'Un empleado público trabajó como Director gerente para el Ayuntamiento de Copertino (Italia) desde febrero de 1992 hasta octubre de 2016. Dimitió para acogerse a la jubilación anticipada y solicitó una compensación económica por los 79 días de vacaciones anuales retribuidas no disfrutados durante su relación laboral. El Ayuntamiento de Copertino, invocando la norma establecida en la legislación italiana según la cual los empleados públicos no tienen derecho en ningún caso a una compensación económica en lugar de los días de vacaciones anuales retribuidas no disfrutados al término de la relación laboral, se opuso a dicha pretensión.
El órgano jurisdiccional italiano que conoce del litigio entre el empleado público y el Ayuntamiento de Copertino
alberga dudas acerca de la compatibilidad de esta norma con el Derecho de la Unión. Según la Directiva sobre el
tiempo de trabajo, 1 el trabajador que no haya tenido la posibilidad de disfrutar de todos sus derechos a vacaciones
anuales retribuidas antes de que finalice su relación laboral tendrá derecho a una compensación económica en
concepto de vacaciones anuales retribuidas no disfrutadas.
En su sentencia, el Tribunal de Justicia confirma que el Derecho de la Unión se opone a una normativa
nacional que prohíbe el pago a un trabajador de una compensación económica por los días de vacaciones
anuales retribuidas no disfrutados cuando dicho trabajador pone fin voluntariamente a su relación laboral.
NOTA: La remisión prejudicial permite que los tribunales de los Estados miembros, en el contexto de un litigio del
que estén conociendo, interroguen al Tribunal de Justicia acerca de la interpretación del Derecho de la Unión o
sobre la validez de un acto de la Unión. El Tribunal de Justicia no resuelve el litigio nacional, y es el tribunal nacional
quien debe resolver el litigio de conformidad con la decisión del Tribunal de Justicia. Dicha decisión vincula
igualmente a los demás tribunales nacionales que conozcan de un problema similar.
Documento no oficial, destinado a los medios de comunicación y que no vincula al Tribunal de Justicia.
El texto íntegro y, en su caso, el resumen de la sentencia se publican en el sitio CURIA el día de su pronunciamiento'
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Fuente y texto completo: Nota de prensa del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 18/01/2024
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