Recientemente se publicaba en el CENDOJ el Auto de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo de 26 de julio de 2022 en el recurso ordinario nº 695/2022 interpuesto por el Consejo General de Colegios Oficiales de Secretarios, Interventores y Tesoreros de Administración Local [COSITAL] contra el Real Decreto 408/2022, de 24 de mayo (BOE 25/05/2022), de publicación de la oferta de empleo público para la estabilización de empleo temporal en la Administración General del Estado correspondiente a la Ley 20/2021, de 28 de diciembre.
En este Auto,se da respuesta a la solicitud que hizo ese Consejo General de Colegios de que se suspendiera, cautelarmente hasta la sentencia a su recurso , la ejecución de la citada OPE de la AGE exclusivamente en lo que respecta a lo mencionado sobre y a las plazas de la Escala de funcionarios de Administración local con habilitación de carácter nacional. Esto implicaría no proceder por parte del Estado de la convocatoria de los procesos selectivos, incluidos el concurso excepcional de méritos, para los cuerpos de esa Escsla (exclusivamente), convocatoria que según la ley 20/2021, tendríamos lugar antes del 31/12/2022.
Recordemos que ese decreto de OPE de estabilización del Estado correspondiente a
la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.incluye tanto plazas de personal funcionario o laboral de la Administración General del Estado en sí (2.861plazas, 2.299 a concurso de méritos) como las
plazas del personal
laboral de los entes públicos del Estado, de
personal funcionario de la Administración de Justicia, de personal
docente no universitario del Estado, de personal
estatutario tanto de la red hospitalaria del Ministerio de Defensa como
del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria y, finalmente, las 807 plazas (658 a concurso de méritos) de
personal de las AAPP locales de habilitación de carácter nacional, estas 807 últimas las únicas que podrían verse afectadas por este recurso de este Consejo de Colegios de COSITAL.
El Consejo General de COSITAL ha mostrado públicamente su rotunda oposición a que pueda haber plazas para funcionario fijo de administración local con habilitación nacional por procesos de sólo concurso de méritos sin oposición o incluso por concurso-oposición, exigiendo que se acceda a la fijeza en estas plazas siempre por el régimen ordinario de oposición y curso selectivo) , afirmando que se va a producir un agravio y discriminación con los funcionarios fijos de administración local con habilitación nacional que accedieron a la fijeza por el proceso ordinario, agravio que califican de "contrario a la normativa básica de régimen local e inconstitucional".
Así, el Auto del Supremo traslada que :
- este Consejo General de COSITAL entiende en su recurso (ordinario todavía, no de casación, claro) que no es legal la aplicación de la Ley 20/2021 a la Escala de funcionarios de Administración local con habilitación de carácter nacional , como hace esta OPE de la AGE porque:
- "vulnera el principio de jerarquía normativa" si se tiene en cuenta las "especificidades del régimen jurídico de los habilitados nacionales", que harían que, según ese Consejo General, permanecieran totalmente ajenos a la Ley 20/2021, dado que según este Consejo General, la Ley 20/2021 sólo afecta a funcionarios de la Administración Pública en la que "coinciden la competencia para el nombramiento del funcionario de carrera y el ejercicio de la función pública asignada". Este fundamento de ilegalidad planteado , evidentemente, no sería trasladable a otros colectivos
- y vulnera "los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad", sin trasladar aquí el Auto los detalles de este fundamento aparentemente más general, que suponemos achacará el recurrente más bien a la propia Ley 20/2021(Ley que no podía recurrir directamente) de la que derivan los concursos de méritos y el concurso-oposición , únicos procesos selectivos contemplados en la OPE recurrida, y que recordemos COSITAL
- y solicita la suspensión cautelar detallada arriba al entender que no supondría un grave perjuicio al interés público ni al de terceros al no existir en la ley 20/2021 una exigencia de ejecución prioritaria permitiendo que se demore hasta 31/12/2014 su finalización y la sentencia de este recurso debería estar antes.
