lunes, 30 de marzo de 2026

La europarlamentario de ERC, Diana Riba, pregunta a la Comisión Europea por sus actuaciones para garantizar que España cumpla plenamente con la normativa y sentenias europeas en el abuso de temporalidad pública

 Se ha publicado en la web del Parlamento Europeo la pregunta de respuesta por escrito a la Comisión Europea  de 11/03/2026 (nº E-001008/2026) de la eurodiputada de Esquerra Republicana  de Catalunya, Diana Riba i Giner, adscrita al grupo Verts/ALE en el Parlamento Europeo, sobre la "Abuso de la temporalidad en España: cumplimiento de la Directiva 1999/70/CE y posibles sanciones" a raíz del reciente fin de plazo de la Comisión Europea al gobierno español para establecer normativa válida de sanción a dicho abuso en empleados públicos que permita levantar la suspensión de 626 millones de fondos UE que decidió el pasado 7/7/2025 tras las sentencias del Tribunal de Justicia de la UE de 2024 .

En concreto, la pregunta planteada reza así:

España es el sujeto del procedimiento de infracción INFR(2014)4334 por no aplicar correctamente la Directiva 1999/70/CE sobre el trabajo de duración determinada en el empleo público.

El TJUE dictó sentencias sobre el abuso de la temporalidad el 22 de febrero de 2021 y el 13 de junio de 2024, y está prevista la sentencia del asunto C‑418/24 para el 14 de abril de 2026.

A pesar de esas sentencias y la Ley 20/2021, el abuso de la temporalidad en España sigue siendo elevado y el plazo de seis meses concedido por la Comisión para adoptar medidas venció el 7 de enero de 2026 sin resultados sustantivos.

Ante esta situación:

    • 1.¿Qué criterios y actuaciones considera necesarios para garantizar que España cumpla plenamente con la Directiva 1999/70/CE y reduzca efectivamente el abuso de la temporalidad en el empleo público?
    • 2.Tras las sentencias de 2021, 2024 y la próxima del 14 de abril de 2026 , ¿tiene previsto remitir el caso al TJUE, conforme al artículo 258 del TFUE, por incumplimiento persistente?
    • 3.En caso de que persista el incumplimiento tras una posible decisión del TJUE, ¿qué criterios seguiría la Comisión para proponer sanciones económicas coercitivas contra España, según el artículo 260 del TFUE , y cuál sería el calendario para su aplicación?

Con sentencia del TJUE del 22 de febrero de 2021 se refiere a la del 22 de febrero de 2024

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4 comentarios:

Anónimo dijo...

Muy bonito todo. Ahora la Comisión hará algo eso es lo que falta por ver.

Anónimo dijo...

Así hay que seguir, dando guerra y recordando la situación estancada que mantiene España; no moverán el culo hasta que les empiecen a imponer sanciones.

Anónimo dijo...

Si nos quieren ayudar que se unan a los demás grupos y le digan al PSOE o firmáis la fijeza o hacemos caer el Gobierno, todo lo demás es paripé.

Anónimo dijo...

Pero no pone el plazo para responder de la comisión no?