprobó en la Ley 20/2021, tanto medidas a futuro como unos procesos de estabilización, que las recientes sentencias europeas han dictaminado que no valen como sanción al abuso de temporalidad ya cometido por las AAPP de forma masiva
0. (Procedimiento de infracción informal) Diálogo estructurado o "EU Pilot", para dar oportunidad de solución rápida y evitar el procedimiento formal de infracción
1. "Carta de emplazamiento" al Gobierno del Estado, que supone la apertura del procedimiento formal de infracción. En teoría, en dos meses debe haber observaciones . Es éste el estado en el que se encuentra el procedimiento de infracción INF(2014)4334
2. "Dictamen motivado" , si no hay respuesta o no es satifactoria. Plazo de dos meses para que el Estado se ajuste al cumplimiento del Derecho de la UE señalado. Puede haber complementarias
3. "Recurso al Tribunal de Justicia de la Unión Europea", si no hay respuesta o no es satisfactoria, habitualmente con petición de la Comisión al Tribunal que imponga el pago de una suma a tanto alzado o de una multa coercitiva.
4. Sentencia de Recurso del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (después de una media de 2 años) sobre si el Estado ha infringido el Derecho la UE y la imposición de multa y la obligación de adaptar la legislación lo antes posible
5. El asunto vuelve a remitirse al Tribunal de Justicia de la UE, tantas veces como el incumplimiento estime la Comisión con nuevas propuestas de multas
Nótese por otro lado que la Sala de lo Contencioso ha decididoLa Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo mantener su doctrina de no conceder ninguna sanción ante el abuso de temporalidad del funcionario interino al no existir ninguna ley nacional que la recoja.
- [19/03/2020] Sentencia esperanzadora del Tribunal Europeo del asunto acumulado "Sánchez Ruiz": hay abuso de temporalidad en la interinidad de vacante prolongada que requiere una sanción, que le corresponde al ordenamiento español fijar, orientando que no puede valer como sanción la convocatoria a proceso selectivo libre ni la figura del indefinido no fijo
- [22/10/2020] Auto del Tribunal Europeo ante cuestiones del Tribunal Supremo portugués: contraria a la Directiva europea una normativa de un Estado miembro que prohíba la conversión en fijo en un sector público si no incluye ninguna otra medida eficaz para evitar y sancionar el abuso de temporalidad
- [11/02/2021] Sentencia del Tribunal Europeo en asunto griego: golpe a la doctrina de nuestro Supremo de que la sentencia europea de 19/03/2021 del asunto acumulado "Sánchez Ruiz y otros" no se aplica a situaciones de un único nombramiento prolongado
- [31/05/2021] Repaso de la Abogacía General de la UE a los principios "bien establecidos de la jurisprudencia del Tribunal Europeo sobre la sanción al abuso de temporalidad": por el derecho a una reparación efectiva ante un abuso -derivado del artículo 47 de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea-, aunque la cláusula 5ª de la Directiva 1999/70 sobre medidas para evitar el abuso de temporalidad en sí no sea de efecto directo, en el caso de que no haya ningúna medida en la legislación nacional suficientemente disuasoria y eficaz prevista para sancionar el abuso de temporalidad, "tendría que dejar de aplicarse cualquier norma del Derecho nacional que obstaculice la conversión en fijo".
- [28/06/2021] [Poder Judicial] '[La Sala de lo Social de] El Tribunal Supremo establece doctrina sobre la duración de un contrato de interinidad por vacante en el sector público tras la sentencia del TJUE La duración máxima será la del tiempo que duren los procesos de selección para cubrir la vacante conforme a lo dispuesto en su normativa legal o convencional específica' ["Una duración superior a tres años debe considerarse injustificadamente larga, lo que comportará que el trabajador interino pase a ostentar la condición de indefinido no fijo". Sentencia confirmando la indemnización al cese de laboral interina de vacante de casi 8 años que demandaba ser considerada indefinida no fija al cese a efectos indemnizatorios por superar el plazo de 3 años]
- [24/12/2021] El Pleno de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo, con discrepancia de 3 magistrados, sentencia este 25/11/2021 seguir concediendo el indefinido no fijo y no la fijeza ante el abuso de temporalidad en empleados públicos laborales que sólo hayan superado proceso selectivo para temporal. Dice que hacerlo iría contra la norma del Estatuto Básico del Empleado Público y que las sentencias del Tribunal europeo no le obligan a dejar de aplicar normativa nacional en abusos de temporalidad. Dos magistrados afirman que conceder la fijeza no viola esa normativa nacional y otro que tendría que haberse consultado al Tribunal Europeo si la norma que impide la fijeza no viola la normativa europea
- [10/10/2023] El
Tribunal Supremo Administrativo portugués sentencia la conversión en
indefinida a la empleada pública del Auto "Gondomar" del Tribunal
Europeo , pese a la prohibición de "fijeza" de la ley portuguesa para
los empleados públicos y ante la ausencia de medidas efectivas de
sanción reparadora: "el principio de igualdad de acceso a la función
pública no puede superponerse ciegamente al derecho a la estabilidad en
el empleo"
- [22/02/2024 El Tribunal de Justicia de la UE, en su sentencia de este 22/02/2024 reafirma la figura del indefinido no fijo como un temporal que mantenido durante años sufre nuevo abuso de temporalidad, tumba tanto la figura del indefinido no fijo para el abuso de temporalidad del laboral público como que puedan valer como sanción indemnizaciones al cese ni procesos de consolidación abiertos [como es la ley 20/2021]. Si el tribunal remitente entiende que se puede hacer la interpretación de que es constitucional, la solución para el laboral público en abuso es la fijeza. Posible futuro cambio jurisprudencial de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo y posible exigencia de la Comisión Europea de más cambios legislativos con medidas completamentarias a la ley 20/2021
- [23/03/2024] [I.
