[13/09/2022] 'El
Consejo de Ministros ha aprobado hoy, a propuesta del Ministerio de
Justicia, el Proyecto de Ley que regula la protección de las personas
que informen sobre infracciones que vulneren el ordenamiento europeo y
nacional y, en consecuencia, que contribuyan a la lucha contra la
corrupción con el objeto de transponer la Directiva (UE) 2019/1937 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2019, relativa a
la protección de las personas que informen sobre infracciones del
Derecho de la Unión Europea (UE).
El objeto de la Directiva es proteger a todas aquellas personas que informen sobre corrupción o fraudes y violaciones del Derecho de la Unión Europea y del ordenamiento jurídico interno, mediante el establecimiento de canales protegidos de información y la prohibición de cualquier represalia contra ellas.
La ministra de Justicia, Pilar Llop, ha destacado que la normativa a la que hoy “da el visto bueno en segunda vuelta el Consejo de Ministros nos va a hacer mejorar como país en rankings que elaboran organizaciones internacionales como GAFI, el GRECO o Transparencia Internacional".
Y
ha añadido que “más importante aún es que va a ayudar a concienciar y
aumentar las informaciones por corrupción al crear un clima de confianza
entre el informante y la Administración".
Con este Proyecto de Ley, no solo se transpone la Directiva europea, conocida como Whistleblowers, sino que se da cumplimiento a una serie de objetivos del Plan y acción del Gobierno en la lucha contra la corrupción, incluidos en el acuerdo de coalición en el punto 2.11.3 o en el IV Plan de Gobierno abierto 2020-2024,
ya que proteger a las personas informantes es prioritario en la lucha
integral contra la corrupción tanto en el ámbito público como en el
privado.
Además, se ajusta a la necesidad de que nuestro país cuente con un marco holístico y efectivo para la protección de los informantes, tal y como recoge el Informe sobre el Estado de Derecho en 2020 y el Informe GRECO de Evaluación de España.
La ministra de Justicia ha destacado que para la elaboración de este texto ha contado, “además de con los informes preceptivos, con la participación de la sociedad civil, así como las comunidades autónomas y entidades locales, a través de la Federación Española de Municipios y Provincias".
En
este sentido, Llop también ha señalado las “valoraciones positivas" que
el Consejo de Estado ha dictaminado en relación a la extensión de la
protección de los informantes más allá del ámbito estrictamente previsto
por la normativa europea, entre otros asuntos.
Medidas que establece la nueva norma
El
Proyecto de Ley establece, entre otras medidas, un régimen jurídico que
garantiza la protección efectiva de aquellas personas que, tanto en el
seno de organizaciones públicas como privadas, comuniquen información
relativa a infracciones del Derecho de la Unión y del Derecho nacional.
Con
esta norma, cualquier ciudadano, y cualquier funcionario público, podrá
poner en conocimiento las operaciones, subvenciones y adjudicaciones
sospechosas, en el ámbito de la contratación o del resto del
ordenamiento, y se le deberá de conferir una protección real y efectiva
ante cualquier represalia al informante y a su entorno.
La
ministra de Justicia ha explicado que la norma regula los sistemas
internos de información, que se perfilan como cauce preferente dentro de
la libertad del informante para elegir el canal a seguir según las
circunstancias y los riesgos de represalias que considere, garantizando
asimismo el respeto a la legislación específica en la materia y para
distintos sectores como son el financiero, de seguros, de auditoría, de
competencia o de mercados de valores.
También
se establece la obligación de disponer de canales internos de
información para empresas con más de 50 trabajadores. Igualmente, se
obliga a contar con un sistema interno de información a todos los
partidos políticos, sindicatos, organizaciones empresariales, así como a
las fundaciones que de los mismos dependan siempre que gestionen fondos
públicos, con independencia de su número de empleados.
En
el caso de los municipios cuya población no supere los 10.000
habitantes, pueden compartir medios para la recepción de informaciones
con otros ayuntamientos también de menor población; así como con
entidades supramunicipales, si sus actividades se circunscriben al
ámbito de la misma comunidad autónoma.
Del
mismo modo, la nueva norma permite formular las informaciones
realizadas de manera anónima, al igual que en otros modelos de
protección del informante a nivel europeo, internacional o autonómico ya
implantados.
En relación con
los plazos para la realización de las investigaciones y para dar
respuesta al informante, el proyecto contempla que no será superior a
tres meses, siguiendo la línea marcada por la norma europea, con
posibilidad de prórroga si la especial complejidad de la investigación
lo aconseja.
Sanciones
Llop
ha hecho hincapié en que la norma contempla un detallado régimen
sancionador para las acciones u omisiones que limiten los derechos y
garantías introducidos en esta ley, especialmente las orientadas a
obstaculizar, impedir, frustrar o ralentizar las informaciones.
Además,
la ministra ha destacado que se sancionará la comunicación o revelación
pública de información de infracciones del ordenamiento jurídico a
sabiendas de su falsedad. En general, el procedimiento sancionador
contempla multas que oscilan entre los 1.001 y los 300.000 euros, en el
caso de personas físicas; y los 10.001 y el millón de euros, en el caso
de las personas jurídicas, ha explicado.
Finalmente, Llop ha agradecido a todas las personas que han puesto el tema de la lucha contra la corrupción en la agenda pública: “Estoy convencida de que, de haber dispuesto de una ley como la que alumbramos hoy, la respuesta que tuvieron habría sido distinta y sus vidas, mucho más fáciles".'
Fuente: Nota de prensa del Gobierno del Estado/Ministerio de Justicia de 13/09/2022
[Texto del anteproyecto de ley que se sometió a consulta pública a fecha de marzo de 2022]
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