lunes, 27 de julio de 2026

La Sala de lo Social del Tribunal Supremo publica varias sentencias de los recursos de casación que deliberaba entre el 7 y el 14 de Julio , algunas de fijeza (laboral), aplicando su nueva doctrina ante el abuso de temporalidad del empleado público laboral: matiza que la fijeza también corresponde si la requerida superación de las pruebas de un proceso selectivo para ser fijo se produce durante el abuso de temporalidad (y antes de la demanda de fijeza). Primera fijeza laboral del Supremo entrando en el fondo por lo Social , tras una irregularidad de una "contratación administrativa" temporal y teniendo en cuenta el tener aprobado oposición de un proceso para ser funcionario fijo.

Acaban de publicarse en el CENDOJ más sentencias  de los asuntos que la Sala de lo Social del Tribunal Supremo debatió el  día de San Fermín 7/7/2026 así como una buena parte delas que deliberaba  el 14/07/2026 , asuntos todos sobre si debía conceder la fijeza laboral a empleados públicos laborales por abuso de temporalidad, naturalmente, aplicando al caso su nueva doctrina fijada primero en su sentencia de 11/07/2026, y segundo en la   sentencia de 30/06/2026 , ambas del Pleno de la Sala , un  cambio de criterio ante el abuso de temporalidad del empleado publico laboralt ras la sentencia del de 14/04/2026 en el asunto Obadal  del Tribunal de Justicia de la UE.

En concreto, las sentencias publicadas de las varias decenas de asuntos que abordó esos días, y que se suman a otras publicadadas antes (y de las que ya nos habíamos echo aquí), son:

  •  sentencias en las que la Sala de lo Social Tribunal Supremo entra en el fondo concede la fijeza laboral por tener el empleado público laboral en abuso de temporalidad aprobadas las pruebas de un n proceso selectivo para fijo sin obtener plaza:

    • Sentencia de la Sala de lo Social del TS de 15 de julio de 2026 (Nº Recurso: 4997/2022) contra la STSJ, Sala de lo Social, Castilla y León, 26-09-2022 (rec. 284/2022), demanda de conductor del servicio de limpieza contra el ayuntamiento de Valladolid, laboral temporal desde 1997 que obtuvo por sentencia la condición de indefinido no fijo en 2019 , aprobó la fase de oposición de un proceso selectivo para fijo sin obtener plaza en agosto 2021, presentando la demanda de fijeza por abuso de temporalidad poco después en Octubre de 2021

      En esta sentencia, como en otras siguientes, la Sala de lo Social matiza su doctrina de las dos sentencias del Pleno citadas, sobre si el abuso de temporalidad se debe producir empezando a contar o no después de la superación del proceso selectivo para fijo:

      "El hecho de que el proceso selectivo se sitúe en el tiempo más de veinte años después desde que iniciara su contratación como interino por vacante no debe impedir la calificación de fijeza, ya que estamos ante una acción declarativa sin que conste la extinción del vínculo, pues la superación de todas las pruebas del proceso selectivo no paralizó el abuso de la contratación temporal,, ya que se ha declarado probado que, por el Subdirector de Recursos Humanos del demandado se ha certificado, a fecha 8 de octubre de 2021, que el demandante ocupó el puesto número NUM000 de Conductor del Servicio de Limpieza, esto es, que ocupó un puesto de trabajo (temporal) con posterioridad a la Resolución de 2 de agosto de 2021 del Tribunal Calificador por la que consta aprobado sin plaza"
       

 

  • Sentencia de Social del TS,  09 de julio de 2026  nº Recurso: 3617/2023 Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música (INAEM). Trabajadora que encadenó contratos temporales, fue declarada indefinida no fija por sentencia y con posterioridad superó las pruebas de acceso a empleo público fijo sin obtener plaza, siendo incluida en bolsa de empleo y manteniendo posteriormente su contratación temporal mediante contratos encadenados.

  •  Sentencia de la Sala de lo socia TS, a 09 de julio de 2026 Nº Recurso: 2173/2023 , asunto de un "contrato administrativo" (denominación de la ley de Función Pública de navarra de los nombramientos interinos) de sustitución en primer lugar y de interinidad de vacate con posterioridad del Personal de Limpieza del Departamento de Educación de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, asistido por el abogado Luis Beaumont Aristu: la Sala de lo Social estima la competencia del orden jurisdiccional social por irregularidad del contrato de sustitución y , entrando en el fondo, sentencia la condición de fijo laboral por tener superadas las pruebas de un proceso selectivo  para ser fijo, ¡funcionario de carrera!, sin obtener plaza

 


Aparte hay una desestimaciones del abuso de temporalidad por "cosa juzgada":


o por que considera la Sala que no se aprecia abuso:

  • STS, a 14 de julio de 2026  Nº Recurso: 2165/2025: " la interinidad se firma cuando la plaza ya estaba convocada. El proceso selectivo se resuelve en dos años. La plaza queda desierta y vuelve a ser convocada inmediatamente en un nuevo proceso que se resuelve antes de un año, en el que ya se adjudica a un titular"


 

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2 comentarios:

Anónimo dijo...

Todo lo que no sea lo que preceptúa Europa con Obadal se sale del carril, y para inventos no estamos

Anónimo dijo...

El TS de lo social sigue aplicando jurisprudencia que no es ningún caso lo que el TJUE dijo el 14/04/2026 Obadal. El TS español se ha inventado el que el empleado público temporal en abuso debe tener obligatoriamente un proceso selectivo de oposición aprobada sin plaza, y esto no es la doctrina del TJUE.
Pero también, las stc del los TSJ autónomicos, directamente no nombran ninguna Stc del TJUE, únicamente nombran jurisprudencia TS español, siguen sancionando lo TSJ autónomicos el abuso con más abuso, a mí en julio 2026 me han aplicado un INF a la estatutaria, estimando parcialmente la demanda, declarando la existencia del abuso, o condenado a costas, pero ni Fijeza Ni indemnización. Y OBLIGADO a ir a casación TS contencioso con muy pocas probabilidades no ya de éxito sino de admisión a trámite, mientras el estado español no me aplica la primacía del derecho de la unión europea. Esto es una estafa nacional aberrante que además de dolor y precariedad cuesta un dineral al trabajador público que osa demandar su fijeza tras una década en abuso.