martes, 12 de julio de 2022

Publicada la calificación final de otro de los procesos selectivos del SERMAS convocados en buena parte con plazas de "estabilización" según la ley estatal de 2017, todas plazas temporales ya más de 8 años: Pediatra de Atención Primaria. Fueron convocadas con las bases aprobadas en la Mesa Sectorial de 2017 como concurso-oposición eliminatoria y 35% peso de la antigüedad en cualquier servicio de salud

El Servicio Madrileño de Salud ha publicado este 12/07/2022 en la página web del proceso selectivo,   el acuerdo del Tribunal con las relaciones definitivas de la baremación de méritos de la fase de concurso y la relación de aspirantes por orden de puntuación en la calificación final alcanzada en el proceso selectivo para alcanzar la condición de personal estatutario fijo  de la categoría de Pediatra en Atención Primaria, (proceso de la OPE 2018 del SERMAS que fue convocado en Febrero de 2019 , tuvo su examen en noviembre de 2019,  en junio de 2020 los listados de aprobados de la oposición,abriéndose entonces la presentación de méritos cuya valoración provisional se demoró hasta mayo de 2022, ¡casi 2 años después!):

  • Relación definitiva de méritos de la fase de concurso por orden alfabético pdf 

  • Relación definitiva de méritos de la fase de concurso por orden de puntuación pdf
  • Calificación final del proceso selectivo por orden de puntuación pdf

Esta convocatoria  es de las  primeras  , tras las de  Enfermero en puestos de Emergencias días atrás, que reciben su calificación final de las convocatorias de la OPE 2018 del SERMAS,  segunda OPE de las tres  Ofertas Públicas de Empleo del SERMAS con plazas de "estabilización" con los puestos temporales de más de 3 años a 31/12/0216 (es decir , plazas todas temporales ya más de 8 años),  que se derivaba  de la Ley estatal anterior de 2017 de reducción de temporalidad, un articulado dentro de la  Ley de Presupuestos Generales del Estado 2017 , tras el polémico y previo  acuerdo de 2017 del Estado con los sindicatos sobre temporalidad del empleo público  , y que autorizaba a convocar sin tener en cuenta límites de tasa de reposición

  1.  hasta el 90% de los puestos de trabajo en el Servicio de Salud y otros sectores de las AAPP que a fecha de 31/12/2016 llevaran  más de 3 años cubiertos de forma temporal [ más de 22 mil según el SERMAS] , 
  2. todos los puestos temporales de cualquier AAPP  desde antes de 1 de Enero 2005 a los que se refiere la Disposición Transitoria 4ª del Estatuto Básico del Empleado Público 
  3. y todos los puestos de los indefinidos no fijos por sentencia,

La primera de dichas  OPEs derivaas de la ley anterior de estabilización , la OPE 2017 comenzó la publicación de resultados definitivos en Diciembre de 2021 .

Por otro lado,la última de las OPEs, la OPE 2019 ha visto absorbida para la nueva OPE 2022 según  la nueva ley estatal de estabilización  20/2021, todas las plazas de sus categorías que no habían sido convocadas, yendo, presumiblemente a concurso de méritos excepcional contemplado en la nueva ley.


En esta convocatoria de 2019 Médico de Familia de Atención Primaria de 2019  se convocaban 355 plazas , computadas 114 por la parte de reposición, 241 plazas por  esa tasa adicional permitida por la ley 2017 fuera de la tasa de reposición de esta manera por ese  90%  de las  temporales más de 3 años restantes . Por tanto teniendo en cuenta que, según se anunció en mesa sectorial , el 10% de las temporales más de 3 años se intentarían incluirían en la tasa de reposición, una parte importante de las plazas corresponden a puestos estructurales temporales con más de 8 años de antigüedad adía de hoy, es decir, con más de 7 años a 31/12/2020. con lo que la con la  la nueva Ley 20/2021 de reducción de temporalidad pública publicada de 28/12/2021 habrían caído en las condiciones del concurso excepcional de méritos  por su disposición adicional 6ª (junto con algunas plazas más , claro, por la 8ª).

En la mayoría de los casos estarán cubiertas por personal temporal de larga temporalidad personal, situación que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en su  sentencia del 19/03/2021 del asunto acumulado "Sánchez Ruiz y otros" (justo el asunto principal un informático del SERMAS, interino de vacante en una plaza como éstas)  estableció que se traba de abuso de temporalidad  que requiere una sanción reparadora para el trabajador,, indicando que no puede valer la convocatoria a proceso selectivo libre de futuro incierto para el trabajador como son estos procesos de estabilización ni la figura del indefinido no fijo o una indemnización que no fuera específica o disuasoria. Precisamente, esta sentencia europea es la que ha tenido como consecuencia, como reacción mínima por parte del Gobierno estatal, el desarrollo de la nueva ley 20/2021 que la Comunidad de Madrid, por tanto, no piensa aplicar al personal temporal que no haya superado este proceso selectivo de médico de atención primaria, y se vea cesado por la cobertura de su puesto , previsiblemente sin recibir tampoco indemnización alguna.


Recuérdese que las bases para los procesos selectivos con esas plazas "de estabilización" son las que se acordaron en la Mesa Sectorial del SERMAS  por gran mayoría, pero no unanimidad, con el desacuerdo de AMYTS consistían en:

  • un concurso-oposición, con 50 % de peso para la oposición, 50% de peso para el concurso de méritos
  • la oposición en primer lugar y eliminatoria que se supera con el 50% de la media aritmética de las 10 notas más altas, sin limitar el número máximo de personas que superan esta fase
  • fase de concurso: 35 de los 50 puntos por experiencia profesional , contando la antigüedad en la misma categoría en otro servicio público de Salud , lo mismo que en el SERMAS  , y 15 puntos porcursos de formación acreditados

Esta convocatoria tuvo 2/3 de aprobados de la fase oposición, 567 aprobados [ por orden alfabético] de los 740 admitidos para las 355plazas  esperándose por tanto un  número ,"no elevado", de ceses, a diferencia de otras, como Auxiliares Administrativos, donde hubo un alto porcentaje de suspensos en la fase de oposición.

 

 

 

 

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