'La Comisión Europea ha recibido un gran número de denuncias sobre una supuesta infracción por parte del Reino de España debido a unas sentencias de los tribunales españoles, incluidas dos sentencias del Tribunal Supremo español de 11 de noviembre de 2025, sobre contratos de préstamo con garantía hipotecaria con tipos de interés flexibles referenciados al índice IRPH.
La Comisión ha inscrito estas denuncias en el registro central de denuncias con el número
de referencia CPLT(2026)00803. Puede enviar más información sobre su denuncia a
JUST-B2@ec.europa.eu. Cite el número de referencia anteriormente mencionado.
La Comisión examinará la denuncia a la luz del Derecho de la Unión Europea aplicable y en consonancia con las prioridades en materia de garantía de cumplimiento de dicho Derecho establecidas en la Comunicación de la Comisión «Derecho de la UE: Mejores resultados gracias a una mejor aplicación» .
Tenga en cuenta que, si la Comisión decide actuar a raíz de su denuncia, incluso incoando un procedimiento formal de infracción, su objetivo general es garantizar que las leyes de los Estados miembros sean conformes con el Derecho de la Unión y que se apliquen correctamente. La presentación de una denuncia a la Comisión no puede, por lo tanto, resolver su situación concreta e individual. Para obtener reparación, incluida una indemnización si está justificada, debe emprender acciones a nivel nacional en el Estado miembro de que se trate. La presentación de una denuncia a la Comisión no suspende los plazos para emprender acciones legales con arreglo a la legislación nacional. La Comisión también puede decidir, en el ejercicio de su facultad discrecional, no incoar un procedimiento formal de infracción, incluso si considera que se ha producido una infracción del Derecho de la Unión.'
[...]
Fuente: Comunicado de la Comisión Europea de 27/03/2026
NOTA DEL EDITOR: Recordemos que la Comisión Europea mantiene en su página web sobre procedimientos de denuncia múltiple un procedimiento de denuncia mútiple "Información sobre el seguimiento de las denuncias registradas con la referencia CPLT (2013)01917 - Ausencia de medidas destinadas a evitar utilización sucesiva de contratos o relaciones laborales de duración determinada en el sector público español", la denuncia múltiple en la Comisión Europea que unificaba en 2018 (¡no en 2013!) a partir de una de las denuncias de 2013 y el gran número de denuncias recibidas sobre abuso en duración de la temporalidad de empleados públicos españoles principalmente en torno a 2017 y 2018 contra la solución de 2017 y 2018 del Gobierno del Estado y sindicatos de procesos selectivos de libre concurrencia con los puestos sin ni indemnización al personal de larga temporalidad que fuera cesado que le habían llegado de las campañas como las del abogado Martos en su asociación de interinos ANIL, la campaña masiva de la Plataforma de Interinos Pi, la del grupo de clientes del Abogado de Araúz de sus denuncias pioneras de 2016 solicitando cuestiones prejudiciales, y muchos otros . Desde entonces, la Comisión Europea acumula en esta denuncia múltiple cualquier denuncia sobre el tema recibida de un particular u organización.
La última información data de Noviembre de 2024,ha visto las sentencias del Tribunal de Justicia de la UE de 22/02/2024 y 13/06/2024 y ha enviado una carta adicional a España en el procedimiento de infracción abierto en paralelo [INFR(2014) 4334],
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