El abogado del Estado por contra sostiene que la suspensión cautelar afectaría gravemente a los intereses de terceros: los aspirantes a las 807 plazas de las Subescalas que pudieran presentarse.
Y la Sala de lo Contencioso deniega la solicitud de suspensión cautelar al entender que no se dan ninguno de los motivos necesarios para estimar una suspensión cautelar:
- no es perceptible a simple vista ,y sin entrar en el fondo, la ilegalidade planteadas del Real Decreto, legalidad que se tendrá que estudiar ya para la sentencia
- la sentencia a este recurso tendrá lugar antes de que hayan avanzado los procesos selectivos -que todavía ni se han convocado- "hasta un punto en el que puedan producirse los perjuicios a que alude el recurrente en el supuesto de que nuestra sentencia sea estimatoria"
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20 comentarios:
Todos los años ha habido convocatoria de estas oposiciones, y muchos pro fijeza no han concurrido. a ellas, eso es facilmente comprobable. Luego el fraude de ley no se lo cree nadie.
De hecho he sido SIAL interin@, yo he concurrido a las oposiciones de FHE de 2012 a 2018, TODOS LOS AÑOS. Muchos pro fijeza NO.
Eso es. Son unos jetas y se les acaba el chiringuito de la interinidad. No es que no estudiaban es que¡ No se presentaban¡
Ya no engañan a nadie
Que fácil es generalizar y hablar de lo que no se tiene ni pajorela idea
De todas maneras sois chupagambas disfrazados de opositores, que no engañamos a nadie ya...
El chollo se os a acabo a ustedes señores
👏👏👏
https://elmon.cat/politica/espanya/funcionaris-esclaten-injusticia-fixos-interins-481957/
En mi administración, en el concurso de méritos se van a quedar la inmensa mayoría de las plazas A y B los funcionarios. Y yo me pregunto, ¿Cómo se digiere que en un concurso de méritos y ante personas que tenemos una experiencia y unos méritos tan reconocidos nos superen personas que nunca han hecho nuestro trabajo?
Nuestros responsables están aterrados de lo q les viene. Nosotros, muchas, mujeres mayores de 50, ¿a dónde creen que vamos a ir? Nos dicen que somos listas...
Que no es que nos regalen las plazas, es que han decidido hacer unconcurso de méritos y la inmensa mayoria de las personas que van a sacar esas plazas nunca han hecho ese trabajo y son de promoción. Los sindicatos todavía se quejan y quieren más para los funcionarios! No me lo puedo creer lo que estoy viviendo...
Por favor, podrías decir el nombre de esos sindicatos??
Los que negocian con los responsables de RRHH y tienen presencia en mi administración.
Pero el que ha escrito despues explicando la negociación y que además pedían más para los funcionarios ha sido UGT
Pero bueno, y de lo que va este tema, el tiempo ha ido pasando y se de más personas además de mi que estamos en casación, entiendo que eso es el supremo. El Supremo se negará a cambiar su doctrina, no se espera otra cosa.
No nos acompaña nadie, ni la ley, ni la política, ni los sindicatos, ni Europa.
En el entretanto están vaciando las administraciones de personas que tenemos mucho valor para el funcionamiento de las mismas y tb para nuestros responsables. Parecía que con el concurso paliaban el problema, mi responsable me decía incluso q quién podía sacar el concurso de mi plaza más que yo. Y lo q se está consiguiendo, o por lo menos en mi caso y en el de muchas personas, es q se rían en nuestra cara los funcionarios.
Por favor, no trolls.
Europa no nos ha abandonado, todo lo contrario, de no ser por Europa nos habrían fulminado como si en el siglo XIX estuviéramos.
Estamos esperando unas prejudiciales claras y concisas a las que el TJUE (responde a lo que se le pregunta) responderá dejando en su sitio al Tribunal Supremo y a toda la casta político-sindical. A partir de ahí a más tardar según apliquen la sentencia, a la Comisión Europea no le quedará más remedio que actuar para garantizar el Estado de Derecho. Claro que debería actuar ya!. Hay material de sobra. Pero mientras lo hace son cesados miles de personas en situación de fraude de ley que no se enteran de que tienen derechos, muerto el perro muerto la ravia.