Beltrán] Sobre la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de
22/02/2024: la figura del indefinido no fijo no es adecuada para
combatir el abuso y queda abierta la puerta para fijeza para el
personal laboral en abuso de temporalidad
- [31/05/2024] [Poder
Judicial] 'El Tribunal Supremo pregunta al TJUE sobre la situación de
los empleados públicos con temporalidad abusiva' [ si es contrario a la
directiva europea no conceder la fijeza por los principios
constitucionales y si una indemnización superior al cese del indefinido
no fijo es una medida suficiente]
- [03/10/2024] Comisión Europea insta a ESPAÑA a que mejore medidas sancionadoras del abuso de temporalidad pública
- [27/02/2025 [ElDiario.es/20 Minutos] La Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo mantiene que no puede conceder ningún tipo de fijeza como sanción al abuso de temporalidad porque iría contra la Constitución española y reitera su doctrina vigente desde 2018 sobre las consecuencias del abuso de temporalidad en el funcionario interino [Sentencias a dos de los recursos de casación del pasado 11 de Febrero
- [10/03/2025] La Comisaria europea de Empleo, Roxana Mînzatu, se reúne este jueves 13 con el Ministro español de Función Pública, Óscar López. Su dirección general de Empleo mantiene dos procedimiento de infracción contra España por los empleados públicos temporales
- [|2/03/2025] [CEPPT] Campaña de envío masivo de cartas a la Comisaria europea de Empleo, Roxana Mînzatu, ante su reunión con el Ministro español de Función Pública, Óscar López
- [27/03/2025] [El
Diario] FETAP de CGT se reúne con el gabinete de la Comisaria de Empleo
de la UE para que actúe contra el abuso de temporalidad pública en
España
10 comentarios:
España es el único país de la Unión Europea que no sanciona el abuso de temporalidad en sector público.
Te pueden despedir después de 20 años de abuso de temporalidad sin ninguna indemnización.
En España no se cumplen la Directiva 70 99 ni las sentencias del TJUE.
En España hay BARRA LIBRE PARA EL ABUSO DE TEMPORALIDAD EN EL SECTOR PÚBLICO.
Queremos que el derecho de la Unión Europea se aplique igual a todos los trabajadores europeos, sin racismo en función de la nacionalidad.
FIJEZA YA!!!!
Espero que le diga que en Europa no se admiten las autocracias y que no puede abusar de cientos de miles de empleados públicos
Aquí, no hace nada nadie. Esto se acaba y no hay reparación del daño ni sanciones a los responsables ni cambio normativo ni nada. La norma europea se la pasan por el forro, a la vista esta.
8:55 y Europa no sanciona a España por no sancionar ni reparar el abuso en la temporalidad. Eso sí, hay que decir que somos todos muy sociales y muy europeos 🤦🏻♀️
¿Alguien tiene alguna esperanza de que se trate en la reunión con el Presidente del Gobierno o con la ministra el procedimiento sancionador abierto a España por no cumplir la Directiva?
¿Conociendo los foros donde se van a producir estas reuniones tanto en Barcelona como en Madrid, no sería buena idea que nos organizaramos los compañeros para visibilizar allí nuestra protesta pidiendo de una vez la estabilización real y el cumplimiento efectivo de la Directiva?.
Es una idea que dejo a los compañer@s por si podemos organizar algo que visibilice nuestra protesta.
A Barcelona probablemente no llegamos pero mañana es en Madrid
haceros a la idea que estos no moveran un dedo hasta que los sancionen...tiempo al tiempo...y lo usaran como justificacion
Y estos a palos:
https://www.eldiario.es/politica/fractura-judicial-bloquea-eleccion-presidencias-salas-delicadas-supremo_1_12277547.html
Se ve que hay incumplimientos de primera y de segunda; https://www.elespanol.com/invertia/observatorios/digital/20250507/bruselas-denuncia-espana-tjue-no-aplicar-correctamente-ley-servicios-digitales/1003743746140_0.html
Que lamentable, la doble vara de medir de la Comisión Europea.
En el Gobierno hablan mucho de lobbys pero lo de "levanta la mano" y "no aprietes" con el incumplimiento del Estado español de la directiva del abuso de temporalidad, luego ya tal.
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