'La Comisión Europea ha decidido hoy enviar un dictamen motivado a Grecia [INFR(2024)4013] por no adaptar plenamente su legislación nacional a la Directiva sobre el trabajo de duración determinada (Directiva 1999/70/CE del Consejo), que prohíbe la discriminación de los trabajadores con contrato de duración determinada.
La legislación griega contiene condiciones laborales menos favorables para los docentes con un contrato de duración determinada que trabajan en escuelas públicas en comparación con los docentes fijos, por ejemplo en lo que se refiere al permiso de maternidad y a la baja por enfermedad. La Comisión envió a Grecia una carta de emplazamiento al respecto en julio de 2024.
Las explicaciones facilitadas por Grecia en su respuesta para justificar las diferencias de trato fueron insatisfactorias. Por consiguiente, la Comisión ha decidido enviar un dictamen motivado a Grecia, que dispone ahora de dos meses para responder y adoptar las medidas necesarias. De no hacerlo, la Comisión podrá optar por remitir el asunto al Tribunal de Justicia de la Unión Europea.'
Fuente: Nota de prensa de la Comisión Europea de 07/05/2025
NOTA DEL EDITOR: Recordemos los pasos de un procedimiento de infracción de la Unión Europea, que pueden conducir a importantes sanciones millonarias:
0. (Procedimiento de infracción informal) Diálogo estructurado o "EU Pilot", para dar oportunidad de solución rápida y evitar el procedimiento formal de infracción
1. "Carta de emplazamiento" al Gobierno del Estado, que supone la apertura del procedimiento formal de infracción. En teoría, en dos meses debe haber observaciones .
2. "Dictamen motivado" , si no hay respuesta o no es satifactoria. Plazo de dos meses para que el Estado se ajuste al cumplimiento del Derecho de la UE señalado. Puede haber complementarias. Es éste el estado en el que se encuentra este procedimiento de infracción
3. "Recurso al Tribunal de Justicia de la Unión Europea", si no hay respuesta o no es satisfactoria, habitualmente con petición de la Comisión al Tribunal que imponga el pago de una suma a tanto alzado o de una multa coercitiva.
4. Sentencia de Recurso del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (después de una media de 2 años) sobre si el Estado ha infringido el Derecho la UE y la imposición de multa y la obligación de adaptar la legislación lo antes posible
5. El asunto vuelve a remitirse al Tribunal de Justicia de la UE, tantas veces como el incumplimiento estime la Comisión con nuevas propuestas de multas
No hay comentarios:
Publicar un comentario