En el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid de este 14/07/2022 se han publicado [copia] las bases que van a regir los Procesos de Estabilización por
concurso puro de méritos de los procesos de estabilización en el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos, tras el acuerdo previo del Ayuntamiento con UGT, CCOO y CITAM y que se aplicaría a las 529 nuevas plazas de la Oferta
de
Empleo Público de estabilización del Ayuntamiento de Madrid por la Ley 20/2021 de 28 de diciembre y a las 2.636 plazas de
su Oferta de Empleo Público de Estabilización anterior, de las leyes
estatales de 2017 y 2018 (que son todas, al no llegar a convocarse ningún proceso selectivo -que hubiera sido concurso-oposición- por decidir primero en 2019 el Ayuntamiento de Madrid esperarse a ver qué
pasaba con el asunto en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea que
dio lugar a la sentencia de 19/03/2020, que abocaría después a la citada reforma
legislativa del Estado de la Ley 20/2021, introduciendo la obligación del concurso de méritos puro como proceso de estabilización para puestos temporales desde antes de 2016 y de temporales en la AAPP desde antes de 2016.
En las bases se exige como requisito importante para ser admitido/a en el proceso selectivo "no ostentar la condición de personal laboral fijo o funcionario de carrera de la categoría objeto de la convocatoria, ni la de personal laboral fijo en aquellas categorías cuyas plazas sean de personal laboral, pero se convoquen como plazas de personal funcionario, al ser la naturaleza jurídica de la relación de empleo funcionarial."
La baremación del concurso se reparte así:
- 70 puntos para la Experiencia profesional:
- 7.5.1.1. Por los servicios prestados en la categoría del Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos objeto de la convocatoria, se asignará una puntuación de 0,35 puntos por mes, hasta un máximo de 70 puntos.
- 7.5.1.2. Por los servicios prestados en otras categorías del Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos, se asignará una puntuación de 0,15 puntos por mes, hasta un máximo de 35 puntos.
- 7.5.1.3. Por los servicios prestados en otras Administraciones Públicas, se asignará una puntuación de 0,10 puntos por mes, hasta un máximo de 30 puntos
- 7.5.1.4. Por los servicios prestados en órganos constitucionales y resto del Sector Público, o en las Administraciones Públicas de los Estados miembros de la Unión Europea, así como en aquellas de los Estados con los que la Unión Europea haya celebrado Tratados Internacionales ratificados por España en los que sea de aplicación
la libre circulación de trabajadores, se asignará una puntuación de 0,10 puntos por mes, hasta un máximo de 25 puntos. - 30 puntos para Méritos académicos:
- curso de formación: máximo 25 puntos
- Superación de ejercicios en anteriores procesos selectivos: 5 puntos
Las bases tienen una orientación a evitar que el proceso de estabilización se convierta en un concurso de traslados entre administraciones diferenteso una promoción interna en el propio Ayuntamiento, al haberse optado optado por poner topes a la puntuaciones que pueden obtener las personas aspirantes, "respetando así el espíritu de la Ley 20/2021 " de estabilización tal y como indicaban los sindicatos firamntes del acuerdo de bases.
