jueves, 15 de septiembre de 2022

[AMYTS] ' ¡Nuevo éxito de la Asesoría Jurídica de AMYTS! El Tribunal Supremo reconoce el derecho de los sustitutos a tener acceso a la Carrera Profesional,

 'En AMYTS seguimos luchando judicialmente para que la Comunidad de Madrid cumpla con lo acordado en 2018: que el personal no fijo tenga acceso a la Carrera Profesional. Algo que la Administración niega y que los facultativos que reclaman con la Asesoría Jurídica de AMYTS van ganando.

Ejemplo de ello es una reciente sentencia favorable que hemos logrado en AMYTS tras la reclamación de un facultativo con contrato sustituto al que se le había negado participar en el proceso de Carrera Profesional. Ahora el Tribunal Supremo ha fallado a favor de este afiliado reconociéndole “el derecho a que se le evalúe y a que el resultado de esa evaluación, de ser favorable, surta efectos desde que se produjeron para los evaluados en su momento”.

Esta sentencia se suma a muchas otras que la Asesoría Jurídica de AMYTS ha logrado a favor de la Carrera Profesional a personal no fijo: ya seas interino, eventual, sustituto o con contrato de guardia. Y así lo hemos ido viendo en recientes sentencias.

En este caso, se trata de una nueva sentencia del Tribunal Supremo que incluso anula la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de negarle la Carrera Profesional a este facultativo sustituto.

De hecho, en la sentencia ganada, se puede leer un matiz importante sobre el uso actual del personal estatutario sustituto:

“Está pensado para suplir a quienes se hallan de vacaciones, de permiso o en alguna situación de ausencia con reserva de plaza. El precepto contempla ciertamente una contribución temporal, no permanente. No obstante, la realidad muestra que esta figura puede entrañar sustituciones prolongadas. Así, nos encontramos con que, del mismo modo que se ha forjado la expresión ‘interinos de larga duración’, de la que nos hemos hecho eco en sentencias precedentes, cabe hablar de ‘sustitutos de larga duración’”

Es más, en el escrito se puede leer cómo hasta la propia Comunidad de Madrid no ha negado que el recurrente (médico sustituto) realiza el mismo trabajo que el resto del personal estatutario de su categoría y especialidad.

De esta manera, en AMYTS hemos cosechado una nueva sentencia favorable con nuestra postura: que el personal no fijo también debe tener acceso a la Carrera Profesional y que no se debe negar este derecho cuando el trabajo es el mismo, pero simplemente con distinto contrato.

Ahora, esta misma semana, hemos conocido el anuncio de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, de querer abonar este derecho al personal no fijo en este último trimestre del año. Pero esto mismo venimos ganándolo en los tribunales en los últimos años tras el incumplimiento del acuerdo de 2018 por parte de la Administración.

Así, en vista de estos acontecimientos, animamos a los facultativos a seguir reclamando lo que es suyo. La Asesoría Jurídica de AMYTS está a vuestra disposición.'

Fuente: Nota del sindicato médico AMYTS de 14/09/2022

 

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