jueves, 21 de julio de 2022

[CCOO Castilla-La Mancha] 'El Tribunal Superior de Justicia da la razón a CCOO y reconoce la condición de personal fijo a un trabajador del Ayuntamiento de Caudete.' [ EL TSJCM corrobora que "a situación de indefinido no fijo no es una sanción suficiente para la Administración"]

 'La secretaria general de CCOO Albacete, Carmen Juste, acompañada por Amelia Valero, secretaria provincial de la Federación de Servicios a la Ciudadanía de CCOO Albacete y Agustín Zamora, abogado de la Asesoría jurídica de CCOO Albacete, han comparecido en rueda de prensa, para informar sobre la situación de los procesos de estabilización y consolidación de empleo en los Ayuntamientos de la provincia de Albacete. Además, de informar sobre una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha que da la razón a CCOO contra el Ayuntamiento de Caudete, por la que obliga al Consistorio a reconocer la condición de personal fijo a un trabajador.

Carmen Juste, ha explicado la situación de las Administraciones y ha mostrado su preocupación por aquellas que no están cumpliendo con las normas para corregir la altísima temporalidad. Ha recordado que “la ley se hizo para corregir estas irregularidades”, ya que la temporalidad en las Administraciones se dispara y supera en muchos Ayuntamientos el 90%. 

[...] 

Por su parte, Agustín Zamora, abogado de la Asesoría jurídica de CCOO Albacete, ha explicado la sentencia que da la razón a CCOO, en la que el TSJCM, ratifica la denuncia interpuesta por el trabajador y el sindicato contra el Ayuntamiento de Caudete, donde el trabajador prestaba sus servicios desde el año 2005. 

Zamora ha manifestado que esta sentencia es “un paso más” en la declaración de derechos del personal interino o temporal en las Administraciones. “Se trata de un empleado público que superó un proceso selectivo, en cuya convocatoria no se establecía su condición laboral de fijo o temporal. El Ayuntamiento de Caudete realiza un contrato de obra y servicio que se viene prolongando desde el año 2005, sin convocar ninguna plaza ni proceso selectivo que hiciera prever que se trataba de una bolsa de empleo. Este empleado demandó frente a los juzgados su situación para conseguir una plaza fija, pero tuvo sentencia en primera instancia en la que únicamente se reconoció una situación de indefinido no fijo”.

Zamora ha expuesto que frente a esta sentencia se formuló un recurso ante el TSJCM, que ha venido a corroborar que la situación de indefinido no fijo no es una sanción suficiente para la Administración. El Ayuntamiento de Caudete ha mantenido esta situación de manera irregular durante más de 15 años, y entiende que al haber superado el proceso por los principios de igualdad, mérito y capacidad, y haber quedado el primero en la convocatoria, la sanción que tiene que tener el Ayuntamiento de Caudete por este contrato de obra y servicio que era irregular, es la declarar al trabajador como fijo de plantilla, y no indefinido no fijo.

Por último, los y las representantes sindicales han exigido a las Administraciones que publiquen los procesos de estabilización para cumplir con la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.'

Fuente y texto completo: Comunicado de CCOO de Albacete de 18/07/2022 en CCOO Castilla-La Mancha

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