Y no olvidéis que hay una nueva directiva de amparo al denunciante en la que entra el ataque al Derecho Europeo. A ver si cuelgan la conferencia que dieron el otro día para aclarar todo esto y ver como podemos utilizar dicha directiva.
Ánimo y perseverancia que al final se hará justicia, primacía del Derecho Europeo.
Y cuidado con los Trolls, políticos, opositores y sindicalistas, que os animan a que no judicialiceis vuestras plazas.
Aunque no les guste tenemos derechos y al formar parte de la Unión Europea son esos derechos por los que nos regimos habiendo España renunciado a su soberanía en cuanto a ellos.
Los de la toga, la gamba y los jetas políticos, parece que no lo entienden y piensan que esto sigue siendo su cortijo.
Aquí tenéis la conferencia de Zaragoza más que interesante.
Se abre una gran vía para terminar de sacudirse a la justicia española en el caso de que no acate la legislación europea.
Ojalá haga su impecable análisis este blog: https://www.youtube.com/watch?v=2SOTo6qIjvU
No tiene desperdicio, se abre una nueva era contra la corrupción política, judicial y sindical.
En el caso de los que denunciamos antes del Icetazo y ya se van a convocar nuestros concursos y nuestro juicio ya está en el supremo ¿qué esperanzas tenemos porque yo tengo la sensación de haber peleado para que mis compañeros que llevaban poquísimo tiempo como temporales y van sumando años, les acaben haciendo fijos y a mi m echen a la calle y se quede con mi plaza un funcionario?
Es que dicen que las prejudiciales se esperan para primavera y entonces yo ya estaré en la calle y a lo mejor el Supremo tb m ha dado la patada
Estamos jodidos. Q gente!
Los comegambas seguro que se os acaba el chiringuito.
Cuando se vulnera el derecho europeo no hay cosa juzgada y eso el supremo lo tendrá que acatar y por tanto revisar tu sentencia para adaptarla a la jurisprudencia del tribunal europeo
Gracias
A la mayoría de los jueces españoles les cuesta entender que España ya no es soberana en muchos campos entre ellos el de la justicia, pero lo irán entendiendo ya que irán cambiando muchas cosas.
Por lo que entiendo es que con la nueva directiva se les podrá demandar por no aplicar en sus sentencias el derecho europeo. Y lo mejor de todo es que si hay visos de parcialidad se puede trasladar la denuncia a otro juzgado europeo.
Vamos avanzando paso a paso y esto es imparable, aunque a muchos en este país les cueste asumirlo.
La doctrina del supremo ya cambió con los autos del 3 y 6 de Junio del 2021, referidos a la situación de abuso. A los interinos de vacante no nos reconocían la situación de abuso.
Y respecto a la sanción, la tendrán que modificar, en lo contencioso, con las prejudiciales del año que viene
Así debería ser salvo que se declaren en rebeldía como los húngaros.
Acaba de hacer un comunicado el Sr Arauz en el que comenta que el TJUE acaba de abrir un plazo de dos meses para que ambas partes interesadas (Estado Español y el bufete de Arauz) para la formulación de observaciones escritas, el proceso final sigue su curso, Europa manda.
Por el camino hasta que el TJUE ponga en su sitio a todos estos, seguramente el segundo semestre del año que viene, quedarán miles y miles de personas que por no enterarse que tienen derechos o por el motivo que sea, serán eliminados sin resarcimiento por perder el vínculo con su plaza y no haber demandado.
Esta contundente sentencia será para el puñado de miles, un mal menor al final para esta banda, que no vamos a cejar hasta que se haga justicia.
Un fuerte abrazo y mucha fuerza para todos ellos. Y para los que consigan plaza, muchos estamos estudiando para ello, a seguir para conseguir una indemnización efectiva y disuasoria.
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