'Ayer, 20 de julio, ha tenido lugar una nueva reunión de la comisión de seguimiento de Temporalidad y Empleo, donde se solicita un posicionamiento final sobre el último borrador de texto aportado por la Administración, y que debe dar lugar a un nuevo acuerdo de criterios que rijan el desarrollo de los procesos de estabilización de empleo temporal en la Administración General del Estado.
Desde CCOO, y antes de adelantar el sentido de nuestro voto, hemos planteado la situación que se sigue produciendo con los procesos de estabilización convocados antes de la publicación de la Ley 20/2021. La resolución de estos procesos, que estaban dirigidos a plazas ocupadas por personal interino con una antigüedad al menos en los 3 años anteriores a 31 de diciembre de 2017, está provocando que se queden plazas vacantes al ser cesado todo el personal interino, con independencia de que el número de aprobados no cubra el número de plazas.
La Administración, conocedora de esta situación y ante las diferentes soluciones planteadas por CCOO, solo se compromete a elevar la cuestión a un ámbito superior, solución que a este sindicato no le va a frenar en la defensa de no permitir más pérdida de empleo, en unos momentos de déficit como los que actualmente atraviesa toda la AGE.
A pesar de las modificaciones y mejoras que desde CCOO se han ido introduciendo en los diferentes textos, no hemos avalado con nuestro voto el último borrador de texto sobre criterios trasladado por la Administración, siguen existiendo muchas e importantes cuestiones difíciles de superar y que han impedido que pudiéramos alcanzar cualquier tipo de acuerdo.
La Administración ha conducido toda la negociación imponiendo el seguimiento de la Resolución de la Secretaría de Estado de Función Pública sobre las orientaciones para la puesta en marcha de los procesos de estabilización de la AGE, donde no se llegó a ningún acuerdo.
A pesar del tiempo transcurrido y las reiteradas peticiones por nuestra parte, no han facilitado las plazas a estabilizar desagregadas por centro, grupo profesional, familia y especialidad del Convenio, o cuerpo y escala funcionarial, ni la identificación del acceso por concurso-oposición o concurso.
Los procesos que derivan de las Disposiciones Adicionales 6ª y 8ª siguen siendo los únicos en los que no se va a valorar el tiempo de servicio prestado en la AGE de manera diferenciada al servicio realizado en otras Administraciones, a pesar de la STS que reitera que no existe arbitrariedad en atribuir distinta puntuación a la experiencia previa según se haya adquirido en la Administración convocante u otra diferente.
No se evita que estos procesos de estabilización se conviertan en concursos de traslados entre Administraciones, o en un proceso de promoción interna en el ámbito de la AGE, desvirtuando el sentido de la estabilización y la reducción del empleo temporal.'
Fuente: Comunicado de CCOO de la AGe del 21/07/2022
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