- [29/03/2017] Texto íntegro del acuerdo de Gobierno del Estado y sindicatos para la reducción de la temporalidad en el empleo público: permiso a las CCAA en Sanidad de procesos de consolidación para los temporales de antes de 2005 según el EBEP y de OPE de hasta el 90% de los temporales actuales de más de 3 años sin límites por tasa de reposición
- [20/06/2017] [Diario Médico] Los sindicatos nacionales de sanidad rechazan la mera consolidación del personal actual en la OPE extraordinaria conjunta de todas las CCAA posible tras el acuerdo estatal
- [29/07/2017] Publicados los presupuestos generales del Estado de 2017: y marco para las OPEs extraordinarias
- [28/02/2018] Actualizado el documento del Gobierno a las AAPP sobre recomendación de criterios comunes para los procesos de estabilización: admite la posiblidad de concurso de méritos sólo para laborales; recomienda un límite del 40% en la fase de méritos de los concurso-oposición
- [09/07/2018] PGE18 con la universalización de la convocatoria a OPEs de temporales más de 3 años e indefinidos no fijos
- [19/10/2018] Publicado en el Boletín Oficial el Acuerdo de la Mesa General de Empleo del Ayuntamiento de Madrid de 11/09/2018 sobre los criterios a aplicar en los procesos de estabilización y consolidación derivados de los acuerdos nacionales incluidos en las Leyes de Presupuestos Generales del Estado de 2017 y 2018: serán concurso-oposición, incluso para laborales (aun siendo posible sin necesidad de ley un concurso de méritos que desechan los firmantes) y se convocarán todos los puestos de más 3 años a 31/12/0217 y los de los indefinidos no fijos por sentencia
- [19/03/2020] Sentencia esperanzadora del Tribunal Europeo del asunto acumulado "Sánchez Ruiz": hay abuso de temporalidad en la interinidad de vacante prolongada que requiere una sanción, que le corresponde al ordenamiento español fijar, orientando que no puede valer como sanción la convocatoria a proceso selectivo libre ni la figura del indefinido no fijo
- [07/07/2021] [IMPORTANTE] Publicado en el BOE el REAL DECRETO-LEY del "plan de choque" de reducción de la temporalidad en el empleo público acordado con los sindicatos fijando un último proceso extraordinario de estabilización de plazas con los puestos temporales de más 3 años a 31/12/2020 que no estén ya en los procesos de estabilización de las leyes de 2017 y 2018: un concurso-oposición libre con peso de la fase de méritos del 40% e indemnización de 20 dias/año máx 12 mensualidades al cese del temporal que no lo supere. Entra en vigor mañana 08/07/2021
- [28/09/2021] [UGT FeSP del Ayto Madrid] Reunión de la Mesa Gral sobre la OPE de estabilización según leyes 2017 y 2018 en el ayuntamiento de Madrid: ante el Real Decreto-Ley 14/21 en vigor, UGT insta a no convocar y retirar de procesos selectivos en marcha que incluyan plazas temporales más de 3 años a 31/12/2020, los puestos afectados por el Readl Decreto-Ley
- [05/10/2021] [CCOO Ayto Madrid] 'Aprobada la Oferta de Empleo Público (OEP) para la estabilización de empleo temporal de las plazas afectadas por las leyes de Presupuestos Generales del Estado de 2017 y 2018 (Primer Tramo)' ["el proceso de estabilidad será único ,con las mismas Bases Generales según lo recogido en el RD 14/2021 y el resultado final de su trámite parlamentario"]
- [02/12/2021] [Ayto de Madrid] 'El Ayuntamiento pone fin a la temporalidad de más de 2.600 de sus empleados públicos. La Junta de Gobierno ha aprobado la Oferta de Empleo Público para la Estabilización de Empleo Temporal [de las leyes estatales de 2017 y y 2018].Este procedimiento extraordinario afecta a un total de 2.636 plazas, 1.736 de personal funcionario y 900 de personal laboral' [Sus convocatorias, afirma, serán ya "bajo los criterios" de la nueva Ley que se está tramitando]
- [29/12/2021] Publicada en BOE la nueva Ley de reducción de temporalidad pública.Obliga a todas las AAPP a realizar concursos de méritos de libre concurrencia con las plazas estructurales temporales y las de personal temporal anteriores a 1/1/2016 si no están ya en convocatorias en marcha o resueltas cubriendo la plaza. En días y semanas pasados ha habido "carreras" por muchas AAPP convocando en procesos con oposición las plazas de los procesos de estabilización anteriores
- [28/04/2022] [UGT Servicios Públicos Madrid] 'Concentración trabajadores Ayuntamiento por la estabilización. UGT y los demás sindicatos de la Mesa General de Negociación : el Ayuntamiento de Madrid y trabajadores, se manifiestan en Cibeles, para que se incluyan todas las plazas que marca la Ley 20/21 en el Proceso de Estabilización….'
- [20/05/2022] El Ayuntamiento de Madrid aprueba Oferta de Empleo Público de estabilización de 593 plazas más por la Ley 20/2021, 529 para el Concurso de Méritos excepcional, y que las 2.636 plazas de su Oferta de Empleo Público de Estabilización anterior, de las leyes estatales de 2017 y 2018, se convoquen ya por el concurso de méritos
- [01/07/2022] [UGT y CCOO Ayto de Madrid y CITAM] Bases de Estabilización por Concurso de Méritos definitivas del Ayuntamiento de Madrid [70% la experiencia con tope de la mitad para servicios prestados en otras categorías o AAPP],
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